COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN. Ambas partes negociadoras acuerdan establecer una Comisión como órgano de interpretación de lo pactado, que será nombrada por la Comisión Negociadora del Convenio.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo
COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN. Ambas partes negociadoras acuerdan establecer una Comisión Paritaria como órgano de interpretación de lo pactado, que será nombrada por la Comisión Negociadora del Convenio.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN. Ambas partes negociadoras acuerdan establecer una Comisión Paritaria o de interpretación como órgano de interpretación de lo pactado, y entender de cuantas cuestiones le sean atribuidas, y que será nombrada por la Comisión Negociadora del Convenio.
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Samples: Convenio Colectivo
COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN. —Ambas partes negociadoras acuerdan establecer una Comisión Paritaria como órgano de interpretación de lo pactado, que será nombrada por la Comisión Negociadora del Convenio.
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Samples: Convenio Colectivo