Common use of Comisión Paritaria Sectorial de Formación Profesional Clause in Contracts

Comisión Paritaria Sectorial de Formación Profesional. ARTÍCULO 107.-COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL 1.-Se constituye la Comisión Paritaria Sectorial de Formación Profesional que estará integrada por hasta doce miembros, designados, la mitad por la CNC y la otra mitad por los sindicatos firmantes, en la forma que decidan las res- pectivas organizaciones, todos ellos con voz y voto. Previo acuerdo en cada caso podrán participar en la Comisión expertos en la materia de que se trate, los cuales ac- tuaran con voz pero sin voto. a) Duración y cese: Los miembros de la Comisión Paritaria Sectorial ejercerán la representación por el período de vi- gencia del V Acuerdo Nacional de Formación, pudiendo cesar en su cargo por: - Libre revocación de las Organizaciones que los eligieron. - Por renuncia o decisión personal. En cualquiera de los supuestos de cese, se procederá de forma inmediata a la sustitución del miembro de la Comi- sión Paritaria Sectorial, a cuyos efectos dentro de los quince días siguientes al cese se notificará la nueva designación por la Organización correspondiente.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo Del Sector De Industrias De La Construcción Y Obras Públicas, Convenio Colectivo

Comisión Paritaria Sectorial de Formación Profesional. ARTÍCULO 107.-COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL 1.-Se Artículo 107.Comisión paritaria sectorial de formación profesional. 1. Se constituye la Comisión Paritaria Sectorial de Formación Profesional que estará integrada por hasta doce miembros, designados, la mitad por la CNC y la otra mitad por los sindicatos firmantes, en la forma que decidan las res- pectivas respectivas organizaciones, todos ellos con voz y voto. Previo acuerdo en cada caso podrán participar en la Comisión expertos en la materia de que se trate, los cuales ac- tuaran actuaran con voz pero sin voto. a) Duración y cese: Los miembros de la Comisión Paritaria Sectorial ejercerán la representación por el período de vi- gencia vigencia del V IV Acuerdo Nacional de Formación, pudiendo cesar en su cargo por: - Libre revocación de las Organizaciones que los eligieron. - Por renuncia o decisión personal. En cualquiera cualesquiera de los supuestos de cese, se procederá de forma inmediata a la sustitución del miembro de la Comi- sión Comisión Paritaria Sectorial, a cuyos efectos dentro de los quince días siguientes al cese se notificará la nueva designación por la Organización correspondiente.

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Samples: Convenio Colectivo

Comisión Paritaria Sectorial de Formación Profesional. ARTÍCULO 107.-COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL 1.-Se —1. Se constituye la Comisión Paritaria Sectorial de Formación Profesional que estará integrada por hasta doce miembros, designados, la mitad por la CNC y la otra mitad por los sindicatos firmantes, en la forma que decidan las res- pectivas respectivas organizaciones, todos ellos con voz y voto. Previo acuerdo en cada caso podrán participar en la Comisión comisión expertos en la materia de que se trate, los cuales ac- tuaran actuarán con voz pero sin voto. a) Duración y cese: Los los miembros de la Comisión Paritaria Sectorial ejercerán la representación por el período de vi- gencia vigencia del V IV Acuerdo Nacional de Formación, pudiendo cesar en su cargo por: - Libre revocación de las Organizaciones que los eligieron. - Por renuncia o decisión personal. En cualquiera cualesquiera de los supuestos de cese, se procederá de forma inmediata a la sustitución del miembro de la Comi- sión Comisión Paritaria Sectorial, a cuyos efectos dentro de los quince días siguientes al cese se notificará la nueva designación por la Organización correspondiente.

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Samples: Iv Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción