Comités de empresa y delegados de personal. 1. El personal de los comités de empresa y delegados o delegadas de personal tendrán, además de las competencias, obligaciones y garantías reguladas en los artículos 64, 65 y 68 del Estatuto de los Trabajadores, los derechos siguientes: a) Cada delegado o delegada de personal o componente del comité de empresa dispondrá de crédito horario mensual retribuido para el ejercicio de sus funciones en los términos previstos en la normativa vigente y en los Pactos o Acuerdos que se suscriban.
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Samples: Convenio Colectivo, Collective Agreement, Convenio Colectivo
Comités de empresa y delegados de personal. 1. El personal de los comités de empresa y delegados o delegadas de personal tendrán, además de las competenciascompe- tencias, obligaciones y garantías reguladas en los artículos 64, 65 y 68 del Estatuto de los Trabajadores, los derechos siguientes:
a) Cada delegado o delegada de personal o componente del comité de empresa dispondrá de crédito horario mensual retribuido para el ejercicio de sus funciones en los términos previstos en la normativa vigente y en los Pactos o Acuerdos que se suscriban.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Comités de empresa y delegados de personal. 1. El personal de los comités de empresa y delegados o delegadas de personal tendrán, además de las competenciascompeten- cias, obligaciones y garantías reguladas en los artículos 64, 65 y 68 del Estatuto de los Trabajadores, los derechos siguientes:
a) Cada delegado o delegada de personal o componente del comité de empresa dispondrá de crédito horario mensual men- sual retribuido para el ejercicio de sus funciones en los términos previstos en la normativa vigente y en los Pactos o Acuerdos que se suscriban.
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Samples: Viii Convenio Colectivo