Common use of Competencia organizativa Clause in Contracts

Competencia organizativa. La organización del trabajo se extenderá a las cuestiones siguientes: 1. La existencia de la actividad normal. 2. Adjudicación de los elementos necesarios (máquinas o tareas específicas) para que el trabajador pueda alcanzar, como mínimo, las actividades a que se refiere el número anterior. 3. Fijación tanto de los índices de desperdicios como de la calidad admisible, a lo largo del proceso de fabricación de que se trate. 4. La vigilancia, atención y limpieza de la maquinaria encomendada, teniéndose en cuenta, en todo caso, en la determinación de la cantidad de trabajo y actividad a rendimiento normal. 5. La adaptación de las cargas de trabajo, rendimiento y tarifas a las nuevas condiciones que resulten de aplicar el cambio de determinado método operatorio, proceso de fabricación, cambio de materia, maquinaria o cualquier otra condición técnica del proceso de que se trate. 6. La fijación de fórmulas claras y sencillas para la obtención de los cálculos de retribuciones que corresponden a todos y cada uno de los trabajadores afectados, de forma y manera que, sea cual fuere el grupo profesional de los mismos y el puesto de trabajo que ocupen, puedan comprenderlas con facilidad.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Competencia organizativa. La organización del trabajo se extenderá a las cuestiones siguientes: 1. La existencia de la actividad normal. 2. Adjudicación de los elementos necesarios (máquinas o tareas específicasespecí- ficas) para que el trabajador pueda alcanzar, como mínimo, las actividades activi- dades a que se refiere el número anterior. 3. Fijación tanto de los índices de desperdicios como de la calidad admisibleadmi- sible, a lo largo del proceso de fabricación de que se trate. 4. La vigilancia, atención y limpieza de la maquinaria encomendada, teniéndose te- niéndose en cuenta, en todo caso, en la determinación de la cantidad de trabajo y actividad a rendimiento normal. 5. La adaptación de las cargas de trabajo, rendimiento y tarifas a las nuevas condiciones que resulten de aplicar el cambio de determinado método operatorio, proceso de fabricación, cambio de materia, maquinaria maqui- naria o cualquier otra condición técnica del proceso de que se trate. 6. La fijación de fórmulas claras y sencillas para la obtención de los cálculos cál- culos de retribuciones que corresponden a todos y cada uno de los trabajadores tra- bajadores afectados, de forma y manera que, sea cual fuere el grupo profesional de los mismos y el puesto de trabajo que ocupen, puedan comprenderlas con facilidad.

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Samples: Convenio Colectivo Estatal Del Corcho

Competencia organizativa. La organización del trabajo se extenderá a las cuestiones siguientes: 1. La existencia de la actividad normal. 2. Adjudicación de los elementos necesarios (máquinas o tareas específicas) para que el trabajador pueda alcanzar, como mínimo, las actividades a que se refiere el número anterior. 3. Fijación tanto de los índices de desperdicios como de la calidad admisible, a lo largo del proceso de fabricación de que se trate. 4. La vigilancia, atención y limpieza de la maquinaria encomendada, teniéndose en cuenta, en todo caso, en la determinación de la cantidad de trabajo y actividad a rendimiento normal. 5. La adaptación de las cargas de trabajo, rendimiento y tarifas a las nuevas condiciones que resulten de aplicar el cambio de determinado método operatorio, proceso de fabricación, cambio de materiamaterias primas, maquinaria o cualquier otra condición técnica del proceso de que se trate. 6. La fijación de fórmulas claras y sencillas para la obtención de los cálculos de retribuciones que corresponden a todos y cada uno de los trabajadores afectados, de forma y manera que, sea cual fuere el grupo profesional de los mismos y el puesto de trabajo que ocupen, puedan pueda comprenderlas con facilidad.

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Samples: Convenio Estatal De La Madera