Complemento específico o equivalente. 1.- Es el concepto destinado a retribuir las condiciones particulares de los puestos de trabajo en atención a los elementos que lo configuran, cuya cuantía deberá figurar en la relación de puestos de trabajo. Dicho complemento específico puede ser:
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Samples: Convenio Colectivo Del Personal Laboral Del Ayuntamiento De Gijón/Xixón Y De Las Fundaciones Y Patronato Dependientes Del Mismo, Acuerdo Sobre Condiciones De Trabajo, Convenio Colectivo Del Personal Laboral Del Ayuntamiento De Gijón/Xixón Y De Las Fundaciones Y Patronato Dependientes Del Mismo