COMPONENTE GENERAL Cláusulas de Ejemplo

COMPONENTE GENERAL.  A pesar de que el EOT define una visión, unas políticas y unos objetivos de planificación del territorio, hace falta mejorar el encadenamiento de estos FINES con las estrategias, los programas y los proyectos que serán los MEDIOS para alcanzar lo propuesto en todos los aspectos del Ordenamiento Territorial.  En el componente general se debe definir, según lo establecido en la ley 388 de 1997 y sus decretos reglamentarios, los temas estructurantes del Ordenamiento municipal, es decir, se debe definir la columna vertebral que permita sostener los procesos de ocupación del suelo, su zonificación y sus propuestas de desarrollo a nivel local, pero además debe definir los elementos que sirvan de enlace entre el ordenamiento municipal y el regional a través del planteamiento de estrategias, proyectos y acciones conjuntas. Ante este aspecto, el municipio de El Paujil, no desarrolla una visión integradora que permita la inclusión o la articulación de otros actores de igual o mayor jerarquía territorial para alcanzar su desarrollo. Se recomienda entonces, el mejoramiento de lo planteado en al componente general relacionado con los sistemas estructurantes del Ordenamiento Territorial para todo el municipio.  Se debe revisar con mucho cuidado la clasificación del uso del suelo propuesto en este componente, en lo relacionado con las áreas de protección definidas, pues aunque éstas zonas hacen parte de otro tipo de suelo (en cuanto a tipo de suelo), pertenecen a las clases de suelo Urbano, Rural y de Expansión Urbana, es decir, estas tres categorías de suelos incluyen los suelos de protección, por lo que sus áreas (has y m2) deben sumarse a dichas categorías. Entonces, el área urbana definida en el EOT debe sumar el área de suelo de protección que se definió para el suelo urbano, esto con el fin de no generar confusión en el cálculo de los datos que necesitan conocer un área total determinada.  Tener en cuenta que todo lo definido en el componente general y que se relaciona con la zonificación y localización de determinados temas del OT, deben representarse cartográficamente y estar contenidos dentro de los planos pertenecientes a este componente, según lo establece la ley de Ordenamiento Territorial y la estructura propuesta por el Expediente Municipal. Los tema a incluir son: clasificación del suelo, amenazas y riesgos, áreas de protección y conservación y áreas de protección del patrimonio histórico y cultural.
COMPONENTE GENERAL. DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO XX XXXXXX CAPÍTULO 1 XXXXX XXXXXXXXXXX
COMPONENTE GENERAL. 23 1 MARCO NORMATIVO 23 1.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA 1991 23 1.2 LEY 152 DE 1994 24 1.3 LEY 388 DE 1997 24 1.4 LEY 1454 DE 2011. NORMA ORGÁNICA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 24 1.5 LEY 1753 DE 2015, PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2014 - 2018, TODOS POR UN NUEVO PAÍS 25 2 ENFOQUE XXXXXXXXXXXX 00 0 XXXXXXXX XXX XXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXX XXXXXXX 28 3.1 PND 2014 – 2018 28
COMPONENTE GENERAL. 1 MARCO NORMATIVO
COMPONENTE GENERAL. El segundo Título , Componente General , se encuentra dividido, en dos capítulos, Aspectos Generales y Sistemas Estructurantes . El primer capítulo, abarca: objetivos generales y específicos, estrategias, directrices generales y políticas generales. En el segundo capítulo, se clasifican los sistemas estructurantes en: áreas de reserva, áreas para la conservación del patrimonio histórico, cultural y arquitectónico, corredor ecoturístico, sistemas de comunicación, equipamientos, centralidad urbana, áreas de protección y zonas de alto r iesgo. Asimismo, se determinan las acciones prioritarias que debe adelantar el Municipio para su rec omposición territorial, a manera de proyectos estratégicos. Este Título f inaliza con la delimitación del perímetro urbano, articulo vigente del Acuerdo 024 de 2000, asunto que a nuestro modo de ver es de carácter general y no corresponde a ninguno de los s istemas estructurantes enumerados. El Acuerdo 017 de 2006, realizó unas pequeñas modificaciones en los objetivos generales y específicos, las estrategias y las políticas generales, relacionadas con precisión conceptual y la utilización de términos más gen erales. Como, por ejemplo, en cuanto al primer objetivo general, el Acuerdo 017 de 2006 modificó el objetivo hacia una mirada más general: Tabla 1 . Ejemplo Modificaciones: Objetivo General Gestar a partir de la constitución de un nuevo centro urbano, un amplio y duradero proceso de reconciliación de la colectividad local con los valores estéticos y funcionales que adquirirá la nueva c iudad, de modo que los habitantes de Madrid y los que la visitan, puedan reconocer la importancia estratégica del nuevo Parque Xxxxxxx Xxxxx como espacio de encuentro, como lugar común y como referencia cultural del nuevo orden socio cultural. Gestar a partir de la constitución de un nuevo centro urbano, un amplio y duradero proceso de reconciliación de la colectividad local con los valores estéticos y funcionales que adquirirá la nueva c iudad, de modo que los habitantes de Madrid y los que la visitan, puedan reconocer la importancia de todos los espacios públicos representativos como centros de encuentro, lugar común y referencia cultural.
COMPONENTE GENERAL 

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  • INTEGRACIÓN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión. Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos: Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE. Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

  • Apéndices Procedimientos de Auditoría Aplicados

  • Comisiones y régimen económico aplicable Nuestra entidad cargará periódicamente en las cuentas de efectivo a su nombre, identificadas en la letra B) de la primera sección, el importe de las comisiones devengadas de acuerdo con las tarifas vigentes por la prestación del servicio de gestión discrecional e individual objeto de este contrato.

  • Costo de las Bases Las presentes Bases no tendrán costo, por lo que para participar en este procedimiento de Licitación no es necesario cubrir derecho alguno.

  • Decisiones del Gerente de Obras 4.1 Salvo cuando se especifique otra cosa, el Gerente de Obras, en representación del Contratante, decidirá sobre cuestiones contractuales que se presenten entre el Contratante y el Contratista.

  • Aprobación por el Gerente de Obras 18.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras las Especificaciones y los Planos que muestren las obras provisionales propuestas, quien deberá aprobarlas si dichas obras cumplen con las Especificaciones y los Planos. 18.2 El Contratista será responsable por el diseño de las obras provisionales. 18.3 La aprobación del Gerente de Obras no liberará al Contratista de responsabilidad en cuanto al diseño de las obras provisionales. 18.4 El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las obras provisionales por parte de terceros cuando sean necesarias. 18.5 Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras provisionales o definitivas deberán ser aprobados previamente por el Gerente de Obras antes de su utilización.

  • Servicios Complementarios Cada una de las partes será responsable de la infraestructura de transporte necesaria para la Interconexión Local para terminar Tráfico en la Red de destino. Las Partes serán responsables de los costos asociados a Puertos de Señalización, Servicios de Enlaces de Interconexión, Servicios de Enlaces de Señalización y los Servicios de Coubicación que se requieran para llevar a cabo la Interconexión.

  • PROPUESTA ECONÓMICA La oferta económica se deberá manifestar a través del formulario provisto para tal efecto en CompraNet para la presente licitación; por lo que la oferta señalada en el sistema será la que la convocante tomará en cuenta para efecto de su evaluación y en su caso para adjudicación, en el supuesto de discrepancia entre lo ofertado en el sistema y cualquier otro documento incluido en la proposición, prevalecerá lo manifestado en la sección de “Propuesta Económica” de CompraNet. Se deberá adjuntar en CompraNet en el apartado de “Anexos Genéricos” de la sección de captura de la propuesta económica, un escrito (preferentemente en papel membretado del licitante) firmado por su propio derecho o a través de su representante o apoderado legal, mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad lo siguiente: Resumen de la proposición económica por partida, desglosando el I.V.A. y cualquier otro impuesto aplicable al servicio objeto de la presente licitación, precisando el porcentaje correspondiente del mismo, utilizando para ello el formato proporcionado en el Anexo 2 “Propuesta Económica” de esta convocatoria. Que la oferta estará vigente 60 (sesenta) días naturales contados a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones y que los precios serán firmes hasta la total prestación del servicio y cotizado en moneda nacional. Que los importes ofertados son en pesos mexicanos, fijos e incondicionados durante la vigencia del contrato que se suscriba, sin escalonación. La propuesta económica deberá cumplir e indicar claramente lo señalado en el numeral V, punto 0 x Xxxxx 0 “Propuesta Económica” de esta convocatoria.

  • Clases El trabajador gozará de las siguientes licencias especiales: a) Por nacimiento de hijo, dos (2) días corridos. b) Por matrimonio, diez (10) días corridos. c) Por fallecimiento del cónyuge o de la persona con la cual estuviese unido en aparente matrimonio, en las condiciones establecidas en la presente ley; de hijo o de padres, tres (3) días corridos. d) Por fallecimiento de hermano, un (1) día. e) Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, dos (2) días corridos por examen, con un xxxxxx xx xxxx (10) días por año calendario.

  • Programa de Prestación del Servicio Programa que las personas prestadoras del servicio de aseo y/o sus actividades complementarias deben formular e implementar, en el cual definirán los objetivos, metas, estrategias, campañas educativas, actividades y cronogramas, costos y fuentes de financiación. Este programa igualmente deberá definir todos los aspectos operativos de las diferentes actividades del servicio que atienda el operador, en concordancia con lo definido en el PGIRS, la regulación vigente y lo establecido en el Decreto 1077 de 2015.