CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas a su objeto, en el sentido del artículo 145 LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias y sean compatibles con el derecho comunitario. Las condiciones especiales de ejecución para este contrato se indican en el apartado 23 del Anexo I al presente pliego. Para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución, deberán establecerse penalidades en el apartado 29 del Anexo I al presente pliego o atribuirles a estas condiciones el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.
Condiciones Especiales del Contrato A menos que se indique lo contrario, el Contratante deberá completar todas las CEC antes de emitir los documentos de licitación. Se deberán adjuntar los programas e informes que el Contratante deberá proporcionar.
Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Esta sección incluye cláusulas específicas que son propias para cada contrato y que complementan las Condiciones Generales del Contrato (CGC)
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 118 TRLCSP
Condiciones especiales de compatibilidad 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en relación con la adjudicación de contratos a través de un procedimiento de diálogo competitivo, no podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. 2. Los contratos que tengan por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de obras e instalaciones no podrán adjudicarse a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos de obras, ni a las empresas a éstas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
CONDICIONES ESPECIALES “El Prestatario”, a través del “Organismo Ejecutor”, deberá dar cumplimiento a las siguientes condiciones especiales: Previas al Primer Desembolso xxx Xxxxxxxx: Además del cumplimiento, a satisfacción de “La Corporación”, de las condiciones previas a todo desembolso establecidas en la Cláusula 5 de las Condiciones Generales de Contratación, el Primer Desembolso xxx xxxxxxxx estará sujeto a que “El Prestatario”, a través del “Organismo Ejecutor”, dé cumplimiento, a satisfacción de “La Corporación”, a las siguientes condiciones: Se deberá presentar: 1. Evidencia del pago a “La Corporación” de la Comisión de Financiamiento y de los Gastos de Evaluación por US$ 15.000,00. 2. Presentar, a satisfacción de “La Corporación”, un Cronograma Estimado de todos los Desembolsos identificando las diferentes fuentes de financiamiento, detallando el aporte de “La Corporación”, el aporte de “El Prestatario”, así como el de cualquier otra fuente a utilizar. 3. El esquema institucional y organizativo para la ejecución y seguimiento de “El Proyecto”. 4. La designación de los especialistas encargados del seguimiento de la gestión ambiental y social de la operación, incluyendo el Regente Ambiental. 5. Evidencia de que los recursos de contrapartida local correspondientes al primer año de ejecución de “El Proyecto” se encuentran disponibles para su utilización. 6. El Presupuesto Ambiental y Social definitivo de “El Proyecto”. 7. Los Términos de Referencia para la contratación de una empresa de reconocido prestigio internacional, que audite la utilización de los recursos del presente préstamo. 8. Información relevante del proceso de selección de las empresas que utilicen recursos del presente préstamo, resaltando en cada caso: monto aproximado del contrato, avisos de licitación, empresas participantes y países de origen, precalificación y selección final. Se deberá presentar: 1. Evidencia de la contratación de una empresa de auditoría externa de reconocido prestigio internacional que se encargue de auditar la utilización de los recursos del presente préstamo. 2. Los contratos suscritos de acuerdo a la legislación vigente para la adquisición de bienes y/o contratación de servicios de “El Proyecto” que será financiado con recursos del presente préstamo, incluyendo los compromisos ambientales y sociales de acuerdo con la legislación vigente y la normativa de “La Corporación”. 3. Los contratos suscritos correspondiente a los servicios de supervisión (fiscalización) externa de “El Proyecto”. 4. El Estudio de Impacto Ambiental y la Declaratoria (Licencia) Ambiental aprobados por la Secretaría Técnica Nacional del Ambiente para “El Proyecto” 5. El plan de expropiación y relocalización de la población afectada. 6. Una certificación en la que se especifique que se han realizado los estudios finales y de ingeniería definitivos de toda la carretera, incluyendo los seis (6) pasos de cauce que se encuentran sobre el trazado de la carretera y no forman parte del contrato suscrito con la empresa CACISA como parte del Convenio de Cooperación Técnica de la Corporación, suscrito el 7 de noviembre de 2006, y forman parte estructural del proyecto, a saber: i) Xxxxxxxx Xxxxxx X° 0; ii) Xxxxxxxx Xxxxxx X° 0; iii) Quebrada Saíno; iv) Quebrada Sonora; v) Quebrada la Virgen; y vi) Quebrada Estación 43+499, y que se han incluido estos estudios en el proceso de licitación para la selección de la empresa que ejecutará “El Proyecto”. 1. Al inicio de cada año fiscal, presentar constancia de las partidas presupuestarias destinadas a los aportes de la Nación para la ejecución de “El Proyecto”. 2. Presentar evidencia del cumplimiento de la ejecución de los aportes locales en la oportunidad en que el acumulado de los desembolsos del presente préstamo alcance el 50% y 75% del total. 3. Presentar los siguientes informes: a) Dentro de los noventa (90) días siguientes a la fecha de entrada en vigencia del Contrato xx Xxxxxxxx, un Informe Inicial sobre el estado de “El Proyecto”, calendario de ejecución y cronograma ajustado de desembolsos.
CONDICIONES ESENCIALES DEL CONTRATO CONDICIONES DETALLE
Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato 15.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC.
CONDICIONES DE ENTREGA 4.1 “LA ENTIDAD”, a través de la Dirección Técnica, durante la vigencia del contrato, efectuará las visitas que estime convenientes a “EL PROVEEDOR” para verificar el grado de avance de la producción y de surgir alguna observación o indicación, “EL PROVEEDOR” se compromete a subsanarla. 4.2 “EL PROVEEDOR” se compromete a informar al personal del Departamento de Control de Producción Externa de la Dirección Técnica el avance diario de producción de la partida asignada mediante archivo Excel en el formato que se incluye en el Anexo X del Anexo Técnico de la convocatoria, por medio de correo electrónico a las siguientes direcciones: xxxxx_xxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx y xxxxxxx_xxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx. 4.3 “EL PROVEEDOR” se obliga a mostrar sus registros a pie de máquina cuando le sean requeridos. 4.4 Previamente a la primera entrega de la producción en los almacenes de Producto Terminado de “LA ENTIDAD”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar al Departamento de Calidad por la partida adjudicada cincuenta (50) muestras, sin costo alguno para “LA ENTIDAD” y una vez analizadas las muestras el Departamento de Calidad sellará de recibida la remisión que deberá presentar para el cobro. “EL PROVEEDOR” deberá realizar una cita vía telefónica al teléfono: 00 0000 0000 extensión 8426. 4.5 A solicitud de la Dirección de Distribución, los transportes en los que “EL PROVEEDOR” entregue la producción deberán cumplir con la sanitización y fumigación de las cajas secas de acuerdo con lo siguiente: Como medida protocolaria y preventiva ante cualquier tipo de virus y evitar que insectos destructores xx xxxxxx (plaga) se presenten durante la entrega de los materiales, “EL PROVEEDOR”, una vez concluida la carga en sus transportes, a través de un representante capacitado, deberá sanitizar y fumigar la caja completa de manera directa, es decir, sin diluir, utilizando el sistema de nebulización y termonebulización, en caso de ser necesario micronización o con equipos de ultra bajo volumen, dejando actuar el sistema aplicado durante al menos quince (15) minutos; se debe utilizar un desinfectante de PH neutro, además debe ser seguro al transportar, no causar irritación, no requerir enjuague, que no sea tóxico, que no dañe los insumos utilizados para el empaque los libros de texto y materiales educativos, que serán transportados. Al momento de la revisión y descarga de la producción, se deberá entregar al personal de recepción xxx Xxxxxxx de Producto Terminado la Constancia de Sanitización que acredite que se realizó dicha sanitización y fumigación, así como, la vigencia de la misma. De acuerdo con las Especificaciones Técnicas para Empaque (especificación ESP-MP-15, Anexo VI del Anexo Técnico de la Convocatoria), las tarimas para la entrega de los materiales deberán cumplir con las características descritas en dicha especificación técnica en cuanto a empaque. Así mismo, se informa que “LA ENTIDAD” no recibirá en sus almacenes empaques que contengan plagas. 4.6 A solicitud de la Dirección de Distribución las tarimas para la entrega de los materiales deberán cumplir con algún tratamiento a los cuales hace referencia la norma NOM-144-SEMARNAT-2017 para asegurar que no tengan ningún tipo de plaga.
CONDICIONES DEL SERVICIO El Banco prestará el servicio realizando por cuenta y orden del Cliente, y de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a: a) El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros. b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx. c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello. d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de producto. e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.