CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. El Cliente se obliga a proporcionar la información necesaria, suficiente y pertinente para efectuar la contratación en términos de la normatividad aplicable en materia de telecomunicaciones, protección al consumidor y protección de datos personales en posesión de los particulares que se encuentre vigente. Se hace del conocimiento del Cliente que la Empresa tiene a su disposición diversos medios de atención a través de los cuales confiere las mismas facilidades para realizar la contratación y cancelación de Servicios: CACs, CAT, DATs, Mi Telcel y/o cualquier otro medio que la Empresa habilite para tal efecto en un futuro. Al momento de suscribir el presente Contrato, el Cliente tiene la opción de elegir cualquiera de las siguientes modalidades de cobro disponibles, según la oferta comercial vigente: 1) El que Llama Paga (CPP) o 2) El que Recibe Paga (MPP). La Empresa comenzará a cobrar los Servicios a partir de la fecha en que se haya comenzado a prestar los mismos. El uso de Equipos Terminales distintos al declarado en la Carátula del presente Contrato y que no se encuentren homologados conforme a lo establecido en la LFTyR puede ocasionar el funcionamiento anormal de los Servicios, del Equipo Propio no declarado y de los sistemas de comunicación y/o facturación de la Empresa; por lo que ésta no será responsable de la calidad o imposibilidad de la prestación de cualesquiera de los Servicios; pudiendo suspender la prestación de los mismos, previa notificación al Cliente para que éste adopte las medidas necesarias. Finalmente, los términos y condiciones del presente Contrato podrán ser modificados, siempre y cuando la Empresa obtenga las aprobaciones de las autoridades competentes y notifique al Cliente las modificaciones realizadas dentro de los 15 días hábiles previos a la entrada en vigor de dichas modificaciones. En éste caso, el Cliente podrá optar entre: 1) Adoptar los nuevos términos y condiciones, previo consentimiento expreso a través de cualquier medio electrónico y en los términos establecidos en el presente Contrato; o 2) Exigir el cumplimiento forzoso del Contrato. En caso de que no sea factible el cumplimiento forzoso del Contrato, dentro de los 15 días hábiles contados a partir de la fecha de entrada en vigor de la modificaciones, dar por terminada la relación contractual sin penalización alguna para éste, cubriendo únicamente los cargos generados por servicio y que se encuentren pendientes de pago, incluyendo el costo remanente del Equipo Provisto.
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Samples: Telecommunications, Telecommunications
CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. El Cliente se obliga a proporcionar la información necesaria, suficiente y pertinente para efectuar la contratación en términos de la normatividad aplicable en materia de telecomunicaciones, protección al consumidor y protección de datos personales en posesión de los particulares que se encuentre vigente. Se hace del conocimiento del Cliente que la Empresa tiene a su disposición diversos medios de atención a través de los cuales confiere las mismas facilidades para realizar la contratación y cancelación de Servicios: CACs, CAT, DATs, Mi Telcel y/o cualquier otro medio que la Empresa habilite para tal efecto en un futuro. Al momento de suscribir el presente Contratocontratar los servicios, el Cliente tiene SUSCRIPTOR podrá elegir entre adquirir un Equipo Movistar para hacer uso de estos o utilizar el CHIP Movistar que le sea entregado en un Equipo Propiedad del Suscriptor. Para el caso de que el SUSCRIPTOR contrate los servicios junto con la opción adquisición a plazos de elegir cualquiera un Equipo Movistar, el Contrato quedará sujeto a un Plazo Forzoso. El SUSCRIPTOR deberá realizar un pago inicial del costo de las siguientes modalidades de cobro disponibles, según la oferta comercial vigente: 1) El que Llama Paga (CPP) o 2) El que Recibe Paga (MPP). La Empresa comenzará a cobrar los Servicios a partir dicho Equipo al momento de la fecha contratación, el cual le se determinará en ese momento conforme a los resultados de su análisis crediticio y, el remanente del costo total le será diferido en mensualidades con el concepto de Cargo por Equipo durante el Plazo Forzoso. El Equipo Movistar que se haya comenzado a prestar los mismos. El uso de Equipos Terminales distintos entrega al declarado SUSCRIPTOR estará bloqueado para ser utilizado únicamente en la Carátula red de MOVISTAR. Cuando sea cubierto el costo total del presente Contrato Equipo Movistar, el SUSCRIPTOR podrá solicitar en el CAC, vía electrónica o telefónica su desbloqueo de manera gratuita, y que en un plazo máximo de 24 horas en días y horarios hábiles MOVISTAR le otorgará la clave o instrucciones para el desbloqueo correspondiente. MOVISTAR no se encuentren homologados conforme a lo establecido en la LFTyR puede ocasionar el funcionamiento anormal de los Servicios, del Equipo Propio no declarado y de los sistemas de comunicación y/o facturación de la Empresa; por lo que ésta no será hará responsable de la calidad o imposibilidad de la prestación de cualesquiera de los Servicios; pudiendo suspender la prestación de los mismos, previa notificación al Cliente para que éste adopte las medidas necesarias. Finalmente, los términos y condiciones del presente Contrato podrán ser modificados, siempre y cuando la Empresa obtenga las aprobaciones de las autoridades competentes y notifique al Cliente las modificaciones realizadas dentro de los 15 días hábiles previos a la entrada Servicios en vigor de dichas modificaciones. En éste caso, el Cliente podrá optar entre:
1) Adoptar los nuevos términos y condiciones, previo consentimiento expreso a través de cualquier medio electrónico y en los términos establecidos en el presente Contrato; o
2) Exigir el cumplimiento forzoso del Contrato. En caso de que el SUSCRIPTOR optara por utilizar un Equipo Propiedad del Suscriptor, que no sea factible cuente con las características técnicas y/o funcionalidades necesarias. Asimismo, el cumplimiento forzoso SUSCRIPTOR será responsable de cualquier daño que pudiera ocasionarse a la red de MOVISTAR derivado de su uso, en caso de que este no se encuentre homologado ante el IFT. Movistar informará si el Equipo Propiedad del Contrato, dentro de los 15 días hábiles contados a partir de Suscriptor cumple con las especificaciones técnicas y regulatorias para recibir la fecha de entrada en vigor de la modificaciones, dar por terminada la relación contractual sin penalización alguna para éste, cubriendo únicamente los cargos generados por servicio y que se encuentren pendientes de pago, incluyendo el costo remanente prestación del Equipo Provistoservicio.
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Samples: Contrato De Servicios Móviles De Telefonía en Modalidad Pospago
CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. El Cliente La Empresa Administradora se obliga a proporcionar la información necesaria, suficiente y pertinente para efectuar la contratación en términos de la normatividad aplicable en materia de telecomunicaciones, protección al consumidor y protección de datos personales en posesión de los particulares que se encuentre vigente. Se hace del conocimiento del Cliente que la Empresa tiene a su disposición diversos medios de atención a través de los cuales confiere las mismas facilidades para realizar la contratación y cancelación de Servicios: CACs, CAT, DATs, Mi Telcel y/o cualquier otro medio que la Empresa habilite para tal efecto en un futuro. Al momento de suscribir el presente Contrato, el Cliente tiene la opción de elegir cualquiera de las siguientes modalidades de cobro disponibles, según la oferta comercial vigente: 1) El que Llama Paga (CPP) o 2) El que Recibe Paga (MPP). La Empresa comenzará a cobrar prestar los Servicios a partir de la fecha en que se haya comenzado a prestar los mismos. El uso de Equipos Terminales distintos al declarado en la Carátula del presente Contrato y que no se encuentren homologados conforme a lo establecido en la LFTyR puede ocasionar el funcionamiento anormal de los Servicios, del Equipo Propio no declarado y de los sistemas de comunicación y/o facturación de la Empresa; por lo que ésta no será responsable de la calidad o imposibilidad de la prestación de cualesquiera de los Servicios; pudiendo suspender la prestación de los mismos, previa notificación al Cliente para que éste adopte las medidas necesarias. Finalmente, los términos y condiciones del presente Contrato podrán ser modificados, siempre y cuando la Empresa obtenga las aprobaciones de las autoridades competentes y notifique al Cliente las modificaciones realizadas dentro de los 15 días hábiles previos a la entrada en vigor de dichas modificaciones. En éste caso, el Cliente podrá optar entresiguiente:
1) Adoptar los nuevos términos y condiciones, previo consentimiento expreso a través de cualquier medio electrónico y en los términos establecidos 6.1. Cumplir con las obligaciones establecidas en el presente Contrato; oContrato de conformidad con lo previsto en el Acto Constitutivo, cuyo contenido y obligaciones a cargo del mismo reconoce y acepta de manera expresa, con la diligencia de un ordenado comerciante y un representante xxxx y conforme a los estándares ordinarios de diligencia exigibles a empresas del mismo o similar rubro al de la Empresa Administradora.
2) Exigir 6.2. Proporcionar los Servicios en beneficio exclusivo del Patrimonio Fideicometido, manejando las situaciones de conflicto de intereses de conformidad con lo establecido en el cumplimiento forzoso Anexo 6 del ContratoActo Constitutivo y siempre procurando maximizar el rendimiento del Patrimonio Fideicometido. En caso de que no sea factible la Empresa Administradora se encuentre en una situación de conflicto o potencial conflicto de intereses deberá revelarlo al Comité Técnico para que esta resuelva cómo debe proceder la Empresa Administradora con respecto a dicha situación.
6.3. Consultar con el Comité Técnico, todos aquellos asuntos respecto de los cuales considere necesario o conveniente obtener una opinión para mejor prestación de los Servicios.
6.4. Llevar a cabo las actividades conexas o complementarias que sean necesarias y/o convenientes para prestar adecuadamente los Servicios previstos en el presente Contrato. Asimismo, el Fiduciario y el Comité Técnico se obligan a otorgar los poderes y facultades de representación necesarios para que la Empresa Administradora pueda prestar adecuadamente los Servicios, y en consecuencia dar cumplimiento forzoso del a las obligaciones establecidas a su cargo en el presente Contrato, dentro incluyendo facultades de representación ante las contrapartes de los 15 días hábiles contados a partir Contratos de Arrendamiento, la Policía Nacional del Perú, la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, y demás otras instituciones privadas y de la fecha administración pública, incluyendo, pero sin limitarse, a las municipalidades distritales o provinciales, al Instituto de entrada en vigor Defensa de la modificacionesCompetencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, dar por terminada al Instituto Nacional de Defensa Civil y otras entidades administrativas estatales. De la relación contractual sin penalización alguna para éstemisma forma, cubriendo únicamente el Fiduciario permitirá a la Empresa Administradora utilizar los cargos generados por servicio y fondos que se encuentren pendientes depositen en la Cuenta de pagoAportes de Mantenimiento, incluyendo a efectos de ejecutar los Servicios. La Empresa Administradora estará facultada a subcontratar, bajo su propia responsabilidad y riesgo, a las empresas operativas que considere necesarias o convenientes, para la realización de servicios complementarios, a efectos de ejecutar los servicios descritos en la Cláusula Quinta anterior. Se deja expresa constancia que la subcontratación solo podrá efectuarse para la realización de servicios accesorios y/o complementarios o para las actividades expresamente señaladas en el costo remanente del Equipo Provistopresente contrato. La subcontratación de servicios complementarios no libera de responsabilidad a la Empresa Administradora.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Administración, Gestión, Operación Y Mantenimiento
CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. El Cliente se obliga a proporcionar Las Partes reconocen que la información necesaria, suficiente y pertinente para efectuar la contratación en términos de la normatividad aplicable en materia de telecomunicaciones, protección al consumidor y protección de datos personales en posesión prestación de los particulares Servicios está sujeta a lo establecido por la legislación costarricense, la que se encuentre vigente. Se hace del conocimiento del Cliente que puede obligar al Operador, sin responsabilidad frente al Suscriptor, a: (i) Descontinuar la Empresa tiene a su disposición diversos medios de atención a través prestación de los cuales confiere servicios; y (ii) Proporcionar información relativa a las mismas facilidades para realizar comunicaciones del Suscriptor, conforme los procedimientos legales vigentes. Las Partes acuerdan que: el Operador podrá proporcionar al Suscriptor, bajo cualquier título legal, un Equipo terminal homologado y compatible con la contratación red del Operador, o el Suscriptor podrá proporcionar un Equipo terminal homologado y cancelación de Servicios: CACs, CAT, DATs, Mi Telcel y/o cualquier otro medio compatible con la red del Operador. En caso que la Empresa habilite para tal efecto en el Suscriptor elija un futuro. Al momento de suscribir el presente Contrato, el Cliente tiene la opción de elegir cualquiera de las siguientes modalidades de cobro disponibles, según la oferta comercial vigente: 1) El que Llama Paga (CPP) o 2) El que Recibe Paga (MPP). La Empresa comenzará a cobrar los Servicios a partir de la fecha en que se haya comenzado a prestar los mismos. El uso de Equipos Terminales distintos al declarado en la Carátula del presente Contrato y Equipo terminal que no se encuentren homologados conforme encuentra incluido en un determinado Plan Comercial y que sea de mayor precio a lo establecido en los proporcionados por el Operador, este podrá cobrar la LFTyR puede ocasionar el funcionamiento anormal de los Servicios, del Equipo Propio no declarado y de los sistemas de comunicación y/o facturación cantidad adicional al momento de la Empresa; contratación, la cual corresponderá a la diferencia de precio entre los Equipos terminales incluidos en el Plan y el Equipo elegido por lo el Suscriptor. En caso que ésta el Equipo aportado por el Suscriptor no se encuentre homologado, el Operador no será responsable de por la calidad o imposibilidad de la prestación de cualesquiera de los Servicios; servicios, pudiendo incluso, previo aviso al Suscriptor, suspender la prestación de los mismosmismos en cualquier momento y ejercer las acciones que conforme a su derecho convengan, previa notificación incluyendo las correspondientes a la reparación de daños y perjuicios ocasionados al Cliente para que éste adopte las medidas necesariasoperador por el mal funcionamiento de dicho Equipo. FinalmenteEl Suscriptor podrá utilizar cualquiera de los Servicios Incluidos detallados en la cláusula SEGUNDA, los términos y condiciones del presente Contrato podrán ser modificados, siempre y cuando la Empresa obtenga las aprobaciones de las autoridades competentes y notifique al Cliente las modificaciones realizadas dentro de cuales no tendrán ningún costo adicional por su activación. Cuando los 15 días hábiles previos a la entrada en vigor de dichas modificaciones. En éste caso, el Cliente podrá optar entre:
1) Adoptar los nuevos términos y condiciones, previo consentimiento expreso eventos generados a través de cualquier medio electrónico y estos servicios estén incluidos en los términos establecidos paquetes de minutos, SMS y datos que otorga el plan comercial, no serán facturados como excedentes, siempre que el Suscriptor no haya consumido la totalidad mensual asignada, caso contrario, se cobrarán de acuerdo a las tarifas señaladas en el presente Contrato; o
2) Exigir el cumplimiento forzoso la página web de CLARO, disponibles para su consulta a través del Contrato. En caso de que no sea factible el cumplimiento forzoso del Contrato, dentro de los 15 días hábiles contados a partir de la fecha de entrada en vigor de la modificaciones, dar por terminada la relación contractual sin penalización alguna para éste, cubriendo únicamente los cargos generados por servicio y que se encuentren pendientes de pago, incluyendo el costo remanente del Equipo Provisto.enlace xxx.xxxxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/.
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Samples: Telecommunications