Condiciones Suspensivas para la Disposición del Crédito. El Acreditado deberá realizar la primera Disposición del Crédito dentro de los siguientes 120 (ciento veinte) días naturales contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato, prorrogables por un plazo igual previa solicitud del Acreditado, que no podrá ser negada por el Acreditante sin causa justificada. Para que el Acreditado pueda realizar la primera Disposición del Crédito deberá cumplir previamente, con las condiciones siguientes (las “Condiciones Suspensivas”): 1. Que el Acreditado entregue al Acreditante un ejemplar original del presente Contrato debidamente firmado, así como: (i) copia certificada por funcionario público facultado de la constancia de la inscripción de este Contrato en el Registro Estatal; (ii) copia simple de la constancia de inscripción en el Registro Federal, de conformidad con las disposiciones de la Ley Aplicable; (iii) el original de la constancia de la inscripción en el Registro del Fideicomiso, sujeto a lo establecido en el Fideicomiso; (iv) original o copia certificada de los Decretos de Autorización; (v) copia certificada del Acta de Fallo expedida por la Secretaría de Finanzas del Estado de México; y (vi) original de la certificación de firmas de los funcionarios autorizados del Acreditado en términos del Anexo “F” del presente Contrato. 2. Que el Acreditado entregue al Acreditante un documento en términos del modelo que se acompaña como Anexo “G”, en el que manifieste que: a. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en virtud de la firma del presente Contrato[, y aquellas adquiridas con anterioridad, las cuales hubieran emanado de las diferentes ventanillas crediticias del Acreditante]19. b. A la fecha de suscripción de dicho documento, no ha ocurrido una Causa de Aceleración o una Causa de Vencimiento Anticipado de conformidad con lo establecido en el presente Contrato. c. Las declaraciones del Acreditado contenidas en el Contrato y en los Documentos de la Obligación, deberán ser ciertas en y, a la fecha de cada Disposición solicitada, como si dichas declaraciones fueren hechas en la fecha de firma de dicho documento, salvo por declaraciones que, por su naturaleza, deban entenderse hechas a otra fecha. d. Entre la fecha de suscripción del Contrato y la fecha de suscripción de dicho documento, el Acreditado ha cumplido, en lo conducente, con todas y cada una de las Condiciones Suspensivas. e. El presente Contrato se encuentra en pleno vigor.
Appears in 1 contract
Condiciones Suspensivas para la Disposición del Crédito. El Acreditado deberá realizar la primera Disposición del Crédito dentro de los siguientes 120 (ciento veinte) días naturales contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato, prorrogables por un plazo igual previa solicitud del Acreditado, que no podrá ser negada por el Acreditante sin causa justificada. Para que el Acreditado pueda realizar la primera Disposición del Crédito deberá cumplir previamente, con las condiciones siguientes (las “Condiciones Suspensivas”):
1. Que el Acreditado entregue al Acreditante un ejemplar original o una copia certificada del presente Contrato debidamente firmadofirmado [y ratificado ante fedatario público]2, así como: (i) copia certificada por funcionario público facultado el original de la constancia de la inscripción de este Contrato en el Registro Estatal; (ii) copia simple de la constancia de inscripción en el Registro Federal, de conformidad con las disposiciones de la Ley Aplicable; y (iii) el original de la constancia de la inscripción en el Registro del Fideicomiso, sujeto a lo establecido en el Fideicomiso; (iv) original o copia certificada de los Decretos de Autorización; (v) copia certificada del Acta de Fallo expedida por la Secretaría de Finanzas del Estado de México; y (vi) original de la certificación de firmas de los funcionarios autorizados del Acreditado en términos del Anexo “F” del presente Contrato.
2. Que el Estado entregue al Acreditante una copia certificada por fedatario público o el original del Segundo Convenio de Re-expresión, debidamente suscrito por el Acreditado y el Fiduciario.
3. Que el Acreditado entregue al Acreditante un documento en términos del modelo que se acompaña como Anexo “G”, en el que manifieste que:
a. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en virtud de la firma del presente Contrato[, y aquellas adquiridas con anterioridad, las cuales hubieran emanado de las diferentes ventanillas crediticias del Acreditante]19en su caso.
b. A la fecha de suscripción de dicho documento, no ha ocurrido una Causa de Aceleración o una Causa de Vencimiento Anticipado de conformidad con lo establecido en el presente Contrato.
c. Las declaraciones del Acreditado contenidas en el Contrato y en los Documentos de la ObligaciónContrato, deberán ser son ciertas en y, a la fecha de cada la Disposición solicitada, como si dichas declaraciones fueren hechas en la fecha de firma de dicho documento, salvo por declaraciones que, por su naturaleza, deban entenderse hechas a otra fecha.
d. Entre la fecha de suscripción del Contrato y la fecha de suscripción de dicho documento, el Acreditado ha cumplido, en lo conducente, con todas y cada una de las Condiciones Suspensivas.
e. El presente Contrato se encuentra en pleno vigor.
Appears in 1 contract
Condiciones Suspensivas para la Disposición del Crédito. El Acreditado deberá realizar la primera Disposición del Crédito dentro de los siguientes 120 (ciento veinte) días naturales contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato, prorrogables por un plazo igual previa solicitud del Acreditado, que no podrá ser negada por el Acreditante sin causa justificada. Para que el Acreditado pueda realizar la primera y única Disposición del Crédito deberá cumplir previamente, con las condiciones siguientes (las “Condiciones Suspensivas”):
1. Que el Acreditado entregue al Acreditante un ejemplar original [y ratificado ante fedatario público] 21 del presente Contrato debidamente firmado, [una copia [certificada ante fedatario público del Contrato de Fideicomiso, en el entendido que el Acreditante asumirá los gastos y costos que la ratificación de firmas de dichos documentos generen] simple del Contrato de Fideicomiso,]22 así como: (i) copia simple del Crédito PROFISE, el Primer Convenio, el Segundo Convenio, el Tercer Convenio y el Cuarto Convenio; (ii) copia certificada por funcionario público facultado de la constancia de la inscripción de este Contrato en el Registro Estatal; (iiiii) copia simple de la constancia de inscripción en el Registro Federal, de conformidad con las disposiciones de la Ley Aplicable; (iiiiv) el original de la constancia de la inscripción en el Registro del Fideicomiso, sujeto a lo establecido en el Fideicomiso; (ivv) original o copia certificada del Decreto 235; [(vi) una copia certificada ante fedatario público de los Decretos la instrucción irrevocable a la Unidad de Autorización; Coordinación de Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por la cual se instruyó de forma irrevocable la afectación del FAFEF al Fideicomiso;] 23 (vvii) copia certificada del Acta de Fallo expedida por la Secretaría de Finanzas del Estado de México; y (viviii) original de la certificación de firmas de los funcionarios autorizados del Acreditado en términos del Anexo “FE” del presente Contrato.”
2. Que el Acreditado entregue al Acreditante un documento en términos del modelo que se acompaña como Anexo “GF”, en el que manifieste que:
a. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en virtud de la firma del presente Contrato, [, y aquellas adquiridas con anterioridad, las cuales hubieran emanado de las diferentes ventanillas crediticias del Acreditante]19Acreditante]24.
b. A la fecha de suscripción de dicho documento, no ha ocurrido una Causa de Aceleración o una Causa de Vencimiento Anticipado de conformidad con lo establecido en el presente Contrato.
c. Las declaraciones del Acreditado contenidas en el este Contrato y en los cualesquiera otros Documentos de la Obligación, Obligación deberán ser ciertas en y, a la fecha de cada Disposición solicitada, como si dichas declaraciones fueren hechas verdaderas y correctas en la fecha de firma de dicho documentoDisposición, como si hubieran sido hechas en y a esa fecha, salvo por declaraciones que, por su naturaleza, deban entenderse hechas a otra fecha.
d. Entre la fecha de suscripción del Contrato y la fecha de suscripción de dicho documento, el Acreditado ha cumplido, en lo conducente, con todas y cada una de las Condiciones Suspensivas.
e. El presente Contrato se encuentra en pleno vigor.
Appears in 1 contract
Condiciones Suspensivas para la Disposición del Crédito. El Acreditado deberá realizar la primera Disposición del Crédito dentro de los siguientes 120 (ciento veinte) días naturales contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato, prorrogables por un plazo igual previa solicitud del Acreditado, que no podrá ser negada por el Acreditante sin causa justificada. Para que el Acreditado pueda realizar la primera Disposición del Crédito deberá cumplir previamente, con las condiciones siguientes (las “Condiciones Suspensivas”):
1. Que el Acreditado entregue al Acreditante un ejemplar original o una copia certificada del presente Contrato debidamente firmado, así como: (i) copia certificada por funcionario público facultado de la constancia de la inscripción de este Contrato en el Registro Estatal; (ii) copia simple de la constancia de inscripción en el Registro Federal, de conformidad con las disposiciones de la Ley Aplicable; y (iii) el original de la constancia de la inscripción en el Registro del Fideicomiso, sujeto a lo establecido en el Fideicomiso; (iv) original o copia certificada de los Decretos de Autorización; (v) copia certificada del Acta de Fallo expedida por la Secretaría de Finanzas del Estado de México; y (vi) original de la certificación de firmas de los funcionarios autorizados del Acreditado en términos del Anexo “F” del presente Contrato.
2. Que el Acreditado entregue al Acreditante un documento en términos del modelo que se acompaña como Anexo “GF”, en el que manifieste que:
a. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en virtud de la firma del presente Contrato[, y aquellas adquiridas con anterioridad, las cuales hubieran emanado de las diferentes ventanillas crediticias del Acreditante]19en su caso.
b. A la fecha de suscripción de dicho documento, no ha ocurrido una Causa de Aceleración o una Causa de Vencimiento Anticipado de conformidad con lo establecido en el presente Contrato.
c. Las declaraciones del Acreditado contenidas en el Contrato y en los Documentos de la ObligaciónContrato, deberán ser son ciertas en y, a la fecha de cada la Disposición solicitada, como si dichas declaraciones fueren hechas en la fecha de firma de dicho documento, salvo por declaraciones que, por su naturaleza, deban entenderse hechas a otra fecha.
d. Entre la fecha de suscripción del Contrato y la fecha de suscripción de dicho documento, el Acreditado ha cumplido, en lo conducente, con todas y cada una de las Condiciones Suspensivas.
e. El presente Contrato se encuentra en pleno vigor.
Appears in 1 contract
Condiciones Suspensivas para la Disposición del Crédito. Dentro de las condiciones suspensivas sugerimos agregar las siguientes: “El Acreditado Estado deberá realizar la primera Disposición del Crédito dentro de los siguientes 120 (ciento veinte) días naturales contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato, prorrogables por un plazo igual previa solicitud del Acreditado, que no podrá ser negada haber obtenido y entregar al Acreditante; una constancia emitida por el Acreditante sin causa justificada. Para Sistema del Registro Público Único, mediante la cual se acredite que el Acreditado pueda realizar la primera Disposición presente Financiamiento u Obligación fue inscrito, a través del Crédito deberá cumplir previamente, con las condiciones siguientes (las procedimiento Registral Correspondiente.” “Condiciones Suspensivas”):
1. Que el Acreditado entregue Entregar al Acreditante un ejemplar original del presente Contrato debidamente firmadouna constancia que, así como: (i) copia certificada por funcionario público facultado de la constancia de la inscripción de este Contrato en el Registro Estatal; (ii) copia simple de la constancia de inscripción en el Registro Federal, de conformidad con las disposiciones de la Ley Aplicable; (iii) el original de la constancia de la inscripción en el Registro del Fideicomiso, sujeto conforme a lo establecido en el Fideicomiso; (iv) original o copia certificada Fideicomiso Maestro pruebe su reconocimiento como uno de los Decretos de Autorización; (v) copia certificada del Acta de Fallo expedida por Acreedores en la Secretaría de Finanzas del Estado de México; y (vi) original de la certificación de firmas de los funcionarios autorizados del Acreditado en términos del Anexo “F” del presente Contrato.
2. Que el Acreditado entregue al Acreditante un documento en términos del modelo que se acompaña como Anexo “G”, establezcan que este Contrato ha sido inscrito en el que manifieste que:
a. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en virtud de la firma del presente Contrato[Registro, y aquellas adquiridas con anterioridad, las cuales hubieran emanado de las diferentes ventanillas crediticias del Acreditante]19.
b. A la fecha de suscripción de dicho documento, no ha ocurrido una Causa de Aceleración o una Causa de Vencimiento Anticipado de conformidad con los términos del Fideicomiso Maestro” “El Estado deberá haber presentado la Instrucción Irrevocable a la Tesorería de la Federación, por conducto de la UCEF, para el Patrimonio del Fideicomiso Maestro mediante la aportación del Porcentaje Asignado; instrucción que deberá referir que dicho Porcentaje Asignado ha sido afectado como fuente de pago del Crédito. El Estado deberá entregar al Acreditante una copia de dicha instrucción con el acuse de recibo correspondiente” “El Estado deberá haber obtenido y entregar al No acepta la solicitud respecto de las siguientes condiciones suspensivas porque ya están consideradas en el modelo de Contrato de Crédito: - “El Estado deberá haber obtenido y entregar al Acreditante; una constancia emitida por el Sistema de Registro Público Único, mediante la cual se acredite que el presente Financiamiento u Obligación fue inscrito, a través del procedimiento Registral correspondiente.” - “Entregar al Acreditante una constancia que, conforme a lo establecido en el presente Contrato.
c. Las declaraciones del Acreditado contenidas Fideicomiso Maestro pruebe su reconocimiento como uno de los Acreedores en la que establezca que este Contrato ha sido inscrito en el Contrato Registro, de conformidad con los términos del Fideicomiso Maestro.” -“El Estado deberá haber obtenido y en los Documentos de la Obligación, deberán ser ciertas en y, a la fecha de cada Disposición solicitada, como si dichas declaraciones fueren hechas en la fecha de firma de dicho documento, salvo por declaraciones que, por su naturaleza, deban entenderse hechas a otra fecha.
d. Entre la fecha de suscripción entregar al Acreditante copia del Contrato y la fecha de suscripción de dicho documento, el Acreditado ha cumplidoRegistro Estatal, en lo conducente, con todas y cada una el sentido de las Condiciones Suspensivas.
e. El presente que este Contrato se encuentra inscrito en pleno vigordicho Registro Estatal como obligación a cargo del Estado y que el Porcentaje Asignado ha sido afectado como fuente de pago del Crédito.” No se acepta la solicitud respecto de la siguiente condición: No Documento, Sección y párrafo de las Bases Aclaración o Pregunta Respuestas (Santander) Acreditante copia del Registro Estatal, en el sentido de que este Contrato se encuentra inscrito en dicho Registro Estatal como obligación a cargo del Estado y que el Porcentaje Asignado ha sido afectado como fuente de pago del Crédito.”. - “El Estado deberá haber presentado la Instrucción Irrevocable a la Tesorería de la Federación, por conducto de la UCEF, para el Patrimonio del Fideicomiso Maestro mediante la aportación del Porcentaje Asignado; instrucción que deberá referir que dicho Porcentaje Asignado ha sido afectado como fuente de pago del Crédito. El Estado deberá entregar al Acreditante una copia de dicha instrucción con el acuse de recibo correspondiente” Lo anterior toda vez que: 1. El 100% (cien por ciento) de las Participaciones (según dicho término se define en el Segundo Convenio de Re-expresión) permanecerá afecto al Patrimonio del Fideicomiso, por lo que no habrá, para efectos de este refinanciamiento, desafectación de Participaciones (ver definición de Participaciones y de Participaciones Fideicomitidas en el Segundo Convenio de Re- expresión). 2. El Fideicomiso Maestro será re-expresado en términos del Segundo Convenio de Re- expresión pero las Participaciones seguirán siendo transferidas a la misma Cuenta Concentradora de Participaciones. Considerando lo señalado en los numerales 1 y 2 anterior, no será necesario modificar la Notificación Irrevocable (según dicho término se define en el Segundo Convenio de Re-expresión).
15. Modelo de contrato de crédito.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública
Condiciones Suspensivas para la Disposición del Crédito. El Acreditado deberá realizar la primera Disposición del Crédito dentro de los siguientes 120 (ciento veinte) días naturales contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato, prorrogables por un plazo igual previa solicitud del Acreditado, que no podrá ser negada por el Acreditante sin causa justificada. Para que el Acreditado pueda realizar la primera Disposición del Crédito deberá cumplir previamente, con las condiciones siguientes (las “Condiciones Suspensivas”):
1. Que el Acreditado entregue al Acreditante un ejemplar original [y ratificado ante fedatario público]2119 del presente Contrato debidamente firmado, [ una copia certificada ante fedatario público del segundo convenio modificatorio y de re-expresión del Fideicomiso Maestro, en el entendido que el Acreditante asumirá los gastos y costos que la ratificación de firmas de dichos documentos generen,]2220 así como: (i) copia certificada por funcionario público facultado de la constancia de la inscripción de este Contrato en el Registro Estatal; (ii) copia simple de la constancia de inscripción en el 2119 Según lo requiera la Institución Financiera, en el entendido que los gastos y honorarios que dicha ratificación genere, correrán por cuenta del Acreditante. 2220 Según lo requiera la Institución Financiera, en el entendido que los gastos y honorarios que dicha ratificación genere, correrán por cuenta del Acreditante. Registro Federal, de conformidad con las disposiciones de la Ley Aplicable; (iii) el original de la constancia de la inscripción en el Registro del Fideicomiso, sujeto a lo establecido en el Fideicomiso; (iv) original o copia certificada de los Decretos de Autorización; [(v) una copia certificada ante fedatario público de la instrucción irrevocable a la Unidad de Coordinación de Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por la cual se instruyó de forma irrevocable la afectación de las Participaciones al Fideicomiso Maestro;]2321 (vi) copia certificada del Acta de Fallo expedida por la Secretaría de Finanzas del Estado de México; y (vivii) original de la certificación de firmas de los funcionarios autorizados del Acreditado en términos del Anexo “F” del presente Contrato.
2. Que el Acreditado entregue al Acreditante un documento en términos del modelo que se acompaña como Anexo “G”, en el que manifieste que:
a. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en virtud de la firma del presente ContratoContrato [, y aquellas adquiridas con anterioridad, las cuales hubieran emanado de las diferentes ventanillas crediticias del Acreditante]19Acreditante]2422.
b. A la fecha de suscripción de dicho documento, no ha ocurrido una Causa de Aceleración o una Causa de Vencimiento Anticipado de conformidad con lo establecido en el presente Contrato.
c. Las declaraciones del Acreditado contenidas en el Contrato y en los Documentos de la Obligación, deberán ser ciertas en y, a la fecha de cada Disposición solicitada, como si dichas declaraciones fueren hechas en la fecha de firma de dicho documento, salvo por declaraciones que, por su naturaleza, deban entenderse hechas a otra fecha.
d. Entre la fecha de suscripción del Contrato y la fecha de suscripción de dicho documento, el Acreditado ha cumplido, en lo conducente, con todas y cada una de las Condiciones Suspensivas.
e. El presente Contrato se encuentra en pleno vigor.
Appears in 1 contract
Condiciones Suspensivas para la Disposición del Crédito. El Acreditado deberá realizar la primera Disposición del Crédito dentro de los siguientes 120 (ciento veinte) días naturales contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato, prorrogables por un plazo igual previa solicitud del Acreditado, que no podrá ser negada por el Acreditante sin causa justificada. Para que el Acreditado pueda realizar la primera Disposición del Crédito deberá cumplir previamente, con las condiciones siguientes (las “Condiciones Suspensivas”):
1. Que el Acreditado entregue al AGREGAR QUE… Acreditante un ejemplar original o copia certificada del presente Contrato debidamente firmadofirmado y ratificado ante fedatario público. Y EN EL ÚLITMO PÁRRAFO DE LA CLÁUSULA CUARTA INDICAR QUE: “se incluya como condición precedente a la disposición, así como: el proporcionar la instrucción a la SHCP respecto al 100% de participaciones y conforme a su solicitud hace falta (i) copia certificada por funcionario público facultado la opinión de un despacho legal respecto a la constancia validez del Fideicomiso y la afectación de la inscripción de este Contrato en el Registro Estatal; participaciones, (ii) copia simple el reporte emitido por una sociedad de la constancia de inscripción en el Registro Federalinformación crediticia, de conformidad con las disposiciones de la Ley Aplicable; (iii) la documentación necesaria para el original de la constancia de la inscripción en el Registro del Fideicomiso, sujeto a lo establecido en el Fideicomiso; KYC (iv) original o copia certificada FORMATO DE CONOCIMIENTO DEL CLIENTE)”. EN LA CLÁUSULA QUINTA AGREGAR LOS NUMERALES SIGUIENTES: • No podrá respecto de los Decretos de Autorización; (v) copia certificada del Acta de Fallo expedida por la Secretaría de Finanzas del Estado de México; y (vi) original de la certificación de firmas de los funcionarios autorizados del Acreditado en términos del Anexo “F” del presente Contrato.
2. Que el Acreditado entregue al Acreditante un documento en términos del modelo que se acompaña como Anexo “G”, en el que manifieste que:
a. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en virtud de la firma del presente Contrato[, y aquellas adquiridas con anterioridad, las cuales hubieran emanado de las diferentes ventanillas crediticias del Acreditante]19.
b. A la fecha de suscripción de dicho documento, no ha ocurrido una Causa de Aceleración o una Causa de Vencimiento Anticipado de conformidad con lo establecido en el presente Contrato.
c. Las declaraciones del Acreditado contenidas en el Contrato y en los Documentos de la Obligación, deberán ser ciertas en y, acreedores financieros a la fecha de cada Disposición solicitadacelebración de este Contrato, modificar las condiciones con ellos pactadas relativas al otorgamiento de garantías, ampliación de las mismas y cambios a las condiciones financieras, de tal forma que resulten más onerosas para el Acreditante. • No podrá otorgar a cualquier otro acreedor condiciones de pago que resulten o puedan resultar más favorables para tales acreedores que las que se encuentren vigentes con los mismos. INCLUIR UNA CLÁUSULA QUE INDIQUE: El Acreditante acepta y reconoce que el Acreditado podrá (pero no estará obligado a, en cualquier momento durante la vigencia del Crédito, contratar y/o asignar uno o varios Contratos de Xxxxxxxxx y/o uno o varios Contratos de Cobertura Portafolio para cubrir una porción o la totalidad del saldo insoluto del Crédito. ES POSIBLE QUE: ¿sean causas de vencimiento anticipado las siguientes? • EN LA CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. Causas consistente en el Porcentaje de Participaciones. Las disposiciones solicitadas eran compatibles con un esquema de pagos pari passu, pero no lo son bajo un esquema de porcentajes específicos como si dichas declaraciones fueren hechas fuente de pago. Respecto a la solicitud manifestada sobre incluir una cláusula que establezca que “El Acreditante acepta y reconoce que el Acreditado podrá (pero no estará obligado a, en cualquier momento durante la vigencia del Crédito, contratar y/o asignar uno o varios Contratos de Cobertura y/o uno o varios Contratos de Cobertura Portafolio para cubrir una porción o la totalidad del saldo insoluto del Crédito.” se aclara que dicha disposición se encuentra establecida en la fecha Cláusula Séptima, primer párrafo del Modelo de firma Contrato de dicho documento, salvo por declaraciones que, por su naturaleza, deban entenderse hechas Crédito. Respecto a otra fecha.
d. Entre la fecha de suscripción del Contrato y solicitud sobre modificar la fecha de suscripción de dicho documento, el Acreditado ha cumplido, en lo conducente, con todas y cada una de las Condiciones Suspensivas.
e. El presente Contrato se encuentra en pleno vigor.“CLÁUSULA DÉCIMA
Appears in 1 contract
Samples: Financiamiento De Largo Plazo