Common use of CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Clause in Contracts

CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. 28.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, y en particular a lo dispuesto en el artículo 12 de dicho texto legal, y del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica. 28.2 Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la Universidad de Málaga para la ejecución del Contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la misma. 28.3 El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él. 28.4 El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la Universidad de Málaga y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo, se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones. 28.5 La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999. 28.6 El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Professional Services

CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. 28.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, y en particular a lo dispuesto en el artículo 12 de dicho texto legal, y del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica. 28.2 Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la Universidad de Málaga para la ejecución del Contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la misma. 28.3 El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él. 28.4 El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la Universidad de Málaga y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo, se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones. 28.5 La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar confidencialidad y secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999. 28.6 . El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir. Fecha de emisión de la firma:07/03/2016 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:lG+fYLw3H5Zn/CBLjFpO CN=XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX OU=COMPRAS SERVICIOS Y SUMINISTROS CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:29 página/s. Página 23 de 29. Si el contrato adjudicado implica el tratamiento de datos de carácter personal se deberá respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrolla, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésimo Sexta del TRLCSP.

Appears in 1 contract

Samples: Contratos De Prestación De Servicios

CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. 28.1 De conformidad con la legislación vigente sobre protección de datos de carácter personal, las partes quedan informadas de que los datos de representantes o personas de contacto de las mismas incluidos en el presente convenio, o facilitados entre ellas con motivo de su ejecución, se tratarán informáticamente y serán incluidos en sendos ficheros, titularidad de cada parte, cuya única finalidad es la gestión de la relación de colaboración y, en su caso, podrán ser cedidos a aquellas Administraciones Públicas que legalmente tengan derecho a ello, para lo cual los comparecientes prestan su consentimiento. Cada parte reconoce a los titulares de tales datos la posibilidad de ejercitar gratuitamente sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los domicilios que figuran en este convenio. El adjudicatario se obliga personal que intervenga en la prestación de las actividades objeto del convenio, viene obligado, en cuanto al cumplimiento tratamiento de datos de carácter personal relativos a los usuarios del mismo, a respetar las prescripciones de la Ley Orgánica 15/19993/2018, de 13 5 de diciembre, de Protección de datos Datos Personales y garantía de carácter personal, y en particular a lo dispuesto en el artículo 12 de dicho texto legallos derechos digitales, y del R.D. 1720/2007Reglamento, (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 21 27 xx xxxxx de diciembre2016. La Concejala-Delegada de Acción Social, El Presidente del Comité Provincial de Alicante de Xxxx Xxxx Española, DE LA CONCEJALIA DE ACCIÓN SOCIAL SOLICITA para el día un coche adaptado para trasladar a D./Dña a con DNI/NIE/PASAPORTE nº y con domicilio en desconocido. El traslado se efectuará desde (dirección) a las del día con dirección a (dirección) Teléfono contacto para comunicar incidencias NIVEL DE AUTONOMIA O DEPENDENCIA: Persona con deterioro físico: Encamado/a, silla de ruedas, falta de autonomía Deterioro psíquico, demencia senil, alzheimer…etc. email de remisión de solicitud de traslados: xxxxxxx@xxxxxxxx.xx, xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx Excmo. Ayuntamiento de Alicante Delimitar, organizar y gestionar por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica. 28.2 Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la Universidad de Málaga para la ejecución del Contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la misma. 28.3 El adjudicatario será responsable del cumplimiento parte de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él. 28.4 El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la Universidad de Málaga y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo, se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones. 28.5 La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismopartes intervinientes, de conformidad con forma eficaz y eficiente las actuaciones necesarias, durante el artículo 10 funcionamiento del dispositivo de climatología adversa dirigido a personas sin hogar que pernoctan en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999calle. 28.6 El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.

Appears in 1 contract

Samples: Collaboration Agreement

CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. 28.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, y en particular a lo dispuesto en el artículo 12 de dicho texto legal, y del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica. 28.2 Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la Universidad de Málaga para la ejecución del Contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la misma. 28.3 El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él. 28.4 El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la Universidad de Málaga y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo, se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones. 28.5 La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar confidencialidad y secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999. 28.6 . El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir. Si el contrato adjudicado implica el tratamiento de datos de carácter personal se deberá respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrolla, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésimo Sexta del TRLCSP. Fecha de emisión de la firma:28/07/2016 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:eL9l06uupBamW3WnDOwE CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:32 página/s. Página 24 de 32.

Appears in 1 contract

Samples: Pólizas De Seguros De Bienes Muebles E Inmuebles Y/O Responsabilidad Civil General/Patrimonial

CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. 28.1 El adjudicatario se obliga al 6.1.- En relación con los participantes en la contratación. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/19993/2018, de 13 5 de diciembre, de Protección protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, que regula el derecho de información en la recogida de datos de carácter personal, y en particular a lo dispuesto así como en el artículo 12 de dicho texto legal, 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del R.D. 1720/2007Consejo, de 21 27 xx xxxxx de diciembre2016, por el relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de a).- Que los datos personales que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica. 28.2 Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la Universidad de Málaga faciliten para la ejecución del Contratopresente contrato se incorporarán a un fichero y serán tratados con la finalidad de poder llevar a cabo la tramitación de la propia ejecución contractual, de conformidad con lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y en la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, sin los cuales no pueden llevarse a cabo. Y, en caso de facilitarse datos personales de terceros, el proveedor asume la obligación de cumplir con la normativa vigente en todo momento para su tratamiento y cesión a la Mutua, informándoles de ello y obteniendo el consentimiento de los afectados cuando ello sea preciso de conformidad con la normativa vigente. b).- Que no se halla prevista la adopción de decisiones automatizadas, perfiles y lógica aplicada a los mismos. c).- Que el responsable del tratamiento de dichos datos es “MUTUAL MIDAT CYCLOPS, MCSS Nº 1”, Avda. Xxxxx Xxxxxxxxxxx 14-18 (08029- Barcelona), ante el cual se podrán ejercitar los derechos de derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, derecho a la limitación del tratamiento y derecho a la portabilidad, dirigiendo una solicitud escrita y firmada a la dirección postal indicada, o al correo electrónico siguiente: xxxxxxxxx@xx-xxxxxx.xxx (previa acreditación ante la Mutua de su identidad y, en su caso, representación). Pudiendo presentar una reclamación ante la Autoridad de Control en materia de Protección de Datos competente, especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, accediendo a la siguiente página web de dicha Agencia: xxxxx://xxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxxxxxxxxxx- web/vistas/formReclamacionDerechos/reclamacionDerechos.jsf. d).- Que dichos datos personales podrán ser facilitados a los interesados en el procedimiento de la presente contratación, los órganos jurisdiccionales, el Ministerio Fiscal, el Defensor del Pueblo, el órgano de dirección y tutela de la Mutua, otras autoridades de control, entidades financieras, Hacienda Pública, y otras administraciones públicas para el ejercicio de sus respectivas competencias. En especial, por aplicación de lo dispuesto en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito la Ley general de la misma. 28.3 El adjudicatario será responsable del cumplimiento Seguridad Social (aprobada mediante el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre) en relación con las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él. 28.4 El adjudicatario se compromete a mantener durante Mutuas Colaboradoras con la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la Universidad de Málaga y respecto de todo el personal que intervenga en los mismosSeguridad Social. Asimismo, se compromete informa de la existencia de Encargados de Tratamiento, cuya legitimidad del tratamiento es la ejecución del contrato del encargo con el que hacer posibles las tareas de contratación por la Mutua, sin que en la actualidad impliquen transferencias a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica terceros países. Caso de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. A tal efectoexistir en el futuro, el adjudicatario se informará a su personal y colaboradores los interesados, además, de las obligaciones condiciones que afectan a la transferencia, en particular, la existencia o ausencia de confidencialidad una decisión de adecuación de la Comisión respecto del tercer país u organización internacional. e).- Que el plazo durante el cual se conservarán los datos personales indicados anteriormente serán los establecidos por la normativa vigente en materia de contratación del sector público y protección de datos, con el fin de asegurar que sea preciso para acreditar el cumplimiento de tales obligaciones. 28.5 La empresa adjudicataria y su personal están obligados la misma ante los propios licitadores o ante terceros ajenos a guardar secreto profesional la licitación respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de cuales la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con ley ampare el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999acceso a dichos datos. 28.6 El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.

Appears in 1 contract

Samples: Service Agreement

CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. 28.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento a) Deber de confidencialidad. Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP relativas a la publicidad de la Ley Orgánica 15/1999adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de 13 la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de diciembrelas mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento. De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial. b) Protección de datos de carácter personal, y en particular a lo dispuesto en el artículo 12 de dicho texto legal, y del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica. 28.2 Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la Universidad de Málaga para la ejecución del Contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la misma. 28.3 El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él. 28.4 El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la Universidad de Málaga y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo, se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones. 28.5 La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo art. 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999. 28.6 El adjudicatario deberá formar e informar a su personal . pie_firma_corto_dipu_01 Firmado por Secretario Acctal. (Resol. 3448/2017, de las obligaciones que en materia 29 de protección de datos estén obligados a cumplir en diciembre) XXXXXX XXXXX XXXX el 5/1/2018 desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir. A lates efectos deberán acreditar: - Tener notificados sus ficheros a la AEPD. - Firmar un documento expreso donde manifieste que dispone de Documento de Seguridad y cumple la normativa de protección de datos. Así mismo, el adjudicatario asumirá, respecto a los ficheros automatizados derivados de los programas, soportes, y equipos informáticos, las siguientes funciones como responsable de seguridad, que se enuncian de modo indicativo: - Analizar las incidencias registradas tomando las medidas oportunas en colaboración con el responsable del fichero. - Comprobar con la periodicidad mínima legal, la existencia de las copias de respaldo que permitan la recuperación del fichero. - Colaborar con el Ayuntamiento como titular de los ficheros, en las labores de mantenimiento del Documento de Seguridad y la realización de las auditorias de los ficheros automatizados de nivel medio y alto.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Mixed Services of Comprehensive Maintenance of Computer Equipment and Supply of Consumable Computer Material

CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. 28.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, y en particular a lo dispuesto en el artículo 12 de dicho texto legal, y del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica. 28.2 Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la Universidad de Málaga para la ejecución del Contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la misma. 28.3 El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él. 28.4 El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la Universidad de Málaga y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo, se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones. 28.5 La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar confidencialidad y secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación Pliego de cláusulas administrativas procedimiento abierto contrato de prestación de servicios de “Mantenimiento, Conservación y Reparación de las instalaciones para abastecimiento de agua a la Comarca xx Xxxxxxxx dependientes de Diputación Provincial xx Xxxxxx (EXPEDIENTE 66/2016).” que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999. 28.6 . El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir. Si el contrato adjudicado implica el tratamiento de datos de carácter personal se deberá respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrolla, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésimo Sexta del TRLCSP. Fecha de emisión de la firma:15/12/2016 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:Sg0GgLKnI0jWKk9I12o0 CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:32 página/s. Página 24 de 32.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestación De Servicios

CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. 28.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, y en particular a lo dispuesto en el artículo 12 de dicho texto legal, y del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica. 28.2 Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la Universidad de Málaga para la ejecución del Contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la misma. 28.3 El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él. 28.4 El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la Universidad de Málaga y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo, se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones. 28.5 La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar confidencialidad y secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999. 28.6 . El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir. Si el contrato adjudicado implica el tratamiento de datos de carácter personal se deberá respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrolla, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésimo Sexta del TRLCSP. Fecha de emisión de la firma:06/05/2016 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:hQbMvFmGgoLeXv1o9wzZ CN=XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX OU=COMPRAS SERVICIOS Y SUMINISTROS CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:30 página/s. Página 24 de 30.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for the Provision of Hospitality Services

CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. 28.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, y en particular a lo dispuesto en el artículo 12 de dicho texto legal, y del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica. 28.2 Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la Universidad de Málaga para la ejecución del Contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la misma. 28.3 El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él. 28.4 El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la Universidad de Málaga y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo, se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones. 28.5 La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar confidencialidad y secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999. 28.6 . El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir. Fecha de emisión de la firma:02/05/2016 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:ZCnPcZGXesbhDLdy+6v4 CN=XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX OU=COMPRAS SERVICIOS Y SUMINISTROS CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:29 página/s. Página 23 de 29. Si el contrato adjudicado implica el tratamiento de datos de carácter personal se deberá respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrolla, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésimo Sexta del TRLCSP.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas

CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. 28.1 El adjudicatario 1. La Fundación EOI garantiza la confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión de esta convocatoria, especialmente los de carácter personal y técnico, que no podrá utilizar con un fin distinto al de gestionar esta convocatoria. 2. La duración de la confidencialidad será indefinida mientras la misma ostente tal carácter, manteniéndose en vigor con posterioridad a la finalización de la correspondiente edición de los premios a los que se obliga refiere esta convocatoria, sin perjuicio de la obligación de la Fundación EOI de garantizar una adecuada publicidad de los premios y sus ganadores. 3. Todas las partes participantes en esta convocatoria queda obligadas al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, y en particular a lo dispuesto en el artículo 12 de dicho texto legal, y del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica. 28.2 Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la Universidad de Málaga para la ejecución del Contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la misma. 28.3 El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él. 28.4 El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la Universidad de Málaga y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo, se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones. 28.5 La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999. 28.6 El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que vigente en materia de protección de datos estén obligados personales. Los datos de carácter personal que en su caso se recaben formarán parte de los registros de actividad que utilizará la Fundación EOI con el objeto de una correcta gestión de la convocatoria, y, todo ello, en cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos y, en concreto, del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/UE. Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir en el desarrollo de sus tareas con la finalidad para la prestación que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad. La Fundación EOI no cederá los datos a terceros, salvo obligación legal, y no los transferirá a terceros países. 4. La base legal del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente tratamiento es tanto el consentimiento como el cumplimiento de las infracciones legales obligaciones derivadas de esta convocatoria. Para llevar a cabo el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos, a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de perfiles) los interesados deberán dirigirse, a través de comunicación por escrito y acreditando debidamente su identidad mediante copia de documento nacional de identidad, a la sede de la Fundación EOI, sita en que Avda. Xxxxxxxx xxx Xxx x.x 0, 00000 Xxxxxx (Xxxxxx), o por incumplimiento correo electrónico a través de sus empleados se pudiera incurrirla dirección xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xx.

Appears in 1 contract

Samples: Premios Nacionales De Artesanía