Conformidad de la Oferta Cláusulas de Ejemplo

Conformidad de la Oferta. El Oferente asume la obligación de presentar una Oferta completa, que cubra todas sus obligaciones contractuales y todos los costos necesarios para la entrega de los trabajos en funcionamiento en los plazos previstos, de conformidad con las disposi- ciones xxx Xxxxxx, y de reparar defectos que se manifiesten con posterioridad a su re- cepción provisoria. La sola presentación de la Oferta implica que el Oferente acepta todas y cada una de las obligaciones que surgen de la documentación, en especial, la aceptación del pro- yecto licitado y las especificaciones técnicas, asumiendo la responsabilidad técnica por el mismo. La información técnica contenida en la documentación licitatoria tiene carácter de An- teproyecto o Proyecto, conforme lo indicado en el PCP. Cuando la documentación incluya cómputos y presupuestos oficiales, éstos tendrán tan solo carácter ilustrativo, no comprometen a SBASE y corresponde al Oferente su verificación. Además de estudiar exhaustivamente la documentación de la Licitación, los Oferentes deberán lograr información complementaria que pueda obtenerse por la observación directa y también por documentos y referencias de terceros acerca de: El Oferente/Contratista no podrá alegar en el futuro ignorancia o error; por consiguien- te, no se aceptará reclamo alguno referente a adicionales o mayores costos por igno- rancia, desconocimiento o apreciación inexacta de las tareas licitadas o del lugar y condiciones de trabajo, etc. SBASE designará una persona que acompañará a los Licitantes a reconocer los luga- res de trabajo y luego extenderá una constancia de visita que deberán presentar junto con su Oferta. La fecha de las visitas se indicará en el sitio oficial de SBASE.
Conformidad de la Oferta. El OFERENTE asume la obligación de presentar una Oferta completa, que cubra todas sus obligaciones contractuales y comprenda la totalidad de las tareas, obras y servicios objeto de la Explotación Colateral conforme los requisitos del presente llamado a Licitación Pública. La sola presentación de la Oferta implica que el OFERENTE acepta todas y cada una de las obligaciones que surgen de la documentación, y las especificaciones técnicas, asumiendo la responsabilidad técnica por el mismo.
Conformidad de la Oferta. El Oferente asume la obligación de presentar una Oferta completa, que cubra todas sus obligaciones contractuales y todos los costos necesarios para la reali- zación de los servicios en los plazos previstos, de conformidad con las disposi- ciones xxx Xxxxxx. La sola presentación de la Oferta implica que el Oferente acepta todas y cada una de las obligaciones que surgen de la documentación del llamado.
Conformidad de la Oferta. El Oferente asume la obligación de presentar una Oferta completa, que cubra todas sus obligaciones contractuales y todos los costos necesarios para la entrega de los trabajos en funcionamiento en los plazos previstos, de conformidad con las disposi- ciones xxx Xxxxxx, y de reparar defectos que se manifiesten con posterioridad a su re- cepción provisoria. La sola presentación de la Oferta importa de parte del Oferente el pleno conocimiento y aceptación de toda la normativa que rige el presente llamado y acepta todas y cada una de las obligaciones que surgen de ella. - - - - o - - - -
Conformidad de la Oferta. El Oferente asume la obligación de presentar una Oferta completa, que cubra todas sus obligaciones contractuales y todos los costos necesarios para la prestación del servicio en los plazos previstos, de conformidad con las disposiciones xxx xxxxxx y de la oferta. La sola presentación de la Oferta implica que el Oferente acepta todas y cada una de las obligaciones que surgen de la documentación. La redeterminación de precios se hará con los alcances y modalidades previstas en las leyes Nº 2809 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su modificatoria 4763 (BOCBA 4313), en el decreto n° 127/GCABA/14 y su anexo y la Resolución n° 601-MHGC-2014 o la que la reemplace en el futuro, en lo que resulte aplicable a SBASE, conforme sus disposi- ciones internas y en un todo de acuerdo con los procedimientos internos que indique un Representante de SBASE. La Tabla de Ponderación de Insumos Principales y las fuentes de información de precios correspondientes, se encuentra detallada en Anexo VI. Se tomará como origen de los precios cotizados el vigente el mes anterior al de la presen- tación de la Oferta. Los precios redeterminados del Servicio faltante ejecutar se calcularán multiplicando por un coeficiente a los Precios Unitarios del contrato o a los de la última redeterminación según corresponda. Dicho coeficiente se obtendrá como C= 1+V; siendo V la Variación de Referencia corres- pondiente a La Tabla de Ponderación de Insumos Principales detallada en Anexo VI. - - - - o - - - -

Related to Conformidad de la Oferta

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.