Documentación licitatoria Cláusulas de Ejemplo

Documentación licitatoria está constituida por el presente Pliego de Bases y Condiciones Generales (PCG), por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PCP), por el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares(PETP), por el juego completo de planos y planillas, por la memoria descriptiva y por toda otra documentación que se indique en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Documentación licitatoria. Está constituida por el presente Pliego de Condiciones Generales, el Pliego de Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas, el proyecto, el cómputo y presupuesto oficial, el juego completo de planos y planillas, la memoria descriptiva y toda otra documentación que se indique en el Pliego de Condiciones Particulares.
Documentación licitatoria. Está constituida por el presente pliego, el Pliego de Cláusulas Especiales, el Pliego de Especificaciones Técnicas, el juego completo de planos y planillas, la memoria descriptiva y el presupuesto oficial, y toda otra documentación que se indique en el Pliego de Cláusulas Especiales.
Documentación licitatoria. Está constituida por el presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y toda otra documentación que se indique en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Documentación licitatoria. Está constituida por el presente Pliegode Cláusulas Generales para la Licitación y Contratación de Obras Públicas, el Pliego de Cláusulas Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas, el PLIEG-2019-00519464-APN-SECOT#MTR PLIEGO DE CLAUSULASGENERALES Página 9 de 69 juego completo de planos y planillas, la memoria descriptiva y el presupuesto oficial, y toda otra documentación que se indique en el Pliego de Cláusulas Particulares.
Documentación licitatoria. Está constituida por el presente Pliego de Bases y Condiciones Generales para Obra Pública, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, el juego completo de planos y planillas, la memoria descriptiva y el presupuesto oficial, y toda otra documentación que se indique en el instrumento particular.
Documentación licitatoria. Está constituida por el presente pliego, el Pliego de Cláusulas Especiales, el Pliego de Especificaciones Técnicas, los planos, el llamado a Licitación, el presupuesto, y toda otra documentación que se especifique en los mencionados pliegos.
Documentación licitatoria. Está constituida por el presente pliego, y por toda otra documentación que se indique en las Condiciones Particulares del presente pliego.
Documentación licitatoria. Está constituida por el presente Pliego, el Pliego de Cláusulas Especiales, el Pliego de Especificaciones Técnicas, el juego completo de planos y planillas, la memoria descriptiva, y toda otra documentación que se indique en el Pliego de Cláusulas Especiales. Dicha documentación podrá ser entregada por ARSA en soporte digital u otro soporte que a su exclusivo criterio considere conveniente.

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  • Documentos de Licitación IAO 10.1 La dirección electrónica del Contratante para solicitar aclaraciones es: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx Se modifica el plazo y modalidad establecidos en la presente subcláusula: Los interesados podrán solicitar aclaraciones hasta diez (10) corridos días antes de la fecha de apertura de la Licitación. El Contratante responderá a los pedidos de aclaración y/o efectuará aclaraciones de oficio hasta cinco (5) días corridos antes de la fecha de apertura de la Licitación. Dichos pedidos de aclaraciones deberán efectuarse a través de un correo electrónico de tipo genérico o personal no institucional, a los efectos de evitar identificar al potencial oferente y garantizándose de esta forma el anonimato de los participantes en el presente proceso. Se enviarán copias de la respuesta del contratante a todos los interesados en participar del proceso, que así lo hayan manifestado en los términos expresados en el llamado a licitación, la cual incluirá una descripción de la consulta, pero sin identificar su origen, sin perjuicio de lo cual Contratante además las publicará en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx.xxx El mismo procedimiento se aplicará para la notificación de las Aclaraciones de Oficio, y para la notificación de las Enmiendas que pudiere emitir el Contratante aún vencido el plazo estipulado precedentemente y con anterioridad a la fecha límite, de conformidad con la Cláusula IAO 11.1 del presente Documento de Licitación. Asimismo se destaca que la presentación de ofertas en el presente proceso implica la aceptación voluntaria por parte del oferente de la obligación de mantenerse informado en relación al mismo mediante su consulta en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx.xxx y la declaración de que no ha alterado ni el documento ni las comunicaciones aclaratorias, en caso de haberse emitido, bajo apercibimiento de rechazar su oferta in límine. IAO 11.2 Se modifica: Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación. El Contratante las notificará a todos los interesados en participar del proceso, que así lo hayan manifestado en los términos expresados en el llamado a licitación, sin perjuicio de lo cual, también las publicará en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx.xxx Asimismo se destaca que la presentación de ofertas en el presente proceso implica la aceptación voluntaria por parte del oferente de la obligación de mantenerse informado en relación al mismo mediante su consulta en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx.xxx y la declaración de que no ha alterado ni el documento ni las comunicaciones aclaratorias, en caso de haberse emitido, bajo apercibimiento de rechazar su oferta in límine.

  • Licitación Pública De conformidad con el art. 2 de la ley 1150 de 2007, la licitación pública es la regla general de la contratación y las demás modalidades constituyen la excepción. Se contrata por esta modalidad:  Cuando el objeto del contrato sea complejo y de mayor cuantía.  Cuando el contrato sea de obra y de mayor cuantía  Cuando el objeto a contratar incluya además de servicios de consultoría, otras prestaciones como diseño y construcción de obra, etc. Cuando se trate de contratos de concesión Procedimiento: a) Análisis del sector relativo al objeto del contrato. El Municipio debe efectuar un análisis del sector relativo al objeto del proceso contractual desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de riesgo. Así mismo es su obligación, dejar constancia de este análisis en el expediente del proceso contractual (art. 15 Decreto 1510 de 2013). b) Elaboración de los Estudios y documentos previos. Agotados los pasos incluidos en la planeación de la contratación (determinación de la necesidad de contratar, estudios, diseños, planos, licencias, permisos o autorizaciones, consulta de precios xx xxxxxxx etc., y expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal) la Secretaría de Despacho (Oficina Gestora) responsable del proceso, elabora el documento denominado Estudios y documentos previos, siguiendo el cumplimiento de los requisitos señalados en el art. 20 del Decreto 1510 de 2013 y el Manual para la identificación y cobertura del riesgo implementado por la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente, publicada con la Circular No. 5 de 16 de Septiembre de 2013 . c) Convocatoria a Veedurías d) Designación del Comité evaluador. Art. 27 del Decreto 1510 de 2013. e) Publicación de avisos en la web del Municipio xxx.Xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el SECOP, con intervalos entre dos y cinco días calendario, art. 224 del Decreto 19 de 2012 f) Aviso de convocatoria. Debe reunir los requisitos previstos en el art. 21 del Decreto 1510 de 2013. g) Publicación del Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones. –Art. 19 del Decreto 1510 de 2013 h) Observaciones al Proyecto xx xxxxxx de condiciones. Conforme a lo previsto en el art. 23 del Dec.1510 de 2013, de acuerdo al cronograma de la contratación, contenido en el proyecto xx xxxxxx y dentro de los diez (10) días siguientes a su publicación, el Municipio recibirá observaciones al proyecto, las cuales serán íntegramente respondidas. Tanto las observaciones como las respuestas serán publicadas en el SECOP i) Acto Administrativo de Apertura. Debe llenar los requisitos establecidos en el art. 24 del Dec.1510 de 2013. j) Pliego de condiciones definitivo. El pliego de condiciones definitivo debe contener los requisitos mínimos exigidos en el art. 22 del Decreto 1510 de 2013. El Municipio podrá incluir modificaciones al pliego de acuerdo con observaciones recibidas al proyecto o las que requiera la administración k) Visita técnica al lugar de ejecución del contrato si a ello hubiere lugar. Si el Municipio lo encuentra pertinente, determinará la fecha de la visita dentro del cronograma de actividades del proceso contractual señalado en el pliego. l) Audiencia de asignación de riesgos. Es de carácter obligatorio. El Municipio debe presentar el análisis de riesgos efectuado, la Matriz de riesgos incluida en el pliego para realizar la revisión de la asignación de riesgos definitiva. (arts.17y39Dec.1510de2013) En esta audiencia se puede tratar el tema relacionado con el contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones, solo a solicitud de un interesado. m) Plazo de la licitación. Comprende el momento a partir del cual se pueden presentar propuestas, hasta el cierre de la licitación. (art. 30 No. 5 ley 80 de 1993). Este plazo debe estar definido en el cronograma del proceso licitatorio. n) Observaciones al pliego de condiciones definitivo. De acuerdo al cronograma de la contratación, la entidad recibirá observaciones al pliego, las cuales serán íntegramente respondidas. Tanto las observaciones como las respuestas serán publicadas en el SECOP. o) Modificación al pliego de condiciones. El pliego podrá ser modificado mediante adendas, conforme lo dispuesto en el Art. 25 del Decreto 1510 de 2013

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación se presentará en castellano. En el sobre se deben incluir los siguientes documentos, según cada caso:  Datos identificativos del licitador a efectos de notificaciones, según el modelo del Anexo 1.  Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones de contratar y encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según el modelo del Anexo 2.  Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, según modelo del Anexo 3. En todo caso EOI, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato  Documentación que acredite el porcentaje de trabajadores con discapacidad que el licitador tiene en su plantilla. En caso de no acreditarlo, a efectos de empate entre ofertas, se considera que este porcentaje es cero.  En caso de presentar oferta alguna otra empresa perteneciente al mismo grupo empresarial (según el artículo 42.1 del Código de Comercio), declaración responsable indicando las denominaciones de las empresas pertenecientes al grupo empresarial que presentan oferta.  En caso de unión de empresarios, se deberá presentar una declaración firmada por los representantes de las entidades, en la que se indique el porcentaje de participación de cada entidad en la unión de empresarios e identificación de la entidad que ostentará la plena representación de todas ellas frente a EOI. En el sobre se debe incluir la información necesaria para valorar la oferta (criterios que dependen de un juicio de valor y criterios cuantificables de forma automática), de acuerdo con lo indicado en el Cuadro Resumen y el Pliego de Características Técnicas. Se incluirán, debidamente ordenados:  Resumen ejecutivo, firmado por el licitador, que sintetice la información relativa a los criterios que dependen de un juicio de valor. La extensión máxima del resumen ejecutivo es de 1.000 palabras y 2 páginas (a doble cara).  Oferta Técnica, con un máximo de 10 páginas (a doble cara), que deberá seguir la estructura exigida en el Pliego de Características Técnicas.  Documentación anexa, numerada de 1 a N. Se puede incluir como anexo cualquier documento que sea preciso para completar o aclarar la información contenida en la Oferta Técnica. La necesidad de incluir un documento anexo se debe justificar al menos por una referencia, indicando número concreto de anexo, a dicho documento en la Oferta Técnica. Los anexos que no figuren referenciados en la Oferta Técnica no se considerarán pertinentes y podrían no ser tomados en cuenta en la valoración. El máximo de páginas total de todos los anexos será de 50 páginas (a doble cara).  Información económica así como otros criterios cuantificables automáticamente, según el modelo incluido como Anexo 4, debidamente firmado. Se deben completar todos los indicadores cuantitativos incluidos en el Anexo 4, incluso con valor 0 cuando ese sea el valor que propone el licitador La documentación de la oferta deberá presentarse, además de en formato papel, en formato electrónico grabado en un CD, DVD, memoria USB o similar. El contenido de la oferta debe ser idéntico en ambos soportes, pudiendo realizada la valoración con la información contenida en cualquiera de ellos. La oferta en formato electrónico deberá estar en un único fichero en formato pdf, legible electrónicamente, en el que el texto pueda ser buscado, seleccionado y copiado informáticamente. Las secciones de la Oferta Técnica que no cumplan este requisito, por ejemplo mediante la inclusión de textos escaneados con formato de imagen, podrán no ser tenidas en cuenta en la valoración.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 43 de la LCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 49, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional. 14.2. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. 14.3. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. 14.4. Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir además los requisitos del artículo 44 de la LCSP. 14.5. Las empresas no españolas de Estados miembros de Unión Europea tendrán capacidad para contratar cuando, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar este contrato. En el supuesto, de que la legislación del Estado correspondiente exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar este contrato, deberán acreditar que cumplen este requisito. 14.6. Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la LCSP . Cada uno de los empresarios que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia ( económica y financiera, así como la técnica o profesional) con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes. En documento privado deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato; y nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. La constitución deberá formalizarse en escritura pública si se efectúa adjudicación a su favor. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

  • LICITACIÓN La Licitación Pública Nacional GESFAL-049-166/2017.

  • Registro de Licitadores El certificado de inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación relativa a la capacidad de obrar, bastanteo del poder, de las declaraciones de no encontrarse incurso en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid y, en su caso, de la certificación acreditativa de encontrarse clasificados para los tipos de contratos a los que pretendan concurrir y de la declaración relativa al compromiso de tener contratados trabajadores con discapacidad. No será preciso que los empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso de los órganos y mesas de contratación al mismo por medios electrónicos, según lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Orden de 19 de enero de 2007, de la Consejería de Hacienda, sobre la presentación telemática de solicitudes en los procedimientos del Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid, la consulta en Internet de los datos registrados y el acceso por medios electrónicos a los certificados de inscripción. El empresario deberá presentar en la licitación una declaración responsable sobre la vigencia de los datos anotados en el Registro de Licitadores, según el modelo que figura como anexo VIII al presente pliego. Si se hubiese producido alteración de los datos registrales se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente.

  • LICITACIÓN DESIERTA No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego (Art. 151.3 TRLCSP).

  • Licitación Pública Nacional No. LO-824057978-E11-2016

  • Información a los licitadores Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación.

  • Proceso de Licitación Procedimiento Restringido Tramitación Ordinaria Presentación de la oferta Electrónica Sistema de Contratación No aplica Detalle de la Licitación: Entidad Adjudicadora Tipo de Administración Administración General del Estado Actividad Principal 2 - Defensa Tipo de Entidad Adjudicadora Órgano de Contratación Perfil del Contratante Dirección Postal Base Aérea xx Xxxxx - Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx-Xxxxx x/n (41530) Morón de la Frontera España ES618 Contacto Teléfono 000000000 Fax 000000000 Correo Electrónico xxx00xxxxxxxxxxxx@xxx.xx Proveedor de Pliegos Jefatura de la Sección Económico Administrativa 24 de la Base Aérea xx Xxxxx Proveedor de Información adicional Jefatura de la Sección Económico Administrativa 24 de la Base Aérea xx Xxxxx Plazo de Obtención de Pliegos Hasta el 03/02/2021 a las 23:59 Dirección Postal Base Aérea xx Xxxxx - Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx-Xxxxx x/n (41530) Morón de la Frontera España Dirección Postal Base Aérea xx Xxxxx - Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx-Xxxxx x/n (41530) Morón de la Frontera España Recepción de Ofertas Jefatura de la Sección Económico Administrativa 24 de la Base Aérea xx Xxxxx Dirección Postal Base Aérea xx Xxxxx - Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx-Xxxxx x/n (41530) Morón de la Frontera España Plazo de Presentación de Oferta Hasta el 19/02/2021 a las 23:59 Observaciones: Este contrato no está sujeto a regulación armonizada al no superar el umbral del art. 20.1 LCSP. Se ha señalado la pestaña se XXXX a efectos de publicación en el DOUE conforme a la disposición trigésimo sexta LCSP.