COTIZACIÓN Cláusulas de Ejemplo
COTIZACIÓN. La cotización deberá contener:
1. Precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en el pliego de bases y condiciones particulares, el precio total del renglón, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la cotización, expresado en letras y números, determinados en la moneda de cotización fijada en el pliego de bases y condiciones particulares.
COTIZACIÓN. Las empresas cotizarán a la Seguridad Social por todas las percepciones que están legalmente preceptuadas entregando los modelos de cotización del TC-1 y TC-2 a los Comités de Empresas y Delegados de Personal y exponiendo ejemplares de los mismos en el tablón de anuncios para información general, una vez se hayan cumplimentado los trámites para su cotización.
COTIZACIÓN. Los oferentes podrán presentar ofertas por uno, varios o todos los renglones que integren el pliego de bases y condiciones particulares o las bases del llamado. Cuando se trate de procedimientos bajo la modalidad llave en mano o se hubiere establecido la cotización por grupo de renglones deberán cotizar todos los renglones que integren el pliego de bases y condiciones particulares o las bases del llamado o el grupo de renglones respectivamente. Cuando de conformidad con el artículo 70° inciso g) punto 2 y artículo 197°-, del texto adoptado por Resolución N° 1053/16 de la UNLP las micro, pequeñas y medianas empresas y los oferentes que cumplan con los criterios de sustentabilidad realicen cotizaciones en los porcentajes fijos que se establezcan en los pliegos de bases y condiciones, el resto de los interesados podrá cotizar diferentes precios considerando los diferentes porcentajes de adjudicación posibles, sin perjuicio de que deberán presentar la oferta pertinente por la cantidad total indicada para cada renglón. En los casos donde no se permita la presentación de cotizaciones parciales, deberán únicamente cotizar por la cantidad total indicada para cada renglón. En los casos en que el porcentaje de cotización parcial permitido no arrojara una cantidad exacta y por la naturaleza de la prestación exista imposibilidad de entregar dicha cantidad, las ofertas deberán ser efectuadas por la cantidad exacta en más o en menos más cercana a la cantidad que resulte de aplicar el porcentaje dispuesto en el pliego de bases y condiciones particulares o en las bases del llamado.
COTIZACIÓN. En caso de no detallarse en las Características de la Contratación otra modalidad: Se podrá cotizar uno, varios o todos los renglones que integran el presente llamado, no pudiendo ofertar por los plazos mayores, sin haber presentado una oferta por los de menor duración. Se deberá cotizar el renglón completo, no pudiéndolo hacer por una parte o división del mismo. Después de haber cotizado por renglón, podrá efectuar un descuento en el precio, por el total de los renglones o por grupo de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra. Deberá consignarse las cantidades ofrecidas, el precio unitario y cierto, el precio total del renglón y el total general de la oferta. Se deberá cotizar en MONEDA NACIONAL o en DÓLARES ESTADOUNIDENSES. La oferta expresada en otras monedas será oportunamente desestimada. Los precios cotizados deberán incluir el importe correspondiente a la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). En caso de no hacerse expresa mención a ello en la oferta, quedará tácitamente establecido que dicho valor se encuentra incluido en la misma. Errores de cotización: si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado. Todo otro error en el monto cotizado denunciado por el oferente o detectado por el Organismo contratante antes de la adjudicación, producirá la desestimación de la oferta en la proporción que corresponda. Para el caso de adquisición de bienes, se deberán cotizar nuevos, sin uso y su fabricación no podrá estar discontinuada a la fecha de la entrega de los mismos. Se entiende por nuevos y sin uso que la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación sea el primer usuario de los bienes desde que éstos salieron de fábrica. La cotización deberá ser por cantidades netas, libres de envases y gastos de embalaje o flete; es decir que el precio ofertado deberá incluir los gastos de embalaje y traslado hasta el lugar de entrega. En caso de solicitarse marcas, las mismas son indicativas de la calidad mínima aceptada. Los oferentes podrán proponer productos de otras marcas, aportando los elementos de juicio necesarios que permitan comprobar que los bienes o servicios ofertados reúnen las características y un nivel de calidad equivalente. En consecuencia, los oferentes deberán presentar una muestra y/o adjuntar folletería aclaratoria o cualquier otro detalle que aporte elementos de juicio que permitan evaluar la calidad de los productos ofertados...
COTIZACIÓN. Marcas: Queda entendido que si en el pedido de cotización se menciona “marca” ó “tipo” será al solo efecto de señalar características generales del objeto pedido, sin que ello implique que no podrá proponerse artículos simila- res de otras marcas ó tipos. Cuando el oferente al cotizar, refiera su precio a determinado renglón, utilizando la locución “marca X o similar”, se entenderá que ofrece marca “X”, sobre esa base se decidirá la adjudicación y se exigirá la entrega en el caso de resultar adjudicatario. DEBIENDO ESPECIFICAR EN TODOS LOS CASOS LA MARCA OFRECIDA.- Medidas: Cuando se menciona en la nómina de efectos medidas aproximadas, el proponente puede cotizar medi- das que signifiquen una diferencia de hasta el 10% en más o en menos de lo que está consignado en la nómina, en - tendiéndose que, en el caso de que el cotizante no mencione medida alguna, oferta la medida que figura en la nó - mina, pero sin entender que se admite “aproximación”.- Unidad de medida: Cuando por la naturaleza del suministro, no pueda entregarse la cantidad exacta contratada, por imposibilidad absoluta de fraccionar unidades, teniéndose en cuenta las necesidades del servicio, las entregas serán aceptadas a opción del Organismo contratante en más ó en menos, según lo permite el mínimo fraccionable, correspondiendo la aprobación del excedente a la autoridad competente de acuerdo al monto.- Envases y medidas: Cuando la Comisión Asesora de Pre adjudicación considera ventajoso y las necesidades del servicio lo permitan, se aceptarán cotizaciones, medidas y envases distintos a los establecidos en la presente nómi- na.- Forma de cotizar: El oferente deberá cotizar precios parciales por renglón, totalizando los importes resultantes también en cada uno de los renglones, a los efectos comparativos.-
COTIZACIÓN podrá cotizarse por todo o parte de los objetos solicitados y aún por parte de un renglón, como asimismo ofrecer alternativas en el marco de lo dispuesto en el Decreto 1000/2015. Serán validas las cotizaciones que formulen los oferentes en sus propias planillas o formularios, siempre acompañadas por los pliegos que se publican en el portal Web de la Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes. Se entenderá que todo aquello que por error, omisión o desconocimiento no haya sido mencionado o solicitado en las planillas y/o pliegos y que, razonablemente, haga a la correcta provisión de los bienes y/o servicios contratados, deberá tenerse como mencionado y el adjudicatario deberá proceder a su provisión en el mismo plazo.
COTIZACIÓN. La cotización deberá presentarse de acuerdo a lo establecido en el Art. 16 ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Bases y Condiciones Generales.
COTIZACIÓN. Durante el período de disfrute de la jubilación parcial, se mantiene la cotización por la base de cotización que, en su caso, hubiese correspondido de seguir trabajando el empleado a jornada completa. No obstante, la base de cotización a jornada completa se aplica de forma gradual de acuerdo con la siguiente escala: 2016 65% 2017 70% 2018 75% 2019 80% 2020 85% 2021 90% 2022 95% En ningún caso el porcentaje de base de cotización fijado para cada ejercicio en la escala mencionada puede resultar inferior al porcentaje de actividad laboral efectivamente realizada.
COTIZACIÓN. Las cotizaciones se harán por renglón, precio unitario, total por renglón y total de la propuesta. En caso de que el renglón cotizado no corresponda al precio unitario, se tomara en cuenta el precio que resulte más ventajoso para el Estado. En caso de error evidente, debidamente comprobado y a exclusivo juicio de la Auditoria General de la Provincia, la Comisión Evaluadora de Ofertas podrá intimar al oferente, bajo apercibimiento de desestimar la oferta, subsanar deficiencias formales e insustanciales de su oferta, siempre que no afecten aspectos determinantes tales como precio, condiciones y calidad propuesta, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la intimación. Los proponentes pueden presentar alternativas según la calidad y especificaciones del servicio ofrecido, como así también por el total de lo solicitado sobre la base de su adjudicación integra. En caso de proponerse una oferta “alternativa”, esta deberá cumplir las mismas condiciones establecidas para la “original” agregando la leyenda “alternativa” e incluyendo además en el sobre la documentación necesaria que permita determinar con precisión la naturaleza de la alternativa ofrecida. Será considerada siempre que el proponente haya formulado también su oferta según pedido original. Solo podrán considerarse cuando no alteren la/las bases de la licitación, ni el principio de igualdad de los proponentes. Los precios cotizados serán invariables. La cotización deberá efectuarse en pesos, sin discriminar IVA ni cualquier otro impuesto o gravamen, consignando los precios unitarios y totales por renglón y el total general de la propuesta. No se podrá estipular el pago en moneda distinta a la cotizada ni condicionarlo a cláusulas de ajustes por eventual fluctuación del valor de la moneda.
COTIZACIÓN. Cualquier cotización emitida por la Compañía podrá ser retirada o modificada en cualquier momento antes de que un pedido relacionado sea aceptado por la Compañía de acuerdo con la cláusula 4. Una cotización sólo será válida durante 30 días a partir de su fecha de emisión, a menos que su validez sea extendida por escrito por parte de la Compañía. Todos los precios cotizados por la Compañía se refieren al Suministro bajo los términos del Acuerdo.
