Common use of Criterios de evaluación de las proposiciones técnicas y económicas Clause in Contracts

Criterios de evaluación de las proposiciones técnicas y económicas. Con apego en lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 de la Ley, la convocante efectuará la evaluación considerando exclusivamente los requisitos y condiciones establecidos en esta convocatoria, las cantidades, características y especificaciones técnicas de los servicios descritos en el anexo “A”, así como las precisiones pronunciadas en la junta de aclaraciones correspondiente, a efecto de que se garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Para la presente licitación se utilizará el criterio de adjudicación binario, mediante el cual se adjudicará el contrato de seguro a la propuesta que habiendo cumplido todos los requisitos de esta convocatoria, las bases de licitación y la junta aclaraciones, además sea la propuesta económica más baja. Será causa de descalificación del licitante, y por ende desechamiento de su proposición, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria de la licitación que afecte la solvencia de la proposición, el incurrir el alguno de los supuestos previstos en el punto 5.5 de esta convocatoria, así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes; si condicionan sus proposiciones y, en general si viola alguna disposición de la Ley de la materia o cualquier otra disposición jurídica aplicable. Ninguna de las condiciones contenidas en esta convocatoria podrán ser modificadas una vez celebrada la junta de aclaraciones; asimismo, ninguna de las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas o condicionadas. En este procedimiento de contratación no se utilizará mecanismo alguno de ofertas subsecuentes de descuentos. Para que una proposición sea aceptada técnicamente deberá cumplir en su totalidad con las cantidades, características y especificaciones de los servicios solicitados en el anexo “A”, de esta convocatoria, y con las precisiones pronunciadas en la junta de aclaraciones, por tal motivo se verificará el cumplimiento de las características, especificaciones técnicas, los cuales deberán corresponder con la proposición técnica. El método de evaluación que se utilizará en la presente licitación es el Binario. Se emitirá un documento que contendrá el resultado de la evaluación de las proposiciones con apego a lo establecido en los artículos 36 segundo párrafo y 36 Bis de la Ley, considerando las proposiciones presentadas por los licitantes que cumplieron con todos los documentos y requisitos solicitados en esta convocatoria, así como las precisiones pronunciadas en la junta de aclaraciones y presente la propuesta económica más baja. En caso de incongruencia o incumplimiento, las proposiciones serán desechadas. El resultado de la evaluación de las proposiciones, servirá como fundamento para el fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 y 36 Bis de la Ley, mediante el cual se adjudicará el contrato de seguro al licitante:

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Criterios de evaluación de las proposiciones técnicas y económicas. Con apego en lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 de la Ley, la convocante efectuará la evaluación considerando exclusivamente los requisitos y condiciones establecidos en esta convocatoria, las cantidades, características y especificaciones técnicas de los servicios descritos en el anexo “A”, así como las precisiones pronunciadas en la junta de aclaraciones correspondiente, a efecto de que se garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Para la presente licitación se utilizará un mecanismo de puntos y porcentajes para evaluar las proposiciones, mismo que se describe en el criterio anexo “A1” de adjudicación binario, mediante el cual se adjudicará el contrato de seguro a la propuesta que habiendo cumplido todos los requisitos de esta presente convocatoria, las bases de licitación y la junta aclaraciones, además sea la propuesta económica más baja. Será causa de descalificación del licitante, y por ende desechamiento de su proposiciónlas proposiciones, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria de la licitación que afecte la solvencia de la proposición, el incurrir el alguno de los supuestos previstos en el punto 5.5 de esta convocatoria, así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes; si condicionan sus proposiciones y, en general si viola alguna disposición de la Ley de la materia o cualquier otra disposición jurídica aplicable. Ninguna de las condiciones contenidas en esta convocatoria podrán ser modificadas una vez celebrada la junta de aclaraciones; asimismo, ninguna de las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas o condicionadas. En este procedimiento de contratación no se utilizará mecanismo alguno de ofertas subsecuentes de descuentos. Para En términos del artículo 14 de la Ley, la convocante otorgará puntos a personas con discapacidad o a la empresa que cuenten con trabajadores con discapacidad en una proposición proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea aceptada técnicamente deberá cumplir inferior a seis meses, misma que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual deberá, en su totalidad con las cantidadescaso, características y especificaciones de los servicios solicitados en el anexo “A”, de esta convocatoria, y con las precisiones pronunciadas estar contenido en la junta de aclaraciones, por tal motivo se verificará el cumplimiento de las características, especificaciones técnicas, los cuales deberán corresponder con documentación que integra la proposición técnica. El método Asimismo, se otorgarán puntos a las micros, pequeñas o medianas empresas que produzcan bienes con innovación tecnológica, conforme a la constancia correspondiente emitida por el Instituto Mexicano de evaluación que se utilizará la Propiedad Industrial, la cual no podrá tener una vigencia mayor a cinco años, la cual deberá, en su caso, estar contenida en la presente licitación es el Binariodocumentación que integra la proposición técnica. Se emitirá un documento De igual manera, se otorgarán puntos a las empresas que contendrá el resultado hayan aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, conforme a la evaluación de certificación correspondiente emitida por las proposiciones con apego a lo establecido en los artículos 36 segundo párrafo autoridades y 36 Bis de la Ley, considerando las proposiciones presentadas por los licitantes que cumplieron con todos los documentos y requisitos solicitados en esta convocatoria, así como las precisiones pronunciadas en la junta de aclaraciones y presente la propuesta económica más baja. En caso de incongruencia o incumplimiento, las proposiciones serán desechadas. El resultado de la evaluación de las proposiciones, servirá como fundamento organismos facultados para el fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 y 36 Bis de la Ley, mediante el cual se adjudicará el contrato de seguro al licitante:tal efecto.

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Criterios de evaluación de las proposiciones técnicas y económicas. Con apego en lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 de la Ley, la convocante efectuará la evaluación considerando exclusivamente los requisitos y condiciones establecidos en esta convocatoria, las cantidades, características y especificaciones técnicas de los servicios descritos en el anexo “A”, así como las precisiones pronunciadas en la junta de aclaraciones correspondiente, a efecto de que se garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Para la presente licitación se utilizará el criterio de adjudicación binario, mediante el cual se adjudicará el contrato de seguro a la propuesta que habiendo cumplido todos los requisitos de esta convocatoria, las bases de licitación y la junta aclaraciones, además sea la propuesta económica más baja. Será causa de para descalificación del licitante, y por ende desechamiento de su proposición, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria de la licitación que afecte la solvencia de la proposición, el incurrir el alguno de los supuestos previstos en el punto 5.5 de esta convocatoria, así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes; si condicionan sus proposiciones y, en general si viola alguna disposición de la Ley de la materia o cualquier otra disposición jurídica aplicable. Ninguna de las condiciones contenidas en esta convocatoria podrán ser modificadas una vez celebrada la junta de aclaraciones; asimismo, ninguna de las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas o condicionadas. En este procedimiento de contratación no se utilizará mecanismo alguno de ofertas subsecuentes de descuentos. Para que una proposición propuesta sea aceptada técnicamente deberá cumplir en su totalidad con las cantidades, características y especificaciones de los servicios solicitados en el anexo “A”, de esta convocatoria, estas bases y con las precisiones pronunciadas en la junta de aclaraciones, por tal motivo se verificará el cumplimiento de las características, características y especificaciones técnicas, los cuales deberán corresponder con la proposición propuesta técnica. El método de evaluación que se utilizará en la presente licitación es será el BinarioBINARIO. Se emitirá un documento que contendrá el resultado de la evaluación de las proposiciones con apego a lo establecido en los artículos 36 segundo párrafo y 36 Bis de la Ley, considerando las proposiciones presentadas por los licitantes que cumplieron con todos los documentos y requisitos solicitados en esta convocatoria, así como las precisiones pronunciadas en la junta de aclaraciones y presente la propuesta económica más baja. En caso de incongruencia o incumplimiento, las proposiciones serán desechadas. El resultado de la evaluación de las proposiciones, servirá como fundamento para el fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 y 36 Bis de la Ley, mediante el cual se adjudicará el contrato de seguro al licitante:

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Criterios de evaluación de las proposiciones técnicas y económicas. Con apego en lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 de la Ley, la convocante efectuará la evaluación considerando exclusivamente los requisitos y condiciones establecidos en esta convocatoria, las cantidades, características y especificaciones técnicas de los servicios descritos en el anexo “A”, así como las precisiones pronunciadas en la junta de aclaraciones correspondiente, a efecto de que se garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Para la presente licitación se utilizará un mecanismo de puntos y porcentajes para evaluar las proposiciones, mismo que se describe en el criterio anexo “G” de adjudicación binario, mediante el cual se adjudicará el contrato de seguro a la propuesta que habiendo cumplido todos los requisitos de esta presente convocatoria, las bases de licitación y la junta aclaraciones, además sea la propuesta económica más baja. Será causa de descalificación del licitante, y por ende desechamiento de su proposición, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria de la licitación que afecte la solvencia de la proposición, el incurrir el alguno de los supuestos previstos en el punto 5.5 de esta convocatoria, así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes; si condicionan sus proposiciones y, en general si viola alguna disposición de la Ley de la materia o cualquier otra disposición jurídica aplicable. Ninguna de las condiciones contenidas en esta convocatoria podrán ser modificadas una vez celebrada la junta de aclaraciones; asimismo, ninguna de las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas o condicionadas. En este procedimiento de contratación no se utilizará mecanismo alguno de ofertas subsecuentes de descuentos. Para En términos del artículo 14 de la Ley, la convocante otorgará puntos a personas con discapacidad o a la empresa que cuente con trabajadores con discapacidad en una proposición proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea aceptada técnicamente deberá cumplir inferior a seis meses, misma que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual deberá, en su totalidad con las cantidadescaso, características y especificaciones de los servicios solicitados en el anexo “A”, de esta convocatoria, y con las precisiones pronunciadas estar contenido en la junta de aclaraciones, por tal motivo se verificará el cumplimiento de las características, especificaciones técnicas, los cuales deberán corresponder con documentación que integra la proposición técnica. El método Asimismo, se otorgarán puntos a las micros, pequeñas o medianas empresas que produzcan bienes con innovación tecnológica, conforme a la constancia correspondiente emitida por el Instituto Mexicano de evaluación que se utilizará la Propiedad Industrial, la cual no podrá tener una vigencia mayor a cinco años, la cual deberá, en su caso, estar contenida en la presente licitación es el Binariodocumentación que integra la proposición técnica. Se emitirá un documento De igual manera, se otorgarán puntos a las empresas que contendrá el resultado hayan aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, conforme a la evaluación de certificación correspondiente emitida por las proposiciones con apego a lo establecido en los artículos 36 segundo párrafo autoridades y 36 Bis de la Ley, considerando las proposiciones presentadas por los licitantes que cumplieron con todos los documentos y requisitos solicitados en esta convocatoria, así como las precisiones pronunciadas en la junta de aclaraciones y presente la propuesta económica más baja. En caso de incongruencia o incumplimiento, las proposiciones serán desechadas. El resultado de la evaluación de las proposiciones, servirá como fundamento organismos facultados para el fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 y 36 Bis de la Ley, mediante el cual se adjudicará el contrato de seguro al licitante:tal efecto.

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Criterios de evaluación de las proposiciones técnicas y económicas. Con apego en lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 de la Ley, la convocante efectuará la evaluación considerando exclusivamente los requisitos y condiciones establecidos en esta convocatoria, las cantidades, características y especificaciones técnicas de los servicios descritos en el anexo “A”, así como las precisiones pronunciadas en la junta de aclaraciones correspondiente, a efecto de que se garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Para la presente licitación se utilizará un mecanismo de puntos y porcentajes para evaluar las proposiciones, mismo que se describe en el criterio anexo “G” de adjudicación binario, mediante el cual se adjudicará el contrato de seguro a la propuesta que habiendo cumplido todos los requisitos de esta presente convocatoria, las bases de licitación y la junta aclaraciones, además sea la propuesta económica más baja. Será causa de descalificación del licitante, y por ende desechamiento de su proposición, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria de la licitación que afecte la solvencia de la proposición, el incurrir el alguno de los supuestos previstos en el punto 5.5 de esta convocatoria, así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes; si condicionan sus proposiciones y, en general si viola alguna disposición de la Ley de la materia o cualquier otra disposición jurídica aplicable. Ninguna de las condiciones contenidas en esta convocatoria podrán ser modificadas una vez celebrada la junta de aclaraciones; asimismo, ninguna de las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas o condicionadas. En este procedimiento de contratación no se utilizará mecanismo alguno de ofertas subsecuentes de descuentos. Para En términos del artículo 14 de la Ley, la convocante otorgará puntos a personas con discapacidad o a la empresa que cuente con trabajadores con discapacidad en una proposición proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea aceptada técnicamente deberá cumplir inferior a seis meses, misma que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual deberá, en su totalidad con las cantidadescaso, características y especificaciones de los servicios solicitados en el anexo “A”, de esta convocatoria, y con las precisiones pronunciadas estar contenido en la junta de aclaraciones, por tal motivo se verificará el cumplimiento de las características, especificaciones técnicas, los cuales deberán corresponder con documentación que integra la proposición técnica. El método Asimismo, se otorgarán puntos a las micros, pequeñas o medianas empresas que produzcan bienes con innovación tecnológica, conforme a la constancia correspondiente emitida por el Instituto Mexicano de evaluación que se utilizará la Propiedad Industrial, la cual no podrá tener una vigencia mayor a cinco años, la cual deberá, en su caso, estar contenida en la presente licitación es el Binario. Se emitirá un documento documentación que contendrá el resultado de integra la evaluación de las proposiciones con apego a lo establecido en los artículos 36 segundo párrafo y 36 Bis de la Ley, considerando las proposiciones presentadas por los licitantes que cumplieron con todos los documentos y requisitos solicitados en esta convocatoria, así como las precisiones pronunciadas en la junta de aclaraciones y presente la propuesta económica más baja. En caso de incongruencia o incumplimiento, las proposiciones serán desechadas. El resultado de la evaluación de las proposiciones, servirá como fundamento para el fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 y 36 Bis de la Ley, mediante el cual se adjudicará el contrato de seguro al licitante:proposición técnica.

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