CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN. La Unidad Convocante estará facultada para descalificar, en el acto de "Apertura Técnica", "Fallo Técnico", "Apertura de Subasta" o posteriormente, durante la evaluación económica, a los participantes que incurran en una o varias de las siguientes situaciones que se enumeran en forma enunciativa más no limitativa: a) Cuando la propuesta técnica no se presente en un solo sobre cerrado, de acuerdo a lo establecido en la presente convocatoria que contiene las Bases y/o no cumplir con la presentación del sobre tal y como se establece en el punto 8 de las presentes bases. b) Cuando el representante del participante no acredite debidamente la personalidad jurídica que ostenta o no se identifique a satisfacción de La Unidad Convocante. c) Si no asisten al evento de "Apertura Técnica", en fecha y hora señaladas en el punto 8 de las presentes Bases, o bien, que en dicho evento no presenten propuesta alguna, de conformidad a lo señalado en las presentes Bases. d) Si el participante que haya pasado la evaluación técnica, no realiza oferta alguna a la baja durante la apertura de la subasta. e) Si el participante no presenta, antes de la fecha y hora establecida para el Fallo Definitivo y Adjudicación, su constancia de registro vigente en el Padrón de Proveedores del Municipio de San Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, N.L., cuyo giro esté relacionado con el servicio o suministro objeto de la presente Subasta. f) Si se comprueba que el participante se encuentra en los supuestos de los artículos 37 y 95 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, y 38 de su Reglamento. g) Si no presentan la carta de aceptación de la Convocatoria que contiene las Bases, Ficha Técnica y Foro de Aclaraciones, así como la carta de validez de su propuesta económica de acuerdo a lo señalado en el punto 6 de la presente Convocatoria. h) Si no presentan o no cumplen con todos los requisitos especificados en esta Convocatoria que contiene las bases de la subasta electrónica inversa por en cuanto a la documentación que deben de presentar en su Propuesta Técnica. i) Cuando los documentos carezcan de firma autógrafa en el espacio designado para ello. j) Cuando presenten documentos alterados o apócrifos. k) Por falsear datos o información proporcionada a la Unidad Convocante, con motivo de la presente subasta. l) Si al revisar la información presentada por el participante se encuentran diferencias o incongruencias que pongan en duda la veracidad de dicha informac...
CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN. Se descalificará a los participantes que incurran en uno o varios de los siguientes aspectos: − Incumplir con alguno de los requisitos especificados en la convocatoria a la licitación y sus anexos siempre y cuando dicho incumplimiento afecte la solvencia de la propuesta. Quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento por sí mismos no afecten la solvencia de la propuesta los siguientes: proponer un plazo de entrega menor al solicitado en cuyo caso prevalecerá el estipulado en las convocatoria a la licitación; omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; no observar los formatos establecidos si se proporciona de manera clara la información requerida y no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la propuesta presentada. En ningún caso podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas. Así mismo, si algún licitante presenta su propuesta en dos sobres, dado que tal aspecto no afecta la solvencia de las propuestas, no será motivo de descalificación ya que al abrirse ambos documentos la propuesta quedará integrada y a la vista de todos los asistentes. − Si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro elevar los precios de los bienes o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. − Si se presentan propuestas técnica y/o económica incompletas.
CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN. Suspender temporalmente la Invitación
CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN. (artículo 31 fracción IV de la Ley). Serán causas de descalificación: 14.1. El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las presentes Bases, sus Anexos y la Junta de Aclaraciones. 14.2. La comprobación de que algún Concursante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los bienes o servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás Concursantes.
CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN. Suspender temporalmente la licitación.
CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN. Será causa de descalificación del licitante, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la invitación que afecte la solvencia de la proposición, así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes, si condicionan sus proposiciones y, en general si viola alguna disposición de la Ley de la materia o cualquier otra disposición jurídica aplicable. Ninguna de las condiciones contenidas en esta invitación podrán ser modificadas; asimismo, ninguna de las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas o condicionadas.
CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN a) Descalificación
CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN. La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá descalificar a los concursantes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos: a) Cuando la propuesta respectiva no se entregue dentro del plazo señalado. b) Cuando algún participante acuerde con otro, u otros, fijar los precios de los bienes, objeto del procedimiento. c) Cuando algún participante proporcione información falsa para participar en el concurso. d) Cuando el participante tenga antecedentes de incumplimiento injustificado en el Poder Judicial de la Federación. e) Cuando algún participante durante el desarrollo del procedimiento y antes de la emisión del fallo, sea objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación. f) Cuando algún participante no presente la documentación que se señale en la convocatoria/bases. g) Cuando las propuestas presentadas no reúnan los requisitos señalados en la convocatoria/bases. h) Cuando el titular de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, en su caso el titular de la Secretaría Ejecutiva de Servicios determine, con base en los resultados del respectiva evaluación técnica y evaluación de propuestas económicas, que la propuesta no es acorde a lo requerido, no sean satisfactorias o sus precios no se consideran aceptables y, por ende no cumple con las necesidades de este Alto Tribunal.
CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN. En el periodo de análisis y revisión, posterior a la apertura de las propuestas, podrán determinarse los motivos por los que las propuestas no reúnen los requerimientos solicitados en estas bases y establecerse en el dictamen correspondiente quede descalificado, en los casos siguientes: A. Que existan dos licitantes que estén representadas por una misma persona o que sus accionistas sean los mismos; B. Que incumpla cualquiera de los requisitos establecidos en las bases del concurso, cuando así lo determine “El Consejo de la Judicatura” o se encuentre que algún documento no reúne los requisitos formales establecidos en estas bases; C. Que las propuestas presenten alteraciones o enmiendas. D. Que sus importes, con respecto a precios, impuesto del valor agregado, comisiones, descuentos, subtotales, desglose de cantidades y total general al momento de realizarse la operación aritmética estén incorrectos o no estén claros de manera que creen duda o confusión o contravengan los requisitos solicitados; que no hayan sido advertidos en la etapa de apertura correspondiente. X. Xx la garantía de seriedad de la propuesta no reúne los requisitos solicitados o no corresponde al 10% del total de su oferta económica, antes de Impuesto al Valor Agregado; F. Que las propuestas estén escritas total o parcialmente con un medio deleble; G. Si se comprueba que “El Licitante” hubiere acordado con otros elevar el precio del suministro de los vales y cualquier violación a las disposiciones legales correspondientes; X. Xxx se demuestre que “El Licitante” ha declarado falsamente. I. Que se encuentre inhabilitado por fallo de la Secretaría de la Contraloría del Estado. J. Que la documentación genere duda, confusión y/o contradicción.
CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN. La Secretaría, en su revisión de los documentos presentados en las Ofertas de Crédito, podrá descalificar o desechar en el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, aquellas Ofertas de Crédito que: a) No reúnan los requisitos de forma u omitan la información señalada en el numeral 5 anterior; b) No se presente la documentación que acredite las facultades del Representante Legal del Licitante; c) Haya omisión de firmas y/o datos en la Oferta de Crédito realizada por el Licitante; d) Contenga tachaduras o enmendaduras; e) La comprobación de que alguno de los Licitantes haya acordado con otro u otros de los Licitantes, previo a la presentación de las Ofertas de Crédito, fijar o elevar cualquier aspecto económico relacionado con la Oferta de Crédito.