CRONOGRAMA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN Cláusulas de Ejemplo

CRONOGRAMA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN. ACTIVIDAD FECHA (D/M/A) LUGAR
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN. Corresponde al establecido en en la plataforma del SECOP ll.
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN. Cuando el proceso de contratación está sometido a uno o varios Acuerdos Comerciales, la Entidad Estatal debe elaborar el cronograma de acuerdo con los plazos previstos en dichos Acuerdos Comerciales.
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN. ETAPA FECHA INICIAL FECHA FINAL ETAPA FECHA INICIAL FECHA FINAL
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN.  Convocatoria Del 00 xx xxxx 0000 al 00 xx xxxx 0000, a través del portal institucional y en la vitrina de Transparencia Informativa de la Oficina de Comunicaciones del Ministerio de Economía y Finanzas.  Registro de Participantes Los interesados en registrarse como participantes podrán efectuarlo vía internet: Del 00 xx xxxx 0000 al 00 xx xxxx 0000, desde las 08:30 hasta las 17:30 horas. El registro de participantes es requisito obligatorio para ser admitido como postulante.  Presentación de Currículos El 00 xx xxxx 0000 en la Mesa de Partes del Ministerio de Economía y Finanzas, ubicada en Xx. Xxxxx Xx 000, 0x Xxxx – Xxxx, desde las 08:00 hasta las 16:00 horas. Los currículos presentados fuera de la fecha señalada no serán considerados en la evaluación.  Evaluación Curricular Del 01 xx xxxxx 2011 al 03 xx xxxxx 2011  Publicación de Resultados El 03 xx xxxxx 2011, a través del portal institucional y en la vitrina de Transparencia Informativa de la Oficina de Comunicaciones del Ministerio de Economía y Finanzas.  Publicación de Resultados El 06 xx xxxxx 2011, a través del portal institucional y en la vitrina de Transparencia Informativa de la Oficina de Comunicaciones del Ministerio de Economía y Finanzas.

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  • MESA DE CONTRATACIÓN La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.

  • ÓRGANO DE CONTRATACIÓN 2.1.- El órgano de contratación es el que se indica en la Portada de este Pliego. 2.2.- El órgano de contratación tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.