COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN Cláusulas de Ejemplo

COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. En todos los procedimientos de contratación tramitados sobre la base del presente pliego se constituirá una Mesa de contratación como órgano técnico de asistencia al competente para contratar, con excepción del procedimiento abierto simplificado sumario. Excepcionalmente y de forma motivada, podrá prescindirse de este órgano en el caso del procedimiento NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD previa y en el procedimiento ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO (art. 326.1 LCSP). Si el Ayuntamiento en algún momento decidiese la creación de Juntas de Contratación al amparo de lo previsto en la disposición adicional segunda de la LCSP, se prescindirá de la Mesa de Contratación si así se decide en el acuerdo de creación de tal órgano. En este caso, las referencias de este pliego a la Mesa de contratación se han de entender realizadas a la Junta de Contratación. La composición de la Mesa de contratación será la siguiente: Presidente: El Director del Área o Jefe de la Secretaría ejecutiva por delegación de aquel. Secretario: El Jefe de la Unidad de tramitación del expediente, o un TAG del Área. Vocales: El Jefe de la Secretaría ejecutiva del Área que promueve el contrato, salvo que presida la mesa, en cuyo caso será sustituido por otro técnico de dicho servicio. Al menos un técnico municipal competente para llevar la dirección de los trabajos objeto de la licitación, que no haya participado en la redacción de la documentación técnica del contrato. El Interventor general o funcionario que lo sustituya. Un letrado de la Asesoría Jurídica General. Todos los miembros de la Mesa deberán ser funcionarios xx xxxxxxx o personal laboral fijo, pudiendo excepcionalmente incorporarse personal interino cuando el Ayuntamiento o la entidad pública contratante no disponga de personal fijo con la cualificación adecuada al objeto de contrato de que se trate. No podrá formar parte de las Mesas el personal que haya participado en la elaboración de la documentación técnica del contrato de que se trate, ni emitir informes de valoración de las ofertas. En el apartado M.1 del CCP de cada contrato se recogerán los nombres y apellidos de los miembros de la Mesa, así como de los posibles suplentes, que se publicará en el perfil de contratante para general conocimiento y a efectos de su posible recusación (arts. 326.3 LCSP y 21.4 del RD 817/2009 de desarrollo parcial del LCSP).
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación quedará integrada por:
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. (cláusula 21.A) Presidente Titular: Suplente: Secretario Titular: Suplente: Vocales Titulares: Suplentes:
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. 1. La Mesa de Contratación es un órgano profesional especializado de asistencia al órgano de contratación que se compondrá de una persona que asumirá la Presidencia y un mínimo de cuatro vocales designados entre el personal al servicio del poder adjudicador, correspondiendo dos puestos a técnicos especializados en la materia objeto del contrato, otro a una persona que asumirá la Intervención y el último a una persona licenciada o graduada en Derecho que ocupe plaza para la que se exija dicha titulación, que ejercerá las labores de Secretaría.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Será la recogida en la letra Q) del Cuadro Anexo.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Presidente, que será el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, o Concejal en quien delegue. - Secretario: Funcionario del Servicio de Contratación. - Vocales: -Concejal del Área de Infraestructuras, Obras, Transportes y Gestión Urbanística, o Concejal en quien delegue. - Concejal Delegado Especial de Gestión Urbanística , o Concejal en quien delegue. - Concejal del Área de Economía, Hacienda, Patrimonio y Nuevas Tecnologías, o Concejal en quien delegue. - Secretario del Ayuntamiento, o funcionario en quien delegue. - Interventora del Ayuntamiento, o funcionario en quien delegue. - Concejal del Grupo Socialista. - Concejal del Grupo Alternativa por Boadilla.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Presidente: Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Delegado de Hacienda y Patrimonio o persona en quien delegue. Teniente Alcalde Delegado de Las Artes Escénicas, o persona en quien delegue. Concejal Delegado de Cultura o persona en quien delegue. Miembro del Grupo Político Municipal PSOE. Miembro del Grupo Político Municipal I.U. Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx o persona en quien xxxxxxx.Xx. Interventor General de Fondos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx o persona en quien delegue. • Secretario de la Mesa: Director de Área de Patrimonio, Contratación y Xxxxxxx o persona en quien delegue. Tramo diferencia porcentual (%) entre la peor y la mejor oferta % Puntos a repartir (2) > = 20 % 95 % ºPROYECTO TÉCNICO: • Calidad de los diseños, propuestas de imagen, innovación, limpieza y claridad de comunicación y demás elementos que constituyan la campaña publicitaria. Se establecerán previamente los indicadores que se utilizarán. Una vez finalizada la campaña se presentará un informe pormenorizado del impacto de la campaña. (20 puntos). • Propuestas de mejoras: Se considerarán mejoras todos aquellos medios no enumerados en la relación anterior. Estas mejoras no incrementarán el precio final ofertado. La distribución de puntos se hará por la Mesa de Contratación según su criterio. LA INCLUSIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS DISTINTOS CRITERIOS BAREMABLES EN SOBRE DISTINTO AL INDICADO EN ESTE APARTADO L) CONLLEVARÁ LA EXCLUSIÓN DE LA OFERTA PRESENTADA.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación estará compuesta por los siguientes miembros: Presidente: Xxxxx. Sr. Consejero de Hacienda El Excmo. Sr. Consejero de Gobernación. Suplente: funcionario o diputado de la Asamblea a designar por la Consejería promotora del contrato. La Secretaría General de la Ciudad. Suplente: Un funcionario de la Ciudad. El Interventor Acctal. Suplente: Un funcionario de la Ciudad
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Se constituirá una Mesa de Contratación, que asistirá al órgano de contratación, y que será la competente para efectuar la valoración de las proposiciones presentadas, clasificándolas en orden decreciente, a cuyo efecto podrá solicitar los informes técnicos que considere precisos. Todos los miembros integrantes de la Mesa de Contratación serán designados por el órgano de contratación, debiendo al menos un tercio de ellos contar con la suficiente cualificación técnica exigida para la participación en el presente procedimiento. La Mesa estará compuesta por los siguientes miembros: El Consejero Delegado de la Sociedad Contratante o persona en quien éste delegue. Vocales: La Mesa de Contratación estará compuesta por, al menos, cuatro vocales, de entre los cuales deberán figurar obligatoriamente dos personas que estén al servicio del órgano de contratación o que dependan del mismo y que tengan atribuidas, respectivamente, las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y económico de la Sociedad Contratante. El Secretario deberá ser una persona que preste sus servicios en el órgano de contratación o que dependa del mismo, que intervendrá con voz pero sin voto. A las reuniones de la mesa podrán incorporarse los asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto. En caso de ausencia justificada de alguna de las personas con voz y voto de la citada Mesa, podrá ser sustituido por persona idónea designada por la Sociedad Contratante.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación será la Mesa de Contratación Permanente cuya composición se publicó en el BOCCE número 5182 de 14 xx xxxxxx de 2012.