DE LA AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Tomador está obligado a dar aviso inmediato al Asegurador de los cambios sobrevenidos que agraven el riesgo (Art. 1580 C. Civil).
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Samples: Fidelidad De Empleados, Robo
DE LA AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Tomador está obligado a dar aviso inmediato al Asegurador de los cambios sobrevenidos que agraven el riesgo riesgo. (Art. 1580 C. CivilC.C.).
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Samples: Seguro De Caución, Seguro De Caución