Common use of DE LA FIANZA Clause in Contracts

DE LA FIANZA. Intervienen en el presente los EL (LOS) AVAL(ES) / FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE(S) con el objeto de garantizar en forma total e ilimitada, todas y cada una de las obligaciones que asume EL CLIENTE en virtud a este contrato, incluyendo interés compensatorio, moratorio o penalidad por pago de obligaciones en fecha posterior al vencimiento, comisiones, y gastos que sean de obligación de EL CLIENTE y que se encuentran detallados en la Hoja Resumen, sin reserva ni limitación alguna, con renuncia al beneficio de excusión. La fianza que se otorga es solidaria, incondicionada, de plazo indeterminado, indivisible e ilimitado. Es obligación y entera responsabilidad de EL CLIENTE presentar como su(s) FIADOR (ES) a persona(s) solvente(s), capaz (ces) de obligarse, que sea propietaria(s) de bienes suficientes para cubrir la obligación y realizables dentro del territorio de la República de acuerdo a lo previsto en el Artículo 1876 del Código Civil. Conforme a lo dispuesto por el artículo 1877° del Código Civil, EL CLIENTE deberá reemplazar a el (los) fiador (es) u ofrecer otra garantía a satisfacción de LA CAJA, en caso el (los) fiador (es) sea declarado insolvente (s); debiendo hacer lo propio en los casos de fallecimiento. EL (LOS) AVALES / LOS FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) /GARANTE(S) aceptan las prórrogas o renovaciones que pudiera conceder LA CAJA, sin necesidad de que le sean comunicadas o suscritas por ellos. Asimismo renuncian a hacer uso de la facultad concedida por el art. 1899 del Código Civil. EL (LOS) AVALES / LOS FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE (S) autorizan en este documento en forma irrevocable a LA CAJA, para que, si así lo decidiera debite el importe parcial o total de las obligaciones vencidas y exigibles que se deriven de este contrato en cualquiera de las cuentas que tenga o pudiera tener en LA CAJA, en caso que dichos importes no sean pagados por EL CLIENTE en la fecha señalada para hacerlo, posteriormente a ello, LA CAJA comunicará a EL (LOS) AVAL(ES) / FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE(S) la realización de la compensación, indicando el motivo de su ejecución e identificando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA dentro de los 7 días de realizada la operación.

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Samples: Credit Agreement

DE LA FIANZA. Intervienen en el presente los EL (LOS) AVAL(ES) / FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE(S) con el objeto de garantizar en forma total e ilimitada, todas y cada una de las obligaciones que asume EL CLIENTE en virtud a este contrato, incluyendo interés compensatorio, moratorio o penalidad por pago de obligaciones en fecha posterior al vencimiento, comisiones, otras penalidades, y gastos que sean de obligación de EL CLIENTE y que se encuentran detallados en la Hoja Resumen, sin reserva ni limitación alguna, con renuncia al beneficio de excusión. La fianza que se otorga es solidaria, incondicionada, de plazo indeterminado, indivisible e ilimitado. Es obligación y entera responsabilidad de EL CLIENTE presentar como su(s) su FIADOR (ES) a persona(s) solvente(s), capaz (ces) de obligarse, que sea propietaria(s) de bienes suficientes para cubrir la obligación y realizables dentro del territorio de la República de acuerdo a lo previsto en el Artículo 1876 del Código Civil. Conforme a lo dispuesto por el artículo 1877° del Código Civil, EL CLIENTE deberá reemplazar a el (los) fiador (es) u ofrecer otra garantía a satisfacción de LA CAJA, en caso el (los) fiador (es) sea declarado insolvente (s); debiendo hacer lo propio en los casos de fallecimiento. EL (LOS) AVALES / LOS FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) /GARANTE(S) FIADORES SOLIDARIOS aceptan las prórrogas o renovaciones que pudiera conceder LA CAJA, sin necesidad de que le sean comunicadas o suscritas por ellos. Asimismo renuncian a hacer uso de la facultad concedida por el art. 1899 del Código Civil. EL (LOS) AVALES / LOS FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE (S) FIADORES SOLIDARIOS autorizan en este documento en forma irrevocable a LA CAJA, para que, si así lo decidiera debite el importe parcial o total de las obligaciones vencidas y exigibles que se deriven de este contrato en cualquiera de las cuentas que tenga o pudiera tener en LA CAJA, en caso que dichos importes no sean pagados por EL CLIENTE en la fecha señalada para hacerlo, posteriormente a ello, LA CAJA comunicará a EL (LOS) AVAL(ES) / FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE(S) LOS FIADORES SOLIDARIOS la realización de la compensación, indicando el motivo de su ejecución e identificando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA dentro de los 7 días de realizada la operación.

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Samples: Línea De Crédito

DE LA FIANZA. Intervienen en el presente los EL (LOS) AVAL(ES) / FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE(S) con el objeto de garantizar en forma total e ilimitada, todas y cada una de las obligaciones que asume EL CLIENTE en virtud a este contrato, incluyendo interés compensatorio, moratorio o penalidad por pago de obligaciones en fecha posterior al vencimiento, comisiones, otras penalidades, y gastos que sean de obligación de EL CLIENTE y que se encuentran detallados en la Hoja Resumen, sin reserva ni limitación alguna, con renuncia al beneficio de excusión. La fianza que se otorga es solidaria, incondicionadaincondici onada, de plazo indeterminado, indivisible e ilimitado. Es obligación y entera responsabilidad de EL CLIENTE presentar como su(s) FIADOR (ES) a persona(s) solvente(s), capaz (ces) de obligarse, que sea propietaria(s) de bienes suficientes para cubrir la obligación y realizables dentro del territorio de la República de acuerdo a lo previsto en el Artículo 1876 del Código Civil. Conforme a lo dispuesto por el artículo 1877° del Código Civil, EL CLIENTE deberá reemplazar a el (( los) fiador (( es) u ofrecer otra garantía a satisfacción de LA CAJA, en caso el (los) fiador (es) sea declarado insolvente (s); debiendo hacer lo propio en los casos de fallecimiento. EL (LOS) AVALES / LOS FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) /GARANTE(S) aceptan las prórrogas o renovaciones que pudiera conceder LA CAJA, sin necesidad de que le sean comunicadas o suscritas por ellos. Asimismo renuncian a hacer uso de la facultad concedida por el art. 1899 del Código Civil. EL (LOS) AVALES / LOS FIADOR(ESFIADOR( ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE (S) autorizan en este documento en forma irrevocable a LA CAJA, para que, si así lo decidiera debite el importe parcial o total de las obligaciones vencidas y exigibles que se deriven de este contrato en cualquiera de las cuentas que tenga o pudiera tener en LA CAJA, en caso que dichos importes no sean pagados por EL CLIENTE en la fecha señalada para hacerlo, posteriormente a ello, LA CAJA comunicará a EL (LOS) AVAL(ESAVAL( ES) / FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE(S) la realización de la compensación, indicando el motivo de su ejecución ejecució n e identificando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA dentro de los 7 días de realizada la operación.

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Samples: Linea De Crédito Automática

DE LA FIANZA. Intervienen en el presente los EL (LOS) AVAL(ES) / FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE(S) con el objeto de garantizar en forma total e ilimitada, todas y cada una de las obligaciones que asume EL CLIENTE en virtud a este contrato, incluyendo interés compensatorio, moratorio o penalidad por pago de obligaciones en fecha posterior al vencimiento, comisiones, otras penalidades, y gastos que sean de obligación de EL CLIENTE y que se encuentran detallados en la Hoja Resumen, sin reserva ni limitación alguna, con renuncia al beneficio de excusión. La fianza que se otorga es solidaria, incondicionada, de plazo indeterminado, indivisible e ilimitado. Es obligación y entera responsabilidad de EL CLIENTE presentar como su(s) FIADOR (ES) a persona(s) solvente(s), capaz (ces) de obligarse, que sea propietaria(s) de bienes suficientes para cubrir la obligación y realizables dentro del territorio de la República de acuerdo a lo previsto en el Artículo 1876 del Código Civil. Conforme a lo dispuesto por el artículo 1877° del Código Civil, EL CLIENTE deberá reemplazar a el (los) fiador (es) u ofrecer otra garantía a satisfacción de LA CAJA, en caso el (los) fiador (es) sea declarado insolvente (s); debiendo hacer lo propio en los casos de fallecimiento. EL (LOS) AVALES / LOS FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) /GARANTE(S) aceptan las prórrogas o renovaciones que pudiera conceder LA CAJA, sin necesidad de que le sean comunicadas o suscritas por ellos. Asimismo renuncian a hacer uso de la facultad concedida por el art. 1899 del Código Civil. EL (LOS) AVALES / LOS FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE (S) autorizan en este documento en forma irrevocable a LA CAJA, para que, si así lo decidiera debite el importe parcial o total de las obligaciones vencidas y exigibles que se deriven de este contrato en cualquiera de las cuentas que tenga o pudiera tener en LA CAJA, en caso que dichos importes no sean pagados por EL CLIENTE en la fecha señalada para hacerlo, posteriormente a ello, LA CAJA comunicará a EL (LOS) AVAL(ES) / FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE(S) la realización de la compensación, indicando el motivo de su ejecución e identificando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA dentro de los 7 días de realizada la operación.

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Samples: Credit Line Agreement

DE LA FIANZA. Intervienen en el presente los EL (LOS) AVAL(ES) / FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE(S) FIADORES SOLIDARIOS con el objeto de garantizar en forma total e ilimitada, todas y cada una de las obligaciones que asume EL CLIENTE en virtud a este contrato, incluyendo interés compensatorio, moratorio o penalidad por pago de obligaciones en fecha posterior al vencimiento, comisiones, otras penalidades, y gastos que sean de obligación de EL CLIENTE y que se encuentran detallados en la Hoja Resumen, sin reserva ni limitación alguna, con renuncia al beneficio de excusión. La fianza que se otorga es solidaria, incondicionada, de plazo indeterminado, indivisible e ilimitado. Es obligación y entera responsabilidad de EL CLIENTE presentar como su(s) su FIADOR (ES) a persona(s) solvente(s), capaz (ces) de obligarse, que sea propietaria(s) de bienes suficientes para cubrir la obligación y realizables dentro del territorio de la República de acuerdo a lo previsto en el Artículo 1876 del Código Civil. Conforme a lo dispuesto por el artículo 1877° del Código Civil, EL CLIENTE deberá reemplazar a el (los) fiador (es) u ofrecer otra garantía a satisfacción de LA CAJA, en caso el (los) fiador (es) sea declarado insolvente (s); debiendo hacer lo propio en los casos de fallecimiento. EL (LOS) AVALES / LOS FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) /GARANTE(S) FIADORES SOLIDARIOS aceptan las prórrogas o renovaciones que pudiera conceder LA CAJA, sin necesidad de que le sean comunicadas o suscritas por ellos. Asimismo renuncian a hacer uso de la facultad concedida por el art. 1899 del Código Civil. EL (LOS) AVALES / LOS FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE (S) FIADORES SOLIDARIOS autorizan en este documento en forma irrevocable a LA CAJA, para que, si así lo decidiera debite el importe parcial o total de las obligaciones vencidas y exigibles que se deriven de este contrato en cualquiera de las cuentas que tenga o pudiera tener en LA CAJA, en caso que dichos importes no sean pagados por EL CLIENTE en la fecha señalada para hacerlo, posteriormente a ello, LA CAJA comunicará a EL (LOS) AVAL(ES) / FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE(S) LOS FIADORES SOLIDARIOS la realización de la compensación, indicando el motivo de su ejecución e identificando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA dentro de los 7 días de realizada la operación.

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Samples: Utilización De Línea De Crédito Revolvente

DE LA FIANZA. Intervienen en el presente los EL (LOS) AVAL(ES) / FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE(S) con el objeto de garantizar i. El FIADOR declara en forma expresa que acepta la presente operación de crédito constituyéndose como FIADOR SOLIDARIO de EL CLIENTE frente a BanBif, por plazo indeterminado y de manera ilimitada, hasta la total cancelación del presente préstamo, conforme a los términos del presente contrato y las disposiciones del Código Civil relativas a la Fianza Solidaria e ilimitada. ii. La Fianza que por este documento se constituye es irrevocable, incondicional, de realización automática, sin beneficio de excusión, indeterminada e ilimitada, todas y cada una de las obligaciones que asume manteniéndose vigente hasta la total cancelación xxx xxxxxxxx concedido a EL CLIENTE en virtud CLIENTE, conforme al presente contrato. iii. EL FIADOR autoriza a este contrato, incluyendo interés compensatorio, moratorio o penalidad por pago de obligaciones en fecha posterior al vencimiento, comisiones, y gastos que sean de obligación de EL CLIENTE y que se encuentran detallados en la Hoja Resumen, sin reserva ni limitación alguna, con renuncia al beneficio de excusión. La fianza que se otorga es solidaria, incondicionada, de plazo indeterminado, indivisible e ilimitado. Es obligación y entera responsabilidad de EL CLIENTE presentar como su(s) FIADOR (ES) BanBif a persona(s) solvente(s), capaz (ces) de obligarse, que sea propietaria(s) de bienes suficientes para cubrir la obligación y realizables dentro del territorio de la República de acuerdo a lo previsto en el Artículo 1876 del Código Civil. Conforme a lo dispuesto por el artículo 1877° del Código Civil, EL CLIENTE deberá reemplazar a el (los) fiador (es) u ofrecer otra garantía a satisfacción de LA CAJAproceder, en caso de incumplimiento de pago por parte de EL CLIENTE, a cargar el (los) fiador (es) sea declarado insolvente (s); debiendo hacer importe que corresponda, en las cuentas que EL FIADOR mantiene con BanBif, aun cuando no cuenten con saldo acreedor, lo propio cual será informado posteriormente. Esta autorización incluye la de sobregirar la cuenta de EL FIADOR. En caso EL FIADOR no mantuviera una cuenta corriente en los casos de fallecimiento. EL (LOS) AVALES / LOS FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) /GARANTE(S) aceptan las prórrogas o renovaciones que pudiera conceder LA CAJABanBif, sin necesidad de que le sean comunicadas o suscritas por ellos. Asimismo renuncian autoriza a hacer uso de la facultad concedida por el art. 1899 del Código Civil. EL (LOS) AVALES / LOS FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE (S) autorizan en este documento en forma irrevocable BanBif a LA CAJAabrirle una a su nombre, para que, si así lo decidiera debite el importe parcial o total de las obligaciones vencidas y exigibles efectuar en ella los cargos que se deriven del presente contrato. iv. EL FIADOR declara expresamente que su fianza se mantendrá vigente garantizando el cobro del saldo deudor que será realizado mediante el giro de este contrato en cualquiera de las cuentas que tenga la Letra a la Vista o pudiera tener en LA CAJA, en caso que dichos importes no sean pagados por EL CLIENTE el Pagaré incompleto mencionados en la fecha señalada para hacerlo, posteriormente a ello, LA CAJA comunicará a EL (LOS) AVAL(ES) / FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) / GARANTE(S) la realización cláusula 9 sobre Consecuencias del Incumplimiento de la compensación, indicando el motivo de su ejecución e identificando los montos que fueron abonados a favor de LA CAJA dentro de los 7 días de realizada la operaciónPago.

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Samples: Contrato De Préstamo Personal