Common use of DE LAS CUENTAS CON MÁS DE UN TITULAR Clause in Contracts

DE LAS CUENTAS CON MÁS DE UN TITULAR. Las Cuentas de Depósito podrán ser: (i) individuales, un solo titular; (ii) mancomunadas (“Y”); o solidarias o indistintas (“O”). Los titulares de cuentas solidarias o indistintas (“O”) se autorizan mediante el presente Contrato, mutua y recíprocamente, para que cualquiera de ellos, con su sola firma puedan realizar todas y cada una de las operaciones propias de las cuentas. Los titulares de cuentas mancomunadas (“Y”) deberán intervenir todos conjuntamente para ejercitar frente a LA CMAC CUSCO S.A. cualquiera de las operaciones propias de las cuentas. Todos los titulares de las cuentas mancomunadas (“Y”) y solidarias o indistintas (“O”) son solidariamente responsables entre sí frente a la CMAC CUSCO S.A. por el íntegro de cualquier saldo deudor que se derive de las cuentas respectivas.

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DE LAS CUENTAS CON MÁS DE UN TITULAR. Las Cuentas de Depósito podrán ser: (i) individuales, un solo titular; (ii) mancomunadas (“Y”); o solidarias o indistintas (“O”). Los titulares de cuentas solidarias o indistintas (“O”) se autorizan mediante el presente Contrato, mutua y recíprocamente, para que cualquiera de ellos, con su sola firma puedan realizar todas y cada una de las operaciones propias de las cuentas. Los titulares de cuentas mancomunadas (“Y”) deberán intervenir todos conjuntamente para ejercitar frente a LA la CMAC CUSCO S.A. cualquiera de las operaciones propias de las cuentas. Todos los titulares de las cuentas mancomunadas (“Y”) y solidarias o indistintas (“O”) son solidariamente responsables entre sí frente a la CMAC CUSCO S.A. por el íntegro de cualquier saldo deudor que se derive de las cuentas respectivas.

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