Common use of De Las Garantías Clause in Contracts

De Las Garantías. A través del abogado LA COMPAÑIA se compromete a depositar garantías de Fianza o Caución para obtener la libertad Provisional Bajo Caución del Conductor, y/o la devolución del vehículo asegurado y garantizar la Reparación del Daño al tercero afectado ante la autoridad (MP y/o Juez Penal), hasta por el monto señalado por la Cobertura de RC Contratada. Para el otorgamiento de esta garantía, será necesario que EL BENEFICIARIO comparezca ante la autoridad competente cuantas veces sea requerido, acepte y nombre como su abogado al designado por LA COMPAÑIA así como suscribir la responsiva y/o documento idóneo que le proporcione el abogado de LA COMPAÑIA, para efecto de respaldar su asistencia. Cuando el conductor incumpla con alguna de las obligaciones establecidas en la ley y/o ante la autoridad correspondiente y por esta causa, se haga efectiva la garantía depositada; EL BENEFICIARIO se obliga a rembolsar de inmediato a LA COMPAÑIA el importe de la garantía exhibida; En caso contrario se establece como Pena Convencional a razón de pagar un interés sobre la obligación denominada en Unidades de Inversión, el cual se calculará aplicando al monto de la propia obligación, el porcentaje que resulte de multiplicar por 1.25 el costo anual de captación a plazo de los pasivos denominados Unidades de Inversión, de las Instituciones de Banca Múltiple del país, publicado en el Diario oficial de la Federación, para el mes inmediato anterior a aquel en que se realice el pago, aún cuando solo haya transcurrido una fracción de los mismos. Una vez que proceda solicitar la Devolución o Cancelación de la Fianza o Caución otorgada por LA COMPAÑIA y el conductor o interesado tengan conocimiento o le avise la Autoridad de dicha circunstancia, el conductor se obliga a comunicarlo al abogado de LA COMPAÑIA a fin de solicitarla o bien a Reintegrar dicha Garantía de inmediato en caso de haber obtenido directamente su devolución.

Appears in 2 contracts

Samples: www.integrared.com.mx, www.integrared.com.mx

De Las Garantías. A través De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción II y 49 fracción I de “LA LEY”, así como en los artículos 81 fracción II y 103 de su Reglamento, para garantizar el cumplimiento del abogado contrato, el licitante adjudicado deberá constituir una garantía mediante fianza, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato sin incluir el “I.V.A.”, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. No se otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o fuerza mayor plenamente comprobados. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido, será motivo de rescisión del contrato. En atención al criterio AD-02/2011 “Divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones contractuales y aplicación total o proporcional de la garantía de cumplimiento de los contratos sujetos a la “LA COMPAÑIA LEY”, emitido por la Secretaría de la Función Pública el 00 xx xxxx xx 2011, la convocante determina que las obligaciones que deriven de la presente licitación y se compromete formalicen en el contrato correspondiente, son indivisibles y, en consecuencia, su incumplimiento motivaría la aplicación total de la garantía de cumplimiento establecida en el primer párrafo del numeral 6.2 “Garantía de cumplimiento del contrato”, considerando la naturaleza de las obligaciones específicas que formarán parte del acuerdo de voluntades respectivo. De esta manera, la convocante determina que las obligaciones contractuales que se deriven de la presente convocatoria resultan indivisibles, dadas las características, cantidad y prestación de los servicios objeto del contrato, por lo que la prestación parcial del servicio no resultaría útil, aprovechable o funcional y, en consecuencia, establece que no es procedente recibir parcialmente los servicios objeto del acuerdo de voluntades a depositar garantías formalizar. En razón de Fianza o Caución para obtener lo anterior, el proveedor deberá reconocer y aceptar que las obligaciones que deriven del contrato son indivisibles y que la libertad Provisional Bajo Caución del Conductor, y/o la devolución del vehículo asegurado y garantizar la Reparación del Daño al tercero afectado ante la autoridad (MP y/o Juez Penal), hasta garantía de cumplimiento se aplicará por el monto señalado total por la Cobertura de RC Contratada. Para el otorgamiento de esta garantía, será necesario que EL BENEFICIARIO comparezca ante la autoridad competente cuantas veces sea requerido, acepte y nombre como su abogado al designado por LA COMPAÑIA así como suscribir la responsiva y/o documento idóneo que le proporcione el abogado de LA COMPAÑIA, para efecto de respaldar su asistencia. Cuando el conductor incumpla con alguna de las obligaciones establecidas en incumplidas y garantizadas derivadas del contrato. La fianza que se otorgue para garantizar el cumplimiento del contrato, deberá remitirse a la ley y/o ante la autoridad correspondiente y por esta causa, se haga efectiva la garantía depositada; EL BENEFICIARIO se obliga a rembolsar Subadministración de inmediato a LA COMPAÑIA el importe Procesos de Contratación “3” dependiente de la garantía exhibida; En caso contrario se establece como Pena Convencional AORS “6”, ubicada en xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx xxx. 00, xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, código postal 06030, Ciudad de México, en formato físico y PDF y deberá emitirse y emitirse por una institución mexicana legalmente autorizada para tal efecto, a razón de pagar un interés sobre la obligación denominada en Unidades de Inversión, el cual se calculará aplicando al monto favor de la propia obligación, el porcentaje que resulte de multiplicar por 1.25 el costo anual de captación a plazo de los pasivos denominados Unidades de Inversión, de las Instituciones de Banca Múltiple del país, publicado en el Diario oficial Tesorería de la Federación, para en moneda nacional, en idioma español por un importe del 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato sin el mes inmediato anterior “I.V.A.”, a aquel más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. En el Anexo III de esta convocatoria, se adjunta un archivo denominado “Formato de garantía de cumplimiento” el cual muestra en forma enunciativa, mas no limitativa los rubros que deberá contener la garantía que se realice otorgue para tal efecto. La fianza otorgada para garantizar las obligaciones, deberá contener el pagonúmero de contrato, aún cuando solo haya transcurrido una fracción la fecha de firma, el objeto y las obligaciones garantizadas. Tratándose de proposiciones conjuntas, la fianza deberá incluir la estipulación expresa de que cada uno de los mismosfirmantes del contrato, quedarán obligados en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme. Una vez que proceda Cuando el proveedor no lleve a cabo la prestación de los servicios motivo de esta licitación en la forma, plazos y términos establecidos en el contrato, no se otorgarán prórrogas, salvo caso fortuito o fuerza mayor, plenamente comprobados. El proveedor deberá solicitar por escrito a la Devolución o Cancelación AORS “6”, en la Subadministración de Procesos de Contratación “3” ubicada en xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx xxx. 00, xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, código postal 06030, Ciudad de México, la liberación de la Fianza o Caución otorgada por LA COMPAÑIA fianza, siempre y el conductor o interesado tengan conocimiento o le avise la Autoridad cuando se cumpla alguno de dicha circunstancia, el conductor se obliga a comunicarlo al abogado de LA COMPAÑIA a fin de solicitarla o bien a Reintegrar dicha Garantía de inmediato en caso de haber obtenido directamente su devolución.los siguientes supuestos:

Appears in 2 contracts

Samples: omawww.sat.gob.mx, omawww.sat.gob.mx

De Las Garantías. A través Todas las garantías que deban entregarse en los términos de las presentes “Bases del abogado LA COMPAÑIA se compromete Procedimiento”, serán otorgadas a depositar garantías favor del “Consejo”, de Fianza o Caución para obtener la libertad Provisional Bajo Caución del Conductor, y/o la devolución del vehículo asegurado y garantizar la Reparación del Daño al tercero afectado ante la autoridad (MP y/o Juez Penal), hasta conformidad con lo dispuesto por el monto señalado artículo 151 del “Acuerdo”. Dichas garantías podrán constituirse mediante fianza otorgada por institución debidamente autorizada, depósito en efectivo en la cuenta que determine el “Consejo” o cualquier otro medio que autorice el “Consejo”. Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del “Contrato”, así como para el pago de las penas convencionales estipuladas, la “Contratista” que resulte adjudicada se obliga a otorgar garantía en moneda nacional, por el equivalente al 10% ( diez por ciento) del total del contrato respectivo (sin contar el IVA) de conformidad con el artículo 152 del Acuerdo General 6/2009 del Pleno, la cual deberá permanecer vigente hasta que el “Consejo” reciba a satisfacción los trabajos contratados y manifieste por escrito su conformidad con la cancelación de la misma. Esta garantía deberá presentarse por la Cobertura “Contratista” como máximo, dentro de RC Contratadalos cinco días hábiles siguientes a la fecha de la firma del “Contrato”; en caso contrario, se procederá a cancelar la adjudicación y asignará el contrato conforme a lo dispuesto en los artículos 80 y 114 del “Acuerdo”. Para En caso de optar por una fianza, ésta se presentará conforme el otorgamiento texto indicado en el Anexo E-2 de las presentes “Bases del Procedimiento”. La cancelación de esta garantía, será necesario procederá una vez que EL BENEFICIARIO comparezca ante el “Consejo” reciba por parte de la autoridad competente cuantas veces sea requerido“Contratista” la garantía por deficiente ejecución de los trabajos, acepte y nombre como su abogado al designado por LA COMPAÑIA calidad, así como suscribir para responder por omisiones, faltantes o vicios ocultos, o por cualquier otro tipo de responsabilidad en la responsiva y/que pudiera incurrir. La “Contratista” que resulte adjudicada deberá garantizar la debida aplicación del anticipo o documento idóneo en su caso la devolución del mismo, constituyendo garantías en moneda nacional por el 100% (cien por ciento) del monto total del anticipo autorizado con el IVA incluido. La cancelación de cada garantía, procederá una vez que le proporcione la “Contratista” haya amortizado el abogado 100% (cien por ciento) del anticipo otorgado por el “Consejo”, y éste manifieste por escrito su conformidad de LA COMPAÑIAcancelación, para efecto cada caso. Esta garantía deberá presentarse por la “Contratista” con antelación al pago del anticipo correspondiente. En caso de respaldar optar por una fianza, ésta se presentará conforme el texto indicado en el Anexo E-3 de las presentes “Bases del Procedimiento”. Para el caso de que el “Consejo” otorgue un anticipo adicional para la adquisición de equipos y materiales de instalación permanente de importación, que se requieran para la realización de la “Obra”, el “Contratista” deberá otorgar una garantía equivalente al 100% (Cien por ciento) del anticipo incluido el IVA, a fin de garantizar su asistenciadebida inversión. Cuando Esta garantía deberá presentarse por la “Contratista” con antelación al pago del anticipo correspondiente; en caso de optar por una fianza, ésta se presentará conforme el conductor incumpla con alguna texto indicado en el Anexo E-4 de las presentes “Bases del Procedimiento”. Para garantizar la correcta ejecución de los trabajos terminados, y responder de los defectos que resultaren en los mismos, faltantes, vicios ocultos o por cualquier otro tipo de responsabilidad en que hubiere incurrido la “Contratista”, en los términos señalados en el “Contrato”, en el “Acuerdo” y en la legislación aplicable, el “Contratista” debe otorgar una garantía en moneda nacional, la cual deberá permanecer vigente por doce meses posterior a partir de la recepción de los trabajos. Esta garantía deberá presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción total de los trabajos del “Proyecto Integral” dicha fecha se hará constar en el acta de entrega-recepción. En caso de optar por una fianza, ésta deberá presentarse conforme el texto indicado en el Anexo E-5 de las presentes “Bases del Procedimiento” y sustituirá a la presentada para garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el “Contrato” respectivo siempre y cuando se cumpla con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 154 del “Acuerdo”. Ambas partes acuerdan que el “Consejo” no tramitará pago alguno de estimaciones pendientes, hasta en tanto la ley y/o ante “Contratista” exhiba la autoridad correspondiente referida garantía.  Las presentes “Bases del Procedimiento” y sus anexos.  Modelo de “Contrato” y sus anexos.  Modelo de “Convenio de Participación Conjunta”.  Circulares aclaratorias, emitidas por esta causala “DGIM”.  Formato para transferencia electrónica de pagos. Para el inmediato conocimiento del proyecto en cuestión, se haga efectiva anexa en la garantía depositada; EL BENEFICIARIO carpeta técnica, el documento señalado como “Términos de Referencia” y sus anexos en el que se obliga establece de manera general los requerimientos para el desarrollo del “Proyecto Integral”, a rembolsar efecto de inmediato a LA COMPAÑIA el importe que éstas condicionantes sean analizadas y consideradas en la elaboración de la garantía exhibida; En caso contrario propuesta tanto técnica como económica de acuerdo a lo requerido por el “Consejo”, dicho documento contiene entre otros instrumentos, los siguientes:  Levantamiento topográfico, en su caso.  Estudio de mecánica de suelos, en su caso.  Planos del anteproyecto arquitectónico.  Catálogo de etapas, partidas y subpartidas en las que se establece como Pena Convencional clasifica o divide el “Proyecto Ejecutivo” y la “Obra”, “Equipamiento”, “La Migración de Equipos” y “Mobiliario Modular”, necesarias para desarrollar el “Proyecto Integral”  Documentación referente para el desarrollo o complemento de estudios previos.  Criterios normativos de ingeniería para instalaciones electromecánicas, eléctricas, hidrosanitarias y especiales (aire acondicionado, telecomunicaciones, seguridad, automatización y control, entre otros).  “Especificaciones Generales de Construcción”, para que la “Contratista” a razón quien se le asigne el “Proyecto Integral”, tomando en cuenta éstas, realice las propias de pagar un interés sobre acuerdo al proyecto ejecutivo desarrollado.  “Especificaciones Particulares de Construcción”, para que la obligación denominada “Contratista” a quien se le asigne el “Proyecto Integral”, tomando en Unidades cuenta éstas, realice las propias de Inversión, el cual se calculará aplicando acuerdo al monto proyecto ejecutivo desarrollado.  “Especificaciones de la propia obligación, el porcentaje que resulte de multiplicar por 1.25 el costo anual de captación a plazo Calidad de los pasivos denominados Unidades Materiales de Inversión, de las Instituciones de Banca Múltiple del país, publicado en el Diario oficial de la FederaciónConstrucción”, para que la “Contratista” a quien se le asigne el mes inmediato anterior a aquel “Proyecto Integral”, tomando en que se cuenta éstas, realice el pago, aún cuando solo haya transcurrido una fracción las propias de los mismosacuerdo al proyecto ejecutivo desarrollado. Una vez que proceda solicitar la Devolución o Cancelación y  Especificaciones de la Fianza o Caución otorgada por LA COMPAÑIA Mobiliario y el conductor o interesado tengan conocimiento o le avise la Autoridad manual de dicha circunstancia, el conductor se obliga a comunicarlo al abogado de LA COMPAÑIA a fin de solicitarla o bien a Reintegrar dicha Garantía de inmediato en caso de haber obtenido directamente su devoluciónpruebas del Mobiliario.

Appears in 1 contract

Samples: www.cjf.gob.mx

De Las Garantías. A través De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción II y 49 fracción I de “LA LEY”, así como en los artículos 81 fracción II y 103 de su Reglamento, para garantizar el cumplimiento del abogado contrato, el licitante adjudicado deberá constituir una garantía mediante fianza, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato sin incluir el “I.V.A.”, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. No se otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o fuerza mayor plenamente comprobados. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido, será motivo de rescisión del contrato. En atención al criterio AD-02/2011 “Divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones contractuales y aplicación total o proporcional de la garantía de cumplimiento de los contratos sujetos a la “LA COMPAÑIA LEY”, emitido por la Secretaría de la Función Pública el 00 xx xxxx xx 2011, la convocante determina que las obligaciones que deriven de la presente licitación y se compromete formalicen en el contrato correspondiente, son divisibles y, en consecuencia, su incumplimiento motivaría la aplicación proporcional al monto de las obligaciones incumplidas derivadas del contrato de la garantía de cumplimiento establecida en el primer párrafo del numeral 6.2 “Garantía de cumplimiento del contrato”, considerando la naturaleza de las obligaciones específicas que formarán parte del acuerdo de voluntades respectivo. De esta manera, la convocante determina que las obligaciones contractuales que se deriven de la presente convocatoria resultan divisibles, dadas las características, cantidad y prestación de los servicios objeto del contrato, por lo que la prestación parcial del servicio resultaría útil, aprovechable o funcional y, en consecuencia, establece que es procedente recibir parcialmente los servicios objeto del acuerdo de voluntades a depositar garantías formalizar. En razón de Fianza o Caución para obtener lo anterior, el proveedor deberá reconocer y aceptar que las obligaciones que deriven del contrato son divisibles y que la libertad Provisional Bajo Caución del Conductor, y/o la devolución del vehículo asegurado y garantizar la Reparación del Daño al tercero afectado ante la autoridad (MP y/o Juez Penal), hasta garantía de cumplimiento se aplicará por el monto señalado por la Cobertura de RC Contratada. Para el otorgamiento de esta garantía, será necesario que EL BENEFICIARIO comparezca ante la autoridad competente cuantas veces sea requerido, acepte y nombre como su abogado al designado por LA COMPAÑIA así como suscribir la responsiva y/o documento idóneo que le proporcione el abogado de LA COMPAÑIA, para efecto de respaldar su asistencia. Cuando el conductor incumpla con alguna proporcional de las obligaciones establecidas incumplidas y garantizadas derivadas del contrato. La fianza que se otorgue para garantizar el cumplimiento del contrato, deberá remitirse de acuerdo a la Partida Adjudicada en la ley y/o ante Subadministración de Recursos y Servicios en Hermosillo y en la autoridad correspondiente Subadministración de Recursos y Servicios en Nogales, y a los correos electrónicos en PDF y su respectivo archivo XML y deberá emitirse por esta causauna Institución Mexicana legalmente autorizada para tal efecto, se haga efectiva la garantía depositada; EL BENEFICIARIO se obliga a rembolsar de inmediato a LA COMPAÑIA el importe favor de la garantía exhibida; En caso contrario se establece como Pena Convencional a razón de pagar un interés sobre la obligación denominada en Unidades de Inversión, el cual se calculará aplicando al monto de la propia obligación, el porcentaje que resulte de multiplicar por 1.25 el costo anual de captación a plazo de los pasivos denominados Unidades de Inversión, de las Instituciones de Banca Múltiple del país, publicado en el Diario oficial Tesorería de la Federación, para en moneda nacional, en idioma español por un importe del 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato sin el mes inmediato anterior “I.V.A.”, a aquel más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. En el Anexo III de esta convocatoria, se adjunta un archivo denominado “Formato de garantía de cumplimiento” el cual muestra en forma enunciativa, mas no limitativa los rubros que deberá contener la garantía que se realice otorgue para tal efecto. En la redacción de la garantía se deberán transcribir las siguientes cláusulas: dispuesto por el pagoartículo 178 de la Ley antes citada, aún cuando solo haya transcurrido una fracción en el sentido de que “la fianza no tendrá fecha de vencimiento”. La fianza otorgada para garantizar las obligaciones, deberá contener el número de contrato, la fecha de firma, el objeto y las obligaciones garantizadas. Tratándose de proposiciones conjuntas, la fianza deberá incluir la estipulación expresa de que cada uno de los mismosfirmantes del contrato, quedarán obligados en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme. Una vez que proceda solicitar Cuando el proveedor no lleve a cabo la Devolución prestación de los servicios motivo de esta licitación en la forma, plazos y términos establecidos en el contrato, no se otorgarán prórrogas, salvo caso fortuito o Cancelación de la Fianza o Caución otorgada por LA COMPAÑIA y el conductor o interesado tengan conocimiento o le avise la Autoridad de dicha circunstanciafuerza mayor, el conductor se obliga a comunicarlo al abogado de LA COMPAÑIA a fin de solicitarla o bien a Reintegrar dicha Garantía de inmediato en caso de haber obtenido directamente su devoluciónplenamente comprobados.

Appears in 1 contract

Samples: omawww.sat.gob.mx

De Las Garantías. A través De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción II y 49 de “LA LEY”, así como en el artículo 103 de su Reglamento, para garantizar el cumplimiento del abogado contrato, el proveedor deberá constituir una garantía mediante fianza, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato sin incluir el “I.V.A.”, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción I y 49 de “LA COMPAÑIA LEY”, así como en el artículo 103 de su Reglamento, para garantizar el anticipo, el proveedor deberá constituir una garantía mediante fianza, por un importe del 100% (cien por ciento) del monto total del anticipo considerando el porcentaje del “I.V.A.” que aplique, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. No se compromete otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o fuerza mayor plenamente comprobados. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido, será motivo de rescisión del contrato. En atención al criterio AD-02/2011 “Divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones contractuales y aplicación total o proporcional de la garantía de cumplimiento de los contratos sujetos a depositar garantías “LA LEY”, emitido por la Secretaría de Fianza la Función Pública el 00 xx xxxx xx 2011, la convocante determina que las obligaciones que deriven de la presente licitación y se formalicen en el contrato correspondiente, son indivisibles y, en consecuencia, su incumplimiento motivaría la aplicación total de la garantía de cumplimiento establecida en el primer párrafo del numeral 6.2 “Garantía de cumplimiento del contrato”, considerando la naturaleza de las obligaciones específicas que formarán parte del acuerdo de voluntades respectivo. De esta manera, la convocante determina que las obligaciones contractuales que se deriven de la presente convocatoria resultan indivisibles, dadas las características, cantidad y prestación de los servicios objeto del contrato, por lo que la prestación parcial del servicio no resultaría útil, aprovechable o Caución para obtener funcional y, en consecuencia, establece que no es procedente recibir parcialmente los servicios objeto del acuerdo de voluntades a formalizar. En razón de lo anterior, los licitantes deberán reconocer y aceptar que las obligaciones que deriven del contrato son indivisibles y que la libertad Provisional Bajo Caución del Conductor, y/o la devolución del vehículo asegurado y garantizar la Reparación del Daño al tercero afectado ante la autoridad (MP y/o Juez Penal), hasta garantía de cumplimiento se aplicará por el monto señalado por la Cobertura de RC Contratada. Para el otorgamiento de esta garantía, será necesario que EL BENEFICIARIO comparezca ante la autoridad competente cuantas veces sea requerido, acepte y nombre como su abogado al designado por LA COMPAÑIA así como suscribir la responsiva y/o documento idóneo que le proporcione el abogado de LA COMPAÑIA, para efecto de respaldar su asistencia. Cuando el conductor incumpla con alguna total de las obligaciones establecidas garantizadas en caso de incumplimiento. La fianza que se otorgue para garantizar el cumplimiento del contrato, deberá remitirse a la ley ySubadministración de Recursos y Servicios de Reynosa, ubicada en Xxxx. Xxxxxxx x Tehuantepec S/o ante la autoridad correspondiente N, Col. Ampliación Xxxxxxxxx, C.P. 88631, Reynosa, Tamaulipas, y emitirse por esta causauna institución mexicana legalmente autorizada para tal efecto, se haga efectiva la garantía depositada; EL BENEFICIARIO se obliga a rembolsar de inmediato a LA COMPAÑIA el importe favor de la garantía exhibida; En caso contrario se establece como Pena Convencional a razón de pagar un interés sobre la obligación denominada en Unidades de Inversión, el cual se calculará aplicando al monto de la propia obligación, el porcentaje que resulte de multiplicar por 1.25 el costo anual de captación a plazo de los pasivos denominados Unidades de Inversión, de las Instituciones de Banca Múltiple del país, publicado en el Diario oficial Tesorería de la Federación, para en moneda nacional, en idioma español por un importe del 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato sin “I.V.A.”, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. En el mes inmediato anterior a aquel Anexo III de esta convocatoria, se adjunta un archivo denominado “Formato de garantía de cumplimiento” el cual muestra en forma enunciativa, mas no limitativa los rubros que deberá contener la garantía que se realice otorgue para tal efecto. La fianza otorgada para garantizar las obligaciones, deberá contener el pagonúmero de contrato, aún cuando solo haya transcurrido una fracción la fecha de firma, el objeto y las obligaciones garantizadas. Tratándose de proposiciones conjuntas, la fianza deberá incluir la estipulación expresa de que cada uno de los mismosfirmantes del contrato, quedarán obligados en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme. Una vez que proceda solicitar Cuando el proveedor no lleve a cabo la Devolución prestación de los servicios motivo de esta licitación en la forma, plazos y términos establecidos en el contrato, no se otorgarán prórrogas, salvo caso fortuito o Cancelación de la Fianza o Caución otorgada por LA COMPAÑIA y el conductor o interesado tengan conocimiento o le avise la Autoridad de dicha circunstanciafuerza mayor, el conductor se obliga a comunicarlo al abogado de LA COMPAÑIA a fin de solicitarla o bien a Reintegrar dicha Garantía de inmediato en caso de haber obtenido directamente su devoluciónplenamente comprobados.

Appears in 1 contract

Samples: omawww.sat.gob.mx

De Las Garantías. A través De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción II y 49 de “LA LEY”, así como en el artículo 103 de su Reglamento, para Garantizar el Cumplimiento del abogado LA COMPAÑIA Contrato, el licitante adjudicado deberá constituir una garantía mediante fianza, la cual deberá entregar a “EL SAT” en un plazo no mayor a 10 días naturales contados a partir de la formalización del contrato. No se compromete otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o fuerza mayor plenamente comprobados. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido, será motivo de rescisión del contrato. En atención al criterio AD-02/2011 “divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones contractuales y aplicación total o proporcional de la garantía de cumplimiento de los contratos sujetos a depositar garantías la Ley de Fianza Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”, emitido por la Secretaría de la Función Pública el 00 xx xxxx xx 2011, la Convocante determina que las obligaciones que deriven de la presente licitación y se formalicen en el contrato correspondiente, son indivisibles y, en consecuencia, su incumplimiento motivaría la aplicación total de la garantía de cumplimiento establecida en el primer párrafo del numeral 5.2 “Garantía de Cumplimiento del Contrato”, considerando la naturaleza de las obligaciones específicas que formarán parte del acuerdo de voluntades respectivo. De esta manera, la Convocante determina que las obligaciones contractuales que deriven de la presente convocatoria resultan indivisibles, dadas las características, cantidad y prestación de los servicios objeto del contrato, por lo que la realización parcial de los servicios no resultarían útiles, aprovechables o Caución para obtener funcionales y, en consecuencia, establece que no es procedente recibir parcialmente los servicios objeto del acuerdo de voluntades a formalizar. En razón de lo anterior, los licitantes deberán reconocer y aceptar que las obligaciones que deriven del contrato son indivisibles y que la libertad Provisional Bajo Caución del Conductor, y/o la devolución del vehículo asegurado y garantizar la Reparación del Daño al tercero afectado ante la autoridad (MP y/o Juez Penal), hasta garantía de cumplimiento se aplicará por el monto señalado por la Cobertura de RC Contratada. Para el otorgamiento de esta garantía, será necesario que EL BENEFICIARIO comparezca ante la autoridad competente cuantas veces sea requerido, acepte y nombre como su abogado al designado por LA COMPAÑIA así como suscribir la responsiva y/o documento idóneo que le proporcione el abogado de LA COMPAÑIA, para efecto de respaldar su asistencia. Cuando el conductor incumpla con alguna total de las obligaciones establecidas en la ley y/o ante la autoridad correspondiente y por esta causa, se haga efectiva la garantía depositada; EL BENEFICIARIO se obliga a rembolsar de inmediato a LA COMPAÑIA el importe de la garantía exhibida; En caso contrario se establece como Pena Convencional a razón de pagar un interés sobre la obligación denominada en Unidades de Inversión, el cual se calculará aplicando al monto de la propia obligación, el porcentaje que resulte de multiplicar por 1.25 el costo anual de captación a plazo de los pasivos denominados Unidades de Inversión, de las Instituciones de Banca Múltiple del país, publicado en el Diario oficial de la Federación, para el mes inmediato anterior a aquel en que se realice el pago, aún cuando solo haya transcurrido una fracción de los mismos. Una vez que proceda solicitar la Devolución o Cancelación de la Fianza o Caución otorgada por LA COMPAÑIA y el conductor o interesado tengan conocimiento o le avise la Autoridad de dicha circunstancia, el conductor se obliga a comunicarlo al abogado de LA COMPAÑIA a fin de solicitarla o bien a Reintegrar dicha Garantía de inmediato garantizadas en caso de haber obtenido directamente su devoluciónincumplimiento.

Appears in 1 contract

Samples: m.sat.gob.mx

De Las Garantías. A través De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 fracción II y 49 de la “LAASSP” y 103 de su “Reglamento”, para garantizar el cumplimiento del abogado LA COMPAÑIA “Contrato”, el “Licitante” que resulte adjudicado con el “Contrato” deberá constituir una garantía mediante fianza, la cual deberá entregar a la “Convocante” en un plazo no mayor a diez días naturales siguientes a la firma del “Contrato” en la Dirección de Administración y Finanzas de “El Fideicomiso”. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido, será motivo de rescisión del “Contrato”. En atención al Criterio AD-02/2011 “Divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones contractuales y aplicación total o proporcional de la garantía de cumplimiento de los contratos sujetos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”, emitido por la Secretaría de la Función Pública el 0 xx xxxx xx 2011, la “Convocante” determina que las obligaciones que deriven de la presente “Licitación” y se compromete formalicen en el “Contrato” correspondiente, son indivisibles y, en consecuencia, su incumplimiento motivaría la aplicación total de la garantía de cumplimiento establecida en el presente numeral, considerando la naturaleza de las obligaciones específicas que formarán parte del acuerdo de voluntades respectivo. De esta manera, la “Convocante” determina que las obligaciones contractuales que deriven de la presente “Licitación” resultan indivisibles, dadas las características del servicio de internet y antivirus objeto del “Contrato”, por lo que la prestación del servicio no resultaría útil, aprovechable o funcional, y en consecuencia, establece que no es procedente recibir parcialmente el servicio objeto del acuerdo de voluntades a depositar garantías formalizar. En razón de Fianza o Caución para obtener lo anterior, los “Licitantes” deberán reconocer y aceptar que las obligaciones que deriven del “Contrato” son indivisibles y que la libertad Provisional Bajo Caución del Conductor, y/o la devolución del vehículo asegurado y garantizar la Reparación del Daño al tercero afectado ante la autoridad (MP y/o Juez Penal), hasta garantía de cumplimiento se aplicara por el monto señalado por la Cobertura de RC Contratada. Para el otorgamiento de esta garantía, será necesario que EL BENEFICIARIO comparezca ante la autoridad competente cuantas veces sea requerido, acepte y nombre como su abogado al designado por LA COMPAÑIA así como suscribir la responsiva y/o documento idóneo que le proporcione el abogado de LA COMPAÑIA, para efecto de respaldar su asistencia. Cuando el conductor incumpla con alguna total de las obligaciones establecidas garantizadas en caso de incumplimiento. El “Licitante” que resulte adjudicado con el “Contrato” otorgará a favor de la ley y/o ante “Convocante”, una fianza para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones a cargo del primero, derivadas del “Contrato”, incluyendo lo que se refiere al debido cumplimiento para la autoridad correspondiente prestación del servicio objeto de esta “Licitación”, pago de lo indebido, originados por incumplimiento del “Contrato”. La póliza será por el equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del “Contrato”, sin incluir el “IVA”, la cual deberá ser otorgada por una Institución de Fianzas debidamente autorizada y presentarse dentro de un plazo de 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del “Contrato” correspondiente. La garantía de cumplimiento se hará efectiva por esta causael monto total de la obligación garantizada. En caso de que el servicio no pueda ser utilizado por la “Convocante” por ser deficiente, se haga efectiva la garantía depositada; EL BENEFICIARIO siempre se obliga hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el caso que se actualice el supuesto a rembolsar que hace referencia el segundo párrafo del artículo 48 de inmediato a LA COMPAÑIA la “LAASSP” y el importe primer párrafo del artículo 86 del “Reglamento” de la “LAASSP”, el monto de la garantía exhibida; En caso contrario de cumplimiento previsto en el “Procedimiento de Contratación” y el porcentaje de reducción al mismo, así como la previsión de que las penas convencionales que se establece como Pena Convencional llegaren a razón aplicar se calcularán en términos de pagar un interés sobre lo señalado en el segundo párrafo del artículo 86 del “Reglamento” en cita. Al respecto, y a lo previsto en el último párrafo del artículo 48 de la obligación denominada en Unidades de Inversión“LAASSP”, el cual se calculará aplicando al monto señala: En atención a lo previsto en el artículo 49 de la propia obligación“LAASSP” la garantía antes citada se otorgará a favor de la La obligación garantizada será indivisible y en caso de presentarse algún incumplimiento se hará efectiva la misma. La garantía otorgada deberá ajustarse cuando se modifique el monto, el porcentaje que resulte de multiplicar por 1.25 el costo anual de captación a plazo de los pasivos denominados Unidades de Inversióno vigencia del presente instrumento, de las Instituciones de Banca Múltiple del país, publicado en conformidad con el Diario oficial de la Federación, para el mes inmediato anterior a aquel en que se realice el pago, aún cuando solo haya transcurrido una fracción de los mismosconvenio modificatorio correspondiente. Una vez cumplidas las obligaciones del “Licitante” que proceda solicitar la Devolución o Cancelación resulte adjudicado con el “Contrato” a satisfacción de la Fianza o Caución otorgada por LA COMPAÑIA y el conductor o interesado tengan conocimiento o le avise la Autoridad de dicha circunstancia“Convocante”, el conductor servidor público facultado, en ese caso únicamente será el Titular de la Dirección de Administración y Finanzas, procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales para que se obliga dé inicio a comunicarlo los trámites para la cancelación de la garantía correspondiente; previa verificación con el área requirente o usuaria de que las obligaciones contraídas han sido debidamente devengadas y a satisfacción de la “Convocante”. La carta de liberación de fianza que al abogado efecto emita la “Convocante”, será dirigida a la afianzadora que haya expedido la fianza (garantía) correspondiente, marcando copia al “Licitante” que haya resultado adjudicado con el “Contrato”. De conformidad con el artículo 103 del “Reglamento” de LA COMPAÑIA a fin de solicitarla o bien a Reintegrar dicha Garantía de inmediato en caso de haber obtenido directamente su devolución.la “LAASSP”, la fianza que otorgue el “Licitante” que resulte adjudicado con el “Contrato”, deberá observar lo siguiente:

Appears in 1 contract

Samples: www.fidena.gob.mx

De Las Garantías. A través De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 fracción II y 49 de la “LAASSP” y 103 de su “Reglamento”, para garantizar el cumplimiento del abogado LA COMPAÑIA “Contrato”, el “Licitante” que resulte adjudicado con el “Contrato” deberá constituir una garantía mediante fianza, la cual deberá entregar a la “Convocante” en un plazo no mayor a diez días naturales siguientes a la firma del “Contrato” en la Dirección de Administración y Finanzas de “El Fideicomiso”. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido, será motivo de rescisión del “Contrato”. En atención al Criterio AD-02/2011 “Divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones contractuales y aplicación total o proporcional de la garantía de cumplimiento de los contratos sujetos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”, emitido por la Secretaría de la Función Pública el 0 xx xxxx xx 2011, la “Convocante” determina que las obligaciones que deriven de la presente “Licitación” y se compromete formalicen en el “Contrato” correspondiente, son indivisibles y, en consecuencia, su incumplimiento motivaría la aplicación total de la garantía de cumplimiento establecida en el presente numeral, considerando la naturaleza de las obligaciones específicas que formarán parte del acuerdo de voluntades respectivo. De esta manera, la “Convocante” determina que las obligaciones contractuales que deriven de la presente “Licitación” resultan indivisibles, dadas las características del servicio de internet y antivirus objeto del “Contrato”, por lo que la prestación del servicio no resultaría útil, aprovechable o funcional, y en consecuencia, establece que no es procedente recibir parcialmente el servicio objeto del acuerdo de voluntades a depositar garantías formalizar. En razón de Fianza o Caución para obtener lo anterior, los “Licitantes” deberán reconocer y aceptar que las obligaciones que deriven del “Contrato” son indivisibles y que la libertad Provisional Bajo Caución del Conductor, y/o la devolución del vehículo asegurado y garantizar la Reparación del Daño al tercero afectado ante la autoridad (MP y/o Juez Penal), hasta garantía de cumplimiento se aplicara por el monto señalado por la Cobertura de RC Contratada. Para el otorgamiento de esta garantía, será necesario que EL BENEFICIARIO comparezca ante la autoridad competente cuantas veces sea requerido, acepte y nombre como su abogado al designado por LA COMPAÑIA así como suscribir la responsiva y/o documento idóneo que le proporcione el abogado de LA COMPAÑIA, para efecto de respaldar su asistencia. Cuando el conductor incumpla con alguna total de las obligaciones establecidas en la ley y/o ante la autoridad correspondiente y por esta causa, se haga efectiva la garantía depositada; EL BENEFICIARIO se obliga a rembolsar de inmediato a LA COMPAÑIA el importe de la garantía exhibida; En caso contrario se establece como Pena Convencional a razón de pagar un interés sobre la obligación denominada en Unidades de Inversión, el cual se calculará aplicando al monto de la propia obligación, el porcentaje que resulte de multiplicar por 1.25 el costo anual de captación a plazo de los pasivos denominados Unidades de Inversión, de las Instituciones de Banca Múltiple del país, publicado en el Diario oficial de la Federación, para el mes inmediato anterior a aquel en que se realice el pago, aún cuando solo haya transcurrido una fracción de los mismos. Una vez que proceda solicitar la Devolución o Cancelación de la Fianza o Caución otorgada por LA COMPAÑIA y el conductor o interesado tengan conocimiento o le avise la Autoridad de dicha circunstancia, el conductor se obliga a comunicarlo al abogado de LA COMPAÑIA a fin de solicitarla o bien a Reintegrar dicha Garantía de inmediato garantizadas en caso de haber obtenido directamente su devoluciónincumplimiento.

Appears in 1 contract

Samples: www.fidena.gob.mx

De Las Garantías. A través De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción II y 49 de “LA LEY”, así como en el artículo 103 de su Reglamento, para Garantizar el Cumplimiento del abogado LA COMPAÑIA Contrato, el licitante adjudicado deberá constituir una garantía mediante fianza, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato sin I.V.A., dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. No se compromete otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o fuerza mayor plenamente comprobados. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido, será motivo de rescisión del contrato. En atención al criterio AD-02/2011 “divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones contractuales y aplicación total o proporcional de la garantía de cumplimiento de los contratos sujetos a depositar garantías la Ley de Fianza Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”, emitido por la SFP el 00 xx xxxx xx 2011, la Convocante determina que las obligaciones que deriven de la presente licitación y se formalicen en el contrato correspondiente, son indivisibles y, en consecuencia, su incumplimiento motivaría la aplicación total de la garantía de cumplimiento establecida en el primer párrafo del numeral 5.2 “Garantía de Cumplimiento del Contrato”, considerando la naturaleza de las obligaciones específicas que formarán parte del acuerdo de voluntades respectivo. De esta manera, la Convocante determina que las obligaciones contractuales que deriven de la presente convocatoria resultan indivisibles, dadas las características, cantidad y prestación de los servicios objeto del contrato, por lo que la realización parcial de los servicios no resultaría útiles, aprovechables o Caución para obtener funcionales y, en consecuencia, establece que no es procedente recibir parcialmente los servicios objeto del acuerdo de voluntades a formalizar. En razón de lo anterior, los licitantes deberán reconocer y aceptar que las obligaciones que deriven del contrato son indivisibles y que la libertad Provisional Bajo Caución del Conductor, y/o la devolución del vehículo asegurado y garantizar la Reparación del Daño al tercero afectado ante la autoridad (MP y/o Juez Penal), hasta garantía de cumplimiento se aplicará por el monto señalado total de las obligaciones garantizadas en caso de incumplimiento.” La Fianza que se otorgue para garantizar el cumplimiento del contrato, deberá emitirse por una institución mexicana legalmente autorizada para tal efecto, a favor de la Cobertura Tesorería de RC Contratadala Federación, en moneda nacional, en idioma español por un importe del 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato sin I.V.A., dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. Para En el otorgamiento Anexo III de esta garantíaconvocatoria, será necesario se adjunta un archivo denominado “Formato de Fianza” el cual muestra en forma enunciativa y no limitativa los rubros que EL BENEFICIARIO comparezca ante deberá contener la autoridad competente cuantas veces sea requeridogarantía que se otorgue para tal efecto. En la redacción de la garantía se deberán transcribir las siguientes cláusulas: “La presente fianza se otorga atendiendo a todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el contrato número __-___-__-_-_-__-___/__, acepte y nombre como se expide de conformidad con los artículos 48 fracción II y 49 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 103 de su abogado al designado por LA COMPAÑIA así como suscribir Reglamento. Asimismo, la responsiva y/o documento idóneo vigencia de la presente póliza de fianza queda abierta para permitir que le proporcione ésta cumpla con todos sus objetivos, de forma tal que no existe plazo alguno que limite su vigencia, independientemente del plazo que se tenga contemplado para el abogado de LA COMPAÑIA, para efecto de respaldar su asistencia. Cuando el conductor incumpla con alguna cumplimiento total de las obligaciones establecidas en la ley y/o ante la autoridad correspondiente el contrato y por esta causa, se haga efectiva la garantía depositada; EL BENEFICIARIO se obliga a rembolsar de inmediato a LA COMPAÑIA sin que exista confusión con el importe de la garantía exhibida; En caso contrario se establece como Pena Convencional a razón de pagar un interés sobre la obligación denominada en Unidades de Inversión, el cual se calculará aplicando al monto de la propia obligación, el porcentaje que resulte de multiplicar por 1.25 el costo anual de captación a plazo de los pasivos denominados Unidades prestación del servicio y se cumpla a entera satisfacción del “Servicio de InversiónAdministración Tributaria”. Sin embargo, de las Instituciones de Banca Múltiple del país, publicado en el Diario oficial de la Federación, para el mes inmediato anterior a aquel en que se realice el pago, aún cuando solo haya transcurrido una fracción de los mismos. Una vez que proceda solicitar la Devolución o Cancelación de la Fianza o Caución otorgada por LA COMPAÑIA y el conductor o interesado tengan conocimiento o le avise la Autoridad de dicha circunstancia, el conductor se obliga a comunicarlo al abogado de LA COMPAÑIA a fin de solicitarla o bien a Reintegrar dicha Garantía de inmediato en caso de haber obtenido directamente que se prorrogue o exista espera en el plazo establecido para la prestación del servicio objeto del citado contrato o para el cumplimiento de las demás obligaciones que se afianzan, su devoluciónvigencia quedará automáticamente prorrogada en concordancia con dicha prórroga o espera. Esta fianza permanecerá en vigor desde la fecha de su expedición y durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, por lo que la vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución de la obligación principal, lo que conlleva a que la fianza permanecerá en vigor aún en los casos de que el “Servicio de Administración Tributaria” otorgue prórrogas al proveedor para el cumplimiento de sus obligaciones correspondientes, y para poder ser liberada, será requisito indispensable la solicitud formal y por escrito del fiado, así como la manifestación expresa y por escrito del “Servicio de Administración Tributaria”, cuando a juicio de éste, el fiado haya cumplido con todas las obligaciones que se deriven del contrato que se cita, otorgando para ello acta administrativa de extinción de derechos y obligaciones o documento equivalente, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo del proveedor, la liquidación debida. La fianza otorgada para garantizar las obligaciones, deberá contener el número de contrato, la fecha de firma, el objeto y las obligaciones garantizadas. Tratándose de proposiciones conjuntas, la fianza deberá incluir la estipulación expresa de que cada uno de los firmantes del contrato, quedarán obligados en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme. Cuando el licitante adjudicado no lleve a cabo la prestación de los servicios motivo de esta licitación en la forma, plazos y términos establecidos en el contrato, no se otorgarán prórrogas, salvo caso fortuito o fuerza mayor, plenamente comprobados. “EL PROVEEDOR” podrá solicitar por escrito a la Subadministración de Procesos de Contratación 3 dependiente de la Administración de Operación de Recursos y Servicios “6” la liberación de la Fianza, siempre y cuando se cumplan todos los siguientes requisitos: Que hubiera transcurrido la vigencia del contrato. Que se tengan por cumplidas las obligaciones pactadas, haciéndolo constar en el acta de entrega recepción, a que se refiere lo establecido en el numeral 11.4 de esta convocatoria. Por terminación anticipada.

Appears in 1 contract

Samples: m.sat.gob.mx

De Las Garantías. A través De conformidad con la Ley de Contrataciones del abogado LA COMPAÑIA Estado y su Reglamento al constructor que se compromete a depositar garantías le adjudique la ejecución del proyecto deberá cumplir con las fianzas siguientes a) Fianza de Fianza sostenimiento de oferta: La firmeza se sancionará con depósito en efectivo o Caución para obtener la libertad Provisional Bajo Caución mediante fianza, con un porcentaje no menor del Conductor, y/o la devolución del vehículo asegurado y garantizar la Reparación del Daño al tercero afectado ante la autoridad uno por ciento (MP y/o Juez Penal1%), ni mayor del cinco por ciento (5%) del valor del contrato. b) Fianza de cumplimiento: Para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el contrato, “el contratista” deberá presentar fianza, depósito en efectivo o constituir hipoteca en los porcentajes que señala el reglamento, en éste caso se fija por un valor del veinte por ciento (20%) del monto del contrato, tal como lo indica el artículo treinta y ocho (38) del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; asimismo el artículo treinta y nueve (39) del mismo reglamento, en su inicio b) establece que la presente fianza será hasta que la entidad interesa extienda constancia de haber recibido a su entera satisfacción la garantía de conservación de obra. c) Fianza de anticipo: Previo a recibir cualquier suma, por concepto de de anticipo, “el contratista” constituirá garantía mediante fianza o hipoteca por el monto señalado del cien por ciento (100%) del mismo, como lo indica el artículo sesenta y seis (66) de la Ley de Contrataciones del Estado. d) Fianza de conservación de obra: Deberá otorgarse por el equivalente del quince por ciento (15%) del valor original del contrato. “El contratista” responderá por la Cobertura conservación de RC Contratada. Para la obra, mediante depósito en efectivo, fianza, hipoteca o prenda, a su elección, que cubra el otorgamiento de esta garantía, será necesario que EL BENEFICIARIO comparezca ante la autoridad competente cuantas veces sea requerido, acepte y nombre como su abogado al designado por LA COMPAÑIA así como suscribir la responsiva y/o documento idóneo que le proporcione el abogado de LA COMPAÑIA, para efecto de respaldar su asistencia. Cuando el conductor incumpla con alguna valor de las obligaciones establecidas reparaciones de las fallas o desperfectos que sean imputables y que aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de recepción de la obra, tal como lo establece el artículo sesenta y siete (67) de la Ley de Contrataciones del Estado y e) Fianza de saldos deudores: Para garantizar el pago de saldos deudores, que pudieran resultar, a favor del Estado, de la entidad correspondiente o de terceras personas, en la ley y/liquidación, “el contratista” deberá presentar fianza, depósito en efectivo, constituir hipoteca o ante la autoridad correspondiente prenda, a su elección, por el cinco por ciento (5%) del valor original del contrato, como lo prescribe el artículo sesenta y por esta causa, se haga efectiva la garantía depositada; EL BENEFICIARIO se obliga a rembolsar de inmediato a LA COMPAÑIA el importe ocho (68) de la Ley de Contrataciones del Estado, ésta garantía exhibida; En caso contrario se establece debe otorgarse simultáneamente con la fianza de conservación de obra, como Pena Convencional requisito previo a razón de pagar un interés sobre la obligación denominada en Unidades de Inversión, el cual se calculará aplicando al monto recepción de la propia obligaciónobra. Todas las fianzas deberán ser emitidas por instituciones legalmente autorizadas para operar en la República de Guatemala, el porcentaje que resulte a favor de multiplicar por 1.25 el costo anual de captación a plazo de los pasivos denominados Unidades de Inversión, de las Instituciones de Banca Múltiple del país, publicado en el Diario oficial de la Federación, para el mes inmediato anterior a aquel en que se realice el pago, aún cuando solo haya transcurrido una fracción de los mismosASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL XX XXXXX -ADIPET-. Una vez que proceda solicitar la Devolución o Cancelación de la Fianza o Caución otorgada por LA COMPAÑIA y el conductor o interesado tengan conocimiento o le avise la Autoridad de dicha circunstancia, el conductor se obliga a comunicarlo al abogado de LA COMPAÑIA a fin de solicitarla o bien a Reintegrar dicha Garantía de inmediato en caso de haber obtenido directamente su devolución.OCTAVA:

Appears in 1 contract

Samples: Modelo De Contrato

De Las Garantías. 2.1. A través del abogado LA COMPAÑIA se compromete fiEnlabdoeró:garantizar el cumplimiento de este contrato, el PROVEEDOR otorgará (cheque de certificado, de caja o póliza de fianza ) a depositar garantías de Fianza o Caución para obtener la libertad Provisional Bajo Caución del Conductor, y/o la devolución del vehículo asegurado y garantizar la Reparación del Daño al tercero afectado ante la autoridad (MP y/o Juez Penal), hasta SECRERTeAvisRó: ÍA por el monto señalado equivalente al 20% del importe máximo de este contrato sin considerar el I.V.A., a mas tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del instrumento, salvo que la entrega de los bienes se realice dentro de este plazo, de conformidad al articulo 48 ultimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico. La fianza deberá ser expedida por institución afianzadora legalmente autorizada y a favor de la Cobertura Tesorería de RC Contratada. Para la Federación y deberá prever, como mínimo lo siguiente: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el otorgamiento de esta garantíacontrato; b) Que para liberar la fianza, será necesario requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la SECRETARÍA; c) Que la fianza estará vigente en caso de que EL BENEFICIARIO comparezca ante la autoridad competente cuantas veces sea requeridose otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, acepte y nombre como su abogado al designado por LA COMPAÑIA así como suscribir durante la responsiva y/substanciación de todos los recursos legales o documento idóneo juicios que le proporcione se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, salvo que LAS PARTES se otorguen el abogado finiquito; d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse al procedimiento de LA COMPAÑIA, ejecución previsto en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para efecto de respaldar su asistencia. Cuando el conductor incumpla con alguna la efectividad de las obligaciones establecidas en la ley y/o ante la autoridad correspondiente y fianzas, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por esta causa, se haga efectiva la garantía depositada; EL BENEFICIARIO se obliga a rembolsar de inmediato a LA COMPAÑIA el pago extemporáneo del importe de la garantía exhibidapóliza de fianza requerida; En caso contrario se establece como Pena Convencional a razón de pagar un interés sobre y e) Que para liberar la obligación denominada en Unidades de Inversión, el cual se calculará aplicando al monto fianza será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la propia obligaciónSECRETARÍA u Órgano Desconcentrado, el porcentaje que resulte de multiplicar por 1.25 el costo anual de captación a plazo de los pasivos denominados Unidades de Inversión, de las Instituciones de Banca Múltiple del país, publicado en el Diario oficial de la Federación, para el mes inmediato anterior a aquel en que se realice el pago, aún cuando solo haya transcurrido una fracción de los mismos. Una vez que proceda solicitar la Devolución o Cancelación de la Fianza o Caución otorgada por LA COMPAÑIA y el conductor o interesado tengan conocimiento o le avise la Autoridad de dicha circunstancia, el conductor se obliga a comunicarlo al abogado de LA COMPAÑIA a fin de solicitarla o bien a Reintegrar dicha Garantía de inmediato en caso de haber obtenido directamente su devoluciónsegún corresponda.

Appears in 1 contract

Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas

De Las Garantías. A través Las Garantías de Participación y de Cumplimiento deben ser garantía real, las cuales deben cumplir con lo establecido en los artículos Nº. 33: Garantía de Participación y Nº. 34: Garantía de Cumplimiento, de la Ley de Contratación Administrativa y el Artículo 37 Y 40 Disposiciones Comunes a las Garantías de participación y Cumplimiento del abogado LA COMPAÑIA Reglamento General de Contratación Administrativa. ▪ Garantía de Participación: Un 3 % (tres) por ciento. Se calcula con base en el promedio total anual de toneladas, veintiún mil (21 000) generadas en el año 2016, por los precios propuestos por tonelada gestionada (Total indicado en la tabla 1 del punto 1.6 Requisitos de las ofertas. Pretensión Económica.) Px= Monto correspondiente a la garantía de participación • Garantía de Cumplimiento: Un 10 (diez) por ciento. Se calcula con base en el promedio total anual de toneladas, veintiún mil (21000) generadas en el 2016, por los precios propuestos por tonelada gestionada (Total indicado en la tabla 1 del punto 1.6 Requisitos de las ofertas). Px= Monto correspondiente a la garantía de participación • Forma de rendir la garantía: La garantía de participación y la de cumplimiento, se compromete rendirá de conformidad a depositar garantías de Fianza o Caución para obtener la libertad Provisional Bajo Caución del Conductor, y/o la devolución del vehículo asegurado y garantizar la Reparación del Daño al tercero afectado ante la autoridad (MP y/o Juez Penal), hasta lo estipulado por el monto señalado por Artículo N°42 del Reglamento General de la Cobertura Contratación Administrativa. • En caso de RC Contratadarealizar un depósito, debe hacerse a nombre de la Municipalidad de Curridabat a la cuenta que indique la proveeduría. Para el otorgamiento de esta garantía, será necesario que EL BENEFICIARIO comparezca ante la autoridad competente cuantas veces sea requerido, acepte y nombre como su abogado al designado por LA COMPAÑIA así como suscribir la responsiva y/o documento idóneo que le proporcione el abogado de LA COMPAÑIA, para efecto de respaldar su asistencia. Cuando el conductor incumpla con alguna de las obligaciones establecidas en la ley y/o ante la autoridad correspondiente y por esta causa, se haga efectiva la garantía depositada; EL BENEFICIARIO se obliga a rembolsar de inmediato a LA COMPAÑIA el importe • Vigencia de la garantía exhibida; En caso contrario se establece como Pena Convencional de participación: no menor a razón de pagar un interés sobre la obligación denominada en Unidades de Inversión, el cual se calculará aplicando al monto (60) sesenta días naturales contados a partir de la propia obligación, el porcentaje que resulte fecha apertura de multiplicar por 1.25 el costo anual esta licitación. • Vigencia de captación la garantía de cumplimiento: será de mínimo sesenta (60) días naturales posterior a plazo la fecha de finalización del objeto contratado. • La garantía de participación será devuelta al adjudicatario dentro de los pasivos denominados Unidades ocho días hábiles siguientes a la firmeza en vía administrativa, del acto de Inversiónadjudicación. En el caso del adjudicatario dicha garantía no se devolverá mientras no rinda la garantía de cumplimiento y satisfaga las demás formalidades conducentes a asegurar el contrato, de las Instituciones de Banca Múltiple del país, publicado en el Diario oficial de la Federación, para el mes inmediato anterior a aquel en que se realice el pago, aún cuando solo haya transcurrido una fracción lo cual deberá hacer dentro de los mismoscinco (5) días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación. Una vez que proceda solicitar la Devolución o Cancelación • La garantía de la Fianza o Caución otorgada por LA COMPAÑIA y el conductor o interesado tengan conocimiento o le avise la Autoridad cumplimiento se devolverá dentro de dicha circunstancia, el conductor se obliga a comunicarlo los veinte (20) días hábiles posteriores al abogado de LA COMPAÑIA a fin de solicitarla o bien a Reintegrar dicha Garantía de inmediato en caso de haber obtenido directamente su devoluciónfiniquito del contrato.

Appears in 1 contract

Samples: www.curridabat.go.cr

De Las Garantías. A través De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción II y 49 de “LA LEY”, así como en el artículo 103 de su Reglamento, para Garantizar el Cumplimiento del abogado LA COMPAÑIA Contrato, el licitante adjudicado deberá constituir una garantía mediante fianza, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato sin I.V.A., dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. No se compromete otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o fuerza mayor plenamente comprobados. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido, será motivo de rescisión del contrato. En atención al criterio AD-02/2011 “divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones contractuales y aplicación total o proporcional de la garantía de cumplimiento de los contratos sujetos a depositar garantías la Ley de Fianza Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”, emitido por la SFP el 00 xx xxxx xx 2011, la Convocante determina que las obligaciones que deriven de la presente licitación y se formalicen en el contrato correspondiente, son indivisibles y, en consecuencia, su incumplimiento motivaría la aplicación total de la garantía de cumplimiento establecida en el primer párrafo del numeral 5.2 “Garantía de Cumplimiento del Contrato”, considerando la naturaleza de las obligaciones específicas que formarán parte del acuerdo de voluntades respectivo. De esta manera, la Convocante determina que las obligaciones contractuales que deriven de la presente convocatoria resultan indivisibles, dadas las características, cantidad y prestación de los servicios objeto del contrato, por lo que la realización parcial de los servicios no resultaría útiles, aprovechables o Caución para obtener funcionales y, en consecuencia, establece que no es procedente recibir parcialmente los servicios objeto del acuerdo de voluntades a formalizar. En razón de lo anterior, los licitantes deberán reconocer y aceptar que las obligaciones que deriven del contrato son indivisibles y que la libertad Provisional Bajo Caución del Conductor, y/o la devolución del vehículo asegurado y garantizar la Reparación del Daño al tercero afectado ante la autoridad (MP y/o Juez Penal), hasta garantía de cumplimiento se aplicará por el monto señalado por la Cobertura de RC Contratada. Para el otorgamiento de esta garantía, será necesario que EL BENEFICIARIO comparezca ante la autoridad competente cuantas veces sea requerido, acepte y nombre como su abogado al designado por LA COMPAÑIA así como suscribir la responsiva y/o documento idóneo que le proporcione el abogado de LA COMPAÑIA, para efecto de respaldar su asistencia. Cuando el conductor incumpla con alguna total de las obligaciones establecidas en la ley y/o ante la autoridad correspondiente y por esta causa, se haga efectiva la garantía depositada; EL BENEFICIARIO se obliga a rembolsar de inmediato a LA COMPAÑIA el importe de la garantía exhibida; En caso contrario se establece como Pena Convencional a razón de pagar un interés sobre la obligación denominada en Unidades de Inversión, el cual se calculará aplicando al monto de la propia obligación, el porcentaje que resulte de multiplicar por 1.25 el costo anual de captación a plazo de los pasivos denominados Unidades de Inversión, de las Instituciones de Banca Múltiple del país, publicado en el Diario oficial de la Federación, para el mes inmediato anterior a aquel en que se realice el pago, aún cuando solo haya transcurrido una fracción de los mismos. Una vez que proceda solicitar la Devolución o Cancelación de la Fianza o Caución otorgada por LA COMPAÑIA y el conductor o interesado tengan conocimiento o le avise la Autoridad de dicha circunstancia, el conductor se obliga a comunicarlo al abogado de LA COMPAÑIA a fin de solicitarla o bien a Reintegrar dicha Garantía de inmediato garantizadas en caso de haber obtenido directamente su devoluciónincumplimiento.

Appears in 1 contract

Samples: omawww.sat.gob.mx