De los cargos sindicales. los miembros del comité de empresa o delegados de personal, en su caso, gozarán de las siguientes garantías: a. no podrán ser despedidos o sancionados durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a su cese, salvo que éste se produzca por revocación o dimisión cuando el despido o la sanción se fundamente en la actuación del trabajador en el ejercicio legal de su representación. Cuando el despido o sanción por faltas graves o muy graves obedeciera a otras causas que las citadas, deberá tramitarse expediente contradictorio, en el que serán oídos, a parte del interesado, el Comité de empresa o restantes delegados de personal, así como el delegado sindical de la Central a que pertenezca, si lo hubiere.
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Samples: Convenio Colectivo
De los cargos sindicales. los Los miembros del comité de empresa o delegados de personal, en su caso, gozarán de las siguientes garantías:
a. no A. No podrán ser despedidos o sancionados durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a su cese, salvo que éste se produzca por revocación o dimisión cuando el despido o la sanción se fundamente en la actuación del trabajador de la persona trabajadora en el ejercicio legal de su representación. Cuando el despido o sanción por faltas graves o muy graves obedeciera a otras causas que las citadas, deberá tramitarse expediente contradictorio, en el que serán oídos, a parte del interesado, el Comité de empresa Empresa o restantes delegados Delegados de personalPersonal, así como el delegado sindical Delegado Sindical de la Central Organización Sindical a que pertenezca, si lo hubiere.
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Samples: Convenio Colectivo Para La Industria Del Metal Del Principado De Asturias
De los cargos sindicales. los miembros del comité de empresa o delegados de personal, en su caso, gozarán de las siguientes garantías:
a. no podrán ser despedidos o sancionados durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a su cese, salvo que éste se produzca por revocación o dimisión cuando el despido o la sanción se fundamente en la actuación del trabajador en el ejercicio legal de su representación. Cuando el despido o sanción por faltas graves o muy graves obedeciera a otras causas que las citadas, deberá tramitarse expediente contradictorio, en el que serán oídos, a parte del interesado, el Comité de empresa o restantes delegados de personal, así como el delegado sindical de la Central organización sindical a que pertenezca, si lo hubiere.
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Samples: Convenio Colectivo
De los cargos sindicales. los Los miembros del comité de empresa o delegados de personal, en su caso, gozarán de las siguientes garantías:
a. no A. No podrán ser despedidos o sancionados durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a su cese, salvo que éste se produzca por revocación o dimisión cuando el despido o la sanción se fundamente en la actuación del trabajador en el ejercicio legal de su representación. Cuando el despido o sanción por faltas graves o muy graves obedeciera a otras causas que las citadas, deberá tramitarse expediente contradictorio, en el que serán oídos, a parte del interesado, el Comité de empresa Empresa o restantes delegados de personal, así como el delegado sindical de la Central a que pertenezca, si lo hubiere.
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Samples: Convenio Colectivo