Common use of De los delegados sindicales Clause in Contracts

De los delegados sindicales. Los delegados sindicales en el Museo xxx Xxxxx, tendrán, sin perjuicio de lo establecido en la Ley Orgánica de Libertad Sindical, los siguientes derechos y garantías: a) Al mismo crédito horario señalado para los miembros del Comité de Empresa. Caso de que en un delegado sindical concurra también la condición de miembro del Comité de Empresa, el crédito horario de que dispondrá será el acumulado por am- bos tipos de representación. El crédito horario de los miembros de las secciones sindicales y Comité de Empresa afiliados a los sindicatos con una implantación en el Museo xxx Xxxxx de más del 10 por 100 podrá acumularse, siempre que dicha acumulación sea reconocida por el sindicato correspondiente y suponga de hecho la total liberación del trabajador en cuyo favor se ejercite la presente facultad. b) A representar a los afiliados y a la sección sindical en todas las gestiones necesa- rias ante la Dirección y a ser oídos por la empresa en el tratamiento de aquellos problemas de carácter colectivo que afecten a los trabajadores en general y a los afiliados al sindicato en particular. c) A ser informados y oídos por la empresa con carácter previo: — Acerca de los despidos y sanciones que afecten a los afiliados al sindicato. — En materia de reestructuración de plantilla, regulación de empleo, traslado de trabajadores cuando revistan carácter colectivo o individual, o del centro de trabajo en general y sobre todo proyecto o acción empresarial que pueda afec- tar a los trabajadores. — La implantación o revisión de sistemas de organización del trabajo. d) Tendrán acceso a la misma información y documentación que la empresa deba po- ner a disposición del Comité de Empresa, de acuerdo con lo regulado a través de la Ley, estando obligados a guardar sigilo profesional en las materias que legal- mente proceda. e) Poseerán las mismas garantías y derechos reconocidos por la Ley y el Convenio Colectivo a los miembros del Comité de Empresa.

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Samples: Convenio Colectivo

De los delegados sindicales. Los delegados sindicales 1. En las empresas o, en el Museo xxx Xxxxxsu caso, tendránen los centros de trabajo que ocupen a más de doscientos cincuenta trabajadores/as, sin perjuicio cualesquiera que sea la clase de lo establecido en la Ley Orgánica de Libertad Sindicalcontrato, los siguientes derechos y garantías: a) Al mismo crédito horario señalado para los miembros del Comité de Empresa. Caso de que en un delegado sindical concurra también la condición de miembro del Comité de Empresa, el crédito horario de que dispondrá será el acumulado por am- bos tipos de representación. El crédito horario de los miembros de las secciones sindicales y Comité de Empresa que puedan constituirse por los trabajadores afiliados a los sindicatos con una implantación presencia en los comités de empresa, estarán representados/as, a todos los efectos, por un Delegado sindical elegido por y entre sus afiliados en la empresa o en el Museo xxx Xxxxx centro de más del 10 por 100 podrá acumularsetrabajo. De conformidad con lo dispuesto anteriormente, siempre que dicha acumulación sea reconocida por el sindicato correspondiente y suponga legalmente constituido, comunicará por escrito a la dirección de hecho la total liberación del trabajador en cuyo favor se ejercite empresa la presente facultadpersona o personas que ejercerán las funciones propias de Delegado Sindical. b) A representar 2. Funciones de los Delegados sindicales: Representar y defender los intereses del sindicato a quien representa, y de los afiliados del mismo en la empresa, y servir de instrumento de comunicación entre su central o sindicato y la Dirección de las respectivas empresas. 3. Asistir a las reuniones de los comités de empresa y de los órganos internos de la empresa en materia de seguridad e higiene, con voz y sin voto. 4. Tendrá acceso a la misma información y documentación que la empresa deba poner a disposición del Comité de Empresa de acuerdo con lo regulado a través de la Ley, estando obligados a guardar sigilo profesional en las materias en las que legalmente proceda. Poseerán las mismas garantías y derechos reconocidos por la Ley, convenios colectivos, etc., a los afiliados y a la sección sindical en todas las gestiones necesa- rias ante la Dirección y a ser Comités de Empresa. 5. Serán oídos por la empresa en el tratamiento de aquellos problemas de carácter colectivo que afecten a los trabajadores en general y a los afiliados al sindicato en particularsindicato. c) A ser 6. Serán asimismo informados y oídos por la empresa con carácter previo: — : a) Acerca de los despidos y sanciones graves o muy graves que afecten a los afiliados al sindicato. Recopilación realizada por GIS ASESORIA INTEGRAL, SL b) En materia materias de reestructuración reestructuraciones de plantilla, regulación de empleo, traslado de trabajadores cuando revistan revista carácter colectivo o individual, o del centro de trabajo en general y y, sobre todo proyecto o acción empresarial que pueda afec- tar afectar substancialmente a los intereses de los trabajadores. — . c) La implantación o revisión de sistemas de organización del trabajotrabajo y cualquiera de sus posibles consecuencias. d) Tendrán acceso 7. En materia de reuniones, en cuanto a procedimiento se refiera, ambas partes ajustarán su conducta a la misma información y documentación normativa legal vigente. 8. Los Delegados ceñirán sus tareas a la realización de las funciones sindicales que les son propias. 9. El Delegado o Delegada sindical, a los efectos de la empresa deba po- ner a disposición acumulación de horas sindicales, será considerado como un miembro del Comité de Empresa. En este sentido, solo tendrá derecho a acumular dichas horas en aquellos miembros del Comité de acuerdo con lo regulado Empresa que pertenezcan a través de la Ley, estando obligados a guardar sigilo profesional en las materias que legal- mente procedasu misma central sindical. e) Poseerán las mismas garantías 10. Las empresas darán a conocer a los delegados sindicales y derechos reconocidos por la Ley y el Convenio Colectivo a los miembros del Comité de EmpresaEmpresa y Delegados, los TC1 y TC2.

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Samples: Convenio Colectivo

De los delegados sindicales. Los delegados sindicales 1°. - En las empresas o en el Museo xxx Xxxxxsu caso, tendránen los centros de trabajo que ocupen a más de 250 trabajadores/as, sin perjuicio cualquiera que sea la clase de lo establecido su contrato, las Secciones Sindicales estarán representadas a todos los efectos por un Delegado/a Sindi- cal, elegido entre los afiliados al sindicato en la Ley Orgánica empresa o centro de Libertad Sindicaltrabajo. De conformidad con lo dispuesto anteriormente, el sindicato legalmente constituido, comunicará por escrito a la Dirección de la empresa, la persona o personas que ejercerán las funciones de Delegado/a sindical. 2°. - Las funciones de los siguientes derechos delegados/as sindicales serán: Representar y garantías:defenderlos intereses del sindicato a quien repre- senta y de los afiliados/as al mismo en la empresa, y servir de instrumento de comunicación entre el sindicato y la empresa. a) Al mismo crédito horario señalado para los miembros 3°. - Asistir a las reuniones del Comité de Empresaempresa, del comité de seguridad y salud, con voz pero sin voto. 4°. Caso de - Tendrá acceso a la misma información y documentación que en un delegado sindical concurra también la condición de miembro empresa deba poner a disposición del Comité de EmpresaEmpresa o Delegados de personal de acuerdo con lo regulado en la Ley, el crédito horario estando obligado/a a guardar sigilo profesional en las mate- rias que procedan. Tendrán las mismas garantías y derechos que los Comités de que dispondrá será el acumulado por am- bos tipos empresa o Delegados de representación. El crédito horario de los miembros de las secciones sindicales y Comité de Empresa afiliados a los sindicatos con una implantación en el Museo xxx Xxxxx de más del 10 por 100 podrá acumularse, siempre que dicha acumulación sea reconocida por el sindicato correspondiente y suponga de hecho la total liberación del trabajador en cuyo favor se ejercite la presente facultadpersonal. b) A representar a los afiliados y a la sección sindical en todas las gestiones necesa- rias ante la Dirección y a ser 5°. - Serán oídos por la empresa en el tratamiento de aquellos problemas de carácter colectivo que afecten a los trabajadores trabaja- dores en general y a los afiliados al sindicato en particular. c) A ser 6°. - Serán asimismo informados y oídos por la empresa con carácter previo: a) Acerca de los despidos y sanciones que afecten afec- ten a los afiliados afiliados/as al sindicato. b) En materia materias de reestructuración reestructuraciones de plantilla, regulación de empleo, traslado de trabajadores cuando revistan carácter colectivo o individual, o del centro de trabajo en general tra- bajadores y sobre todo proyecto proyectos o acción empresarial acciones empresariales que pueda afec- tar afecten a los trabajadores/as. c) La implantación o revisión de sistemas de organización del trabajotrabajo y sus posibles consecuencias. d) Tendrán acceso 7°. - El Delegado/a la misma información y documentación que la empresa deba po- ner sindical, a disposición los efectos de acumulación de horas sindicales, será considerado como miembro del Comité de Empresa, de acuerdo empresa. En este sentido solo tendrá derecho a acumular las horas con lo regulado a través de la Ley, estando obligados a guardar sigilo profesional en las materias que legal- mente proceda. e) Poseerán las mismas garantías y derechos reconocidos por la Ley y el Convenio Colectivo a los aquellos miembros del Comité que pertenez- can a su mismo sindicato 8°. - Las empresas darán a conocer a los delegados/as sindicales, al Comité y Delgados de Empresapersonal, los T.C.1 y T.C.2.

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Samples: Convenio Colectivo Provincial De Transportes De Mercancías Por Carretera

De los delegados sindicales. Los delegados sindicales 1. En las empresa o, en el Museo xxx Xxxxxsu caso, tendránen los centro de trabajo que ocupen a más de 50 trabajadores/as, sin perjuicio cualquiera que sea la clase de lo establecido en la Ley Orgánica de Libertad Sindicalcontrato, los siguientes derechos y garantías: a) Al mismo crédito horario señalado para los miembros del Comité de Empresa. Caso de que en un delegado sindical concurra también la condición de miembro del Comité de Empresa, el crédito horario de que dispondrá será el acumulado por am- bos tipos de representación. El crédito horario de los miembros de las secciones sindicales y Comité de Empresa afiliados que puedan constituirse por los/las trabajadores/as afilados a los sindicatos con una implantación presencia en los comités de empresa, estarán representados/ as, a todos los efectos, por un delegado sindical elegido por y entre sus afiliados en la empresa o en el Museo xxx Xxxxx centro de más del 10 por 100 podrá acumularsetrabajo. De conformidad con lo dispuesto anteriormente, siempre que dicha acumulación sea reconocida por el sindicato correspondiente legalmente constituido, comunicará por escrito a la Dirección de la empresa la persona o personas que ejercerán las funciones propias de delegado sindical. 27/08/2018 2. Funciones de los delegados sindicales: Representar y suponga defender los intereses del sindicato a quien representa, y de hecho los afiliados del mismo en la total liberación del trabajador en cuyo favor se ejercite empresa, y servir de instrumento de comunicación entre su central o sindicato y la presente facultaddirección de las respectivas empresas. b) A representar 3. Asistir a las reuniones de los comités de empresa y de los órganos internos de la empresa en materia de seguridad e higiene, con voz y sin voto. 4. Tendrá acceso a la misma información y documentación que la empresa deba poner a disposición del Comité de Empresa de acuerdo con lo regulado a través de la Ley, estando obligados a guardar sigilo profesional en las materias en las que legalmente proceda. Poseerán las mismas garantías y derechos reconocidos por la Ley, convenios colectivos, etc., a los afiliados y a la sección sindical en todas las gestiones necesa- rias ante la Dirección y a ser Comités de Empresa. 5. Serán oídos por la empresa en el tratamiento de aquellos problemas de carácter colectivo que afecten a los trabajadores en general y a los afiliados al sindicato en particular.sindicato. PUESTO DE TRABAJO: c) A ser 6. Serán asimismo informados y oídos por la empresa con carácter previo: Código de verificación: 2017.00005921 Puede realizar la verificación del documento en xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxXxxx/xxx.xxx a) Acerca de los despidos y sanciones graves o muy graves que afecten a los afiliados al sindicato. — . b) En materia materias de reestructuración reestructuraciones de plantilla, regulación de empleo, traslado de trabajadores cuando revistan revista carácter colectivo o individual, o del centro de trabajo en general y y, sobre todo proyecto o acción empresarial que pueda afec- tar afectar substancialmente a los intereses de los trabajadores. — . c) La implantación o revisión de sistemas de organización del trabajotrabajo y cualquiera de sus posibles consecuencias. d) Tendrán acceso 7. en materia de reuniones, en cuanto a procedimiento se refiera, ambas partes ajustarán su conducta a la misma información y documentación normativa legal vigente. 8. Los delegados ceñirán sus tareas a la realización de las funciones sindicales que les son propias. 9. El delegado o delegada sindical, a los efectos de la empresa deba po- ner a disposición acumulación de horas sindícales, será considerado como un miembro del Comité de Empresa. En este sentido, solo tendrá derecho a acumular dichas horas en aquellos miembros del Comité de acuerdo con lo regulado Empresa que pertenezcan a través de la Ley, estando obligados a guardar sigilo profesional en las materias que legal- mente procedasu misma central sindical. e) Poseerán las mismas garantías 10. Las empresas darán a conocer a los delegados sindicales y derechos reconocidos por la Ley y el Convenio Colectivo a los miembros del Comité de EmpresaEmpresa y Delegados, los TC1 y TC2.

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Samples: Contrato De Servicios