Common use of Del acto y los efectos del fallo Clause in Contracts

Del acto y los efectos del fallo. La fecha de fallo se dará a conocer en el acto de presentación y apertura de proposiciones técnicas y económicas. El contrato se adjudicará al licitante cuya proposición, atendiendo a lo que dispone el artículo 36 Bis de “LA LEY”, resulte ser solvente porque cumple con la totalidad de los requisitos legales-administrativos, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria de “LA LICITACIÓN” y por lo tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas, así como haber presentado la oferta económica más baja. El fallo se dará a conocer en junta pública a la que podrán asistir los licitantes, y se difundirá a través de “CompraNet” el mismo día en que se emita y se notificará conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y 37 Bis de “LA LEY”. Conforme a lo establecido en el artículo 46, primer párrafo de la “LA LEY”, con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones que resulten de la adjudicación del contrato para la prestación del servicio objeto de “LA LICITACIÓN”, obligando a “EL SAT” y a la persona a quien se haya adjudicado, a firmar el contrato en el lugar, fecha y hora previstos en el propio fallo, y en defecto de tales previsiones dentro de los quince días naturales siguientes a su notificación. Contra el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo, el licitante podrá presentar inconformidad en términos de lo establecido en el Título Sexto, Capítulo Primero de “LA LEY”. De conformidad con lo señalado en el artículo 37, penúltimo párrafo de “LA LEY”, cuando se advierta en el fallo la existencia de algún error aritmético, mecanográfico o de cualquier otra naturaleza, que no afecte el resultado de la evaluación realizada por la convocante, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación y siempre que no se haya firmado el contrato, el titular del área responsable del procedimiento de contratación procederá a su corrección con la intervención de su superior jerárquico, aclarando o rectificando el mismo, mediante el acta administrativa correspondiente, en la que se harán constar los motivos que lo originaron y las razones que sustentan su enmienda, hecho que se notificará a través de “CompraNet” a los licitantes que hubieran participado en el procedimiento de contratación, remitiendo copia de la misma al Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de su firma. Con la notificación del fallo, “EL SAT”, podrá realizar la solicitud de la prestación del servicio descrito en esta convocatoria. El licitante adjudicado se obliga a participar en la definición del programa de trabajo, conforme a su propuesta y a lo establecido en el Anexo técnico de esta convocatoria. Una vez notificado el fallo a través de “CompraNet” el licitante adjudicado para efectos de elaboración del contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 48, fracción VI, primer párrafo, del Reglamento de “LA LEY”, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente a la Subadministración de Procesos de Contratación “3” en la AORS “6”, ubicada en xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx xxx. 00, xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, en horario de 8:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:00 horas a más tardar al día hábil siguiente a la fecha en que se emita el fallo, sin que se otorgue prórroga alguna para la entrega de la siguiente documentación completa, correcta y legible:

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Del acto y los efectos del fallo. La fecha de fallo se dará a conocer en el acto de presentación y apertura de proposiciones técnicas y económicas. El contrato se adjudicará al licitante cuya proposición, atendiendo a lo que dispone el artículo 36 Bis de “LA LEY”, resulte ser solvente porque cumple con la totalidad de los requisitos legales-administrativos, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria Convocatoria de “LA LICITACIÓN” y por lo tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas, así como haber presentado la oferta económica más baja. El fallo se dará a conocer en junta pública a la que podrán asistir los licitantes, y se difundirá a través de “CompraNet” el mismo día en que se emita y se notificará conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y 37 Bis de “LA LEY”. Conforme a lo establecido en el artículo 46, primer párrafo de la “LA LEY”, con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones que resulten de la adjudicación del contrato para la prestación del servicio objeto de “LA LICITACIÓN”, obligando a “EL SAT” y a la persona a quien se haya adjudicado, a firmar el contrato en el lugar, fecha y hora previstos en el propio fallo, y en defecto de tales previsiones dentro de los quince días naturales siguientes a su notificación. Contra el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo, el licitante podrá presentar inconformidad en términos de lo establecido en el Título Sexto, Capítulo Primero de “LA LEY”. De conformidad con lo señalado en el artículo 37, penúltimo párrafo de “LA LEY”, cuando se advierta en el fallo la existencia de algún error aritmético, mecanográfico o de cualquier otra naturaleza, que no afecte el resultado de la evaluación realizada por la convocante, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación y siempre que no se haya firmado el contrato, el titular del área responsable del procedimiento de contratación procederá a su corrección con la intervención del Administrador de su superior jerárquicola SUBADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Y SERVICIOS DE REYNOSA, aclarando o rectificando el mismo, mediante el acta administrativa correspondiente, en la que se harán constar los motivos que lo originaron y las razones que sustentan su enmienda, hecho que se notificará a través de “CompraNet” a los licitantes que hubieran participado en el procedimiento de contratación, remitiendo copia de la misma al Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de su firma. Con la notificación del fallo, “EL SAT”, podrá realizar la solicitud de la prestación del servicio descrito en esta convocatoria. El licitante adjudicado se obliga a participar en la definición del programa de trabajo, conforme a su propuesta y a lo establecido en el Anexo técnico de esta convocatoria. Una vez notificado el fallo a través de “CompraNet” el licitante adjudicado para efectos de elaboración del contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 48, fracción VI, primer párrafo, párrafo del Reglamento de “LA LEY”, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente. En el caso de proveedores extranjeros, la información requerida en esta fracción deberá contar con la legalización o apostillado correspondiente de la autoridad competente en el país de que se trate, misma que tendrá que presentarse redactada en español, o acompañada de la traducción correspondiente siendo entregada a la Subadministración de Procesos Recursos y Servicios de Contratación “3” en la AORS “6”Reynosa, ubicada en xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxx. Xxxxxxx xxxx Tehuantepec S/N, Col. 00Ampliación Xxxxxxxxx, xxxx 00C.P. 88631, xxxxxxx XxxxxxxxxxReynosa, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx XxxxxxTamaulipas, en horario de 8:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:00 horas hrs. a más tardar al día hábil siguiente a la fecha en que se emita el fallo, sin que se otorgue prórroga alguna para la entrega de la siguiente documentación completa, correcta y legible:

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Del acto y los efectos del fallo. La fecha de fallo se dará a conocer en el acto de presentación y apertura de proposiciones técnicas y económicas. El Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará al licitante cuya proposición, atendiendo a lo que dispone el artículo 36 Bis de “LA LEY”, resulte ser solvente porque cumple con la totalidad de los requisitos legales-administrativos, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria Convocatoria de “LA LICITACIÓN”, y por lo tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas, así como haber presentado la oferta económica más bajasolvente y haber obtenido mayor puntación o porcentaje en la aplicación del criterio de evaluación de puntos y porcentajes garantizando el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Conforme a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de “LA LEY”. El fallo se dará a conocer en junta pública a la que podrán asistir los licitantes, y se difundirá a través de “CompraNet” el mismo día en que se emita y se notificará conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y 37 Bis bis de “LA LEY”. Conforme a lo establecido en el artículo 46, primer párrafo de la “LA LEY”, con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones que resulten de la adjudicación del contrato para la prestación del servicio objeto de “LA LICITACIÓN”, obligando a “EL SAT” y a la persona a quien se haya adjudicado, a firmar el contrato en el lugar, fecha y hora previstos en el propio fallo, y en defecto de tales previsiones dentro de los quince días naturales siguientes a su notificación. Contra el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo, el licitante podrá presentar inconformidad en términos de lo establecido en el Título Sexto, Capítulo Primero de “LA LEY”. De conformidad con lo señalado en el artículo 37, penúltimo párrafo de “LA LEY”, cuando se advierta en el fallo la existencia de algún error aritmético, mecanográfico o de cualquier otra naturaleza, que no afecte el resultado de la evaluación realizada por la convocante, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación y siempre que no se haya firmado el contrato, el titular del área responsable del procedimiento de contratación procederá a su corrección con la intervención de su superior jerárquico, aclarando o rectificando el mismo, mediante el acta administrativa correspondiente, en la que se harán constar los motivos que lo originaron y las razones que sustentan su enmienda, hecho que se notificará a través de “CompraNet” a los licitantes que hubieran participado en el procedimiento de contratación, remitiendo copia de la misma al Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de su firma. Con la notificación del fallo, “EL SAT”, podrá realizar la solicitud de la prestación del servicio descrito en esta convocatoria. El licitante adjudicado se obliga a participar en la definición del programa plan de trabajo, conforme a su propuesta y a lo establecido en el Anexo anexo técnico de esta convocatoria, para lo cual deberá presentarse a más tardar en los siguientes 3 días hábiles después de la notificación del fallo con el público responsable de acuerdo a la relación del Apéndice 1, “Servidores públicos responsables de la Administración y verificación del cumplimiento del Contrato” en el horario de 8:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:00 horas, previa cita y en caso de no presentarse se aplicarán las penas establecidas en el numeral D.- Deductivas y penalizaciones del Anexo Técnico de la presente convocatoria. Una vez notificado el fallo a través de “CompraNet” el licitante adjudicado para efectos de elaboración del contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 48, fracción VI, primer párrafo, V del Reglamento de “LA LEY”, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo entregar de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente acuerdo a la Partida Adjudicada en la Subadministración de Procesos de Contratación “3” Recursos y Servicios en Hermosillo y en la AORS “6”, ubicada Subadministración de Recursos y Servicios en xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx xxx. 00, xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx XxxxxxNogales, en horario de 8:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:00 horas a más tardar al día hábil siguiente a la fecha en que se emita el fallo, sin que se otorgue prórroga alguna para la entrega de la siguiente documentación completa, correcta y legible:

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Del acto y los efectos del fallo. La fecha de fallo se dará a conocer en el acto de presentación y apertura de proposiciones técnicas y económicas. El contrato se adjudicará al licitante cuya proposición, atendiendo a lo que dispone el artículo 36 Bis de “LA LEY”, resulte ser solvente porque cumple con la totalidad de los requisitos legales-administrativos, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria de “LA LICITACIÓN” y por lo tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas, así como haber presentado la oferta económica más baja. El fallo se dará a conocer en junta pública a la que podrán asistir los licitantes, y se difundirá a través de “CompraNet” el mismo día en que se emita y se notificará conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y 37 Bis de “LA LEY”. Conforme a lo establecido en el artículo 46, primer párrafo de la “LA LEY”, con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones que resulten de la adjudicación del contrato para la prestación del servicio objeto de “LA LICITACIÓNLa Licitación”, obligando a “EL SAT” y a la persona a quien se haya adjudicado, a firmar el contrato en el lugar, fecha y hora previstos en el propio fallo, y en defecto de tales previsiones dentro de los quince días naturales siguientes a su notificación. Contra el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo, el licitante podrá presentar inconformidad en términos de lo establecido en el Título Sexto, Capítulo Primero de “LA LEY”. De conformidad con lo señalado en el artículo 37, penúltimo párrafo de “LA LEY”, cuando se advierta en el fallo la existencia de algún error aritmético, mecanográfico o de cualquier otra naturaleza, que no afecte el resultado de la evaluación realizada por la convocante, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación y siempre que no se haya firmado el contrato, el titular del área responsable del procedimiento de contratación procederá a su corrección con la intervención del Administrador de su superior jerárquicoRecursos y Servicios “6”, aclarando o rectificando el mismo, mediante el acta administrativa correspondiente, en la que se harán constar los motivos que lo originaron y las razones que sustentan su enmienda, hecho que se notificará a través de “CompraNet” a los licitantes que hubieran participado en el procedimiento de contratacióncontratación a través de CompraNet, remitiendo copia de la misma al Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de su firma. Con la notificación del fallo, “EL SAT”, podrá realizar la solicitud de la prestación del servicio descrito en esta convocatoria. El licitante adjudicado se obliga a participar en la definición del programa de trabajo, conforme a su propuesta y a lo establecido en el Anexo técnico de esta convocatoria. Una vez notificado el fallo a través de “CompraNet” CompraNet el licitante adjudicado para efectos de elaboración del contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 48, fracción VI, primer párrafo, V del Reglamento de “LA LEY”, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente entregar a la Subadministración de Procesos de Contratación “3” en de la AORS Administración de Operación de Recursos y Servicios “6”, ubicada en xxxxxxx Xxxxx xx xx Xx. Xxxxxxx xxxXx. 00, xxxx 00Xxxxxx XX, xxxxxxx Xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxxxxx XxxxxxxxxxCiudad de México, código postal 00000, Xxxxxx xx XxxxxxCódigo Postal 06300, en horario de 8:00 9:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:00 horas hrs. a más tardar al día hábil siguiente a la fecha en que se emita el fallo, en un horario de 9:00 a 18:00 horas, sin que se otorgue prórroga alguna para la entrega de la siguiente documentación completalegible: Copia simple y copia certificada del acta constitutiva y sus reformas, correcta con la que acredita la existencia legal y legible:el nombre de los socios, con los datos de inscripción al Registro Púbico de la Propiedad y del Comercio respectivo. Constancia de Situación Fiscal con cédula de identificación fiscal. Xxxxx y original para su cotejo, del poder otorgado ante Fedatario Público a su representante legal, (pudiendo ser un poder especial para efectos de procedimientos de esta naturaleza, o bien poder para actos de administración o poder para actos de dominio); en su caso, con los datos de inscripción al Registro Público de la Propiedad y del Comercio respectivo. Copia de identificación oficial vigente con fotografía y firma del representante legal, acompañando el original para su cotejo. Acta de nacimiento. Copia de identificación oficial vigente con fotografía y firma, acompañando el original para su cotejo. Constancia de Situación Fiscal con cédula de identificación fiscal y CURP en el caso de que no esté incluido en la cédula de identificación fiscal. Copia de la constancia del domicilio fiscal, con antigüedad no mayor a tres meses. Formato que se agrega inserto en el Anexo V Formato pago electrónico, requisitado con los datos para que “El SAT” realice el pago de las obligaciones mediante transferencia electrónica, acompañado de copia de estado de cuenta bancario. Copia de Estado de Cuenta Bancario donde se indique la CUENTA CLABE, con antigüedad no mayor a 3 meses. Respuesta de opinión de cumplimiento vigente y en sentido positivo que emita “EL SAT”, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. Respuesta de opinión de cumplimiento vigente y en sentido positivo de obligaciones fiscales en materia de seguridad social que emita el Instituto Mexicano del Seguro Social (en los sucesivo “EL IMSS”) de conformidad con su solicitud, en términos del “Acuerdo ACDO. SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social”. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el licitante adjudicado deberá sujetarse a lo dispuesto en la Regla 2.1.31. de la RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2017 y su anexo 19, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de diciembre de dos mil dieciséis o la vigente al momento de suscribir el contrato. Se adjunta como Anexo VI. Reglas del Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, un archivo con el contenido de dicha disposición. Asimismo, deberá cumplir con lo dispuesto por la Regla Quinta del “Acuerdo ACDO. SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015, y su ACUERDO ACDO.SA1.HCT.250315/00.X.XX dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a la autorización para modificar la Primera de las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social del 3 xx xxxxx 2015, debiendo presentar la opinión en sentido positivo del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social. Anexo VI-A., emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social. En atención al principio de máxima publicidad establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en relación a los artículos 110, 113 y 117 de dicho ordenamiento, se notifica a las empresas participantes que no se considerará reservada o confidencial la información que se encuentre en los registros públicos o en fuentes de acceso público, como es el caso de las contrataciones gubernamentales, ya que la información se genera y registra en el sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet, luego entonces no se requiere el consentimiento del titular de la información para permitir el acceso a la misma a través de una versión pública. En ese tenor, conforme a los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la elaboración de Versiones Públicas (Diario Oficial de la Federación del 15 xx xxxxx de 2016), para efecto de las publicaciones en versión pública, se testará la información clasificada como confidencial. Por lo anterior, con fundamento en el artículo 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la información de “La Licitación”, que presenten los licitantes, será de carácter público una vez emitido el fallo y publicado en CompraNet, conforme a los criterios emitidos por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) (Formato X-10).

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