Del Prospecto Cláusulas de Ejemplo

Del Prospecto. El "Inversionista" acepta que el Prospecto de los fondos de inversión en los que el "Inversionista" decida invertir forma parte integral de este contrato.
Del Prospecto. El Inversionista acepta que conoce el Prospecto respectivo de cada uno de los fondos de inversión en los que decidió invertir y que este documento forma parte integral de este contrato. Manifiesta que previo a realizar la inversión se le solicitó leer dicho prospecto por cuanto entre otras cosas, este documento contiene las políticas y procedimientos que rigen los fondos de inversión, así como los riesgos asociados a cada fondo, Prospecto que el Inversionista acepta y aprueba.
Del Prospecto. El INVERSIONISTA acepta que los prospectos de los Fondos de Inversión relacionados en la cláusula primera de este contrato forman parte integrante e indivisa de dicho instrumento. El INVERSIONISTA expresamente declara que la decisión de participar en cualquiera de los Fondos de Inversión, la ha tomado una vez analizada la información pertinente, especialmente el prospecto del Fondo de Inversión, aceptando todas las condiciones señaladas en el mismo y una vez que ha conocido y aceptado los riesgos respectivos y analizado la conveniencia o no de la inversión. El INVERSIONISTA acepta que a la fecha de la firma de este contrato ha recibido, leído y entendido el prospecto de los Fondos de Inversión en los que invierte. El INVERSIONISTA acepta que a la fecha de la firma de este contrato, ha recibido la asesoría suficiente para poder realizar suscripciones y reembolsos de participaciones, en su caso, en los Fondos de Inversión administrados por INVERCASA SAFI, S.A.
Del Prospecto. EL CLIENTE” expresamente declara que la decisión de adquirir valores la ha tomado una vez analizada la información pertinente, especialmente el prospecto de cada emisión, aceptando todas las condiciones señaladas en el mismo y una vez que ha conocido y aceptado los riesgos respectivos y analizada la conveniencia o no de la inversión. “EL CLIENTE” acepta que, a la fecha de la firma de este contrato, ha recibido la asesoría suficiente para poder realizar compras y ventas de valores.

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  • Ofertas con valores anormales o desproporcionados Cuando la Mesa de Contratación hubiere identificado una o varias ofertas incursas en presunción de anormalidad en aplicación de los parámetros establecidos en la cláusula 11 de este pliego, requerirá al licitador o licitadores que las hubieren presentado para que, en un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde la recepción del requerimiento, justifiquen y desglosen razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, o cualquier otro parámetro en base al cual se haya definido la anormalidad de la oferta, mediante la presentación de la información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos. El órgano de contratación rechazará las ofertas si comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes. En todo caso se entenderá que la justificación no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador, cuando esta sea incompleta o se fundamente en hipótesis o prácticas inadecuadas desde el punto de vista técnico, jurídico o económico. La mesa de contratación, previo asesoramiento técnico del servicio correspondiente, evaluará toda la información y documentación proporcionada por el licitador en plazo, y elevará de forma motivada la correspondiente propuesta de aceptación o rechazo al órgano de contratación. En ningún caso se acordará la aceptación de una oferta sin que la propuesta de la mesa de contratación en este sentido esté debidamente motivada. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el apartado cuarto del artículo 149 de la LCSP, estimase que la información recabada no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador y que, por lo tanto, la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la mejor oferta, de acuerdo con el orden en que ▇▇▇▇▇ quedado clasificadas. Cuando una empresa que hubiese estado incursa en presunción de anormalidad hubiera resultado adjudicataria del contrato, el órgano de contratación establecerá mecanismos adecuados para realizar un seguimiento pormenorizado de la ejecución del mismo con el objetivo de garantizar la correcta ejecución del contrato sin que se produzca una merma en la calidad de los servicios contratados.

  • Igualdad de oportunidades y no discriminación Las partes firmantes del presente Co▇▇▇▇▇▇, conscientes de la necesidad de seguir avanzando en la igualdad de mujeres y hombre en el ámbito laboral, e incidir en la igualdad de trato y no discriminación de género, así como en la eliminación de estereotipos y fomentando el igual valor de hombre y mujeres en todos los ámbitos, se comprometen a adoptar las medidas que se estimen necesarias y acuerdan llevar a cabo deferentes actuaciones en base a los siguientes principios: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 15 de 22/01/2018 Promover la aplicación efectiva de la igualdad de oportunidades en la empresa en cuanto al acceso al empleo, a la formación, a la promoción, a la protección a la maternidad y en las condiciones de trabajo. Prevenir, detectar y erradicar cualquier manifestación de discriminación, directa o indirecta. Identificar conjuntamente líneas de actuación e impulsar y desarrollar acciones concretas en esta materia. Impulsar una presencia equilibrada de la mujer en los ámbitos de la empresa. El sector de la construcción y obras públicas, materializando su compromiso y constante preocupación por la completa aplicación de políticas de igualdad, considera que en el caso de empresas de más de 100 trabajadores las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptados después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo. Los planes de igualdad fijarán los objetivos concretos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Para la consecución de estos objetivos fijados, los Planes de Igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias al acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los Planes de Igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio del establecimiento de acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajo.

  • OBJETIVOS ESPECÍFICOS Analizar las principales variables económicas del entorno que pueden influir en la decisión de internacionalizar las actividades de una empresa. - Diseñar un plan de marketing que permita la internacionalización de la empresa, a partir de la constatación de sus puntos fuertes y débiles. - Conocer diferentes tipos de transporte internacional, cómo funcionan las aduanas y los medios de pago y financiación utilizados en operaciones internacionales. - Conocer los organismos e instituciones que ofrecen ayuda a la empresa para realizar exportaciones. La programación del curso se ha diseñado basándose en los objetivos anteriormente expuestos y en los contenidos que a continuación se desarrollarán. Cronológicamente, el curso quedará dividido en diferentes partes determinadas tanto por los objetivos propuestos como por la modalidad y recursos utilizados, que a continuación se detallan: PRESENTACIÓN DEL CURSO: Los/as alumnos/as podrán consultar desde el primer día de curso en el CENTRO DE FORMACIÓN ONLINE (CFOL): el MANUAL del curso en formato electrónico, la GUÍA DIDÁCTICA del curso para orientar al alumnado en su proceso formativo, una GUÍA DE MANEJO DEL CFOL con toda la información detallada sobre el funcionamiento del Campus Online, ubicación y manejo de las diferentes herramientas y servicios disponibles; así como la PLANIFICACIÓN DIDÁCTICA, con los objetivos y criterios de evaluación del curso y donde encontrará una relación de contenidos y actividades distribuidos de forma cronológica, que le servirá de orientación para un aprovechamiento efectivo del curso. Por otro lado, los/as alumno/as recibirán un correo electrónico de Bienvenida de el/la tutor/a-formador/a iniciando el seguimiento, en el espacio que el Centro de Formación Online destina para ello, donde se explicará de manera detallada los métodos de enseñanza programados en el curso y una descripción de las principales características del mismo. El tiempo que el/la alumno/a emplee en el manejo del Campus Virtual, el acceso a la información y la asimilación de los contenidos dependerá de la capacidad y facilidad de cada uno/a, por lo que la programación presentada puede variar para cada individuo.

  • EXONERACIÓN DE LAS CARGAS LABORALES Y SOCIALES A LA ENTIDAD El PROVEEDOR corre con las obligaciones que emerjan del objeto del presente Contrato, respecto a las cargas laborales y sociales con el personal de su dependencia, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD.

  • ASPECTOS TÉCNICOS El SEGUNDO SOBRE, debidamente sellado con cinta adhesiva e identificada con nombre del licitante, número de licitación y con la leyenda “Propuesta Técnica” o Sobre 2, deberá contener: