Denuncias Cláusulas de Ejemplo
Denuncias. Cualquier persona puede realizar las denuncias de supuestos hechos de corrupción o de irregularidades en este proceso de contratación o en cualquier otro que tenga conocimiento, a través del Portal de Contrataciones Públicas (▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇), utilizando el Programa de Protección al Denunciante, que garantiza la confidencialidad de los datos del denunciante, y cuya investigación puede monitorearse a través del Portal.
Denuncias. 1. Todo Estado parte podrá denunciar el presente Convenio mediante notificación por escrito al Depositario.
2. Toda denuncia al respecto tendrá efecto el primer día del mes siguiente a la expiración de un período de doce meses posterior a la fecha en que el Depositario reciba la notificación.
3. No obstante las disposiciones de los párrafos anteriores, el presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ continuará aplicándose como si no se hubiera hecho ninguna denuncia respecto a todos los derechos y garantías que tengan origen antes de la fecha en que tenga efecto la denuncia.
Denuncias. Este Convenio Colectivo quedará automáticamente prorrogado, salvo que alguna de las partes lo denuncie con una antelación de tres meses antes de su vencimiento.
Denuncias. 42.1 Cualquier person a puede realizar las denuncias de supuestos hechos de corrupción o de irregularidades en este proceso de
Denuncias. Fase 1: Presentación de una denuncia
1. Toda persona podrá presentar ante la SCRT una denuncia mediante un formulario estándar disponible en el sitio web del Registro. Este formulario contendrá la siguiente información:
a) el declarante que es objeto de la denuncia;
b) el nombre y los datos de contacto del denunciante;
c) los pormenores del supuesto incumplimiento del código de conducta, incluidos los posibles documentos u otros elementos existentes en apoyo de la denuncia, una indicación en caso de daños causados al denunciante y las razones para sospechar un incumplimiento deliberado de dicho código. No se admitirán las denuncias anónimas.
2. En la denuncia se indicarán las cláusulas del código de conducta que, según el denunciante, no se habrían respe tado. La SCRT podrá recalificar como «alerta» las denuncias relativas a incumplimientos que considere, desde el inicio, como ampliamente no deliberados.
3. El código de conducta se aplicará exclusivamente a las relaciones entre los grupos de interés y las instituciones de la Unión y no podrá ser utilizado para regular las relaciones entre terceros o entre declarantes.
4. Una vez recibida la denuncia, la SCRT:
a) acusará recibo de la denuncia al denunciante en el plazo de cinco días laborables;
b) determinará si la denuncia entra dentro del ámbito de aplicación del Registro de transparencia, tal como se indica en el código de conducta, que figura en el anexo III, y en la fase 1 precedente;
c) comprobará los posibles elementos de prueba proporcionados para motivar la denuncia, ya se trate de docu mentos, otros materiales escritos o declaraciones personales; en principio, las pruebas materiales deberán proceder del declarante interesado, de un documento emitido por un tercero ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ accesibles al público. No se considerarán elementos de prueba meros juicios de valor del denunciante;
d) tomará, sobre la base de las verificaciones mencionadas en las letras b) y c), una decisión en cuanto a la admisi bilidad de la denuncia.
Denuncias. Cualquier persona puede realizar las denuncias de supuestos hechos de
Denuncias. 9.1 Cualquier persona puede realizar las denuncias de supuestos hechos de corrupción o de irregularidades en este proceso de contratación o en cualquier otro, que tenga conocimiento, a través del Portal de Contrataciones Públicas (▇▇▇.▇▇▇.▇▇▇.▇▇), utilizando el Programa de Protección al Denunciante, que garantiza la confidencialidad de los datos del denunciante, y cuya investigación puede monitorearse a través del Portal.
1.1 Los recursos para la presente licitación, se encuentran expresamente previstos en el Presupuesto del INDERT asignado para el presente ejercicio fiscal 2.011, en el objeto del gasto 260 “Servicios Técnicos y Profesionales”, fuente de financiamiento 30 Recursos Propios O.F. 24 Royalties- FIDES-
1.2 La Propuesta de Precio deberá ser presentada junto con la Propuesta Técnica: SI. En sobres cerrados y separados independientemente y éstos a su vez en un sobre sellado con la descripción e identificación señalada en los párrafos siguientes. La descripción e identificación del trabajo es: Contratación Directa Nº 01/2011 “Contratación De Servicios De Consultaría Para La Actualización De Estructura Orgánica, Manuales De Funciones Y Procedimientos del INDERT”
1.3 Se realizará una Junta de Aclaraciones: Sí __ No (X)
1.4 La Convocante proporcionará los siguientes insumos e instalaciones, en formato digital lo siguiente:
a) Un ejemplar ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Bases y Condiciones b) Una copia de la Pro - forma del Contrato de la Contratista adjudicada en el proceso licitatorio. El Pliego de Bases y Condiciones para la participación en el presente llamado NO TENDRÁ COSTO ALGUNO. El mismo podrá ser retirado en la Unidad Operativa de Contrataciones del INDERT. Igualmente, podrá obtenerse del Portal de Contrataciones Públicas. EL INDERT no se hace responsable de que los documentos del Llamado y sus adendas no estén completos, cuando dichos documentos no fueron obtenidos directamente de la Unidad Operativa de Contrataciones de la Institución o del Portal de Contrataciones Públicas.
Denuncias. 1. Todo Estado parte podrá denunciar el presente Protocolo mediante notificación por escrito al Depositario.
2. Toda denuncia al respecto tendrá efecto el primer día del mes siguiente a la expiración de un periodo de doce meses posterior a la fecha en que el Depositario reciba la notificación.
3. No obstante las disposiciones de los párrafos anteriores, el presente Protocolo continuará aplicándose como si no se hubiera hecho ninguna denuncia respecto a todos los derechos y garantías que tengan origen antes de la fecha en que tenga efecto la denuncia.
Denuncias. El presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ podrá ser denunciado por cualquiera de las partes mediante escrito a la otra y a la autoridad laboral con una antelación de al menos 15 días a la terminación del presente Convenio.
Denuncias. La denuncia sobre contratos celebrados con personas inhábiles o sobre aquellos que recayera alguna causa de nulidad, podrá presentarla cualquier persona al Procurador General del Estado acompañando los documentos probatorios del caso, para que se analice la procedencia de demandar la nulidad del contrato sin perjuicio de que se inicien las demás acciones civiles o penales a las que hubiere lugar.
