DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. QUEJAS Y RECLAMACIONES. El Banco dispone de un Departamento de Atención al Cliente al que corres- ponde la atención y resolución de las quejas y reclamaciones que el Cliente pueda presentar en defensa de de sus intereses. El Cliente deberá dirigir a dicho Departamento sus quejas y reclamaciones con carácter previo a la interposición de cualquier reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Organismo Supervisor correspondiente (Banco de España, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y Comi- sión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores). Asimismo, el Banco también dispone de un Reglamento del Servicio de Atención al Cliente, que tiene por finalidad regular el Servicio de Atención al Cliente, la for- ma de atender y resolver las quejas y re- clamaciones que presenten los clientes, cuando estas no hayan sido resueltas de manera satisfactoria para el Cliente en las oficinas y centros que prestan el servicio en materia de transparencia y atención a la clientela de las entidades financieras. El citado reglamento está a disposición de los clientes, quienes pue- den solicitar su envío en soporte papel, si bien se encuentra a su disposición igualmente en la página web y en todas las oficinas del Banco. La comunicación con el departamento de Atención al Cliente, a efectos de reclamaciones, puede realizarse me- diante las fórmulas contempladas en el Reglamento del Servicio de Atención al Cliente, donde se regulan todas las ges- tiones y formalidades necesarias para la correcta tramitación de las quejas y reclamaciones. Asimismo, Triodos Bank tendrá a dispo- sición del Cliente, a través de su página electrónica, toda la información precisa sobre la posible resolución de litigios en línea en materia de consumo, en el su- puesto de celebrarse contratos de com- praventa o de prestación de servicios en línea entre un consumidor residente en la Unión Europea y un comerciante establecido en la Unión Europea. Si su queja o reclamación versara sobre los servicios de pago regulados por el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, como por ejemplo, los relacionados con cuentas corrientes, tarjetas, transferen- cias, adeudos, etc., y siempre y cuando entren en juego derechos u obligaciones contemplados en los Títulos II y III del ci- tado Real Decreto-ley, el departamento de Atención al Cliente dispondrá de un plazo máximo de quince (15) días hábi- les para resolver su queja o reclamación. Sin embargo, en situaciones excepcio- nales y por razones ajenas a nuestra voluntad, no pudiéramos ofrecerle una respuesta en el mencionado plazo de quince (15) días hábiles, le enviaremos una respuesta provisional en la que le indicaremos los motivos del retraso de la contestación a su queja o reclama- ción, especificándole el plazo en el cual usted recibirá la respuesta definitiva. En cualquier caso, el plazo para la recepción de la respuesta definitiva no excederá de un (1) mes.
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DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. QUEJAS Y RECLAMACIONES. El Banco dispone de un Departamento de Atención al Cliente al que corres- ponde la atención y resolución de las quejas y reclamaciones que el Cliente pueda presentar en defensa de de sus interesesin- tereses. El Cliente deberá dirigir a dicho Departamento sus quejas y reclamaciones con carácter previo reclamacio- nes por escrito mediante su presenta- ción por escrito en los establecimientos abiertos al público de Triodos Bank, mediante su envío por correo postal a la interposición siguiente dirección: Departamento de Atención al Cliente, Triodos Bank NV S.E., c/ Xxxx Xxxxxxxxx 5, 28232, Parque Empresarial Las Xxxxx, Las Xxxxx (Ma- drid), o mediante un correo electrónico a xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx. Con carácter general, el Departamento de Atención al Cliente de Triodos Bank dispondrá de un plazo máximo de un (1) mes para resolver su queja o reclama- ción. Si su queja o reclamación versara sobre los servicios de pago regulados por el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, como por ejemplo, los relacionados con cuentas corrientes, tarjetas, transferen- cias, adeudos, etc., y siempre y cuando entren en juego derechos u obligaciones contemplados en los Títulos II y III del ci- tado Real Decreto-ley, el Departamento de Atención al Cliente dispondrá de un plazo máximo de quince (15) días hábi- les para resolver su queja o reclamación. Sin embargo, en situaciones excepcio- nales y por razones ajenas a nuestra voluntad, no pudiéramos ofrecerle una respuesta en el mencionado plazo de quince (15) días hábiles, le enviaremos una respuesta provisional en la que le indicaremos los motivos del retraso de la contestación a su queja o reclama- ción, especificándole el plazo en el cual usted recibirá la respuesta definitiva. En cualquier reclamación caso, el plazo para la recepción de la respuesta definitiva no excederá de un (1) mes. Transcurridos los anteriores plazos sin resolución expresa, o si considera que la misma no se adecua a sus expectativas, podrá dirigir sus reclamaciones o quejas ante el Servicio de Reclamaciones del Organismo Supervisor correspondiente (Banco de España, Departamento de Conducta xx Xxxxxxx y Reclamaciones, con dirección: x/ Xxxxxx 00, CP 28014, Madrid, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Pensiones, con dirección: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00, XX 00000, Xxxxxx. y Comi- sión Comisión Nacional xxx Xxxxxxx del Mer- cado de Valores, con dirección: xxxxx Xxxxxx, 0, XX 00000, Xxxxxx o a Xxxxxxx xx Xxxxxx, 19, CP 08007, Barcelona). Todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Fi- nanciero, permaneciendo toda la infor- mación al respecto debida actualizada en la página electrónica de Triodos Bank. Asimismo, Triodos Bank tendrá a dispo- sición del Cliente, a través de su página electrónica, toda la información precisa sobre la posible resolución de litigios en línea en materia de consumo, en el su- puesto de celebrarse contratos de com- praventa o de prestación de servicios en línea entre un consumidor residente en la Unión Europea y un comerciante establecido en la Unión Europea. El Banco también dispone de un Reglamento Re- glamento del Servicio de Atención al Cliente, que tiene por finalidad regular el Servicio de Atención al Cliente, la for- for-ma de atender y resolver las quejas y re- clamaciones que presenten los clientes, cuando estas no hayan sido resueltas de manera satisfactoria para el Cliente en las oficinas y centros que prestan el servicio en materia de transparencia y atención a la clientela de las entidades financieras. El citado reglamento está a disposición de los clientes, quienes pue- den solicitar su envío en soporte papel, si bien se encuentra a su disposición igualmente en la página web y en todas las oficinas del Banco. La comunicación con el departamento de Atención al Cliente, a efectos de reclamaciones, puede realizarse me- diante las fórmulas contempladas en el Reglamento del Servicio de Atención al Cliente, donde se regulan todas las ges- tiones y formalidades necesarias para la correcta tramitación de las quejas y reclamaciones. Asimismo, Triodos Bank tendrá a dispo- sición del Cliente, a través de su página electrónica, toda la información precisa sobre la posible resolución de litigios en línea en materia de consumo, en el su- puesto de celebrarse contratos de com- praventa o de prestación de servicios en línea entre un consumidor residente en la Unión Europea y un comerciante establecido en la Unión Europea. Si su queja o reclamación versara sobre los servicios de pago regulados por el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, como por ejemplo, los relacionados con cuentas corrientes, tarjetas, transferen- cias, adeudos, etc., y siempre y cuando entren en juego derechos u obligaciones contemplados en los Títulos II y III del ci- tado Real Decreto-ley, el departamento de Atención al Cliente dispondrá de un plazo máximo de quince (15) días hábi- les para resolver su queja o reclamación. Sin embargo, en situaciones excepcio- nales y por razones ajenas a nuestra voluntad, no pudiéramos ofrecerle una respuesta en el mencionado plazo de quince (15) días hábiles, le enviaremos una respuesta provisional en la que le indicaremos los motivos del retraso de la contestación a su queja o reclama- ción, especificándole el plazo en el cual usted recibirá la respuesta definitiva. En cualquier caso, el plazo para la recepción de la respuesta definitiva no excederá de un (1) mes.
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DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. QUEJAS Y RECLAMACIONES. El Banco dispone de un Departamento de Atención al Cliente al que corres- ponde la atención y resolución de las quejas y reclamaciones que el Cliente pueda presentar en defensa de de sus interesesin- tereses. El Cliente deberá dirigir a dicho Departamento sus quejas y reclamaciones con carácter previo reclamacio- nes por escrito mediante su presenta- ción por escrito en los establecimientos abiertos al público de Triodos Bank, mediante su envío por correo postal a la interposición siguiente dirección: Departamento de Atención al Cliente, Triodos Bank NV S.E., c/ Xxxx Xxxxxxxxx 5, 28232, Parque Empresarial Las Xxxxx, Las Xxxxx (Ma- drid), o mediante un correo electrónico a xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx. Con carácter general, el Departamento de Atención al Cliente de Triodos Bank dispondrá de un plazo máximo de un (1) mes para resolver su queja o reclama- ción. Si su queja o reclamación versara sobre los servicios de pago regulados por el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, como por ejemplo, los relacionados con cuentas corrientes, tarjetas, transferen- cias, adeudos, etc., y siempre y cuando entren en juego derechos u obligaciones contemplados en los Títulos II y III del ci- tado Real Decreto-ley, el Departamento de Atención al Cliente dispondrá de un plazo máximo de quince (15) días hábi- les para resolver su queja o reclamación. Sin embargo, en situaciones excepcio- nales y por razones ajenas a nuestra voluntad, si no pudiéramos ofrecerle una respuesta en el mencionado plazo de quince (15) días hábiles, le envia- remos una respuesta provisional en la que le indicaremos los motivos del retraso de la contestación a su queja o reclamación, especificándole el plazo en el cual usted recibirá la respuesta de- finitiva. En cualquier reclamación caso, el plazo para la recepción de la respuesta definitiva no excederá de un (1) mes. Transcurridos los anteriores plazos sin resolución expresa, o si considera que la misma no se adecua a sus expectativas, podrá dirigir sus reclamaciones o quejas ante el Servicio de Reclamaciones del Organismo Supervisor correspondiente (Banco de España, Departamento de Conducta xx Xxxxxxx y Reclamaciones, con dirección: x/ Xxxxxx 00, CP 28014, Madrid, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Pensiones, con dirección: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00, XX 00000, Xxxxxx. y Comi- sión Comisión Nacional xxx Xxxxxxx del Mer- cado de Valores, con dirección: xxxxx Xxxxxx, 0, XX 00000, Xxxxxx o a Xxxxxxx xx Xxxxxx, 19, CP 08007, Barcelona). Todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Fi- nanciero, permaneciendo toda la infor- mación al respecto debida actualizada en la página electrónica de Triodos Bank. Asimismo, Triodos Bank tendrá a dispo- sición del Cliente, a través de su página electrónica, toda la información precisa sobre la posible resolución de litigios en línea en materia de consumo, en el su- puesto de celebrarse contratos de com- praventa o de prestación de servicios en línea entre un consumidor residente en la Unión Europea y un comerciante establecido en la Unión Europea. El Banco también dispone de un Reglamento Re- glamento del Servicio de Atención al Cliente, que tiene por finalidad regular el Servicio de Atención al Cliente, la for- for-ma de atender y resolver las quejas y re- clamaciones que presenten los clientes, cuando estas no hayan sido resueltas de manera satisfactoria para el Cliente en las oficinas y centros que prestan el servicio en materia de transparencia y atención a la clientela de las entidades financieras. El citado reglamento está a disposición de los clientes, quienes pue- den solicitar su envío en soporte papel, si bien se encuentra a su disposición igualmente en la página web y en todas las oficinas del Banco. La comunicación con el departamento de Atención al Cliente, a efectos de reclamaciones, puede realizarse me- diante las fórmulas contempladas en el Reglamento del Servicio de Atención al Cliente, donde se regulan todas las ges- tiones y formalidades necesarias para la correcta tramitación de las quejas y reclamaciones. Asimismo, Triodos Bank tendrá a dispo- sición del Cliente, a través de su página electrónica, toda la información precisa sobre la posible resolución de litigios en línea en materia de consumo, en el su- puesto de celebrarse contratos de com- praventa o de prestación de servicios en línea entre un consumidor residente en la Unión Europea y un comerciante establecido en la Unión Europea. Si su queja o reclamación versara sobre los servicios de pago regulados por el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, como por ejemplo, los relacionados con cuentas corrientes, tarjetas, transferen- cias, adeudos, etc., y siempre y cuando entren en juego derechos u obligaciones contemplados en los Títulos II y III del ci- tado Real Decreto-ley, el departamento de Atención al Cliente dispondrá de un plazo máximo de quince (15) días hábi- les para resolver su queja o reclamación. Sin embargo, en situaciones excepcio- nales y por razones ajenas a nuestra voluntad, no pudiéramos ofrecerle una respuesta en el mencionado plazo de quince (15) días hábiles, le enviaremos una respuesta provisional en la que le indicaremos los motivos del retraso de la contestación a su queja o reclama- ción, especificándole el plazo en el cual usted recibirá la respuesta definitiva. En cualquier caso, el plazo para la recepción de la respuesta definitiva no excederá de un (1) mes.
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DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. QUEJAS Y RECLAMACIONES. El Banco dispone de un Departamento Departa- mento de Atención al Cliente al que corres- ponde corresponde la atención y resolución de las quejas y reclamaciones que el Cliente pueda presentar en defensa de de sus intereses. El Cliente deberá debe- rá dirigir a dicho Departamento sus quejas y reclamaciones con carácter previo a la interposición de cualquier reclamación ante el Servicio de Reclamaciones Re- clamaciones del Organismo Supervisor Supervi- sor correspondiente (Banco de EspañaEspa- ña, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y Comi- sión Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores). Asimismo, el Banco también dispone de un Reglamento del Servicio de Atención al Cliente, que tiene por finalidad regular el Servicio de Atención xx Xxxx- ción al Cliente, la for- ma forma de atender y resolver las quejas y re- clamaciones reclamaciones que presenten los clientes, cuando estas no hayan sido resueltas de manera satisfactoria para el Cliente en las oficinas y centros que prestan el servicio en materia de transparencia transpa- rencia y atención a la clientela de las entidades financieras. El citado reglamento está a disposición de los clientes, quienes pue- den pueden solicitar su envío en soporte papel, si bien se encuentra en- cuentra a su disposición igualmente en la página web y en todas las oficinas ofici- nas del Banco. La comunicación con el departamento departa- mento de Atención al Cliente, a efectos de reclamaciones, puede realizarse me- diante mediante las fórmulas contempladas en el Reglamento del Servicio de Atención al Cliente, donde se regulan todas las ges- tiones gestiones y formalidades necesarias para la correcta tramitación de las quejas y reclamaciones. Asimismo, Triodos Bank tendrá a dispo- sición disposición del Cliente, a través de su página electrónica, toda la información precisa sobre la posible resolución de litigios en línea en materia de consumo, en el su- puesto supuesto de celebrarse contratos de com- praventa o de prestación de servicios servi- cios en línea entre un consumidor residente en la Unión Europea y un comerciante establecido en la Unión Europea. Si su queja o reclamación versara sobre los servicios de pago regulados regula- dos por el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, como por ejemploejem- plo, los relacionados con cuentas corrientes, tarjetas, transferen- ciastransferencias, adeudos, etc., y siempre y cuando entren en juego derechos u obligaciones obliga- ciones contemplados en los Títulos II y III del ci- tado citado Real Decreto-ley, el departamento de Atención al Cliente dispondrá de un plazo máximo de quince (15) días hábi- les hábiles para resolver resol- ver su queja o reclamación. Sin embargo, en situaciones excepcio- nales excepcionales y por razones ajenas a nuestra voluntad, no pudiéramos ofrecerle una respuesta en el mencionado men- cionado plazo de quince (15) días hábileshá- biles, le enviaremos una respuesta provisional en la que le indicaremos los motivos del retraso de la contestación con- testación a su queja o reclama- ciónreclamación, especificándole el plazo en el cual usted recibirá la respuesta definitivadefiniti- va. En cualquier caso, el plazo para la recepción de la respuesta definitiva definiti- va no excederá de un (1) mes.
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DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. QUEJAS Y RECLAMACIONES. El Banco dispone de un Departamento Departa- mento de Atención al Cliente al que corres- corres-ponde la atención y resolución resolu- ción de las quejas y reclamaciones que el Cliente pueda presentar en defensa de de sus intereses. El Cliente deberá dirigir a dicho Departamento sus quejas y reclamaciones con carácter previo por escrito mediante su presentación por escrito en los establecimientos abiertos al público de Triodos Bank, mediante su envío por correo postal a la interposición de cualquier reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Organismo Supervisor correspondiente (Banco de España, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y Comi- sión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores). Asimismo, el Banco también dispone de un Reglamento del Servicio siguiente dirección: Departa- mento de Atención al Cliente, que tiene por finalidad regular Triodos Bank NV S.E., x/ Xxxx Xxxxxxxxx 5, 28232, Parque Empresarial Las Ro- zas, Las Xxxxx (Madrid), o mediante un correo electrónico a reclamacio- xxx@xxxxxxx.xx. Con carácter general, el Servicio Departa- mento de Atención al Cliente, la for- ma Cliente de atender y resolver las quejas y re- clamaciones que presenten los clientes, cuando estas no hayan sido resueltas de manera satisfactoria para el Cliente en las oficinas y centros que prestan el servicio en materia de transparencia y atención a la clientela de las entidades financieras. El citado reglamento está a disposición de los clientes, quienes pue- den solicitar su envío en soporte papel, si bien se encuentra a su disposición igualmente en la página web y en todas las oficinas del Banco. La comunicación con el departamento de Atención al Cliente, a efectos de reclamaciones, puede realizarse me- diante las fórmulas contempladas en el Reglamento del Servicio de Atención al Cliente, donde se regulan todas las ges- tiones y formalidades necesarias para la correcta tramitación de las quejas y reclamaciones. Asimismo, Triodos Bank tendrá a dispo- sición del Cliente, a través dispondrá de un plazo máximo de un (1) mes para resolver su página electrónica, toda la información precisa sobre la posible resolución de litigios en línea en materia de consumo, en el su- puesto de celebrarse contratos de com- praventa queja o de prestación de servicios en línea entre un consumidor residente en la Unión Europea y un comerciante establecido en la Unión Europeareclamación. Si su queja o reclamación versara sobre los servicios de pago regulados regula- dos por el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, como por ejemploejem- plo, los relacionados con cuentas corrientes, tarjetas, transferen- ciastransferencias, adeudos, etc., y siempre y cuando entren en juego derechos u obligaciones obliga- ciones contemplados en los Títulos II y III del ci- tado citado Real Decreto-ley, el departamento Departamento de Atención al Cliente dispondrá de un plazo máximo de quince (15) días hábi- les hábiles para resolver resol- ver su queja o reclamación. Sin embargo, en situaciones excepcio- nales ex- cepcionales y por razones ajenas a nuestra voluntad, si no pudiéramos ofrecerle una respuesta en el mencionado plazo de quince (15) días hábiles, le enviaremos una respuesta provisional en la que le indicaremos los motivos del retraso de la contestación a su queja o reclama- ciónre- clamación, especificándole el plazo en el cual usted recibirá la respuesta definitiva. En cualquier caso, el plazo para la recepción de la respuesta definitiva no excederá de un (1) mes. Transcurridos los anteriores plazos sin resolución expresa, o si consi- dera que la misma no se adecua a sus expectativas, podrá dirigir sus reclamaciones o quejas ante el Servicio de Reclamaciones del Orga- nismo Supervisor correspondiente (Banco de España, Departamento de Conducta xx Xxxxxxx y Reclamacio- nes, con dirección: x/ Xxxxxx 00, CP 28014, Madrid, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, con dirección: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00, XX 00000, Xxxxxx. y Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores, con dirección: xxxxx Xxxxxx, 0, XX 00000, Xxxxxx o a Xxxxxxx xx Xxxxxx, 19, CP 08007, Barcelona). Todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, permaneciendo toda la información al respecto debida actualizada en la página electrónica de Triodos Bank. Asimismo, Triodos Bank tendrá a disposición del Cliente, a través de su página electrónica, toda la información precisa sobre la posible resolución de litigios en línea en materia de consumo, en el supuesto de celebrarse contratos de compra- venta o de prestación de servicios en línea entre un consumidor residente en la Unión Europea y un comercian- te establecido en la Unión Europea. El Banco también dispone de un Reglamento del Servicio de Atención al Cliente, que tiene por finalidad regular el Servicio de Atención al Cliente, la for-ma de atender y resol- ver las quejas y re-clamaciones que presenten los clientes, cuando estas no hayan sido resueltas de manera satisfactoria para el Cliente en las oficinas y centros que prestan el ser- vicio en materia de transparencia y atención a la clientela de las entida- des financieras. El citado reglamento está a disposición de los clientes, quienes pue-den solicitar su envío en soporte papel, si bien se encuen- tra a su disposición igualmente en la página web y en todas las oficinas del Banco. La comunicación con el departa- mento de Atención al Cliente, a efectos de reclamaciones, puede realizarse me-diante las fórmulas contempladas en el Reglamento del Servicio de Atención al Cliente, don- de se regulan todas las ges-tiones y formalidades necesarias para la correcta tramitación de las quejas y reclamaciones.
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