DEPÓSITO INICIAL. El monto de depósito inicial o de apertura, será aquel designado en el Certificado. En el caso de que esta cuenta no haya sido abierta en efectivo, sino mediante cheques y otros efectos negociables, el CLIENTE garantiza la legitimidad de las firmas del girador y de los endosantes. Queda convenido que la validez del depósito queda supeditada a que se hagan efectivos los valores depositados, puesto que éstos se reciben salvo buen cobro. El BANCO queda facultado para debitar cualesquiera sumas de dinero producto de valores depositados que en cualquier momento sean rechazados por cualquier motivo.
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Samples: Contrato Único Para La Prestación De Productos Y Servicios Bancarios, Contrato Único Para La Presentación De Servicios Bancarios, Contrato Único Para La Prestación De Servicios Bancarios
DEPÓSITO INICIAL. El monto de depósito inicial o de apertura, será aquel designado en el Certificado. En el caso de que esta cuenta no haya sido abierta en efectivo, sino mediante cheques y otros efectos negociables, el CLIENTE garantiza la legitimidad de las firmas del girador y de los endosantes. Queda convenido que la validez del depósito queda supeditada a que se hagan efectivos los valores depositados, puesto que éstos se reciben salvo buen cobro. El BANCO queda facultado para debitar cualesquiera sumas de dinero producto de valores depositados que en cualquier momento sean rechazados por cualquier motivo.en
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Samples: Contrato Único Para La Prestación De Servicios Bancarios, Contrato Único Para La Prestación De Servicios Bancarios
DEPÓSITO INICIAL. El monto de depósito inicial o de apertura, será aquel designado en el Certificado. En el caso de que esta cuenta no haya sido abierta en efectivo, sino mediante cheques y otros efectos negociables, el CLIENTE garantiza la legitimidad de las firmas del girador y de los endosantes. Queda convenido que la validez del depósito queda supeditada a que se hagan efectivos los valores depositados, puesto que éstos se reciben salvo buen cobro. El BANCO queda facultado para debitar cualesquiera sumas de dinero producto de valores depositados que en cualquier momento sean rechazados por cualquier motivo.dinero
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Samples: Contrato Único Para La Prestación De Servicios Bancarios
DEPÓSITO INICIAL. El monto de depósito inicial o de apertura, será aquel designado en el Certificado. En el caso de que esta cuenta no haya sido abierta en efectivo, sino mediante cheques y otros efectos negociables, el CLIENTE garantiza la legitimidad de las firmas del girador y de los endosantes. Queda convenido que la validez del depósito queda supeditada a que se hagan efectivos los valores depositados, puesto que éstos se reciben salvo buen cobro. El BANCO queda facultado para debitar cualesquiera sumas de dinero producto de valores depositados que en cualquier momento sean rechazados por cualquier motivo.
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Samples: Contrato Único Para La Prestación De Productos Y Servicios Bancarios
DEPÓSITO INICIAL. El monto de del depósito inicial o de apertura, apertura será aquel designado en el CertificadoCertificado que al efecto emita EL BANCO a petición de LOS CLIENTES. En el caso de que esta cuenta tal apertura no se haya sido abierta producido mediante entrega de dinero en efectivo, sino mediante cheques y otros efectos negociables, el CLIENTE garantiza LOS CLIENTES garantizan la legitimidad de las firmas del girador y de los endosantes. Queda Por consiguiente, es convenido entre ambas partes que la validez del depósito queda estará supeditada a que se hagan efectivos los valores depositados, puesto que éstos estos se reciben “salvo buen cobro. El ”; y que EL BANCO queda facultado para debitar de dicho depósito cualesquiera sumas de dinero producto de valores depositados que en cualquier momento sean rechazados por cualquier motivo.motivo.-
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Samples: Contrato De Depósitos a Plazo