Derechos de información, participación y consulta. Además de lo previsto específicamente para cada caso en la normativa legal vigente, la Coordinadora Sindical Estatal: 2.1 Recibirá de Aena una copia básica de los nuevos contratos, así como la información de las bajas o de las modificaciones que se produzcan. 2.2 Será informada sobre la realización de horas extraordinarias, cualquiera que sea su calificación. 2.3 Será informada, previamente, de todos aquellos supuestos que impliquen cambios en la naturaleza jurídica o titularidad de Aena, sea cual fuere la forma en que ésta pudiera concretarse: segregación, fusión, absorción, conversión, cesión por cualquier título, liquidación, etc. La Coordinadora Sindical Estatal dispondrá de un plazo de treinta días para emitir informe al respecto, si lo considerara pertinente. 2.4 En los casos en que dichas actuaciones pudieran afectar a la prestación del trabajo, se negociará el procedimiento para aminorar, en lo posible, sus efectos sobre los mismos. 2.5 Será consultada con carácter previo a la adopción de acuerdos sobre: a) Reestructuración, reducción o incremento de la plantilla de Aena.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Derechos de información, participación y consulta. Además de lo previsto específicamente para cada caso en la normativa legal vigente, la Coordinadora Sindical Estatal:
2.1 Recibirá de las entidades y/o sociedades que formen parte del Grupo Aena una copia básica de los nuevos contratos, así como la información de las bajas o de las modificaciones que se produzcan.
2.2 Será informada sobre la realización de horas extraordinarias, cualquiera que sea su calificación.
2.3 Será informada, previamente, de todos aquellos supuestos que impliquen cambios en la naturaleza jurídica o titularidad de las empresas que formen parte del Grupo Aena, sea cual fuere la forma en que ésta pudiera concretarse: segregación, fusión, absorción, conversión, cesión por cualquier título, liquidación, etc. La Coordinadora Sindical Estatal dispondrá de un plazo de treinta días para emitir informe al respecto, si lo considerara pertinente.
2.4 En los casos en que dichas actuaciones pudieran afectar a la prestación del trabajo, se negociará el procedimiento para aminorar, en lo posible, sus efectos sobre los mismos.
2.5 Será consultada con carácter previo a la adopción de acuerdos sobre: cve: BOE-A-2011-19846
a) Reestructuración, reducción o incremento de la plantilla de las entidades y/o sociedades del Grupo Aena.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo