Derechos de información y consulta. Tanto la empresa cedente como la empresa cesionaria, deberán informar a los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras afectados por el traspaso, con anterioridad a la sucesión o sustitución empresarial, de las siguientes cuestiones: La fecha cierta o prevista del traspaso. Los motivos del mismo. Las consecuencias jurídicas, económicas y sociales para los trabajadores. Las medidas previstas respecto de los trabajadores y trabajadoras. La relación nominal de la totalidad de trabajadores y trabajadoras, incluidos aquellos en supuestos de suspensión del contrato, afectados por la subrogación empresarial con detalle de la modalidad del contrato del mismo. La relación nominal y motivada de trabajadores y trabajadoras excluidos de la subrogación empresarial. TC2 de los cuatro últimos meses. En los casos en los que no existan representantes legales de los trabajadores y trabajadoras, los afectados por el traspaso serán informados, individualmente y con carácter previo a la sucesión o sustitución empresarial del contenido en los cuatro primeros puntos anteriores, además de la situación personal del trabajador o trabajadora afectado respecto a su contrato individual.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Labor Agreement
Derechos de información y consulta. —Tanto la empresa cedente cedente, como la empresa cesionaria, deberán informar de informar, a los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras afectados por el traspaso, con anterioridad a la sucesión o sustitución empresarial, de las siguientes cuestiones: La fecha cierta o prevista del traspaso. Los motivos del mismo. Las consecuencias jurídicas, económicas y sociales para los trabajadores. Las medidas previstas respecto de los trabajadores y trabajadoras. La relación nominal de la totalidad de trabajadores y trabajadoras, incluidos aquellos en supuestos de suspensión del contrato, afectados por la subrogación empresarial con detalle de la modalidad del contrato del mismo. La relación nominal y motivada de trabajadores y trabajadoras excluidos de la subrogación empresarial. TC2 de los cuatro últimos meses. En los casos en los que no existan representantes legales de los trabajadores y trabajadoras, los afectados por el traspaso serán informados, individualmente y con carácter previo a la sucesión o sustitución empresarial del contenido en los cuatro primeros puntos anteriores, además de la situación personal del trabajador o trabajadora afectado respecto a su contrato individual.
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Samples: Acuerdo Laboral Sectorial
Derechos de información y consulta. Tanto la empresa cedente cedente, como la empresa cesionaria, deberán informar de informar, a los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras afectados por el traspaso, con anterioridad a la sucesión o sustitución empresarial, de las siguientes cuestiones: La fecha cierta o prevista del traspaso. Los motivos del mismo. Las consecuencias jurídicas, económicas y sociales para los trabajadorestrabaja- dores. Las medidas previstas respecto de los trabajadores y trabajadoras. La relación nominal de la totalidad de trabajadores y trabajadoras, incluidos aquellos en supuestos de suspensión del contrato, afectados por la subrogación empresarial con detalle de la modalidad del contrato del mismo. La relación nominal y motivada de trabajadores y trabajadoras excluidos exclui- dos de la subrogación empresarial. TC2 de los cuatro 4 últimos meses. En los casos en los que no existan representantes legales de los trabajadores traba- jadores y trabajadoras, los afectados por el traspaso serán informados, individualmente y con carácter previo a la sucesión o sustitución empresarial empre- sarial del contenido en los cuatro primeros puntos anteriores, además de la situación personal del trabajador o trabajadora afectado respecto a su contrato individual.
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Samples: Collaboration Agreement
Derechos de información y consulta. Tanto la empresa cedente cedente, como la empresa cesionaria, deberán informar de informar, a los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras afectados por el traspaso, con anterioridad a la sucesión o sustitución empresarial, de las siguientes cuestiones: La fecha cierta o prevista del traspaso. Los motivos del mismo. Las consecuencias jurídicas, económicas y sociales para los trabajadores. Las medidas previstas respecto de los trabajadores y trabajadoras. La relación nominal de la totalidad de trabajadores y trabajadoras, incluidos aquellos aquéllos en supuestos de suspensión del contrato, afectados por la subrogación empresarial con detalle de la modalidad del contrato del mismo. La relación nominal y motivada de trabajadores y trabajadoras excluidos de la subrogación empresarial. TC2 de los cuatro 4 últimos meses. En los casos en los que no existan representantes legales de los trabajadores y trabajadoras, los afectados por el traspaso serán informados, individualmente y con carácter previo a la sucesión o sustitución empresarial del contenido en los cuatro primeros puntos anteriores, además de la situación personal del trabajador o trabajadora afectado respecto a su contrato individual.
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Samples: Service Agreement
Derechos de información y consulta. Tanto la empresa cedente cedente, como la empresa cesionaria, deberán informar de informar, a los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras afectados por el traspaso, con anterioridad a la sucesión o sustitución empresarial, de las siguientes cuestiones: La fecha cierta o prevista del traspaso. Los motivos del mismo. Las consecuencias jurídicas, económicas y sociales para los trabajadorestraba- jadores. Las medidas previstas respecto de los trabajadores y trabajadorastrabajadores. La relación nominal de la totalidad de trabajadores y trabajadorastrabajadores, incluidos aquellos en supuestos de suspensión del contrato, afectados por la subrogación empresarial con detalle de la modalidad del contrato del mismo. La relación nominal y motivada de trabajadores y trabajadoras excluidos de la subrogación empresarial. TC2 de los cuatro últimos meses. En los casos en los que no existan representantes legales de los trabajadores y trabajadorastrabajadores, los afectados por el traspaso serán informados, individualmente indivi- dualmente y con carácter previo a la sucesión o sustitución empresarial empresa- rial del contenido en los cuatro primeros puntos anteriores, además de la situación personal del trabajador o trabajadora afectado respecto a su contrato individual.
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Samples: Convenio Colectivo