Common use of Derechos de participación e información Clause in Contracts

Derechos de participación e información. Las personas trabajadoras que realicen trabajo a distancia tendrán los mismos derechos colectivos que el resto de las personas trabajadoras del centro de trabajo al que estén adscritas y estarán sometidas a las mismas condiciones de participación y elegibilidad en las elecciones para cualquier instancia representativa de las personas trabajadoras. A estos efectos, salvo acuerdo expreso en contrario, la persona trabajadora que trabaje a distancia deberá estar adscrito al mismo centro de trabajo en el que desarrolle la parte de la jornada de trabajo presencial. Se garantizará la participación y el derecho de voto de la plantilla que preste servicios mediante trabajo a distancia en las elecciones sindicales y otros ámbitos de representación de la plantilla. Las empresas deberán suministrar a la representación legal de las personas trabajadoras los elementos precisos para el desarrollo de su actividad representativa, entre ellos, el acceso a las comunicaciones y direcciones electrónicas de uso en la empresa y la implantación del tablón virtual, cuando sea compatible con la forma de prestación del trabajo a distancia. Las empresas, deberán entregar a la representación legal de las personas trabajadoras una copia de los acuerdos de trabajo a distancia y de sus actualizaciones, excluyendo aquellos datos que pudieran afectar a la intimidad personal de la persona trabajadora, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 xx xxxx y en la normativa de protección de datos vigente en cada momento. Esta copia se entregará por la empresa, en un plazo no superior a diez días desde su formalización, a la Representación Legal de las Personas Trabajadoras, que la firmarán a efectos de acreditar que se ha producido la entrega. Posteriormente, dicha copia se enviará a la oficina de empleo. Cuando no exista Representación Legal de las Personas Trabajadoras también deberá formalizarse copia básica y remitirse a la oficina de empleo.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo

Derechos de participación e información. Las personas trabajadoras que realicen trabajo a distancia tendrán los mismos derechos colectivos que el resto de las personas trabajadoras del centro de trabajo al que estén adscritas y estarán sometidas a las mismas condiciones de participación y elegibilidad en las elecciones para cualquier instancia representativa de las personas trabajadoras. A estos efectos, salvo acuerdo expreso en contrario, la persona trabajadora que trabaje a distancia en teletrabajo deberá estar adscrito al mismo centro de trabajo en el que desarrolle la parte de la jornada de el trabajo presencial. Se garantizará la participación y el derecho de voto de la plantilla que preste servicios mediante trabajo a distancia en las elecciones sindicales y otros ámbitos de representación de la plantilla. cve: BOE-A-2021-21486 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Las empresas deberán suministrar a la representación legal de las personas trabajadoras los elementos precisos para el desarrollo de su actividad representativa, entre ellos, el acceso a las comunicaciones y direcciones electrónicas de uso en la empresa y la implantación del tablón virtual, cuando sea compatible con la forma de prestación del trabajo a distancia. Las empresas, deberán entregar a la representación legal de las personas trabajadoras una copia de los acuerdos de trabajo a distancia y de sus actualizaciones, excluyendo aquellos datos que pudieran afectar a la intimidad personal de la persona trabajadora, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 xx xxxx y en la normativa de protección de datos vigente en cada momento. Esta copia se entregará por la empresa, en un plazo no superior a diez días desde su formalización, a la Representación Legal de las Personas Trabajadoras, que la firmarán a efectos de acreditar que se ha producido la entrega. Posteriormente, dicha copia se enviará a la oficina de empleo. Cuando no exista Representación Legal de las Personas Trabajadoras también deberá formalizarse copia básica y remitirse a la oficina de empleo.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Derechos de participación e información. Las personas trabajadoras que realicen trabajo a distancia tendrán los mismos derechos colectivos que el resto de las personas trabajadoras del centro de trabajo al que estén adscritas y estarán sometidas a las mismas condiciones de participación y elegibilidad en las elecciones para cualquier instancia representativa de las personas trabajadoras. A estos efectos, salvo acuerdo expreso en contrario, la persona trabajadora que trabaje a distancia deberá estar adscrito al mismo centro de trabajo en el que desarrolle la parte de la jornada de trabajo presencial. Se garantizará la participación y el derecho de voto de la plantilla que preste servicios mediante trabajo a distancia en las elecciones sindicales y otros ámbitos de representación de la plantilla. Las empresas deberán suministrar a la representación legal de las personas trabajadoras los elementos precisos para el desarrollo de su actividad representativa, entre ellos, el acceso a las comunicaciones y direcciones electrónicas de uso en la empresa y la implantación del tablón virtual, cuando sea compatible con la forma de prestación del trabajo a distancia. Las empresas, deberán entregar a la representación legal de las personas trabajadoras una copia de los acuerdos de trabajo a distancia y de sus actualizaciones, excluyendo aquellos datos que pudieran afectar a la intimidad personal de la persona trabajadora, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 xx xxxx y en la normativa de protección de datos vigente en cada momento. Esta copia se entregará por la empresa, en un plazo no superior a diez días desde su formalización, a la Representación Legal representación legal de las Personas Trabajadoraspersonas trabajadoras, que la firmarán a efectos de acreditar que se ha producido la entrega. Posteriormente, dicha copia se enviará a la oficina de empleo. Cuando no exista Representación Legal representación legal de las Personas Trabajadoras personas trabajadoras también deberá formalizarse copia básica y remitirse a la oficina de empleo.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo