Common use of Derechos y Obligaciones del Clause in Contracts

Derechos y Obligaciones del. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre). — El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre para los supuestos de subcontratación16. — La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del 16 En relación con la subcontratación, téngase en cuenta que, conforme al artículo 228 bis del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las Administraciones Públicas podrán comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que los contratistas adjudicatarios de contratos públicos, calificados como tales en su artículo 5, han de hacer a todos los subcontratistas o suministradores que participen en los mismos. Para ello, incluirá las obligaciones a que se refiere el propio precepto, en su apartado segundo, en los anuncios de licitación y en los correspondientes pliegos de condiciones o en los contratos, considerándose tales obligaciones condiciones esenciales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se contengan en los pliegos. contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. — El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para El Contrato De Suministro E Instalacion De Luminarias Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad

Derechos y Obligaciones del. Además ACREEDOR): a) A recibir el pago del crédito en el tiempo y modo establecido en el contrato; b) Verificar el estado de las obligaciones generales derivadas garantías las veces que lo deseen y sean necesarias; c) Respetar los términos y condiciones del régimen jurídico contrato; d) Informar previamente a EL DEUDOR de las condiciones del crédito; e) Brindar a EL DEUDOR, una atención de calidad; f) Facilitar el acceso al lugar de reclamo por parte de EL DEUDOR, proporcionándole las facilidades para que pueda formular el mismo, y contar con un servicio de atención al usuario; g) Informar a EL DEUDOR que en caso de no ser atendido en su reclamo en los plazos establecidos en la presente contratonorma o de recibir respuesta negativa por parte de EZA CAPITAL puede recurrir ante el presidente ejecutivo de la CONAMI; h) A emitir en un plazo de siete días hábiles contados a partir de la recepción del correspondiente reclamo, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — El contratista está obligado a dedicar o adscribir la respuesta fundamentada al mismo. En casos excepcionales y atendiendo a la ejecución complejidad del reclamo o queja, de la operación reclamada, EL ACREEDOR podrá hacer uso de un plazo adicional de cinco(5) días hábiles para emitir la respuesta; i) A no realizar cobros por la recepción y atención de reclamos, incluso si éstos fueran improcedentes; j) A no exigir a las personas reclamantes la presentación de documentos e información que se encuentre en nuestro poder, o que no guarde relación directa con la materia reclamada; k) A no exigir a EL DEUDOR la participación de un abogado; l) A no aplicar métodos o usar medios de cobro extrajudicial, que den la apariencia de tratarse de cobros por la vía judicial, que atenten contra el honor e imagen de EL DEUDOR o resulten intimidatorios; m) Respecto de las gestiones de cobranza extrajudicial, las Instituciones, abogados, gestores de cobranzas y servicios automatizados de cobranza, sólo se podrán contactar a EL DEUDOR entre las siete de la mañana a seis de la tarde, de lunes a viernes y de las siete de la mañana a las dos de la tarde los días sábados. En todo caso, las gestiones de cobranza deberán desarrollarse respetando la tranquilidad familiar o laboral, honorabilidad e integridad moral de EL DEUDOR; n) Proteger los datos personales de EL DEUDOR; o) Entregar a EL DEUDOR copia del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido en el momento de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre). — El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre para los supuestos de subcontratación16. — La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del 16 En relación con la subcontratación, téngase en cuenta que, conforme al artículo 228 bis del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las Administraciones Públicas podrán comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que los contratistas adjudicatarios de contratos públicos, calificados como tales en su artículo 5, han de hacer a todos los subcontratistas o suministradores que participen en los mismos. Para ello, incluirá las obligaciones a que se refiere el propio precepto, en su apartado segundo, en los anuncios de licitación y en los correspondientes pliegos de condiciones o en los contratos, considerándose tales obligaciones condiciones esenciales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se contengan en los pliegos. contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. — El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.firma;

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Samples: Contrato De Crédito Garantizado Con Cesión De Póliza De Seguro Colectivo De Vida Saldo Deudor Y Beneficio De Gastos Funerarios

Derechos y Obligaciones del. Además El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las obligaciones generales derivadas prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del régimen jurídico contrato. El adjudicatario tiene derecho al abono del presente precio convenido, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato, correspondiente a los trabajos efectivamente realizados y formalmente recibidos por la Administración. Además son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre). — El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre para los supuestos de subcontratación16. — La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del 16 En relación con la subcontratación, téngase en cuenta que, conforme al artículo 228 bis del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las Administraciones Públicas podrán comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que los contratistas adjudicatarios de contratos públicos, calificados como tales en su artículo 5, han de hacer a todos los subcontratistas o suministradores que participen en los mismos. Para ello, incluirá las obligaciones a que se refiere el propio precepto, en su apartado segundo, en los anuncios de licitación y en los correspondientes pliegos de condiciones o en los contratos, considerándose tales obligaciones condiciones esenciales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se contengan en los pliegos. contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. — El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación y los que se deriven de la formalización del contratocontrato en escritura pública, así como los que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier otra información de Organismos Oficiales o particulares, y en general, cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la prestación del servicio. Serán de cuenta del contratista los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de ejecución y posterior asistencia durante el plazo de garantía. Correrán de cuenta del contratista la indemnización de los daños que se causen tanto a la Administración como a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Le corresponderá igualmente cualesquiera otros gastos que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.. — El contratista estará obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo, respecto de los trabajos objeto del contrato, sin que, en ningún caso, pueda alegarse derecho alguno por el personal de que disponga el contratista para la ejecución del contrato, en relación con la Administración contratante, ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados. — El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del TRLCSP, para los supuestos de subcontratación. — El contratista se obliga a subrogarse como empleador en las relaciones laborales siguientes, referidas al personal destinado por el Ayuntamiento al servicio de limpieza viaria: - Peón barrendero: Tipo de contrato: 401 (por obra o servicio) Antigüedad: último contrato 15-03-11 Retribuciones: 1.200, 61 € brutos/mes (sin pagas extras) - Peón barrendero: Tipo de contrato: 401 (por obra o servicio) Antigüedad: 04-03-99 Retribuciones: 1253,95 € brutos/mes (sin pagas extras) - Peón barrendero: Tipo de contrato: 401 (por obra o servicio) Antigüedad: 25-07-99 Retribuciones: 1.253,95 €

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir El Contrato

Derechos y Obligaciones del. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — El contratista está adjudicatario estará obligado a dedicar o adscribir utilizar el local para destinarlo a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Públicobar, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre). — El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre para los supuestos de subcontratación16. — La Administración tiene la facultad de inspeccionar debiendo solicitar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto obtener las licencias que haya de ser entregado como consecuencia del 16 En relación con la subcontratación, téngase en cuenta que, conforme al artículo 228 bis del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las Administraciones Públicas podrán comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que los contratistas adjudicatarios de contratos públicos, calificados como tales en su artículo 5, han de hacer a todos los subcontratistas o suministradores que participen en los mismos. Para ello, incluirá las obligaciones a que se refiere el propio precepto, en su apartado segundo, en los anuncios de licitación y en los correspondientes pliegos de condiciones o en los contratos, considerándose tales obligaciones condiciones esenciales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se contengan en los pliegos. contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenidocorrespondan. — El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa estará obligado al pago de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados la doceava parte del precio que resulte de la licitación en los bienes antes primeros cinco días de su entrega cada mes. — El adjudicatario se someterá a las inspecciones sanitarias y de otro tipo que realice la propia administración contratante u otras Administraciones competentes. — La explotación se llevará a cabo directa, personalmente y a riesgo y xxxxxxx del Adjudicatario, quedando terminantemente prohibido el subarriendo, el traspaso o cualquier otra clase de cesión. — El adjudicatario deberá mantener el establecimiento abierto durante seis días a la Administraciónsemana, estableciéndose un día de descanso semanal que no podrá coincidir con viernes, xxxxxx, xxxxxxx o festivo. En la temporada estival (15 xx xxxxx a 15 de septiembre) deberá permanecer abierto los siete días de la semana. Se deberán respetar los horarios de apertura/cierre establecidos en la normativa vigente. — Ocuparse de las tareas de mantenimiento limpieza del bar, teniéndolo en perfectas condiciones. — Instalar el equipamiento y mobiliario necesario para la prestación del servicio. — Responder de las averías que se ocasionen en las instalaciones del bar, siempre que sea por negligencia del adjudicatario, o por el uso anormal de las mismas, respondiendo incluso de los deterioros producidos por los usuarios. — Mantener el local perfectas condiciones, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirloslos desgastes normales por el uso. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son Los gastos derivados del suministro de agua, recogida de residuos, gas electricidad etc., serán de cuenta del contratistaadjudicatario y abonados directamente a las empresas suministradoras, para lo cual tramitarán ante las mismas los gastos e impuestos correspondientes contratos de suministro. — El adjudicatario deberá instalar y mantener a su xxxxx un sistema de alarma independiente del sistema de alarma del resto de la instalación. — El adjudicatario, previo consentimiento expreso del Ayuntamiento, podrá realizar las obras de mejora que considere necesarias. — El adjudicatario estará obligado a mantener el inmueble en perfectas condiciones higiénico-sanitarias, realizando las labores necesarias de limpieza de todas las dependencias del mismo. — El adjudicatario podrá utilizar, para la prestación del servicio, la terraza del Jardín de las Hespérides anexa que se encuentra bajo la pérgola del mismo, y el resto del jardín, de forma excepcional para celebraciones, previa autorización del Ayuntamiento. — El adjudicatario debe cumplir toda la normativa sectorial que resulte de aplicación. — Se deberá tratar al público con corrección, dentro de las normas de convivencia ciudadana. — Cumplir las obligaciones relativas a la Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales con respecto a los trabajadores que emplee el local. — El Ayuntamiento de Ojós no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados a terceros como consecuencia del servicio prestado ni por los daños ocasionados o sufridos por los empleados de la empresa, por lo que el adjudicatario queda obligado a la presentación de suscripción de póliza de seguro en vigor de responsabilidad civil, a favor del Ayuntamiento, adecuado al riesgo que se pretende cubrir en el plazo de tres días a partir de la fecha de formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten contrato y anualmente hasta la finalización del mismo. — Será causa de aplicación, según la resolución del contrato el incumplimiento de cualquiera de las disposiciones vigentes obligaciones recogidas en la forma y cuantía que éstas señalenesta cláusula.

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Samples: www.ayuntamientodeojos.es

Derechos y Obligaciones del. Además ACREEDOR: a) A recibir el pago del crédito en el tiempo y modo establecido en el contrato; b) Respetar los términos y condiciones del contrato; c) Informar previamente a EL DEUDOR de las obligaciones generales derivadas condiciones de crédito; e) Brindar a EL DEUDOR una atención de calidad; d) Facilitar el acceso al lugar de reclamo por parte de EL DEUDOR proporcionándole las facilidades para que pueda formular el mismo y contar con un servicio de atención al usuario; e) Informar a EL DEUDOR que en caso de no ser atendido en su reclamo en los plazos establecidos en la presente Norma o de recibir respuesta negativa por parte de la IFIM, puede recurrir ante el Presidente Ejecutivo de la CONAMI; f) A emitir en un plazo de siete (7) días hábiles contados a partir de la recepción del régimen jurídico correspondiente reclamo, la respuesta fundamentada al mismo; g) A no realizar cobros por la recepción y atención de reclamos, incluso si éstos fueran improcedentes, h) A no exigir a las personas reclamantes la presentación de documentos e información que se encuentre en nuestro poder, o que no guarde relación directa con la materia reclamada; i) A no exigir a EL DEUDOR la participación de un abogado; j) A no aplicar métodos o usar medios de cobro extrajudicial, que den apariencia de tratarse de cobros por la vía judicial, que atenten contra el honor e imagen de EL DEUDOR o resulten intimidatorios; k) Respecto de las gestiones de cobranza extrajudicial, las Instituciones, abogados, gestores de cobranzas y servicios automatizados de cobranza, sólo se podrán contactar a EL DEUDOR entre las ocho de la mañana y las siete de la noche, de lunes x xxxxxxx. En todo caso, las gestiones de cobranza deberán desarrollarse respetando la tranquilidad familiar o laboral, honorabilidad e integridad moral de EL DEUDOR; l) Proteger los datos personales de EL DEUDOR, m) Entregar a EL DEUDOR copia del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — El contratista está obligado contrato en el momento de la firma; n) Brindar a dedicar o adscribir EL DEUDOR toda la información que este solicite de manera previa a la ejecución del celebración de cualquier contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre). — El contratista está obligado y responder todas las consultas que tenga EL DEUDOR con relación al cumplimiento contenido de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre para los supuestos de subcontratación16. — La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del 16 En relación con la subcontratación, téngase en cuenta que, conforme al artículo 228 bis del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las Administraciones Públicas podrán comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que los contratistas adjudicatarios de contratos públicos, calificados como tales en su artículo 5, han de hacer a todos los subcontratistas o suministradores que participen en los mismos. Para ello, incluirá las obligaciones a que se refiere el propio precepto, en su apartado segundo, en los anuncios de licitación y en los correspondientes pliegos de condiciones o en los contratos, considerándose tales obligaciones condiciones esenciales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se contengan en los pliegos. contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. — El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.;

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Samples: Contrato De Préstamo De Línea De Crédito Abierta Y Revolvente Número

Derechos y Obligaciones del. Además El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación. El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las obligaciones generales derivadas prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del régimen jurídico del presente contrato, . Además son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre). — El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre para los supuestos de subcontratación16. — La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del 16 En relación con la subcontratación, téngase en cuenta que, conforme al artículo 228 bis del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las Administraciones Públicas podrán comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que los contratistas adjudicatarios de contratos públicos, calificados como tales en su artículo 5, han de hacer a todos los subcontratistas o suministradores que participen en los mismos. Para ello, incluirá las obligaciones a que se refiere el propio precepto, en su apartado segundo, en los anuncios de licitación y en los correspondientes pliegos de condiciones o en los contratos, considerándose tales obligaciones condiciones esenciales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se contengan en los pliegos. contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. — El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. — Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la formalización del contratolicitación y adjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. — El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Presentar el trabajo, con el contenido que en el Anexo, dentro de los plazos parciales y total establecidos. - Subsanar las deficiencias que se detecten en la documentación aportada, en el plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde el día en que fuese requerido para ello. - No sustituir al personal facultativo que en su caso se ha adscrito a la realización del trabajo sin permiso expreso y por escrito del órgano de contratación. - Mantener reuniones periódicas con el Director de los trabajos. - No variar el objeto del contrato ni subcontratar total o parcialmente a terceros, salvo autorización previa y por escrito del Ayuntamiento. - Guardar sigilo entre cada información pública respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. Si durante el plazo de garantía se acreditase a la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.

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Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas