DESCRIPCION DE LAS EDIFICACIONES Cláusulas de Ejemplo

DESCRIPCION DE LAS EDIFICACIONES. 1 TERMINAL DE PASAJEROS (Plano SPJL-PDT-001) Edificio de seis pisos conformada por los siguientes ambientes: Primer piso Conformado por los siguientes ambientes: Oficina de Jefatura de Operaciones, Oficina AIS-ARO, Oficina COM-MET, Secretaria, Jefatura de Aeropuerto, Salón VIP, Oficina de Contabilidad, Depósito, SSHH Personal, Baño de Minusválidos, SSHH Damas, SSHH Hombres, Pasadizo, Salida de Pasajeros, Sala de Entrega de Equipajes, Llegada de Pasajeros, Aduanas, Migraciones, Control de Embarque, dos Tiendas. Oficina de Informes, SSHH, SSHH, Oficina y Baño, Tienda, Sala de Embarque, Ingreso, Xxxx de Atención al Público, Counters Atención, cuatro Oficinas Comerciales, dos Tiendas Comerciales, SHH Damas, SSHH Hombres, Baño de Minusválidos, Restaurante, Cocina, Frigorífico. Con las características constructivas siguientes: Estructura aporticada de concreto armado, techos de losas aligeradas de concreto armado inclinados, muros de albañilería de ladrillo de arcilla cocida asentada con mortero cemento-arena, piso de loseta veneciana, puertas y ventanas xx xxxxxx y aluminio, vidrio polarizado, tarrajeo frotachado en muros, baños con aparatos sanitarios xx xxxx vitrificada blanca, instalaciones sanitarias y eléctricas empotradas, sistema de perifoneo, teléfono y extintor contra incendios. Área construida Primer Piso : 1,926.09 m2 Antigüedad de la Construcción : 21 años Estado de Conservación : Bueno 2 TORRE CONTROL (Plano SPJL-PDT-002) Está conformada por los siguientes ambientes: Primer piso : Segundo piso Oficina y Ascensor. Segundo piso : Xxxxxxxxxx x Xxxxxxxx 0xx, 0xx x 0xx xxxx : Habitación y Ascensor Sexto piso : Cuarto de Máquinas y SS.HH Séptimo piso : Cabina xx Xxxxx de Control Con las características constructivas siguientes: Estructuras a base de columnas y vigas de placas concreto, techos xx xxxx de concreto armado, techo del último piso, con falso cielo raso, muros de albañilería de ladrillo de arcilla cocida asentada con mortero cemento-arena, escaleras de concreto, pisos de loseta, puertas de aluminio, revestimiento enchapado en cerámicos, ventanas de aluminio y vidrios polarizados, aparatos sartorios blancos, ascensor instalaciones eléctricas y sanitarias empotradas. Área construida: Primer piso : 36.00 m² Segundo piso : 36.00 m² Tercer piso : 32.93 m² Cuarto piso : 32.93 m² Quinto piso : 32.93 m² Sexto piso : 32.93 m² Sétimo piso : 32.93 m² Área construida total : 236.65 m² Antigüedad de la construcción: 21 años Estado de Conservación : Bueno
DESCRIPCION DE LAS EDIFICACIONES. Se trata de demoler, 3 edificaciones (o casetas), parte de 1 edificación que se mantiene y 1 alberca usada para riego, todas ellas aisladas, con 1 planta de altura. La Zona de actuación comprende las edificaciones y los anejos, que están en mal estado de conservación; quedando finalmente sin demoler sobre la parcela, la parte de 1 edificación (que está mejor conservada) y 1 nave, que son de construcción más reciente. Las edificaciones a demoler, presentan una superficie construida de 363,63 m2 y responden a las siguientes características:
DESCRIPCION DE LAS EDIFICACIONES. 1 TERMINAL DE PASAJEROS (Plano SPHY-PDT.1) Edificio de cuatro pisos constituida por: Primer Piso: Conformado por los siguientes ambientes: Xxxx Principal, Tópico, 2 Oficinas Administrativas, Jefatura de Aeropuerto, Escalera, Sala de Pasajeros, Baño Hombres, Baño Mujeres, Baño Minusválidos, Sala Equipajes, Cocina. Con las características constructivas siguientes: Estructura aporticada de concreto armado, techos de losas aligeradas de concreto armado, muros de albañilería de ladrillo de arcilla cocida asentada con mortero cemento-arena, piso de losetas, puertas y ventanas de aluminio, vidrio polarizado, tartajeo frotachado en muros, baños con aparatos sanitarios xx xxxx vitrificada blanca y muros enchapados con mayólica de color, instalaciones sanitarias y eléctricas empotradas, sistema de perifoneo, teléfono y extintor contra incendios. Área construida : Primer Piso : 366.55 m2
DESCRIPCION DE LAS EDIFICACIONES. TERMINAL DE PASAJEROS (SPHO -PDT-01) Edificio de seis pisos conformada por los siguientes ambientes: Primer piso: Conformado por los siguientes ambientes: Ingreso, Xxxx Mostradores, Oficina Jefe Operaciones, AIA-ARO, Sala VIP, Escalera x Xxxxx de Control, SSHH Damas, SSHH Hombres, 2 Tiendas Artesanía, Control de Embarque, Escalera a Segundo piso, 9 Oficinas Administrativas, Sala de Embarque, Sala de Llegada, Enfermería, SH Discapacitados, S.H. Damas, SH. Caballeros. Segundo piso: Conformado por los siguientes ambientes: Mezanine, Espigón, Cafetería, Comedor, Cocina y 5 oficinas con SH. Tercer piso : Oficina Técnica. Cuarto Piso : Sala de Grabaciones. Quinto Piso : Sala VHF.
DESCRIPCION DE LAS EDIFICACIONES. 1 TERMINAL DE PASAJEROS (Plano SPTN-P.DT.01) Edificio de dos pisos y conformado por los siguientes ambientes:
DESCRIPCION DE LAS EDIFICACIONES. 1 TERMINAL DE PASAJEROS (Plano SPHY-PDT.1)
DESCRIPCION DE LAS EDIFICACIONES. TERMINAL DE PASAJEROS (SPHO -PDT-01)

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  • MODIFICACIONES AL CONTRATO Las modificaciones al contrato podrán efectuarse mediante: Contrato Modificatorio: Cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato, sin dar lugar al incremento de los precios unitarios. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.

  • Omisiones o Inexactas Declaraciones El Contratante y los Asegurados están obligados a declarar por escrito a La Compañía, de acuerdo con los cuestionarios relativos, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tal como los conozcan o deban conocer en el momento de la celebración del contrato. La omisión o inexacta declaración de los hechos importantes a que se refiere el párrafo anterior, facultará a La Compañía para considerar rescindido de pleno derecho el Contrato, aunque no hayan influido en la ocurrencia del siniestro.

  • Subsanaciones A los fines de la presente Licitación se considera que una Oferta se ajusta sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. La ausencia de requisitos relativos a las credenciales de los oferentes es siempre subsanable. La determinación de la Entidad Contratante de que una Oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la Licitación se basará en el contenido de la propia Oferta, sin que tenga que recurrir a pruebas externas. Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable entendiendo por éstos, generalmente, aquellas cuestiones que no afecten el principio de que las Ofertas deben ajustarse sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, la Entidad Contratante podrá solicitar que, en un plazo breve, El Oferente/Proponente suministre la información faltante. Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos bajo el entendido de que la Entidad Contratante tenga la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas validas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta para que se la mejore. La Entidad Contratante rechazará toda Oferta que no se ajuste sustancialmente al Pliego de Condiciones Específica. No se admitirán correcciones posteriores que permitan que cualquier Oferta, que inicialmente no se ajustaba a dicho Pliego, posteriormente se ajuste al mismo.

  • Pagos de las Variaciones 40.1 Cuando el Gerente de Obras la solicite, el Contratista deberá presentarle una cotización para la ejecución de una Variación. El Contratista deberá proporcionársela dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Gerente de Obras así lo hubiera determinado. El Gerente de Obras deberá analizar la cotización antes de ordenar la Variación. 40.2 Cuando los trabajos correspondientes a la Variación coincidan con un rubro descrito en la Lista de Cantidades y si, a juicio del Gerente de Obras, la cantidad de trabajo o su calendario de ejecución no produce cambios en el costo unitario por encima del límite establecido en la Subcláusula 38.1, para calcular el valor de la Variación se usará el precio indicado en la Lista de Cantidades. Si el costo unitario se modificara, o si la naturaleza o el calendario de ejecución de los trabajos correspondientes a la Variación no coincidiera con los rubros de la Lista de Cantidades, el Contratista deberá proporcionar una cotización con nuevos precios para los rubros pertinentes de los trabajos. 40.3 Si el Gerente de Obras no considerase la cotización del Contratista razonable, el Gerente de Obras podrá ordenar la Variación y modificar el Precio del Contrato basado en su propia estimación de los efectos de la Variación sobre los costos del Contratista. 40.4 Si el Gerente de Obras decide que la urgencia de la Variación no permite obtener y analizar una cotización sin demorar los trabajos, no se solicitará cotización alguna y la Variación se considerará como un Evento Compensable. 40.5 El Contratista no tendrá derecho al pago de costos adicionales que podrían haberse evitado si hubiese hecho la Advertencia Anticipada pertinente.

  • Obligaciones Tributarias Certificación positiva acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado. Original o Copia compulsada del Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referidas al ejercicio corriente, o el último recibo del Impuesto, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. No obstante, si las empresas contratistas se encuentran en alguno de los supuestos de exención del Impuesto de Actividades Económicas, recogidos en el artículo 82.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán acreditar que se encuentran al corriente de este tributo mediante el procedimiento que le corresponda de entre los señalados a continuación:

  • Variaciones 39.1 Todas las Variaciones deberán incluirse en los Programas actualizados que presente el Contratista.

  • MODIFICACIONES DEL CONTRATO “LAS PARTES” están de acuerdo que “EL INP” por razones fundadas y explícitas podrá ampliar el monto o la cantidad de los servicios, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) de los establecidos originalmente, el precio unitario sea igual al originalmente pactado y el contrato esté vigente. La modificación se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio. “EL INP”, podrá ampliar la vigencia del presente instrumento, siempre y cuando, no implique incremento del monto contratado o de la cantidad del servicio, siendo necesario que se obtenga el previo consentimiento de “EL PROVEEDOR”. De presentarse caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a “EL INP”, se podrá modificar el plazo del presente instrumento jurídico, debiendo acreditar dichos supuestos con las constancias respectivas. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por cualquiera de “LAS PARTES”. En los supuestos previstos en los dos párrafos anteriores, no procederá la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Cualquier modificación al presente contrato deberá formalizarse por escrito, y deberá suscribirse por el servidor público de “EL INP” que lo haya hecho, o quien lo sustituya o esté facultado para ello, para lo cual “EL PROVEEDOR” realizará el ajuste respectivo de la garantía de cumplimiento, en términos del artículo 91, último párrafo del Reglamento de la LAASSP, salvo que por disposición legal se encuentre exceptuado de presentar garantía de cumplimiento. “EL INP” se abstendrá de hacer modificaciones que se refieran a precios, anticipos, pagos progresivos, especificaciones y, en general, cualquier cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a un proveedor comparadas con las establecidas originalmente.

  • Definiciones e Interpretaciones A los efectos de este Pliego de Condiciones Específicas, las palabras y expresiones que se inician con letra mayúscula y que se citan a continuación tienen el siguiente significado:

  • Alta en Hacienda y sus modificaciones Formato R-1 ó R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal) En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT.

  • Negociaciones De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, ninguna de las condiciones contenidas en esta Convocatoria , así como en las proposiciones presentadas por los licitantes o el contrato o pedido derivado de esta licitación en ningún momento durante su vigencia podrán ser negociadas . La CONVOCANTE desconocerá cualquier situación de esta índole que haya sido realizada con el área requirente de los bienes y/o servicios objeto de esta licitación con el responsable de la administración del contrato o el personal de supervisión o de campo de COMIMSA.