Common use of DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Clause in Contracts

DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN. La Dirección Nacional de Derecho de Autor, Unidad Administrativa Especial, adscrita al Ministerio del Interior, creada por el Decreto 2041 de 1991, a su vez modificado por los Decretos 4835 de 2008 y 1873 de 2015, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal; es la autoridad administrativa competente en el tema del derecho de autor y los derechos conexos en nuestro país. Sus funciones principales se enmarcan, entre otras, en el Registro Nacional de las obras literarias y artísticas, producciones e interpretaciones y actos jurídicos y contratos relacionados con el derecho de autor y los derechos conexos. Para cumplir con los compromisos establecidos en el proyecto de inversión 2013 en relación con la construcción de las salas de conciliación y arbitraje, fue necesario liberar espacio en el piso 17 del ECCI donde funciona la Entidad, lugar donde se encontraban ubicados los archivos de Registro desde 1886 hasta 2013 y archivos inactivos desde 1992 hasta 2013, los cuales son el histórico de la entidad, siendo esta una de las razones por las cuales fue necesario trasladar los archivos antes mencionados garantizando su reserva, confidencialidad, conservación y durabilidad, agregando a ello el hecho de que el espacio físico disponible en la sede de la Dirección Nacional de Derecho de Autor actualmente se encuentra ocupado al límite de su capacidad con el agravante que impone el hecho que la tasa de crecimiento del registro de obras en los últimos 3 años, ha alcanzado una tasa del 20% anual. Por las anteriores consideraciones es importante dejar claro que en ejercicio de sus funciones y a solicitud de los interesados, la Dirección Nacional de Derecho de Autor ha adelantado el registro de obras artísticas y literarias, producciones e interpretaciones y actos y contratos que involucran el derecho de autor y los derechos conexos. Lo que implica que a la fecha como producto de su labor la Dirección tenga bajo su custodia los ejemplares de las obras, producciones, actos y contratos y demás documentación que soporta las inscripciones efectuadas ante el Registro Nacional de Derecho de Autor. Así mismo, la Ley 23 de 1982 en su artículo 253 estableció que: Por su parte, la Decisión Andina 351 de 1993 que estableció el Régimen Común en materia de derecho de autor y derechos conexos, consagró en el artículo 51 literal a) que: Por último, la Ley 44 de 1993 estableció en su artículo 4 que: Asumida esta responsabilidad y en cumplimiento a la ley, la Dirección Nacional de Derecho de Autor requiere contratar el servicio de almacenamiento y custodia del archivo de los ejemplares de las obras, producciones, actos, contratos y demás documentación que soporta las inscripciones efectuadas ante el Registro Nacional de Derecho de Autor; que garanticen su reserva, confidencialidad, conservación y durabilidad, así como la consulta de los funcionarios autorizados en la DNDA para dar respuesta oportuna a los requerimientos personales y judiciales. Adicionalmente, en la actualidad la DNDA es custodia de libros de registro y documentos que datan desde finales del siglo XIX, los cuales requieren condiciones de conservación específicas, tales como un control adecuado de plagas y condiciones medio ambientales no disponibles ni aplicables en la Dirección Nacional de Derecho de Autor. En la actualidad estos archivos se encuentran organizados e identificados con el número de la caja, libro, tomo y partida y almacenados en cajas para archivo X-300 en la bodega de CSA S.A.S., y este es un espacio adecuado que cumple con las condiciones establecidas por el Archivo General de la Nación y es la bodega más cercana a las instalaciones de la DNDA ubicada en la ciudad de Bogotá, lo que son puntos favorables por gastos de transporte, seguimiento, consultas y rapidez para obtención de los documentos En atención al objeto del contrato, modalidad de contratación y necesidad de requerir el servicio de almacenamiento y custodia de manera continua los 365 días del año, la DNDA realizó el trámite pertinente para obtener la autorización de vigencia futura 2017 debido a que el contrato No. DNDA 018-2015 suscrito con la Compañía de Servicios Archivísticos y Tecnológicos se vence el próximo 31 xx xxxxxx de 2016, razón por la cual es imperioso continuar con el servicio de arrendamiento para almacenamiento y custodia de las obras de registro ya que la Entidad no cuenta con espacio disponible en las instalaciones para trasladar dicho material y estas acciones implican poner en riesgo la seguridad del mismo cuando se han aunado muchísimos esfuerzos para lograr llegar al término de organización y seguridad con el cual cuentan estos archivos en la actualidad. Por lo anterior, se evidencia la necesidad de contar con una bodega adecuada que cumpla con las condiciones del Archivo General de la Nación para almacenamiento y custodia para ubicar el archivo de los ejemplares de las obras de Registro y demás documentación que soporta las inscripciones efectuadas ante el Registro Nacional de Derecho de Autor, situación que obliga a la Entidad requerir los servicios de una persona jurídica para tomar en calidad de arrendamiento un espacio exclusivo para este archivo ubicado en el barrio Xxxxxxxx Xxxxxxx 00 Xx. 0-00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx. La solicitud de vigencia futura requerida por la Entidad fue aprobada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio con Número de Radicación 0-0000-000000 del 00 xx xxxxx xx 2016 y radicación en la DNDA con el No. 0-0000-00000, razón por la cual ya existe un respaldo presupuestal que nos permita iniciar el nuevo proceso contractual para continuar recibiendo los servicios del contratista.

Appears in 2 contracts

Samples: derechodeautor.gov.co, derechodeautor.gov.co

DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN. La Dirección Nacional de Derecho de Autor, Unidad Administrativa Especial, adscrita al Ministerio del Interior, creada por el Decreto 2041 de 1991, a su vez modificado por los Decretos 4835 de 2008 y 1873 de 2015, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal; es la autoridad administrativa competente en el tema del derecho de autor y los derechos conexos en nuestro país. Sus funciones principales se enmarcan, entre otras, en el Registro Nacional de las obras literarias y artísticas, producciones e interpretaciones y actos jurídicos y contratos relacionados con el derecho de autor y los derechos conexos. Para cumplir La problemática que comúnmente se presenta con la titularidad y derechos sobre las obras en todas sus formas de negociación ha generado en la Dirección Nacional de Derecho de Autor como Entidad del Estado y, la necesidad de contar con un centro de conciliación y arbitraje en materia de derecho de autor que contribuya a la solución directa, ágil y con calidad de las Controversias originadas en o relacionadas con esta materia especializada, mediante la cultura del uso de los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos y/o con los compromisos establecidos beneficios de todo tipo que conlleva emplear la figura del arbitraje en estos campos, como mecanismos para crear la cultura de respeto a los derechos de autor mediante un trabajo interdisciplinario y con proyección a la comunidad. En este sentido la Dirección Nacional de Derecho de Autor, creó el proyecto Centro de inversión 2013 en relación con la construcción Conciliación y arbitraje “Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx”, mediante Resolución número 0271 del 20 xx xxxxx de 2012, para lo cual se construyeron las salas de conciliación y arbitraje, arbitraje y fue necesario liberar espacio en el piso 17 del ECCI donde funciona la Entidad, debiendo retirar el archivo de gestión de sus instalaciones, situación que permite evidenciar la necesidad de mantener de manera definitiva el archivo de gestión en un lugar donde cercano a la DNDA, porque es el producto del desarrollo de su actividad misional y administrativa y requiere continuar con la organización, consulta y almacenamiento por el tiempo que se encontraban ubicados defina en las Tablas de Retención Documental. En la actualidad la DNDA tiene conservados y organizados los archivos de Registro desde 1886 hasta 2013 gestión en un depósito ubicado en la planta baja del Edificio Centro de Comercio Internacional a un precio razonable y archivos inactivos desde 1992 hasta 2013es necesario continuar con el servicio del depósito en calidad de arrendamiento para el almacenamiento del archivo de gestión, los cuales son el histórico se encuentran empacados en cajas para archivo inactivo referencia X-200 almacenados por dependencias y por año y se dispone de la entidadun listado en Excel, siendo esta una de las razones por las cuales fue necesario trasladar los archivos antes mencionados garantizando su reserva, confidencialidad, conservación y durabilidad, agregando donde se asigna un número a ello el hecho de que el espacio físico disponible en la sede de la Dirección Nacional de Derecho de Autor actualmente se encuentra ocupado al límite de su capacidad cada carpeta con el agravante que impone el hecho que nombre del expediente para ubicarlo cuando se requiera consultarlo y tener la tasa disponibilidad de crecimiento del registro de obras en los últimos 3 años, ha alcanzado una tasa del 20% anual. Por las anteriores consideraciones es importante dejar claro que en ejercicio de sus funciones y a solicitud de los interesados, la Dirección Nacional de Derecho de Autor ha adelantado el registro de obras artísticas y literarias, producciones e interpretaciones y actos y contratos que involucran el derecho de autor y los derechos conexos. Lo que implica que a la fecha como producto de su labor la Dirección tenga bajo su custodia los ejemplares de las obras, producciones, actos y contratos y demás documentación que soporta las inscripciones efectuadas ante el Registro Nacional de Derecho de Autor. Así mismo, la Ley 23 de 1982 en su artículo 253 estableció que: Por su parte, la Decisión Andina 351 de 1993 que estableció el Régimen Común en materia de derecho de autor y derechos conexos, consagró en el artículo 51 literal a) que: Por último, la Ley 44 de 1993 estableció en su artículo 4 que: Asumida esta responsabilidad y en cumplimiento a la ley, la Dirección Nacional de Derecho de Autor requiere contratar el servicio de almacenamiento y custodia del archivo de los ejemplares de las obras, producciones, actos, contratos y demás documentación que soporta las inscripciones efectuadas ante el Registro Nacional de Derecho de Autor; que garanticen su reserva, confidencialidad, conservación y durabilidad, así como la consulta de los funcionarios autorizados en la DNDA para dar respuesta oportuna a los requerimientos personales de los usuarios de la entidad y judicialesde los entes de control. Adicionalmente, la entidad requiere contratar otro espacio ubicado en la actualidad la DNDA es custodia el mismo Sótano 3 del ECCI con el mismo objeto, debido a que el espacio actual se encuentra ocupado en un 95% y el archivo de libros de registro gestión que allí se deposita no se puede eliminar porque son procesos, contratos y documentos que datan desde finales del siglo XIX, los cuales requieren condiciones les falta varios años para ser eliminados de conservación específicas, tales como un control adecuado de plagas y condiciones medio ambientales no disponibles ni aplicables en la Dirección Nacional de Derecho de Autor. En la actualidad estos archivos se encuentran organizados e identificados con el número de la caja, libro, tomo y partida y almacenados en cajas para archivo X-300 en la bodega de CSA S.A.S., y este es un espacio adecuado que cumple acuerdo con las condiciones normas de archivo establecidas por el Archivo General AGN. A la fecha se encuentra 1 de 16 T:\2018\E-4 GRUPO COMPRAS\E-4.4 Contratación Directa\E-4.4.4 Arrendam bienes e inmueb\2 ECCI hasta nov 30 Jul 18-18\2 EP ECCI JJH Julio 18 de 2018.doc Página pendiente de almacenar el archivo de las diferentes dependencias correspondiente a la vigencia 2017 y los demás que se requieran producto de las actividades misionales de la Nación DNDA. Para iniciar un nuevo proceso de contratación de arrendamiento para el archivo de gestión de las diferentes dependencias, que cubra las vigencias 2018 y 2019 a partir del 1 xx xxxxxx de 2018, se requiere la aprobación de una vigencia futura por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito público, pero no es la bodega más cercana a las instalaciones posible hacer esta solicitud porque de conformidad con el Articulo 10 de la DNDA ubicada Ley 819 de 2003 en el segundo párrafo del literal c) estable: “La autorización por parte del Confis para comprometer presupuesto Por lo anterior y teniendo en cuenta que la ciudad posesión del nuevo presidente de Bogotála República es el 07 xx xxxxxx de 2018, posterior a esta fecha se podrá iniciar el trámite de solicitud de una vigencia futura ante el Ministerio de Hacienda y Crédito público, proceso que tarda hasta aproximadamente un mes (1) por parte del Ministerio para que la Entidad reciba respuesta y veinte (20) días más que tarda la Entidad en hacer el trámite de contratación; lo que son puntos favorables por gastos implica la necesidad de transporte, seguimiento, consultas y rapidez para obtención de los documentos En atención al objeto del contrato, modalidad iniciar un nuevo proceso de contratación directa de arrendamiento por el término de cuatro (4) meses comprendidos entre el 01 xx xxxxxx y necesidad el 30 de requerir noviembre de 2018 que incluya los dos depósitos, cada uno identificado como S3-02 y S3-P3116 respectivamente. Finalmente, es inminente adelantar el servicio de almacenamiento y custodia de manera continua los 365 días del año, la DNDA realizó el trámite pertinente para obtener la autorización de vigencia futura 2017 proceso debido a que el contrato No. DNDA 018-2015 028- 2017 suscrito con la Compañía el edificio Centro de Servicios Archivísticos y Tecnológicos se Comercio Internacional – ECCI vence el próximo 31 xx xxxxxx de 2016, razón por la cual es imperioso continuar con el servicio julio de arrendamiento para almacenamiento 2018 y custodia de las obras de registro ya que la Entidad no cuenta con espacio físico disponible en las instalaciones para trasladar dicho material y estas acciones implican poner en riesgo la seguridad del mismo cuando se han aunado muchísimos esfuerzos para lograr llegar al término de organización y seguridad con el cual cuentan estos archivos en la actualidad. Por lo anterior, se evidencia la necesidad de contar con una bodega adecuada que cumpla con las condiciones del Archivo General de la Nación para almacenamiento y custodia para ubicar el archivo de los ejemplares de las obras de Registro y demás documentación que soporta las inscripciones efectuadas ante el Registro Nacional de Derecho de Autor, situación que obliga a la Entidad requerir los servicios de una persona jurídica para tomar en calidad de arrendamiento un espacio exclusivo para este archivo ubicado en el barrio Xxxxxxxx Xxxxxxx 00 Xx. 0-00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx. La solicitud de vigencia futura requerida por la Entidad fue aprobada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio con Número de Radicación 0-0000-000000 del 00 xx xxxxx xx 2016 y radicación en la DNDA con el No. 0-0000-00000, razón por la cual ya existe un respaldo presupuestal que nos permita iniciar el nuevo proceso contractual para continuar recibiendo los servicios del contratistainstalaciones.

Appears in 1 contract

Samples: derechodeautor.gov.co

DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN. La Dirección Nacional de Derecho de Autor, Autor es una Unidad Administrativa EspecialEspecial (en adelante DNDA o la Dirección), adscrita al Ministerio del Interior, creada por el Decreto 2041 de 1991, a su vez modificado por los Decretos 4835 de 2008 y 1873 de 2015, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal; es patrimonio independiente. La DNDA tiene como misión, el fortalecimiento de la autoridad administrativa competente en el tema del debida y adecuada protección de los titulares de derecho de autor y de los derechos conexos en nuestro país. Sus funciones principales se enmarcanconexos, entre otrascontribuyendo al desarrollo de una cultura de respeto a los mismos, en y por lo que, inculca la noción de derecho de autor como un nuevo concepto de riqueza que genera empleo, impulsa el Registro Nacional desarrollo de la nación, protege la creación de las obras literarias y artísticas que contribuyen a engrandecer la cultura, el conocimiento, el arte, el entretenimiento y la calidad de vida, respondiendo a los retos impuestos por los avances tecnológicos. Como autoridad administrativa la Oficina de Registro, dentro de sus funciones debe efectuar el registro de derecho de autor de obras literarias, artísticas, producciones e interpretaciones fonogramas, contratos y demás actos jurídicos y contratos relacionados con el derecho de autor autor, así como copias, modificaciones, de los mismos y los derechos conexosatender consultas sobre la temática autoral. Para cumplir con el cumplimiento de los compromisos establecidos en el proyecto de inversión 2013 en relación con la construcción de las salas de conciliación objetivos y arbitraje, fue necesario liberar espacio en el piso 17 del ECCI donde funciona la Entidad, lugar donde funciones que se encontraban ubicados los archivos de Registro desde 1886 hasta 2013 y archivos inactivos desde 1992 hasta 2013, los cuales son el histórico de la entidad, siendo esta una de las razones por las cuales fue necesario trasladar los archivos antes mencionados garantizando su reserva, confidencialidad, conservación y durabilidad, agregando a ello el hecho de que el espacio físico disponible realizan en la sede oficina de la Dirección Nacional Registro, se requiere de Derecho una serie de Autor actualmente se encuentra ocupado al límite de su capacidad con el agravante que impone el hecho que la tasa de crecimiento del registro de obras en los últimos 3 años, ha alcanzado una tasa del 20% anual. Por las anteriores consideraciones es importante dejar claro que en ejercicio de sus funciones tareas para obtener resultados y respuestas satisfactorias y a solicitud de tiempo a los interesadosusuarios externos, la Dirección Nacional de Derecho de Autor ha adelantado el registro de obras artísticas y literarias, producciones e interpretaciones y actos y contratos pero debido a que involucran el derecho de autor y los derechos conexos. Lo que implica que día a la fecha como producto de su labor la Dirección tenga bajo su custodia los ejemplares de día se han venido incrementando las obras, producciones, actos y contratos y demás documentación que soporta las inscripciones efectuadas ante solicitudes para el Registro Nacional de Derecho de Autor. Así mismo, Autor resulta indispensable el apoyo a la Ley 23 de 1982 en su artículo 253 estableció que: Por su parte, la Decisión Andina 351 de 1993 que estableció el Régimen Común en materia de derecho de autor y derechos conexos, consagró gestión en el artículo 51 literal a) que: Por últimomarco del referente funcional antes mencionado y para este fin específico, pues la Ley 44 Entidad no cuenta con personal de 1993 estableció en su artículo 4 que: Asumida esta responsabilidad y en cumplimiento a la ley, la Dirección Nacional de Derecho de Autor requiere contratar el planta suficiente que pueda apoyar las diferentes labores que surgen con ocasión del servicio de almacenamiento y custodia del archivo de los ejemplares de las obras, producciones, actos, contratos y demás documentación que soporta las inscripciones efectuadas ante el Registro Nacional de Derecho de Autor; que garanticen su reserva, confidencialidad, conservación y durabilidad, así como la consulta de los funcionarios autorizados en la DNDA para dar respuesta oportuna a los requerimientos personales y judiciales. Adicionalmente, en la actualidad la DNDA es custodia de libros de registro y documentos que datan desde finales del siglo XIX, los cuales requieren condiciones de conservación específicas, tales como un control adecuado de plagas y condiciones medio ambientales no disponibles ni aplicables en la Dirección Nacional de Derecho de Autor. En A continuación, se muestran las estadísticas e incremento del Registro Nacional desde el 2006, hasta el mes de diciembre de 2016, a saber: Así pues, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016, se expidieron por parte de la actualidad estos archivos Oficina de Registro un total de 71.873 inscripciones; si miramos la diferencia entre la cantidad de inscripciones realizadas en el año 2006 con relación al número de registros alcanzado en el año 2016, tenemos un aumento de 49.721 registros, esto significa que los registros han aumentado en más de un 324,4% en los últimos 10 años, y se encuentran organizados e identificados con ha mantenido la misma planta de personal, pudiendo evidenciarse en estudio realizado de cargas de trabajo que todos los servidores de la Oficina de Registro, ocupan la totalidad del tiempo laboral para ejecutar sus funciones y no existe entonces espacio de tiempo que permita incrementar el número de la caja, libro, tomo tareas en los mismos como se evidencia en las cargas laborales. Dentro de las tareas de apoyo se requiere una persona natural con experiencia en labores secretariales y partida y almacenados en cajas atención a usuarios para archivo X-300 en la bodega adelantar actividades relacionadas con el manejo de CSA S.A.S., y este es un espacio adecuado que cumple con las condiciones establecidas por el Archivo General archivos de la Nación Oficina de Registro, recibir, preparar y es transcribir correspondencia para la bodega más cercana a las instalaciones firma del jefe de la DNDA ubicada en la ciudad dependencia; realizar y mantener actualizados los reportes e informes de Bogotácontrol, lo que son puntos favorables por gastos de transporte, seguimiento, consultas y rapidez para obtención organizar los expedientes de los documentos En atención al objeto del contrato, modalidad de contratación casos especiales y necesidad de requerir el servicio de almacenamiento y custodia de manera continua los 365 días del año, la DNDA realizó el trámite pertinente obras editadas para obtener la autorización de vigencia futura 2017 debido a que el contrato No. DNDA 018-2015 suscrito con la Compañía de Servicios Archivísticos y Tecnológicos se vence el próximo 31 xx xxxxxx de 2016, razón por la cual es imperioso continuar con el servicio de arrendamiento para almacenamiento y custodia de las obras de registro ya que la Entidad no cuenta con espacio disponible en las instalaciones para trasladar dicho material y estas acciones implican poner en riesgo la seguridad del mismo cuando se han aunado muchísimos esfuerzos para lograr llegar al término de organización y seguridad con el cual cuentan estos archivos en la actualidadconsulta entre otros. Por lo anterior, se evidencia para que la necesidad DNDA continúe cumpliendo de contar manera eficiente con una bodega adecuada que cumpla su misión y prestación de servicios a sus usuarios en concordancia con las condiciones del Archivo General funciones específicas que se encuentran bajo la responsabilidad de la Nación para almacenamiento oficina de Registro, es necesario celebrar un contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión, dejando claro las condiciones de cumplimiento del contrato y custodia para ubicar el archivo detalle de los ejemplares resultados esperados. Finalmente es importante resaltar, que el apoyo resulta necesario, toda vez que la función pública es permanente por definición y que las tareas que la conforman deben ser cubiertas por personal de planta, de donde se colige que las obras actividades a contratar invocando esta causal son de Registro y demás documentación carácter “ocasional”, toda vez que soporta las inscripciones efectuadas ante el Registro Nacional son de Derecho de Autor, situación que obliga “apoyo” a la Entidad requerir los servicios de una persona jurídica para tomar en calidad de arrendamiento un espacio exclusivo para este archivo ubicado en el barrio Xxxxxxxx Xxxxxxx 00 Xx. 0-00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx. La solicitud de vigencia futura requerida por la Entidad fue aprobada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio con Número de Radicación 0-0000-000000 del 00 xx xxxxx xx 2016 y radicación en la DNDA gestión permanente con el No. 0-0000-00000, razón por alcance que el artículo 32 de la cual ya existe un respaldo presupuestal que nos permita iniciar el nuevo proceso contractual para continuar recibiendo los servicios del contratistaLey 80 de 1993 ha dado al contrato de prestación de servicios.

Appears in 1 contract

Samples: derechodeautor.gov.co

DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN. La Dirección Nacional de Derecho de Autor, Unidad Administrativa Especial, adscrita al Ministerio del Interior, creada por el Decreto 2041 de 1991, a su vez modificado por los Decretos 4835 de 2008 y 1873 de 2015, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal; es la autoridad administrativa competente en el tema del derecho de autor y los derechos conexos en nuestro país. Sus funciones principales se enmarcan, entre otras, en el Registro Nacional de las obras literarias y artísticas, producciones e interpretaciones y actos jurídicos y contratos relacionados con el derecho de autor y los derechos conexos. Para cumplir La problemática que comúnmente se presenta con la titularidad y derechos sobre las obras en todas sus formas de negociación ha generado en la Dirección Nacional de Derecho de Autor como Entidad del Estado y, la necesidad de contar con un centro de conciliación y arbitraje en materia de derecho de autor que contribuya a la solución directa, ágil y con calidad de las Controversias originadas en o relacionadas con esta materia especializada, mediante la cultura del uso de los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos y/o con los compromisos establecidos beneficios de todo tipo que conlleva emplear la figura del arbitraje en estos campos, como mecanismos para crear la cultura de respeto a los derechos de autor mediante un trabajo interdisciplinario y con proyección a la comunidad. En este sentido la Dirección Nacional de Derecho de Autor, creó el proyecto Centro de inversión 2013 en relación con la construcción Conciliación y arbitraje “Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx”, mediante Resolución número 0271 del 20 xx xxxxx de 2012, para lo cual se construyeron las salas de conciliación y arbitraje, arbitraje y fue necesario liberar espacio en el piso 17 del ECCI donde funciona la Entidad, debiendo retirar el archivo de gestión de sus instalaciones, situación que permite evidenciar la necesidad de mantener de manera definitiva el archivo de gestión en un lugar donde cercano a la DNDA, porque es el producto del desarrollo de su actividad misional y administrativa y requiere continuar con la organización, consulta y almacenamiento por el tiempo que se encontraban ubicados defina en las Tablas de Retención Documental. En la actualidad la DNDA tiene conservados y organizados los archivos de Registro desde 1886 hasta 2013 gestión en una bodega ubicada en la planta baja del Edificio Centro de Comercio Internacional a un precio razonable y archivos inactivos desde 1992 hasta 2013es necesario continuar con el servicio de la bodega en calidad de arrendamiento para el almacenamiento del archivo de gestión, los cuales son el histórico se encuentran empacados en cajas para archivo inactivo referencia X-200 almacenados por dependencias y por año y se dispone de la entidadun listado en Excel, siendo esta una de las razones por las cuales fue necesario trasladar los archivos antes mencionados garantizando su reserva, confidencialidad, conservación y durabilidad, agregando donde se asigna un número a ello el hecho de que el espacio físico disponible en la sede de la Dirección Nacional de Derecho de Autor actualmente se encuentra ocupado al límite de su capacidad cada carpeta con el agravante que impone el hecho que nombre del expediente para ubicarlo cuando se requiera consultarlo y tener la tasa disponibilidad de crecimiento del registro de obras en los últimos 3 años, ha alcanzado una tasa del 20% anual. Por las anteriores consideraciones es importante dejar claro que en ejercicio de sus funciones y a solicitud de los interesados, la Dirección Nacional de Derecho de Autor ha adelantado el registro de obras artísticas y literarias, producciones e interpretaciones y actos y contratos que involucran el derecho de autor y los derechos conexos. Lo que implica que a la fecha como producto de su labor la Dirección tenga bajo su custodia los ejemplares de las obras, producciones, actos y contratos y demás documentación que soporta las inscripciones efectuadas ante el Registro Nacional de Derecho de Autor. Así mismo, la Ley 23 de 1982 en su artículo 253 estableció que: Por su parte, la Decisión Andina 351 de 1993 que estableció el Régimen Común en materia de derecho de autor y derechos conexos, consagró en el artículo 51 literal a) que: Por último, la Ley 44 de 1993 estableció en su artículo 4 que: Asumida esta responsabilidad y en cumplimiento a la ley, la Dirección Nacional de Derecho de Autor requiere contratar el servicio de almacenamiento y custodia del archivo de los ejemplares de las obras, producciones, actos, contratos y demás documentación que soporta las inscripciones efectuadas ante el Registro Nacional de Derecho de Autor; que garanticen su reserva, confidencialidad, conservación y durabilidad, así como la consulta de los funcionarios autorizados en la DNDA para dar respuesta oportuna a los requerimientos personales y judiciales. Adicionalmente, en la actualidad la DNDA es custodia de libros de registro y documentos que datan desde finales del siglo XIX, los cuales requieren condiciones de conservación específicas, tales como un control adecuado de plagas y condiciones medio ambientales no disponibles ni aplicables en la Dirección Nacional de Derecho de Autor. En la actualidad estos archivos se encuentran organizados e identificados con el número usuarios de la caja, libro, tomo entidad y partida y almacenados en cajas para archivo X-300 en la bodega de CSA S.A.S., y este es un espacio adecuado que cumple con las condiciones establecidas por el Archivo General de la Nación y es la bodega más cercana a las instalaciones de la DNDA ubicada en la ciudad de Bogotá, lo que son puntos favorables por gastos de transporte, seguimiento, consultas y rapidez para obtención de los documentos En atención al objeto del contratoentes de control. Es de aclarar que la presente contratación cubre dos (2) vigencias, modalidad de contratación 2017 y necesidad de requerir el servicio de almacenamiento y custodia de manera continua los 365 días del año, la DNDA realizó el trámite pertinente para obtener la autorización de vigencia futura 2017 debido a que el contrato No. DNDA 018-2015 suscrito con la Compañía de Servicios Archivísticos y Tecnológicos se vence el próximo 31 xx xxxxxx de 20162018, razón por la cual es imperioso continuar con se solicitó una vigencia futura hasta el servicio 31 de arrendamiento para almacenamiento julio de 2018 (9 meses) y custodia no hasta el 31 de las obras octubre de registro ya 2018 (1 año) porque esté último término cubre un periodo que corresponde a la Entidad entrada en vigencia de un nuevo Gobierno, por esta razón del 01 xx xxxxxx al 31 de octubre de 2018 no cuenta con espacio disponible en las instalaciones para trasladar dicho material y estas acciones implican poner en riesgo la seguridad del mismo cuando se han aunado muchísimos esfuerzos para lograr llegar al término de organización y seguridad con el cual cuentan estos archivos incluye en la actualidad. Por lo anterior, se evidencia la necesidad solicitud de contar con una bodega adecuada que cumpla con las condiciones del Archivo General de la Nación para almacenamiento y custodia para ubicar el archivo de los ejemplares de las obras de Registro y demás documentación que soporta las inscripciones efectuadas ante el Registro Nacional de Derecho de Autor, situación que obliga a la Entidad requerir los servicios de una persona jurídica para tomar en calidad de arrendamiento un espacio exclusivo para este archivo ubicado en el barrio Xxxxxxxx Xxxxxxx 00 Xx. 0-00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx. La solicitud autorización de vigencia futura requerida por la Entidad fue aprobada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio con Número de Radicación 0-0000-000000 del 00 xx xxxxx xx 2016 y radicación ni en la DNDA con el Nopresente contratación. 0T:\2017\E-4 GRUPO COMPRAS\E-4.4 Contratación Directa\E-4.4.4 Arrendam bienes e inmueb\3 Bodega ECCI Vig Fut 2017-0000-00000, razón por la cual ya existe un respaldo presupuestal que nos permita iniciar el nuevo proceso contractual para continuar recibiendo los servicios del contratista.2018\2 EP ECCI Octub-17.doc

Appears in 1 contract

Samples: derechodeautor.gov.co

DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN. La Dirección Nacional de Derecho de Autor, Autor es una Unidad Administrativa EspecialEspecial (en adelante DNDA o la Dirección), adscrita al Ministerio del Interior, creada por el Decreto 2041 de 1991, a su vez modificado por los Decretos 4835 de 2008 y 1873 de 2015, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal; es patrimonio independiente. La DNDA tiene como misión, el fortalecimiento de la autoridad administrativa competente en el tema del debida y adecuada protección de los titulares de derecho de autor y de los derechos conexos en nuestro país. Sus funciones principales se enmarcanconexos, entre otrascontribuyendo al desarrollo de una cultura de respeto a los mismos, en y por lo que, inculca la noción de derecho de autor como un nuevo concepto de riqueza que genera empleo, impulsa el Registro Nacional desarrollo de la nación, protege la creación de las obras literarias y artísticasartísticas que contribuyen a engrandecer la cultura, producciones e interpretaciones el conocimiento, el arte, el entretenimiento y actos jurídicos y contratos relacionados con el derecho la calidad de autor y vida, respondiendo a los derechos conexosretos impuestos por los avances tecnológicos. Para cumplir con los compromisos establecidos Basados en el proyecto literal c. del artículo 51 de inversión 2013 en relación con la construcción Decisión Andina 351 de 1993, el cual menciona que las salas oficinas nacionales de Derecho de Autor y Derechos Conexos son competentes para intervenir por vía de conciliación y arbitrajearbitraje en los conflictos que se presenten con motivo del goce o el ejercicio del Derecho de Autor, fue necesario liberar espacio la Dirección Nacional de Derecho de Autor, en el piso 17 procura de lograr una mayor armonía entre las diferentes situaciones jurídicas, le solicitó al Ministerio de Justicia y del ECCI donde funciona la Entidad, lugar donde se encontraban ubicados los archivos Derecho autorización para crear un Centro de Registro desde 1886 hasta 2013 Conciliación y archivos inactivos desde 1992 hasta 2013, los cuales son el histórico de la entidad, siendo esta una de las razones por las cuales fue necesario trasladar los archivos antes mencionados garantizando su reserva, confidencialidad, conservación y durabilidad, agregando a ello el hecho de que el espacio físico disponible Arbitraje especializado en la sede materia. Dicha autorización fue otorgada mediante la Resolución 0271 del 20 xx xxxxx de 2012, de acuerdo con las facultades establecidas en la Ley 640 de 2001, creándose de esta forma el Centro de Conciliación y Arbitraje “XXXXXXXX XXXXXXXXXX” de la Dirección Nacional de Derecho de Autor actualmente –DNDA. Cabe señalar, que, si bien existen múltiples centros de conciliación y/o arbitraje en Colombia, se encuentra ocupado al límite que no existe una respuesta satisfactoria a dichos problemas si tenemos en cuenta el nivel de su capacidad especialización de la materia y la pluralidad de conflictos relacionados con el agravante que impone el hecho que la tasa derecho de crecimiento del registro de obras en los últimos 3 años, ha alcanzado una tasa del 20% anualautor. Por las anteriores consideraciones es importante dejar claro que en ejercicio lo tanto, una solución como la creación al interior de sus funciones y a solicitud de los interesados, la Dirección Nacional de Derecho de Autor ha adelantado el registro de un centro de conciliación y/o arbitraje, genera una reacción positiva en la población beneficiaria y posiciona a la entidad a nivel regional como pionera en la materia. El ejercicio gremial por parte de los autores mediante la gestión colectiva, genera relaciones de estas sociedades con una amplia base de personas que explotan económicamente obras artísticas y literarias, producciones e interpretaciones y actos y contratos que involucran protegidas por el derecho de autor y prestaciones protegidas por los derechos conexos. Lo , personas que implica que a la fecha pueden ser grandes empresarios como producto los organismos de su labor la Dirección tenga bajo su custodia los ejemplares radiodifusión, promotores de las obrasconciertos o pequeños comerciantes, producciones, actos y contratos y demás documentación que soporta las inscripciones efectuadas ante como es el Registro Nacional de Derecho de Autor. Así mismo, la Ley 23 de 1982 en su artículo 253 estableció que: Por su parte, la Decisión Andina 351 de 1993 que estableció el Régimen Común en materia de derecho de autor y derechos conexos, consagró en el artículo 51 literal a) que: Por último, la Ley 44 de 1993 estableció en su artículo 4 que: Asumida esta responsabilidad y en cumplimiento a la ley, la Dirección Nacional de Derecho de Autor requiere contratar el servicio de almacenamiento y custodia del archivo de los ejemplares de las obras, producciones, actos, contratos y demás documentación que soporta las inscripciones efectuadas ante el Registro Nacional de Derecho de Autor; que garanticen su reserva, confidencialidad, conservación y durabilidad, así como la consulta de los funcionarios autorizados en la DNDA para dar respuesta oportuna a los requerimientos personales y judiciales. Adicionalmente, en la actualidad la DNDA es custodia de libros de registro y documentos que datan desde finales del siglo XIX, los cuales requieren condiciones de conservación específicas, tales como un control adecuado de plagas y condiciones medio ambientales no disponibles ni aplicables en la Dirección Nacional de Derecho de Autor. En la actualidad estos archivos se encuentran organizados e identificados con el número de la caja, libro, tomo y partida y almacenados en cajas para archivo X-300 en la bodega de CSA S.A.S., y este es un espacio adecuado que cumple con las condiciones establecidas por el Archivo General de la Nación y es la bodega más cercana a las instalaciones de la DNDA ubicada en la ciudad de Bogotá, lo que son puntos favorables por gastos de transporte, seguimiento, consultas y rapidez para obtención de los documentos En atención al objeto del contrato, modalidad de contratación y necesidad de requerir el servicio de almacenamiento y custodia de manera continua los 365 días del año, la DNDA realizó el trámite pertinente para obtener la autorización de vigencia futura 2017 debido a que el contrato No. DNDA 018-2015 suscrito con la Compañía de Servicios Archivísticos y Tecnológicos se vence el próximo 31 xx xxxxxx de 2016, razón por la cual es imperioso continuar con el servicio de arrendamiento para almacenamiento y custodia de las obras de registro ya que la Entidad no cuenta con espacio disponible en las instalaciones para trasladar dicho material y estas acciones implican poner en riesgo la seguridad del mismo cuando se han aunado muchísimos esfuerzos para lograr llegar al término de organización y seguridad con el cual cuentan estos archivos en la actualidad. Por lo anterior, se evidencia la necesidad de contar con una bodega adecuada que cumpla con las condiciones del Archivo General de la Nación para almacenamiento y custodia para ubicar el archivo de los ejemplares de las obras de Registro y demás documentación que soporta las inscripciones efectuadas ante el Registro Nacional de Derecho de Autor, situación que obliga a la Entidad requerir los servicios caso de una persona jurídica para tomar que realiza una comunicación pública en calidad un local comercial. Es de arrendamiento un espacio exclusivo para este archivo ubicado precisar, que usualmente los conflictos en la gestión colectiva, se encuentran a la hora de negociar las tarifas con los usuarios y al momento de repartir dicho recaudo entre los socios vinculados a las sociedades de gestión. De conformidad con lo dispuesto en el barrio Xxxxxxxx Xxxxxxx 00 Xx. 0-00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx. La solicitud Artículo 13 de vigencia futura requerida por la Entidad fue aprobada por ley 640 de 2001, dentro de las obligaciones que debe cumplir el Ministerio Centro de Hacienda Conciliación y Crédito Público mediante oficio con Número de Radicación 0-0000-000000 del 00 xx xxxxx xx 2016 y radicación en la DNDA con el No. 0-0000-00000, razón por la cual ya existe un respaldo presupuestal que nos permita iniciar el nuevo proceso contractual para continuar recibiendo los servicios del contratista.Arbitraje se encuentran las siguientes:

Appears in 1 contract

Samples: derechodeautor.gov.co