Ejecución de las garantías. A. Se podrán hacer efectivas las garantías relativas a la seriedad de la proposición en los siguientes casos: A.1. Cuando los participantes no sostengan sus proposiciones; A.2. Cuando los proveedores participantes retiren sus proposiciones después del acto de presentación y apertura de proposiciones; A.3. Cuando los participantes ganadores no confirmen su aceptación para que se les finque el contrato dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que se les hubiere comunicado el fallo a su favor; A.4. Cuando los participantes ganadores, no firmen el contrato en el plazo establecido o no entreguen la póliza mediante la cual se otorgue la fianza correspondiente o bien la garantía, a que se refiere el numeral 5.2 de estas bases. B. Se podrán hacer efectivas las garantías por incumplimiento del contrato cuando: B.1. Por cualquier causa de incumplimiento del contrato imputable al proveedor; B.2. Cuando se rescinda el contrato por cualquier causa imputable al proveedor.
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Ejecución de las garantías. A. Se podrán hacer efectivas las garantías relativas a la seriedad de la proposición en los siguientes casos:
A.1. Cuando los participantes no sostengan sus proposiciones;
A.2. Cuando los proveedores participantes participantes, retiren sus proposiciones después del acto de presentación y apertura de proposiciones;
A.3. Cuando los participantes ganadores ganadores, no confirmen su aceptación para que se les finque el contrato dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que se les hubiere comunicado el fallo a su favor;
A.4. Cuando los participantes ganadores, no firmen el contrato en el plazo establecido o no entreguen la póliza mediante la cual se otorgue la fianza correspondiente o bien la garantía, a que se refiere el numeral 5.2 de estas bases.
B. Se podrán hacer efectivas las garantías por incumplimiento del contrato cuando:
B.1. Por cualquier causa de incumplimiento del contrato imputable al proveedor;
B.2. Cuando se rescinda el contrato por cualquier causa imputable al proveedor.
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Ejecución de las garantías. A. Se podrán hacer efectivas las garantías relativas a la seriedad de la proposición propuesta en los siguientes casos:
A.1. Cuando los participantes no sostengan sus proposicionespropuestas;
A.2. Cuando los proveedores participantes participantes, retiren sus proposiciones propuestas después del acto de presentación y apertura de proposicionespropuestas;
A.3. Cuando los participantes ganadores ganadores, no confirmen su aceptación para que se les finque el contrato dentro de los 10 5 (diezcinco) días hábiles siguientes a la fecha en que se les hubiere comunicado el fallo a su favor;
A.4. Cuando los participantes ganadores, no firmen el contrato en el plazo establecido o no entreguen la póliza mediante la cual se otorgue la fianza correspondiente o bien la garantía, a que se refiere el numeral 5.2 de estas bases.
B. Se podrán hacer efectivas las garantías por incumplimiento del contrato cuando:
B.1. Por cualquier causa de incumplimiento del contrato imputable al proveedor;
B.2. Cuando se rescinda el contrato por cualquier causa imputable al proveedor.
C) Se podrán hacer efectivas las garantías de anticipo:
C.1. Cuando el proveedor no entregue los bienes o incurra en el supuesto establecido en el inciso “A” del numeral 21.2;
C.2. Cuando incurra en algunas de las causales establecidas para ello en el contrato.
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Ejecución de las garantías. A. Se podrán hacer efectivas las garantías relativas a la seriedad de la proposición propuesta en los siguientes casos:
A.1. Cuando los participantes no sostengan sus proposicionespropuestas;
A.2. Cuando los proveedores participantes participantes, retiren sus proposiciones propuestas después del acto de presentación y apertura de proposicionespropuestas;
A.3. Cuando los participantes ganadores ganadores, no confirmen su aceptación para que se les finque el contrato dentro de los 10 5 (diezcinco) días hábiles siguientes a la fecha en que se les hubiere comunicado el fallo a su favor;
A.4. Cuando los participantes ganadores, no firmen el contrato en el plazo establecido o no entreguen la póliza mediante la cual se otorgue la fianza correspondiente o bien la garantía, a que se refiere el numeral 5.2 de estas bases.
B. Se podrán hacer efectivas las garantías por incumplimiento del contrato cuando:
B.1. Por cualquier causa de incumplimiento del contrato imputable al proveedor;
B.2. Cuando se rescinda el contrato por cualquier causa imputable al proveedor.
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