Enmienda al Pliegos de Condiciones. 8.1. De considerarlo necesario, por iniciativa propia o como consecuencia de una Consulta, la Entidad Contratante podrá modificar, mediante Enmienda, los Pliegos de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otras Enmiendas. Las Enmiendas se hacen de conocimiento de todos los Oferentes y se deben dar a publicidad a través del Portal de Compras de la Dirección General de Contrataciones Públicas xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
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Samples: Pliego De Condiciones Específicas Para Compra Y Contratación De Bienes Y Servicios Conexos, www.sib.gob.do, www.sib.gob.do
Enmienda al Pliegos de Condiciones. 8.1. 9.1 De considerarlo necesario, por iniciativa propia o como consecuencia de una Consulta, la Entidad Contratante podrá modificar, mediante Enmienda, los Pliegos de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otras Enmiendas. Las Enmiendas se hacen de conocimiento de todos los Oferentes y se deben dar a publicidad a través del Portal de Compras de la Dirección General de Contrataciones Públicas xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
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Samples: transparencia.hacienda.gob.do
Enmienda al Pliegos de Condiciones. 8.1. 14.1 De considerarlo necesario, por iniciativa propia o como consecuencia de una Consulta, la Entidad Contratante podrá modificar, mediante Enmienda, los Pliegos de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otras Enmiendas. Las Enmiendas se hacen de conocimiento de todos los Oferentes y se deben dar a publicidad a través del Portal de Compras de la Dirección General de Contrataciones Públicas xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
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Samples: www.cne.gob.do