Common use of EQUIPO TERMINAL Clause in Contracts

EQUIPO TERMINAL. El CLIENTE reconoce y acepta que el EQUIPO TERMINAL lo recibe en calidad de comodato, en consecuencia el CLIENTE se constituye en responsable del buen uso y conservación del mismo, debiendo incluso, conectar dicho EQUIPO TERMINAL a un equipo regulador de voltaje que lo proteja de cualquier posible daño que sea causado por descargas eléctricas. En todo momento se podrán realizar modificaciones a la configuración del EQUIPO TERMINAL a fin de mejorar el desempeño del SERVICIO o bien, se podrá reemplazar el mismo, sin costo para el CLIENTE, cuando se considere que el EQUIPO TERMINAL es inadecuado para el correcto funcionamiento del SERVICIO. En caso de que el CLIENTE no acepte la referida modificación a la configuración del EQUIPO TERMINAL o en su caso, el reemplazo de éste, TELMEX se reserva el derecho de dar por terminado el presente Contrato conforme a los términos y condiciones de la cláusula Vigésima Segunda del Contrato. Las modificaciones, que por solicitud del CLIENTE se realicen al EQUIPO TERMINAL y que tengan un costo para el CLIENTE, previo a realizar las mismas, se deberá: (i) notificar al CLIENTE el costo que impliquen éstas y (ii) contar con la autorización del CLIENTE para implementarlas. Las modificaciones a la configuración del EQUIPO TERMINAL podrán realizarse en el domicilio del CLIENTE o vía remota, sin que lo anterior constituya una violación a los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. Queda prohibido al CLIENTE realizar cualquier modificación al EQUIPO TERMINAL o conectar al mismo, aparatos y/o dispositivos diferentes a los ACCESORIOS y al equipo regulador de voltaje. En caso de contravenir lo estipulado en el presente párrafo, el CLIENTE será responsable de los daños y perjuicios que resulten, sin perjuicio del derecho de TELMEX de rescindir el presente Contrato.

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Samples: Servicio De Acceso a Internet, Servicio De Acceso a Internet, Servicio De Acceso a Internet

EQUIPO TERMINAL. El CLIENTE SUSCRIPTOR reconoce y acepta que el EQUIPO TERMINAL lo recibe en calidad de comodato, en consecuencia el CLIENTE SUSCRIPTOR se constituye en responsable del buen uso y conservación del mismo, debiendo incluso, conectar dicho EQUIPO TERMINAL a un equipo regulador de voltaje que lo proteja de cualquier posible daño que sea causado por descargas eléctricas. En todo momento se podrán realizar modificaciones a la configuración del EQUIPO TERMINAL a fin de mejorar el desempeño del SERVICIO o bien, se podrá reemplazar el mismo, sin costo para el CLIENTESUSCRIPTOR, cuando se considere que el EQUIPO TERMINAL es inadecuado para el correcto funcionamiento del SERVICIO. En caso de que el CLIENTE SUSCRIPTOR no acepte la referida modificación a la configuración del EQUIPO TERMINAL o en su caso, el reemplazo de éste, TELMEX se reserva el derecho de dar por terminado el presente Contrato conforme a los términos y condiciones de la cláusula Vigésima Segunda del Contrato. Las modificaciones, que por solicitud del CLIENTE SUSCRIPTOR se realicen al EQUIPO TERMINAL y que tengan un costo para el CLIENTESUSCRIPTOR, previo a realizar las mismas, se deberá: (i) notificar al CLIENTE SUSCRIPTOR el costo que impliquen éstas y (ii) contar con la autorización del CLIENTE SUSCRIPTOR para implementarlas. Las modificaciones a la configuración del EQUIPO TERMINAL podrán realizarse en el domicilio del CLIENTE SUSCRIPTOR o vía remota, sin que lo anterior constituya una violación a los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. Queda prohibido al CLIENTE SUSCRIPTOR realizar cualquier modificación al EQUIPO TERMINAL o conectar al mismo, aparatos y/o dispositivos diferentes a los ACCESORIOS y al equipo regulador de voltaje. En caso de contravenir lo estipulado en el presente párrafo, el CLIENTE SUSCRIPTOR será responsable de los daños y perjuicios que resulten, sin perjuicio del derecho de TELMEX de rescindir el presente Contrato.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación De Servicios

EQUIPO TERMINAL. Los equipos y accesorios que son necesarios para recibir el SERVICIO son propiedad del PROVEEDOR mismos que sé' entregan al SUSCRIPTOR en COMODATO (en préstamo). El CLIENTE reconoce y acepta que el EQUIPO TERMINAL lo recibe en calidad de comodatoSUSCRIPTOR se compromete a la guarda, en consecuencia el CLIENTE se constituye en responsable del buen uso custodia y conservación del mismo(los) equipo(s}, debiendo inclusodurante todo el tiempo que se encuentre en su poder, conectar dicho EQUIPO TERMINAL hasta la terminación del presente contrato y deberán ser devueltos al PROVEEDOR, ·presentando únicamente el desgaste natural por el paso del tiempo, y por su parte el PROVEEDOR se obliga a un equipo regulador de voltaje que lo proteja de cualquier posible daño que sea causado por descargas eléctricas. En todo momento se podrán realizar modificaciones dar m�ntenimiento a los equipos y accesorios para la configuración del EQUIPO TERMINAL a fin de mejorar el desempeño del SERVICIO o bien, se podrá reemplazar el mismo, sin costo para el CLIENTE, cuando se considere que el EQUIPO TERMINAL es inadecuado para el correcto funcionamiento adecuada prestación del SERVICIO. Cuando las fallas que se presentJn en el equipo y accesorios no sean atribuibles al SUSCRIPTOR, el PROVEEDOR se obliga a realizar de manera · gratuita las reparaciones necesarias, en tanto este contrato permanezca vigente. Ambas partes deberán coordinarse para establecer la fecha y hora en que se llevarán a cabo dichas actividades. El personal designado por el PROVEEDOR se debe de identificar y mostrar al SUSCRLE'TOR la. orden de trabajo expedida• por el PROVEEDOR. En caso de que el CLIENTE no acepte la referida modificación a la configuración del EQUIPO TERMINAL equipo terminal se encuentre en reparación o en su casomantenimiento, el reemplazo de éstePROVEEDOR debe suspender el cobro del SERVICIO por el periodo que dure la revisión, TELMEX se reserva el derecho de dar por terminado el presente Contrato conforme a los términos y condiciones de la cláusula Vigésima Segunda del Contrato. Las modificaciones, que por solicitud del CLIENTE se realicen al EQUIPO TERMINAL y que tengan un costo para el CLIENTE, previo a realizar las mismas, se deberá: (i) notificar al CLIENTE el costo que impliquen éstas y (ii) contar con la autorización del CLIENTE para implementarlas. Las modificaciones a la configuración del EQUIPO TERMINAL podrán realizarse en el domicilio del CLIENTE o vía remota, sin que lo anterior constituya una violación a los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. Queda prohibido al CLIENTE realizar cualquier modificación al EQUIPO TERMINAL o conectar al mismo, aparatos reparación y/o dispositivos diferentes a los ACCESORIOS y al mantenimiento de dicho equipo regulador terminal, excepto cuando el PROVEEDOR acredite que el SUSCRIPTOR está haciendo uso del servicio o le haya proporcionado un equipo sustituto. Cuando el Equipo provisto en comodato, sea robado o sea objeto de voltaje. En caso de contravenir lo estipulado en el presente párrafoalgún siniestro, el CLIENTE será responsable SUSCRIPTOR deberá dar aviso inmediato al PROVEEDOR, en un plazo que no excederá de los daños veinticuatro horas posteriores al evento para la reposición del Equipo y perjuicios para suspender el cobro del SERVICIO hasta que resultenel SUSCRIPTOR tenga otro equipo para poder recibir el SERVICIO. El SUSCRIPTOR tendrá un plazo de 30 días hábiles posteriores al robo o siniestro para presentar copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente, sin perjuicio que acredite el objeto de robo o siniestro para ✓ que no tenga costo la reposición del derecho de TELMEX de rescindir el presente Contratoequipo.

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Samples: Registro De Contrato De Adhesión

EQUIPO TERMINAL. El CLIENTE EL CONSUMIDOR reconoce y acepta que recibe el EQUIPO TERMINAL lo recibe en calidad de comodatoComodato, para el caso del Servicio de Internet Fijo o Paquetes que contengan Servicios de Internet, en consecuencia consecuencia, para servicios en el CLIENTE que se asigna el equipo en Comodato, se constituye en responsable del buen uso y conservación del mismo, debiendo incluso, conectar dicho EQUIPO TERMINAL sugiriendo conectarlo a un equipo regulador de voltaje que lo proteja de cualquier posible daño que sea causado por descargas eléctricas. En todo momento se podrán realizar modificaciones a la configuración del EQUIPO TERMINAL a fin de mejorar el desempeño del SERVICIO o bien, se podrá reemplazar el mismo, mismo sin costo para el CLIENTEEL CONSUMIDOR, cuando se considere que el EQUIPO TERMINAL es inadecuado para el correcto funcionamiento del SERVICIO. Para el funcionamiento del EQUIPO TERMINAL, EL PROVEEDOR proporcionará un manual de uso que se entregará conjuntamente con el equipo correspondiente. En caso de que el CLIENTE EL CONSUMIDOR no acepte la referida modificación a la configuración del EQUIPO TERMINAL o en su caso, el reemplazo de éste, TELMEX se reserva el derecho de EL PROVEEDOR podrá dar por terminado el presente Contrato contrato conforme a los términos y condiciones de la cláusula Vigésima Segunda del ContratoCláusula vigésima primera de éste instrumento. Las modificaciones, que por solicitud del CLIENTE de EL CONSUMIDOR se realicen al EQUIPO TERMINAL y que tengan un costo para el CLIENTEcosto, previo a realizar las mismasrealizarse, se deberá: : (i) notificar al CLIENTE a EL CONSUMIDOR el costo que impliquen éstas y (ii) contar con la autorización del CLIENTE por escrito de EL CONSUMIDOR para implementarlas. Las modificaciones a la configuración del EQUIPO TERMINAL podrán realizarse en el domicilio del CLIENTE de EL CONSUMIDOR o vía remota, sin que lo anterior constituya una violación a los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. Queda prohibido al CLIENTE realizar cualquier modificación al EQUIPO TERMINAL o conectar al mismo, aparatos y/o dispositivos diferentes a los ACCESORIOS y al equipo regulador de voltaje. En caso de contravenir lo estipulado en el presente párrafo, el CLIENTE será responsable de los daños y perjuicios que resulten, sin perjuicio del derecho de TELMEX de rescindir el presente Contratocontrato.

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Samples: Service Agreement

EQUIPO TERMINAL. Los equipos y accesorios que son necesarios para recibir el SERVICIO son propiedad del PROVEEDOR mismos que se entregan al SUSCRIPTOR en COMODATO (en préstamo). El CLIENTE reconoce y acepta que el EQUIPO TERMINAL lo recibe en calidad de comodatoSUSCRIPTOR se compromete a la guarda, en consecuencia el CLIENTE se constituye en responsable del buen uso custodia y conservación del mismo(los) equipo(s). durante todo el tiempo que se encuentre en su poder, debiendo inclusohasta la terminación del presente contrato y deberán ser devueltos al PROVEEDOR, conectar dicho EQUIPO TERMINAL presentando únicamente el desgaste natural por el paso del tiempo, y por su parte el PROVEEDOR se obliga a un equipo regulador de voltaje que lo proteja de cualquier posible daño que sea causado por descargas eléctricas. En todo momento se podrán realizar modificaciones dar mantenimiento a los equipos y accesorios para la configuración del EQUIPO TERMINAL a fin de mejorar el desempeño del SERVICIO o bien, se podrá reemplazar el mismo, sin costo para el CLIENTE, cuando se considere que el EQUIPO TERMINAL es inadecuado para el correcto funcionamiento adecuada prestación del SERVICIO. Cuando las fallas que se presenten en el equipo y accesorios no sean atribuibles al SUSCRIPTOR, el PROVEEDOR se obliga a realizar de manera gratuita las reparaciones necesarias, en tanto este contrato permanezca vigente. Ambas partes deberán coordinarse para establecer la fecha y hora en que se llevarán a cabo dichas actividades. El personal designado por el PROVEEDOR se debe de identificar y mostrar al SUSCRIPTOR la orden de trabajo expedida por el PROVEEDOR. En caso de que el CLIENTE no acepte la referida modificación a la configuración del EQUIPO TERMINAL equipo terminal se encuentre en reparación o en su casomantenimiento, el reemplazo de éstePROVEEDOR debe suspender el cob1C1 del SERVICIO por el periodo que dure la revisión, TELMEX se reserva el derecho de dar por terminado el presente Contrato conforme a los términos y condiciones de la cláusula Vigésima Segunda del Contrato. Las modificaciones, que por solicitud del CLIENTE se realicen al EQUIPO TERMINAL y que tengan un costo para el CLIENTE, previo a realizar las mismas, se deberá: (i) notificar al CLIENTE el costo que impliquen éstas y (ii) contar con la autorización del CLIENTE para implementarlas. Las modificaciones a la configuración del EQUIPO TERMINAL podrán realizarse en el domicilio del CLIENTE o vía remota, sin que lo anterior constituya una violación a los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. Queda prohibido al CLIENTE realizar cualquier modificación al EQUIPO TERMINAL o conectar al mismo, aparatos reparación y/o dispositivos diferentes a los ACCESORIOS mantenimiento de dicho equipo tem,inal, excepto cuando el PROVEEDOR acredite que el SUSCRIPTOR está haciendo uso del servicio o le haya proporcionado un equipo sustituto. Cuando el Equipo provisto en comodato, sea robado o sea objeto de algún siniestro, el SUSCRIPTOR deberé dar aviso inmediato al PROVEEDOR, en un plazo que no excederé de veinticuatro horas posteriores al evento para la reposición del Equipo y para suspender el cobro del SERV CIO hasta que el SUSCRIPTOR tenga otro equipo para poder recibir el SERVICIO. El SUSCRIPTOR tendré un plazo de 30 días hábiles posteriores al robo o siniestro para presentar copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente, que acredite el objeto de robo o siniestro para que no tenga costo la reposición del equipo. Si al término o rescisión del Contrato, EL SUSCRIPTOR no devuelve al PROVEEDOR el Equipo que le fue entregado en comodato en términos de lo previsto en este Contrato, se le hará efectiva la garantía de cumplimiento de obligación consistente en un pagaré que es causal y no negociable; es decir que este pagaré sólo se firma por EL SUSCRIPTOR para garantizar la devolución del Equipo que le fue entregado en comodato. Si al finalizar la relación contractual y el SUSCRIPTOR sí haya devuelto al PROVEEDOR el equipo regulador que le fue entregado en comodato, el PROVEEDOR tiene la obligación de voltajedevolver el pagaré establecido en el Anexo 1 del presente contrato al SUSCRIPTOR. En caso de contravenir lo estipulado terminación, rescisión o cancelación del presente Contrato, EL SUSCRIPTOR se obliga a devolver o entregar el Equipo a EL PROVEEDOR a mas tardar dentro del plazo de 10 (diez) días naturales contados a partir de la fecha en que notifique la terminación del Contrato. En el momento en el presente párrafoque, el CLIENTE será responsable SUSCRIPTOR realice la devolución del Equipo, el PROVEEDOR le debe proporcionar una nota de los daños recepción, la cual deberá contener el número de teléfono, nombre de EL SUSCRIPTOR y perjuicios nombre de la persona que resultenlo entrega y lo recibe. EL PROVEEDOR se obliga a devolver el pagaré suscrito en garantía del equipo establecido en el A nexo 1 al término del contrato siempre y cuando EL SUSCRIPTOR entregue el Equipo. En el supuesto que EL SUSCRIPTOR no devuelva el equipo a la terminación del contrato, sin perjuicio del derecho de TELMEX de rescindir EL PROVEEDOR podré hacer valer el presente Contratopagaré establecido en el Anexo 1.

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Samples: Registro De Contrato De Adhesión

EQUIPO TERMINAL. El CLIENTE reconoce y acepta que el EQUIPO TERMINAL lo recibe en calidad de comodato, en consecuencia el CLIENTE se constituye en responsable del buen uso y conservación del mismo, debiendo incluso, conectar dicho EQUIPO TERMINAL a un equipo regulador de voltaje que lo proteja de cualquier posible daño que sea causado por descargas eléctricas. En todo momento se podrán realizar modificaciones a la configuración del EQUIPO TERMINAL a fin de mejorar el desempeño del SERVICIO o bien, se podrá reemplazar el mismo, sin costo para el CLIENTE, cuando se considere que el EQUIPO TERMINAL es inadecuado para el correcto funcionamiento del SERVICIO. En caso de que el CLIENTE no acepte la referida modificación a la configuración del EQUIPO TERMINAL o en su caso, el reemplazo de éste, TELMEX TELNOR se reserva el derecho de dar por terminado el presente Contrato conforme a los términos y condiciones de la cláusula Vigésima Segunda del Contrato. Las modificaciones, que por solicitud del CLIENTE se realicen al EQUIPO TERMINAL y que tengan un costo para el CLIENTE, previo a realizar las mismas, se deberá: (i) notificar al CLIENTE el costo que impliquen éstas y (ii) contar con la autorización del CLIENTE para implementarlas. Las modificaciones a la configuración del EQUIPO TERMINAL podrán realizarse en el domicilio del CLIENTE o vía remota, sin que lo anterior constituya una violación a los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. Queda prohibido al CLIENTE realizar cualquier modificación al EQUIPO TERMINAL o conectar al mismo, aparatos y/o dispositivos diferentes a los ACCESORIOS y al equipo regulador de voltaje. En caso de contravenir lo estipulado en el presente párrafo, el CLIENTE será responsable de los daños y perjuicios que resulten, sin perjuicio del derecho de TELMEX TELNOR de rescindir el presente Contrato.

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Samples: Servicio De Acceso a Internet

EQUIPO TERMINAL. El CLIENTE reconoce Los equipos y acepta accesorios que son necesarios para recibir el EQUIPO TERMINAL Servicio son propiedad del Proveedor, mismos que se entregan al Usuario en ARRENDAMIENTO -en lo recibe en calidad de comodatosucesivo, en consecuencia el CLIENTE "Equipo"-. X� / �0 Xx Xxxxxxx se constituye en responsable del buen uso compromete a la guarda, custodia y conservación del mismo(los) Equipo(s), debiendo inclusodurante todo el tiempo que se encuentre(n) en su poder, conectar dicho EQUIPO TERMINAL hasta la terminación del Contrato y deberán ser devueltos al Proveedor presentando únicamente el deterioro derivado de las condiciones normales de us por su parte, el Proveedor se obliga a un equipo regulador dar mantenimiento al Equipos y sus accesorios para la adecuada prestación del Servicio en tanto el Contrato se encuentre vigente. La falta de voltaje devolución del Equipo por parte del Usuario no· se entenderá como renovación o novación del Contrato, ni exime al Usuario de guardar y conservw en buen estado el Equipo durante todo el tiempo que lo proteja de cualquier posible daño que sea causado por descargas eléctricasse encuentre en su poder. En todo momento se podrán realizar modificaciones a la configuración del EQUIPO TERMINAL a fin de mejorar el desempeño del SERVICIO o bien, se podrá reemplazar el mismo, sin costo para el CLIENTE, cuando se considere caso que el EQUIPO TERMINAL es inadecuado Usuario decida contratar nuevamente el Servicio antes de que el Equipo sea devuelto al Proveedor no se cobrarán gastos de instalación y/o activación del Servicio, salvo que se requiera hacer alguna adecuación a las instalaciones del Usuario. Cuando el origen de las fallas que se presenten en el Equipo no sea atribuible al Usuario, el Proveedor se obliga a realizar de manera gratuita las reparaciones necesarias, en tanto el Contrato permanezca vigente. Ambas partes deberán coordinarse para establecer la fecha y hora en que se llevarán a cabo dichas actividades. El personal designado por el correcto funcionamiento del SERVICIOProveedor se debe identificar y mostrar al Usuario la orden de trabajo expedida por el Proveedor. En caso de que el CLIENTE no acepte la referida modificación equipo terminal que sea adquirido directamente del Proveedor se encuentre sujeto a la configuración del EQUIPO TERMINAL o en su casogarantía, el reemplazo de ésteProveedor debe suspender el cobro del Servicio por el periodo que dure la revisión, TELMEX se reserva el derecho de dar por terminado el presente Contrato conforme a los términos y condiciones de la cláusula Vigésima Segunda del Contrato. Las modificaciones, que por solicitud del CLIENTE se realicen al EQUIPO TERMINAL y que tengan un costo para el CLIENTE, previo a realizar las mismas, se deberá: (i) notificar al CLIENTE el costo que impliquen éstas y (ii) contar con la autorización del CLIENTE para implementarlas. Las modificaciones a la configuración del EQUIPO TERMINAL podrán realizarse en el domicilio del CLIENTE o vía remota, sin que lo anterior constituya una violación a los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. Queda prohibido al CLIENTE realizar cualquier modificación al EQUIPO TERMINAL o conectar al mismo, aparatos reparación y/o dispositivos diferentes a los ACCESORIOS mantenimiento de dicho equipo terminal, excepto cuando el Proveedor acredite que el Usuario está haciendo uso del Servicio o le haya proporcionado un equipo sustituto. Cuando el Equipo sea robado o sea objeto de algún siniestro, el Usuario deberá dar aviso inmediato al Proveedor, en un plazo que no excederá de 24 horas posteriores al evento para la reposición del Equipo y para suspender el cobro del Servicio hasta que el Usuario tenga otro equipo para poder recibir el Servicio. El Usuario tendrá un plazo de 30 días hábiles posteriores al equipo regulador robo o siniestro para presentar copia certificada de voltajela constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente, que acredite el objeto de robo o siniestro para que no tenga costo la reposición del Equipo. En caso de contravenir terminación, rescisión o cancelación del Contrato, el Usuario se obliga a devolver o entregar el Equipo al Proveedor a más tardar dentro del plazo de 10 días naturales -contados a partir de la fecha en que se notifique la terminación del Contrato. Si al finalizar la relación contractual, el Usuario hizo la devolución al Proveedor del Equipo que le fue entregado en arrendamiento conforme a lo estipulado previsto en el presente párrafoContrato, el CLIENTE será responsable Proveedor tiene la obligación de los daños devolver al Usuario el pagaré establecido en el Anexo 1 del Contrato. En el supuesto que el Usuario no devuelva el Equipo a la terminación del Contrato, entregue el Equipo dañado por la indebida manipulación del mismo o si éste no es devuelto únicamente con el deterioro derivado de las condiciones normales de uso, se le hará efectiva la garantía de cumplimiento de obligación consistente en un pagaré que es causal y perjuicios no negociable; es decir, que resultenese pagaré sólo se firmará por el Usuario para garantizar la devolución del Equipo que le fue entregado en arrendamiento. En el momento en el que el Usuario realice la devolución del Equipo, sin perjuicio el Proveerlo, le debe p,opo,cioaa, ""ª aota de recepción, la cual deberá contener el número de teléfono, nombre del derecho Usuario y nombre de TELMEX de rescindir el presente Contratola persona que lo entrega y lo recibe.

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Samples: Registro De Contrato De Adhesión