Common use of ERROR EN LA EDAD Clause in Contracts

ERROR EN LA EDAD. Artículo 23. En el supuesto de indicación inexacta de la fecha de nacimiento, la Entidad Aseguradora sólo podrá impugnar el contrato si la verdadera edad del asegurado en el momento de entrada en vigor del se- guro excediera de los límites de contratación fijados por aquélla. En otro caso, si como consecuen- cia de dicha inexactitud, la prima pagada es inferior a la que hubiese correspondido, la(s) Suma(s) Asegurada(s) se reducirá(n) en proporción a la prima percibida. Si, por el contrario, la prima abonada hubiese sido superior a la que debería haberse pagado, la Entidad Aseguradora devolverá al Tomador el exceso xx xxxxxx percibidas, sin intereses.

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Samples: Condiciones Generales, Condiciones Generales

ERROR EN LA EDAD. Artículo 2322. En el supuesto de indicación inexacta de la fecha de nacimiento, la Entidad Aseguradora sólo podrá impugnar el contrato si la verdadera edad del asegurado en el momento de entrada en vigor del se- guro excediera de los límites de contratación fijados por aquélla. En otro caso, si como consecuen- cia de dicha inexactitud, la prima pagada es inferior a la que hubiese correspondido, la(s) Suma(s) Asegurada(s) se reducirá(n) en proporción a la prima percibida. Si, por el contrario, la prima abonada hubiese sido superior a la que debería haberse pagado, la Entidad Aseguradora devolverá al Tomador el exceso xx xxxxxx percibidas, sin intereses.

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Samples: Condiciones Generales

ERROR EN LA EDAD. Artículo 2321. En el supuesto de indicación inexacta de la fecha de nacimiento, la Entidad Aseguradora sólo podrá po- drá impugnar el contrato si la verdadera edad del asegurado en el momento de entrada en vigor del se- guro seguro excediera de los límites de contratación fijados por aquélla. En otro caso, si como consecuen- cia de dicha inexactitud, la prima pagada es inferior a la que hubiese correspondido, la(s) Suma(s) Asegurada(s) se reducirá(n) en proporción a la prima percibida. Si, por el contrario, la prima abonada hubiese sido superior a la que debería haberse pagado, la Entidad Aseguradora devolverá al Tomador el exceso xx xxxxxx percibidas, sin intereses.

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Samples: Condiciones Generales

ERROR EN LA EDAD. Artículo 2319. En el supuesto de indicación inexacta de la fecha de nacimiento, la Entidad Aseguradora sólo podrá impugnar el contrato si la verdadera edad del asegurado en el momento de entrada en vigor vi- gor del se- guro seguro excediera de los límites de contratación fijados por aquélla. En otro caso, si como consecuen- cia consecuencia de dicha inexactitud, la prima pagada es inferior a la que hubiese correspondido, la(s) Suma(s) Asegurada(s) se reducirá(n) en proporción a la prima percibida. Si, por el contrario, la prima abonada hubiese sido superior a la que debería haberse pagado, la Entidad Aseguradora devolverá de- volverá al Tomador el exceso xx xxxxxx percibidas, sin intereses.

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Samples: Condiciones Generales

ERROR EN LA EDAD. Artículo 2321. En el supuesto de indicación inexacta de la fecha de nacimiento, la Entidad Aseguradora Asegu- radora sólo podrá impugnar el contrato si la verdadera edad del asegurado en el momento de entrada en vigor del se- guro seguro excediera de los límites de contratación fijados por aquélla. En otro caso, si como consecuen- cia consecuencia de dicha inexactitud, la prima pri- ma pagada es inferior a la que hubiese correspondido, la(s) Suma(s) Asegurada(s) se reducirá(n) en proporción a la prima percibida. Si, por el contrario, la prima abonada abo- nada hubiese sido superior a la que debería haberse pagado, la Entidad Aseguradora devolverá al Tomador el exceso xx xxxxxx percibidas, sin intereses.

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Samples: Condiciones Generales

ERROR EN LA EDAD. Artículo 2321. En el supuesto de indicación inexacta de la fecha de nacimiento, la Entidad Aseguradora sólo podrá impugnar el contrato si la verdadera edad del asegurado en el momento de entrada en vigor del se- guro excediera de los límites de contratación fijados por aquélla. En otro caso, si como consecuen- cia de dicha inexactitud, la prima pagada es inferior a la que hubiese correspondido, la(s) Suma(s) Asegurada(s) se reducirá(n) en proporción a la prima percibida. Si, por el contrario, la prima abonada hubiese sido superior a la que debería haberse pagado, la Entidad Aseguradora devolverá al Tomador el exceso xx xxxxxx percibidas, sin intereses.

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