Common use of EVALUACION ECONOMICA Clause in Contracts

EVALUACION ECONOMICA. La Gerencia de Recursos Materiales y/o la Subgerencia de Adquisiciones de “LA CONVOCANTE” emitirán un dictamen económico en función del Dictamen Legal que ella expida, así como del Dictamen Técnico que al efecto expida el Área Solicitante de los bienes y/o servicios objeto de la presente licitación. Solamente serán evaluadas económicamente las propuestas que se hayan determinado solventes en el dictamen técnico realizado por el área responsable de la evaluación técnica y por tanto, y en términos del Artículo Segundo, Numeral Décimo del Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas publicados en el DOF del 9 de septiembre de 2010, solamente serán analizadas aquellas propuestas que hayan obtenido una puntuación mínima de 45 puntos El criterio para la evaluación de las propuestas, en base a lo dispuesto por el Acuerdo citado en el párrafo anterior será el siguiente: Se asignará 40 puntos a la propuesta económica que habiendo sido determinada solvente, sea la oferta económica más baja de aquellas que hayan sido aceptadas legal y técnicamente conforme a los dos numerales anteriores. Para esta valoración no se considerara el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Para determinación de la puntuación de las demás propuestas económicas se aplicará la siguiente fórmula: PPE = MPemb x 40 / MPi Donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la propuesta económica MPemb = Monto de la propuesta económica más baja. Mpi = Monto de la i-esima propuesta económica La convocante verificará que:

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EVALUACION ECONOMICA. La Gerencia de Recursos Materiales y/o la Subgerencia de Adquisiciones de “LA CONVOCANTE” emitirán un dictamen económico en función del Dictamen Legal que ella expida, así como del Dictamen Técnico que al efecto expida el Área Solicitante de los bienes y/o servicios objeto de la presente licitación. Solamente serán evaluadas económicamente las propuestas que se hayan determinado solventes en el dictamen técnico realizado por el área responsable de la evaluación técnica y por tanto, y en términos del Artículo Segundo, Numeral Décimo del Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas publicados en el DOF del 9 de septiembre de 2010, solamente serán analizadas aquellas propuestas que hayan obtenido una puntuación mínima de 45 puntos El criterio para la evaluación de las propuestas, en base a lo dispuesto por el Acuerdo citado en el párrafo anterior será el siguiente: Se asignará 40 puntos a la propuesta económica que que, habiendo sido determinada solvente, sea la oferta económica más baja de aquellas que hayan sido aceptadas legal y técnicamente conforme a los dos numerales anteriores. Para esta valoración no se considerara considerará el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Para determinación de la puntuación de las demás propuestas económicas se aplicará la siguiente fórmula: PPE = MPemb x 40 / MPi Donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la propuesta económica MPemb = Monto de la propuesta económica más baja. Mpi = Monto de la i-esima propuesta económica La convocante verificará que:

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EVALUACION ECONOMICA. La Gerencia de Recursos Materiales y/o la Subgerencia de Adquisiciones de “LA CONVOCANTE” emitirán un dictamen económico en función del Dictamen Legal que ella expida, así como del Dictamen Técnico que al efecto expida el Área Solicitante de los bienes y/o servicios objeto de la presente licitación. Solamente serán evaluadas económicamente las propuestas que se hayan determinado solventes en el dictamen técnico los dictámenes legal y dictámenes técnicos realizado por el área responsable de la evaluación técnica y por tanto, y en términos del Artículo Segundo, Numeral Décimo Octavo del Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas publicados en el DOF del 9 de septiembre de 2010, solamente serán analizadas aquellas propuestas que hayan obtenido una puntuación mínima de 45 37.5 puntos El criterio para la evaluación de las propuestas, en base a lo dispuesto por el Acuerdo citado en el párrafo anterior será el siguiente: Se asignará 40 50 puntos a la propuesta económica que habiendo sido determinada solvente, sea la oferta económica más baja de aquellas que hayan sido aceptadas legal y técnicamente conforme a los dos numerales anteriores. Para esta valoración no se considerara el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Para determinación de la puntuación de las demás propuestas económicas se aplicará la siguiente fórmula: PPE = MPemb x 40 50 / MPi DondeDónde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la propuesta económica MPemb = Monto de la propuesta económica más baja. Mpi = Monto de la i-esima propuesta económica La convocante verificará que:

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EVALUACION ECONOMICA. La Gerencia de Recursos Materiales y/o la Subgerencia de Adquisiciones de “LA CONVOCANTE” emitirán un dictamen económico en función del Dictamen Legal que ella expida, así como del Dictamen Técnico que al efecto expida el Área Solicitante de los bienes y/o servicios objeto de la presente licitación. Solamente serán evaluadas económicamente las propuestas que se hayan determinado solventes en el dictamen técnico realizado por el área responsable de la evaluación técnica y por tanto, y en términos del Artículo Segundo, Numeral Décimo del Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas publicados en el DOF del 9 de septiembre de 2010, solamente serán analizadas aquellas propuestas que hayan obtenido una puntuación mínima de 45 puntos El criterio para la evaluación de las propuestas, en base a lo dispuesto por el Acuerdo citado en el párrafo anterior será el siguiente: Se asignará 40 50 puntos a la propuesta económica que habiendo sido determinada solvente, sea la oferta económica más baja de aquellas que hayan sido aceptadas legal y técnicamente conforme a los dos numerales anteriores. Para esta valoración no se considerara el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Para determinación de la puntuación de las demás propuestas económicas se aplicará la siguiente fórmula: PPE = MPemb x 40 50 / MPi Donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la propuesta económica MPemb = Monto de la propuesta económica más baja. Mpi = Monto de la i-esima propuesta económica La convocante verificará que:

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