EXIGENCIAS PARA LA CAPA TERMINADA Cláusulas de Ejemplo

EXIGENCIAS PARA LA CAPA TERMINADA. 9.2.1. Densidad en obra: 9.2.1.1. Las densidades obtenidas en probetas extraídas del camino deberán ser superiores al 99% del valor δm correspondiente. Para valores obtenidos entre el 98% y el 99% del valor δm correspondiente, se realizará un descuento en toneladas calculado de la siguiente manera en función del área A al que representa el testigo defectuoso: D(tn) = A x e x δm x 0.10 Siendo: e = Espesor promedio del tramo δm = Densidad Xxxxxxxx de la muestra obtenida en laboratorio 9.2.1.2. No se aceptará ningún valor inferior al 98% de la δm . De obtenerse tales valores inferiores, se efectuará un descuento en toneladas, calculado de la siguiente manera en función del área A a la que representa el testigo defectuoso: D(tn) = A x e x δm x 0.50 Siendo: e = Espesor promedio del tramo δm = Densidad Xxxxxxxx de la muestra obtenida en laboratorio 9.2.2. Espesor de la capa: 9.2.2.1. El promedio de todos los espesores de lo ejecutado en una jornada de trabajo etm, no deberá diferir del teórico de proyecto ep en más o en menos un 5%. ( /epm – ep/ ) / ep < 0,05 Cuando la diferencia sea por defecto en el espesor medio, no se certificará el tramo. Si la diferencia es por exceso, se efectuará un descuento en toneladas que resulta de aplicar la siguiente fórmula sobre el área A ejecutada en la jornada de trabajo: D(tn) = (etm – 1,05 ep) x A x δm 9.2.2.2. No se aceptarán valores individuales eti inferiores al 90% del espesor teórico de proyecto ep. eti > 0.9 ep De no cumplirse esta condición, se aplicará un descuento en toneladas sobre la superficie A ejecutada en la jornada de trabajo, que surge de aplicar la siguiente fórmula: D(tn) = ( Nd / Nt ) x A x e x δm x 0,20 Siendo: Nd = Número de comprobaciones defectuosas la capa ejecutada en el día Nt = Número total de muestras en el tramo e = Espesor promedio del tramo δm = Densidad Xxxxxxxx promedio del tramo obtenida en el laboratorio. Si la relación “ Nd / Nt” supera el valor 0,25 corresponde el rechazo del tramo, en su totalidad, no dando lugar a reclamos de ningún tipo por parte de El Contratista. 9.2.3. Ancho de pavimentación: 9.2.4. Lisura sobre perfiles longitudinal y transversal: 9.2.4.1. Las condiciones a cumplir en términos B.P.R. serán las siguientes: a) Ningún valor individual hectométrico podrá superar el valor máximo absoluto de 2,5 dm/hm. b) El 80% de los valores hectométricos de un kilómetro deberán ser inferiores a 1,80 dm/hm. c) El 50% de los valores hectométricos de un kilómetro deberán ser inferiores ...

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  • INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES Recurso Respuesta En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades. Se incluirá también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la organización del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la parte IV por cada una de las entidades de que se trate13.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO El órgano de contratación podrá designar una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajena a él, como responsable del trabajo, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.

  • FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10% del monto total del contrato.-

  • CAUSALES Y PROCEDIMIENTO PARA SUSPENDER TEMPORALMENTE, DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE O RESCINDIR EL CONTRATO Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2.051/03, y en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato (CGC y CEC).

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 23.1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, o incumpliera el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato. 23.2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.

  • Demostración de Capacidad para Contratar Los Oferentes/Proponentes deben demostrar que: 1) Poseen las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato. 2) No están embargados, en estado de quiebra o en proceso de liquidación; sus negocios no han sido puestos bajo administración judicial, y sus actividades comerciales no han sido suspendidas ni se ha iniciado procedimiento judicial en su contra por cualquiera de los motivos precedentes; 3) Han cumplido con sus obligaciones tributarias y de seguridad social; 4) Han cumplido con las demás condiciones de participación, establecidas de antemano en los avisos y el presente Pliego de Condiciones; 5) Se encuentran legalmente domiciliados y establecidos en el país, cuando se trate de licitaciones públicas nacionales; 6) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual;

  • Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento 27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas: (a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la cláusula 4 de las IAO; (b) ha sido debidamente firmada; (c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y (d) cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación. 27.2 Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras; (b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. 27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas.

  • DE LA VIGENCIA El presente contrato entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción, y concluirá al XX de XXXXXXX de 20XX.

  • Competencia para contratar 1. La representación de los entes, organismos y entidades del sector público en materia contractual corresponde a los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre. 2. Los órganos de contratación podrán delegar o desconcentrar sus competencias y facultades en esta materia con cumplimiento de las normas y formalidades aplicables en cada caso para la delegación o desconcentración de competencias, en el caso de que se trate de órganos administrativos, o para el otorgamiento de poderes, cuando se trate de órganos societarios o de una fundación.