Facilitar información y colaborar con Mutua Madrileña. Deberá facilitar toda la información sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro, y colaborar con Mutua Madrileña. Documentación necesaria En todo caso deberá aportar: • Fotocopia del DNI del asegurado, y en su caso, de los beneficiarios. • Informe del médico que le hubiera asistido, en el que se detalle la historia clínica y naturaleza, causa y circunstancias que acrediten el derecho a la indemnización. • Acreditación de la titularidad de la cuenta corriente en la que se abonará la indemnización. Si se trata de fallecimiento, además deberá aportar: • Certificado de defunción. • Informe médico del fallecimiento si ha sido en hospital o informe de autopsia si se ha realizado. • Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad y copia del último testamento del tomador del seguro o de la declaración de herederos. • Acreditación de la condición de beneficiario. • Liquidación del Impuesto sobre Sucesiones. APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS Si se trata de invalidez permanente y absoluta, deberá además aportar, si la tuviera, el dictamen y la resolución completos de invalidez con cuadro clínico residual emitidos por el organismo competente del Instituto Nacional de la Seguridad Social que da lugar a la misma. Si es revisable antes de los dos años, la resolución no se considerará definitiva. Para la cobertura complementaria de orfandad por accidente, deberá aportar documentación que acredite según el caso, que el hijo del asegurado: • Es menor de edad no emancipado. • Está incapacitado totalmente para el trabajo y convivía con el asegurado en el momento de su fallecimiento. Para la cobertura complementaria de Dependencia, será necesario aportar el Reconocimiento Oficial de la situación de dependencia y su grado, emitida por el órgano de valoración de la Administración Pública competente. Mutua Madrileña podrá solicitar cualquier otro documento que considere necesario para acreditar el derecho a la indemnización. Mutua Madrileña retendrá las cantidades de la indemnización que en cumplimiento de las obligaciones fiscales le correspondan en cada caso.
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Samples: Seguro De Vida
Facilitar información y colaborar con Mutua Madrileña. Deberá emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro. Deberá facilitar toda la información sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro, incluidas las notificaciones judiciales y extrajudiciales, y colaborar con Mutua Madrileña, especialmente si el asunto termina en los Tribunales de Justicia. Documentación necesaria En todo Deberá colaborar con los peritos y demás profesionales xx Xxxxx Madrileña durante la tramitación del siniestro. Deberá conservar los restos del siniestro hasta que se determinen los daños. Y en caso deberá aportar: • Fotocopia del DNI del de imposibilidad, acreditar los mismos mediante fotografías u otros medios. No podrá negociar, admitir, ni rechazar reclamaciones de terceros perjudicados relativas al siniestro sin la autorización expresa xx Xxxxx Madrileña. Si después de un siniestro fuera indemnizado por un tercero o se recuperase el bien asegurado, está obligado a comunicarlo a Mutua Xxxxxxxxx a la mayor brevedad posible a fin de reintegrar la indemnización percibida en exceso. Los daños en los bienes asegurados se tasarán como si se sustituyeran por uno nuevo (valor de nuevo), sin depreciaciones por ser antiguos, estar desgastados o fuera de uso, con las siguientes excepciones: CÓMO SE VALORA UN SINIESTRO En estos casos, la tasación se hará por el valor real y hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares. Si hubiera disconformidad con la valoración xx Xxxxx Madrileña se estará a lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro (ver xxx.xxxxx.xx) que determina que las partes designarán cada una a un perito y, en caso de discrepancia en su caso, de los beneficiarios. • Informe del médico que le hubiera asistido, en el que se detalle la historia clínica y naturaleza, causa y circunstancias que acrediten el derecho a la indemnización. • Acreditación de la titularidad de la cuenta corriente en la que se abonará la indemnización. Si se trata de fallecimiento, además deberá aportar: • Certificado de defunción. • Informe médico del fallecimiento si ha sido en hospital o informe de autopsia si se ha realizado. • Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad y copia del último testamento del tomador del seguro o de la declaración de herederos. • Acreditación de la condición de beneficiario. • Liquidación del Impuesto sobre Sucesiones. APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS Si se trata de invalidez permanente y absoluta, deberá además aportar, si la tuviera, el dictamen y la resolución completos de invalidez con cuadro clínico residual emitidos por el organismo competente del Instituto Nacional de la Seguridad Social que da lugar a la misma. Si es revisable antes de los dos años, la resolución no se considerará definitiva. Para la cobertura complementaria de orfandad por accidente, deberá aportar documentación que acredite según el caso, que el hijo del asegurado: • Es menor de edad no emancipado. • Está incapacitado totalmente para el trabajo y convivía con el asegurado en el momento de su fallecimiento. Para la cobertura complementaria de Dependenciadictamen, será necesario aportar el Reconocimiento Oficial de un tercero quien determine la situación de dependencia y su grado, emitida por el órgano de valoración de la Administración Pública competentevaloración. Mutua Madrileña podrá solicitar cualquier otro documento que considere necesario para acreditar el derecho a la indemnización. Mutua Madrileña retendrá las cantidades de la indemnización que en cumplimiento de las obligaciones fiscales le correspondan en cada caso.100 101
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Samples: Insurance Policy
Facilitar información y colaborar con Mutua Madrileña. Deberá emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro. Deberá facilitar toda la información sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro, incluidas las notificaciones judiciales y extrajudiciales, y colaborar con Mutua Madrileña, especialmente si el asunto termina en los Tribunales de Justicia. Documentación necesaria En todo Deberá colaborar con los peritos y demás profesionales xx Xxxxx Madrileña durante la tramitación del siniestro. Deberá conservar los restos del siniestro hasta que se determinen los daños. y en caso deberá aportar: • Fotocopia del DNI del de imposibilidad, acreditar los mismos mediante fotografías u otros medios. No podrá negociar, admitir, ni rechazar reclamaciones de terceros perjudicados relativas al siniestro sin la autorización expresa xx Xxxxx Madrileña. Si después de un siniestro fuera indemnizado por un tercero o se recuperase el bien asegurado, está obligado a comunicarlo a Mutua Xxxxxxxxx a la mayor brevedad posible a fin de reintegrar la indemnización percibida en exceso. Los daños en los bienes asegurados se tasarán como si se sustituyeran por uno nuevo (valor de nuevo), sin depreciaciones por ser antiguos, estar desgastados o fuera de uso, con las siguientes excepciones: CÓMO SE VALORA UN SINIESTRO En estos casos, la tasación se hará por el valor real y hasta el límite establecido en su caso, de los beneficiarioslas Condiciones Particulares. • Informe del médico que le Si hubiera asistido, disconformidad con la valoración xx Xxxxx Madrileña se estará a lo establecido en el que se detalle la historia clínica y naturaleza, causa y circunstancias que acrediten el derecho a la indemnización. • Acreditación artículo 38 de la titularidad Ley de la cuenta corriente en la que se abonará la indemnización. Si se trata Contrato de fallecimiento, además deberá aportar: • Certificado de defunción. • Informe médico del fallecimiento si ha sido en hospital o informe de autopsia si se ha realizado. • Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad y copia del último testamento del tomador del seguro o de la declaración de herederos. • Acreditación de la condición de beneficiario. • Liquidación del Impuesto sobre Sucesiones. APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS Si se trata de invalidez permanente y absoluta, deberá además aportar, si la tuviera, el dictamen y la resolución completos de invalidez con cuadro clínico residual emitidos por el organismo competente del Instituto Nacional de la Seguridad Social que da lugar a la misma. Si es revisable antes de los dos años, la resolución no se considerará definitiva. Para la cobertura complementaria de orfandad por accidente, deberá aportar documentación que acredite según el caso, que el hijo del asegurado: • Es menor de edad no emancipado. • Está incapacitado totalmente para el trabajo y convivía con el asegurado en el momento de su fallecimiento. Para la cobertura complementaria de Dependencia, será necesario aportar el Reconocimiento Oficial de la situación de dependencia y su grado, emitida por el órgano de valoración de la Administración Pública competente. Mutua Madrileña podrá solicitar cualquier otro documento que considere necesario para acreditar el derecho a la indemnización. Mutua Madrileña retendrá las cantidades de la indemnización que en cumplimiento de las obligaciones fiscales le correspondan en cada caso.Seguro (ver
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Samples: Insurance Agreement
Facilitar información y colaborar con Mutua Madrileña. Deberá facilitar toda la información sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro, y colaborar con Mutua Madrileña. Documentación necesaria En todo caso deberá aportar: • Fotocopia del DNI del asegurado, y en su caso, de los beneficiarios. • Informe del médico que le hubiera asistido, en el que se detalle la historia clínica y naturaleza, causa y circunstancias que acrediten el derecho a la indemnización. • Acreditación de la titularidad de la cuenta corriente en la que se abonará la indemnización. Si se trata de fallecimiento, además deberá aportar: • Certificado de defunción. • Informe médico del fallecimiento si ha sido en hospital o informe de autopsia si se ha realizado. • Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad y copia del último testamento del tomador del seguro o de la declaración de herederos. • Acreditación de la condición de beneficiario. • Liquidación del Impuesto sobre Sucesiones. APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS Si se trata de invalidez permanente y absoluta, deberá además aportar, si la tuviera, el dictamen y la resolución completos de invalidez con cuadro clínico residual emitidos por el organismo competente del Instituto Nacional de la Seguridad Social que da lugar a la misma. Si es revisable antes de los dos años, la resolución no se considerará definitiva. Para la cobertura complementaria de orfandad por accidente, deberá aportar documentación que acredite según el caso, que el hijo del asegurado: • Es menor de edad no emancipado. • Está incapacitado totalmente para el trabajo y convivía con el asegurado en el momento de su fallecimiento. Para la cobertura complementaria de Dependencia, será necesario aportar el Reconocimiento Oficial de la situación de dependencia y su grado, emitida por el órgano de valoración de la Administración Pública competente. Mutua Madrileña podrá solicitar cualquier otro documento que considere necesario para acreditar el derecho a la indemnización. Mutua Madrileña retendrá las cantidades de la indemnización que en cumplimiento de las obligaciones fiscales le correspondan en cada caso.. APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS PROTECCIÓN AL ASEGURADO ANTE QUEJAS Y RECLAMACIONES Si tiene alguna queja o reclamación podrá presentarla directamente a Mutua Madrileña. ¿Quién puede hacerlo? El tomador, asegurado, beneficiario, tercero perjudicado o herederos de cualquiera de ellos. ¿Cómo hacerlo? • Web: Una vez registrado como usuario del Área Personal podrá presentar reclamación accediendo a: Contacta con nosotros/Reclamaciones. (xxx.xxxxx.xx). • Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx. • Teléfono: 00 000 00 00. • Correo: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00; 00000 Xxxxxx. • En cualquiera de nuestras oficinas. La reclamación será resuelta inicialmente por el Departamento correspondiente de Mutua Madrileña. Si no estuviera conforme con la resolución podrá comunicarlo, mediante la presentación de un simple escrito, y se procederá a la continuación del expediente, que se resolverá en un plazo máximo de 2 meses:
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Samples: Seguro De Vida Riesgo
Facilitar información y colaborar con Mutua Madrileña. Deberá emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro. Deberá facilitar toda la información sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro, incluidas las notificaciones judiciales y extrajudiciales, y colaborar con Mutua Madrileña, especialmente si el asunto termina en los Tribunales de Justicia. Documentación necesaria En todo caso deberá aportar: • Fotocopia Deberá colaborar con los peritos y demás profesionales de Mutua Madrileña durante la tramitación del DNI siniestro. Deberá conservar los restos del siniestro hasta que se determinen los daños. No podrá negociar, admitir, ni rechazar reclamaciones de terceros perjudicados relativas al siniestro sin la autorización expresa de Mutua Madrileña. Si después de un siniestro fuera indemnizado por un tercero o se recuperase el bien asegurado, está obligado a comunicarlo a Mutua Madrileña a la mayor brevedad posible a fin de reintegrar la indemnización percibida en exceso. Los daños en los bienes asegurados se tasarán como si se sustituyeran por uno nuevo (valor de nuevo), sin depreciaciones por ser antiguos, estar desgastados o fuera de uso, con las siguientes excepciones: CÓMO SE VALORA UN SINIESTRO En estos casos, la tasación se hará por el valor real y hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares. Si hubiera disconformidad con la valoración de Mutua Madrileña se estará a lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro (ver xxx.xxxxx.xx) que determina que las partes designarán cada una a un perito y, en caso de discrepancia en su caso, de los beneficiarios. • Informe del médico que le hubiera asistido, en el que se detalle la historia clínica y naturaleza, causa y circunstancias que acrediten el derecho a la indemnización. • Acreditación de la titularidad de la cuenta corriente en la que se abonará la indemnización. Si se trata de fallecimiento, además deberá aportar: • Certificado de defunción. • Informe médico del fallecimiento si ha sido en hospital o informe de autopsia si se ha realizado. • Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad y copia del último testamento del tomador del seguro o de la declaración de herederos. • Acreditación de la condición de beneficiario. • Liquidación del Impuesto sobre Sucesiones. APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS Si se trata de invalidez permanente y absoluta, deberá además aportar, si la tuviera, el dictamen y la resolución completos de invalidez con cuadro clínico residual emitidos por el organismo competente del Instituto Nacional de la Seguridad Social que da lugar a la misma. Si es revisable antes de los dos años, la resolución no se considerará definitiva. Para la cobertura complementaria de orfandad por accidente, deberá aportar documentación que acredite según el caso, que el hijo del asegurado: • Es menor de edad no emancipado. • Está incapacitado totalmente para el trabajo y convivía con el asegurado en el momento de su fallecimiento. Para la cobertura complementaria de Dependenciadictamen, será necesario aportar el Reconocimiento Oficial de un tercero quien determine la situación de dependencia y su grado, emitida por el órgano de valoración de la Administración Pública competente. Mutua Madrileña podrá solicitar cualquier otro documento que considere necesario para acreditar el derecho a la indemnización. Mutua Madrileña retendrá las cantidades de la indemnización que en cumplimiento de las obligaciones fiscales le correspondan en cada casovaloración.
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Samples: Alquiler Propietario