INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO Identificación Respuesta Información general Respuesta
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los
Manuales de Operación y de Mantenimiento 58.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 58.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista.
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Errores Aritméticos
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Parámetros de evaluación 2.3 De la evaluación 2.4 Índices financieros 2.5 Formulario para la elaboración de las ofertas
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Se pagará por tonelada (1ton equivale a 1000kgs) de mezcla asfáltica colocada, con aproximación de dos dígitos. El cálculo analítico a utilizar para determinar la cantidad en toneladas a pagar, es el siguiente: El volumen de la caja excavada multiplicado por la respectiva densidad de la mezcla, la cual debe ser obtenida de las pruebas de laboratorio realizadas por el Supervisor; En el caso que el valor obtenido del ensayo XXXXXXXX para la densidad de la mezcla sea superior a 2.30 ton/m3, El Contratante utilizará este dato como “Valor Límite”, esto en base al histórico utilizado en distintos programas de mantenimiento. La medición en peso se efectuará mediante el empleo de balanzas para camiones con sistemas electrónicos automáticos de registro e impresión de los pesos, a prueba de manipuleos inadecuados, lo anterior será tomado única y exclusivamente como un parámetro de referencia para determinar la cantidad de la mezcla que ingrese al proyecto. El Supervisor solicitará el certificado de calibración correspondiente y velará por el cumplimiento en cuanto a la frecuencia adecuada de revisión del mismo. El Contratista debe tomar en cuenta en su análisis de precio unitario para esta actividad, un % de desperdicio de mezcla asfáltica en el proceso de colocación de esta, el cual debe ser considerado por el Contratista al momento de calcular sus costos. Los originales de los registros impresos serán facilitados en forma diaria al Ingeniero Supervisor. No se harán ajustes en el precio unitario de contrato por variaciones en los pesos específicos de los agregados que den lugar a diferencias respecto a las cantidades del proyecto. Se reconocerá el acarreo de la mezcla asfáltica únicamente dentro del proyecto, es decir desde el punto de inicio (Estación 0+000 de la Ruta en atención hasta el punto de colocación), por lo que el oferente deberá considerar en la ficha de costo de “Suministro y Colocación de Mezcla Asfáltica” el costo de acarreo de la mezcla desde la planta asfáltica hasta el Km 0 de la ruta objeto de atención. El equipo a utilizar comprende: camiones de volteo. La mezcla asfáltica acarreada debe estar cubierta completamente mediante la utilización de toldos que abarquen completamente la paila de la volqueta, esto con el propósito de conservar la temperatura de la mezcla. Así mismo, el equipo de acarreo debe estar en óptimas condiciones, a fin de prevenir cualquier desperfecto en el mismo, que ocasione retrasos en la llegada de la mezcla al proyecto, con el consiguiente enfriamiento de la misma. El contratista deberá proporcionar al supervisor copia de los vales de suministro entregados por la planta asfáltica con el objeto que el Ingeniero pueda llevar un registro de la Mezcla Asfáltica que ingresa al proyecto. Cuando se incorporen tramos a solicitud de INVEST-H, el Supervisor deberá seleccionar y reconocer para pago, la ruta más corta entre el origen del producto y el sitio de colocación.
Evaluación y Comparación de las Ofertas 30.1 El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO.
Faltas leves Se considerarán faltas leves las siguientes: 1.- Hasta tres faltas de puntualidad en un mes, sin motivo justificado. 2.- La no comunicación, con cuarenta y ocho horas como mínimo de antelación, de cualquier falta de asistencia al trabajo por causas justificadas, a no ser que se acredite la imposibilidad de hacerlo. 3.- El abandono del centro o del puesto de trabajo, sin causa o motivo justificado, aún por breve tiempo, siempre que dicho abandono no fuera perjudicial para el desarrollo de la actividad productiva de la empresa o causa de daños o accidentes a sus compañeros de trabajo, en que podrá ser considerada como grave o muy grave. 4.- Faltar al trabajo un día al mes, sin causa justificada. 5.- La falta de atención y diligencia debida en el desarrollo del trabajo encomendado, siempre y cuando no cause perjuicio de consideración a la empresa o a sus compañeros de trabajo, en cuyo supuesto podrá ser considerada como grave o muy grave. 6.- Pequeños descuidos en la conservación del material. 7.- No comunicar a la empresa cualquier variación de su situación que tenga incidencia en lo laboral, como el cam- bio de su residencia habitual. 8.- La falta ocasional de aseo o limpieza personal, cuando ello ocasione reclamaciones o quejas de sus compañe- ros/as o jefes. 9.- Las faltas de respeto, de escasa consideración, e incluso, a terceras personas ajenas a la empresa o centro de ac- tividad, siempre que ello se produzca con motivo u ocasión del trabajo. 10.- Permanecer en zonas o lugares distintos de aquellos en que realice su trabajo habitual sin causa que lo justifi- que, o sin estar autorizado para ello. 11.- Encontrarse en el local de trabajo, sin autorización, fuera de la jornada laboral. 12.- La inobservancia de las normas en materia de prevención de riesgos laborales, que no entrañen riesgo grave para el trabajador, ni para sus compañeros o terceras personas. 13.- Las discusiones sobre asuntos extraños al trabajo durante la jornada laboral. Si tales discusiones produjesen graves escándalos o alborotos, podrán ser consideradas como faltas graves o muy graves.
PRECIO UNITARIO Y EL IMPORTE TOTAL A PAGAR POR LOS BIENES y/o SERVICIOS [Formato de Tabla:] Nro. De Orde n Nro. De Ítem/L ote Descripci ón Xxxx a Proc ede ncia Unidad de Medida Cantidad Precio Unitario Monto Total El monto total del presente contrato asciende a la suma de: El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato. La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC).
Medida y forma de pago Se medirá y pagará por metros cuadrados (m²) de demolición de enchapes o revestimientos debidamente ejecutados y recibidos a satisfacción por la interventoría. La medida se determinará sobre planos arquitectónicos de las construcciones a demoler. El valor será el precio unitario estipulado dentro del contrato e incluye: • Equipos y herramientas descritos en el numeral 9 • Mano de obra. • Transportes dentro y fuera de la obra. • Retiro de sobrantes y escombros.