Fase de Operación Cláusulas de Ejemplo

Fase de Operación. A partir de que la solución esté en producción y operando, entra en vigor lo descrito por el SLA.
Fase de Operación. La fase de operación comprende el período posterior a la implantación, una vez que los terminales, y plataformas, junto con sus servicios, entren en operación y comiencen a prestar el servicio contratado. Asimismo, incluye el mantenimiento, la gestión, detección y resolución de incidencias y actualización (cuando sea preciso) de las líneas, terminales y servicios contratados de acuerdo a los requerimientos solicitados en el presente pliego. Durante la Fase de Operación se mantienen las mismas condiciones de instalación y aceptación de los servicios que en la fase anterior. Teniendo en cuenta el amplio plazo de duración del contrato, junto con sus posibles prórrogas, es necesario que contemple mecanismos de adaptación a nuevas necesidades de servicios, derivadas tanto de la evolución de las tecnologías como de los nuevos requerimientos xxx XXXX. Las variaciones que a lo largo del período de vigencia del contrato supongan un incremento del coste del servicio que no supere el 10% del importe base de licitación, se entienden incluidas en el precio de la adjudicación. A lo largo de la duración del contrato, el SEPE podrá solicitar variaciones en la prestación del servicio dentro del marco de la legislación vigente. Para ello el adjudicatario proporcionará, a petición xxx XXXX las condiciones técnicas, económicas, administrativas (trámites, plazos) y de cualquier otra índole para plantearse llevar a cabo dichas modificaciones, y en particular en lo referente a: • Incrementos de número de líneas y terminales. • Modificaciones de las tecnologías y velocidades de las líneas. • Modificación global de parámetros operativos. • Escalabilidad de las plataformas sobre las que se soportan los servicios. • Cambios de tecnología e incorporación de nuevas tecnologías. • Accesos a otros servicios no contemplados en este contrato. • Incrementos de tráfico, tanto en voz, como en datos y SMSs. • Integración de servicios y unificación de los mismos (datos, voz, móviles, correo electrónico, herramientas colaborativas, etc.)- • Soporte técnico adicional, servicios de consultoría y formación, etc.
Fase de Operación. -Seguimiento al desempeño de la solución implementada. -Soporte a errores reportados y mantenimiento de la solución.
Fase de Operación. Una vez aceptada de manera formal y escrita la implementación de los equipos de la partida correspondiente, se pasará por el resto del periodo a la Fase de Operación en la cual se requiere que el Licitante Ganador:
Fase de Operación. Una vez aceptada de manera formal y escrita la implementación de los equipos de la partida correspondiente, se pasará a la Fase de mantenimiento y operación hasta el 31 de diciembre de 2019 a partir de la entrega de los equipos, en la cual se requiere que el Licitante Ganador:
Fase de Operación. Por cada incumplimiento a los SLAs, se aplicará una multa del 1% del valor total del contrato. El máximo valor de multas acumuladas al que se puede llegar en la fase de implementación y puesta en producción es del 5%. En el caso de cumplir o sobrepasar el máximo valor de multas acumuladas, LA COOPERATIVA podrá terminar unilateralmente el contrato.
Fase de Operación. Fase comprendida entre, el final de la Fase de Entrada y el fin del contrato. En el anexo 5 se relacionan los equipos que se incorporaran al servicio de alojamiento, su ubicación, dimensiones, requisitos de soporte eléctrico y térmico, así como de conectividad. Estos equipos deberán ser trasladados a la sede del SDP por cuenta y responsabilidad del adjudicatario. La desconexión, traslado, conexión y comprobaciones necesarias en la infraestructura hasta su operatividad es responsabilidad y por cuenta del adjudicatario. El apagado, encendido, administración y operación hasta su operatividad es responsabilidad y a cuenta de la CARM. La planificación de los traslados se realizará en coordinación con el Responsable del Contrato. La ejecución de los trabajos planificados con la supervisión del Responsable del Contrato. Las decisiones adoptadas en la planificación y supervisión lo serán con la finalidad de provocar el menor impacto posible en los servicios prestados a los usuarios finales. A la finalización o expiración del contrato, sea cual fuere la causa que lo provocase, el adjudicatario deberá transferir toda la información y documentación necesaria a la CARM para que los SIS puedan ser prestados por la Administración y/o por la empresa adjudicataria , en su caso, del nuevo contrato. El adjudicatario facilitará y garantizará al personal designado por la CARM, los accesos de cualquier tipo, necesarios a las sedes de los SD, a los SIS y sus sistemas de control y gestión, con la finalidad de planificar, coordinar y ejecutar las tareas asociadas a esta fase. Los licitadores incluirán en su oferta en la planificación global un plan de entrega de servicio detallando tareas y calendario previsto. Para el caso de un posible desfase entre la extinción del contrato y la puesta en operación, en su caso, del siguiente contrato y para asegurar la continuidad de los servicios prestados a los usuarios, el adjudicatario se obliga a que, en caso de que se le solicite por la empresa adjudicataria del siguiente contrato y por el plazo no inferior a seis meses, a mantener sin discontinuidad todos los SIS recogidos en el contrato que finaliza, a xxxxx xx xxxxxxx y en todo caso por importe unitario no superior a los costes unitarios que para los SIS fuesen aplicables en el contrato que finaliza. Estos costes serían facturados a la empresa adjudicataria del nuevo contrato.
Fase de Operación. Sistema operando normalmente en producción bajo el cumplimiento del SLA
Fase de Operación. Es el periodo comprendido desde la suscripción del acta de inicio de operación del HOTEL hasta la liquidación del PATRIMONIO AUTÓNOMO. Su objeto es la administración del HOTEL por parte del OPERADOR HOTELERO en la forma establecida en el respectivo contrato para la operación del HOTEL, y la entrega a los PARTICIPES de los excedentes de la explotación del referido HOTEL en forma proporcional al porcentaje del mismo que representan los DERECHOS DE BENEFICIO adquiridas por cada uno de ellos.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.