Finalización de la relación laboral. La empresa o entidad, en contrataciones temporales superiores a 6 meses, debe preavisar al trabajador o trabajadora con una antelación de 15 días en el caso de finalización de la relación laboral. El incumplimiento de esta obligación da derecho al trabajador o trabajadora a ser indemnizado con el importe xxx xxxxxxx de 1 día por cada día de retraso, con el límite del número de días de preaviso.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Ocio Educativo Y Animación Sociocultural, Iii Convenio Colectivo Marco Estatal Del Sector Ocio Educativo Y Animación Sociocultural, Convenio Colectivo