FONDO DE PROVISIÓN. Se creará a efectos de asegurar el cumplimiento del estado final del circuito. Se constituirá reteniendo, desde el año ocho del contrato inclusive, un porcentaje correspondiente al 2% del pago por disponibilidad (en condiciones de máxima disponibilidad, sin deducciones) y se verterá al Fideicomiso establecido en la cláusula 36. En caso de que en las últimas cuatro evaluaciones del NSU del Contrato, o en cualquiera de las dos últimas evaluaciones del IRI del Contrato, incluida las de recepción, se hayan generado “Faltas no Críticas” en algún tramo se retendrán los montos del Pago por Disponibilidad correspondientes a dichos tramos, como refuerzo del Fondo de provisión. El Fondo de Provisión se devolverá al Contratista una vez realizada la recepción final del circuito de acuerdo a las condiciones de recepción del mismo (“Condiciones para la recepción Final del Contrato” - Anexo VIII). Para el caso en que el Contratista no dé cumplimiento a las “Condiciones para la recepción Final del Contrato” (Anexo VIII), el fondo se utilizará para dar cumplimiento a tales condiciones. El remanente no utilizado se devolverá en un plazo posterior, no mayor a 2 años a partir de la recepción final del circuito. La devolución se verificará en pesos uruguayos a la cotización de la Unidad Indexada del día de la devolución. Los ingresos financieros provenientes del Fondo de Provisión, en caso de que se generen, no serán entregados al Contratista.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Participación Público/Privado, Contrato De Participación Público/Privado
FONDO DE PROVISIÓN. Se creará a efectos de asegurar el cumplimiento del estado final del circuito. Se constituirá reteniendo, desde el año ocho del contrato inclusive, reteniendo un porcentaje mínimo correspondiente al 21,5% del pago por disponibilidad (en condiciones de máxima disponibilidad, sin deducciones) ), o en su defecto por el porcentaje presentado en la oferta, y se verterá al Fideicomiso establecido en la cláusula 36Fideicomiso. En caso de que en las últimas cuatro evaluaciones del NSU del ContratoNSU, o en cualquiera de las dos últimas evaluaciones del IRI del ContratoIRI, incluida las de recepción, se hayan generado “Faltas no Críticas” en algún tramo se retendrán los montos del Pago por Disponibilidad correspondientes a dichos tramos, como refuerzo del Fondo de provisión. El Fondo de Provisión se devolverá al Contratista una vez realizada la recepción final del circuito de acuerdo a las condiciones de recepción del mismo (“Condiciones para la recepción Final del Contrato” - Anexo VIII). Para el caso en que el Contratista no dé cumplimiento a las “Condiciones para la recepción Final del Contrato” (Anexo VIII), el fondo se utilizará para dar cumplimiento a tales condiciones. El remanente no utilizado se devolverá en un plazo posterior, no mayor a 2 años a partir de la recepción final del circuito. La devolución se verificará en pesos uruguayos a la cotización de la Unidad Indexada del día de la devolución. Los ingresos financieros provenientes del Fondo de Provisión, en caso de que se generen, no serán entregados devueltos al ContratistaContratista en las mismas condiciones y oportunidad en que se devuelvan los Fondos de Provisión.
Appears in 1 contract
FONDO DE PROVISIÓN. Se creará a efectos de asegurar el cumplimiento del estado final del circuito. Se constituirá reteniendo, desde el año ocho del contrato inclusive, un porcentaje correspondiente al 2% del pago por disponibilidad (en condiciones de máxima disponibilidad, sin deducciones) y se verterá al Fideicomiso establecido en la cláusula 36. En caso de que en las últimas cuatro evaluaciones del NSU del Contrato, o en cualquiera de las dos últimas evaluaciones del IRI del Contrato, incluida las de recepción, se hayan generado “Faltas no Críticas” en algún tramo se retendrán los montos del Pago por Disponibilidad correspondientes a dichos tramos, como refuerzo del Fondo de provisión. El Fondo de Provisión se devolverá al Contratista una vez realizada la recepción final del circuito de acuerdo a las condiciones de recepción del mismo (“Condiciones para la recepción Final del Contrato” - Anexo VIII)) en un plazo no superior a 6 meses a partir de la Recepción Final del Contrato. Para el caso en que el Contratista no dé cumplimiento a las “Condiciones para la recepción Final del Contrato” (Anexo VIII), el fondo se utilizará para dar cumplimiento a tales condiciones. El remanente no utilizado se devolverá en un plazo posterior, no mayor a 2 años a partir de la recepción final del circuito. La devolución se verificará en pesos uruguayos a la cotización de la Unidad Indexada del día de la devolución. Los ingresos financieros provenientes del Fondo de Provisión, en caso de que se generen, no serán entregados al Contratista.
Appears in 1 contract
FONDO DE PROVISIÓN. Se creará a efectos de asegurar el cumplimiento del estado final del circuito. Se constituirá reteniendo, desde el año ocho del contrato inclusive, un porcentaje mínimo correspondiente al 2% del pago por disponibilidad (en condiciones de máxima disponibilidad, sin deducciones) ), más el porcentaje presentado en la oferta, y se verterá al Fideicomiso establecido en la cláusula 36. En caso de que en las últimas cuatro evaluaciones del NSU del ContratoNSU, o en cualquiera de las dos últimas evaluaciones del IRI del ContratoIRI, incluida las de recepción, se hayan generado “Faltas no Críticas” en algún tramo se retendrán los montos del Pago por Disponibilidad correspondientes a dichos tramos, como refuerzo del Fondo de provisión. El Fondo de Provisión se devolverá al Contratista una vez realizada la recepción final del circuito de acuerdo a las condiciones de recepción del mismo (“Condiciones para la recepción Final del Contrato” - Anexo VIII). Para el caso en que el Contratista no dé cumplimiento a las “Condiciones para la recepción Final del Contrato” (Anexo VIII), el fondo se utilizará para dar cumplimiento a tales condiciones. El remanente no utilizado se devolverá en un plazo posterior, no mayor a 2 años a partir de la recepción final del circuito. La devolución se verificará en pesos uruguayos a la cotización de la Unidad Indexada del día de la devolución. Los ingresos financieros provenientes del Fondo de Provisión, en caso de que se generen, no serán entregados al Contratista.
Appears in 1 contract