Common use of FUERO Clause in Contracts

FUERO. Los adjudicatarios se someten expresamente, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, a los tribunales xx Xxxxxxx, para cualquier controversia que pudiera derivarse del incumplimiento, interpretación y resolución de los contratos. El plazo de pago de liquidación finaliza el día 12 xx xxxxxx de 2017 para todos los permisos, a excepción de los que se realicen con anterioridad a esta fecha, los cuales deberán estar abonados antes de de la realización del evento cinegético y de los lotes con régimen económico especial. Los adjudicatarios que no hayan domiciliado el pago y no hayan abonado el importe correspondiente de su liquidación en el plazo indicado y siempre antes de la realización de la cacería, no podrán asistir al permiso xx xxxx adjudicado, anulándose automáticamente la adjudicación inicial y perdiendo la garantía provisional depositada por daños y perjuicios a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, reservándose ésta el derecho a excluirle de posteriores eventos cinegéticos ofertados por la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía. En caso de renunciar al permiso, o falta de pago del importe del mismo en la fecha establecida, se anulará automáticamente la adjudicación, sin necesidad de comunicación al respecto, perdiendo la garantía provisional y las cantidades abonadas a cuenta, por los daños y perjuicios ocasionados a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía En cualquier caso los ingresos deben estar realizados antes de la ejecución de la cacería. Los ingresos deberán realizarse en el número de cuenta de La Agencia: CAJA RURAL DEL SUR, nº c.c.c. 3187-0812-89-3209098122.

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Samples: Pliego De Condiciones Técnico Administrativas

FUERO. Los adjudicatarios Las partes acuerdan someter cuantas divergencias pudieran surgir por motivo de la interpretación y cumplimiento del contrato y las condiciones generales que se someten expresamenteunen, a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales de Santiago de Compostela. Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, por duplicado y a un solo y mismo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. La entidad [ENTIDAD], con domicilio social en [DIRECCIÓN], N.I.F [NÚMERO] e inscrita en el Registro Mercantil de [CIUDAD], y en su nombre y representación D. [APODERADO], con poderes suficientes para obligarla en este acto, según escritura otorgada ante el notario [NOTARIO], bastanteada por el Servicio Jurídico del Estado en [LUGAR Y FECHA], hace constar que esta Entidad A primer requerimiento y con expresa renuncia al beneficio de excusión, división y orden a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles[COMPRADOR], a los tribunales xx Xxxxxxxhasta la cantidad máxima de [CANTIDAD], para cualquier controversia que pudiera derivarse del incumplimientoante “M5 CORNES RESIDENCIAL, interpretación y resolución S.L.”, constituida en Escritura Pública otorgada ante el Notario de los contratos. El plazo Santiago de pago de liquidación finaliza el día 12 xx xxxxxx de 2017 para todos los permisosCompostela, a excepción de los que se realicen con anterioridad a esta fecha[NOTARIO], los cuales deberán estar abonados antes de de la realización del evento cinegético y de los lotes con régimen económico especial. Los adjudicatarios que no hayan domiciliado el pago y no hayan abonado el importe correspondiente en fecha [FECHA], numero [NÚMERO] de su liquidación Protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela, al tomo [---], folio [---], inscripción [---], hoja [ ], y C.I.F. [NÚMERO], en concepto de garantía para responder del cumplimiento de las obligaciones asumidas por [COMPRADOR] en el contrato de compraventa de fecha [FECHA]. [ENTIDAD] pagará y hará efectivo el presente aval en el plazo indicado máximo de los 15 días siguientes a la fecha de recepción del primer requerimiento efectuado por el beneficiario, bastando declaración jurada de LA VENDEDORA manifestando que LA COMPRADORA ha incurrido en alguna de las causas de incumplimiento previstas en los epígrafes 1, 2, 3 y siempre antes 4 de la realización Estipulación Decimosegunda A) del referido contrato de compraventa, declarando igualmente que el mismo no ha venido precedido del previo incumplimiento por parte de LA VENDEDORA de las obligaciones previstas en la Estipulación Decimotercera Letra A) , del contrato de compraventa. Este aval permanecerá en vigor hasta el día [FECHA] o en su defecto hasta la presentación a la entidad bancaria de la caceríaEscritura pública de compraventa en la que conste el íntegro abono del precio del contrato. Se producirá la cancelación automática del aval transcurridos 20 días desde la fecha de vencimiento del mismo. El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el nº [NÚMERO]. En [CIUDAD], no podrán asistir a [FECHA] Firma y Sello MINUTA DE ESCRITURA PÚBLICA DE PIGNORACIÓN DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DON/DOÑA [--------], mayor de edad, [estado civil], vecino de [-----------], provisto/a de N.I.F. [-----------] y DON/DOÑA [--------], mayor de edad, [estado civil], provisto/a de N.I.F. [ ], ambos con domicilio profesional en [dirección]. Actúan en nombre y representación de “M5 CORNES RESIDENCIAL, S.L.", constituida en Escritura Pública otorgada ante el Notario de Santiago, [Notario], en fecha [--------], numero [--------] de su Protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil de Santiago, al permiso xx xxxx adjudicadotomo [-----], anulándose automáticamente folio [-----], inscripción [-----], hoja [-----], en su carácter de [cargos] de la adjudicación inicial y perdiendo citada sociedad, cargo para el que fueron nombrados por el Consejo de Administración de la garantía provisional depositada por daños y perjuicios sociedad a la Agencia que representan en sesión celebrada en fecha [-------- ---], acuerdo elevado a Escritura Pública otorgada ante el Notario de Medio Ambiente Santiago, [Notario], en fecha [--------], número [ ] de su Protocolo. Los referidos cargos figuran inscritos en el Registro Mercantil de Santiago, tomo [----], folio [----], inscripción [ ], hoja [----]. En adelante LA VENDEDORA- ACREEDORA PIGNORATICIA. DON/DOÑA [--------], mayor/es de edad, vecinos de [-----------], [estado civil], con domicilio en [dirección], número de teléfono [ ], dirección de correo electrónico [-- ------] provisto/s de N.I.F. [-----------]. En adelante, LA COMPRADORA- PIGNORANTE [Actúan en su propio nombre y Agua representación] [Actúan en nombre y representación de AndalucíaDON/DOÑA [--------],mayor/es de edad, reservándose ésta vecinos de [-----------], [estado civil], con domicilio en [dirección], número de teléfono [ ], dirección de correo electrónico [-- ------] provisto/s de N.I.F. [-----------], según poder otorgado [ ]. En adelante, LA LA VENDEDORA- ACREEDORA PIGNORATICIA es titular en pleno dominio de las siguientes fincas: En fecha [ ] la VENDEDORA otorgó la agrupación de las fincas A. y B. descritas anteriormente mediante escritura pública autorizada por el derecho Notario de Santiago de Compostela [Notario], con el número [-----] de su protocolo, e inscrita la referida agrupación en el Registro de la Propiedad nº2 de Santiago de Compostela, al tomo [ ], libro [---], Sección [---], folio [---], finca número [---], Inscripción [ ]. Sobre la citada finca resultante se va a excluirle construir un conjunto de posteriores eventos cinegéticos ofertados 68 viviendas, plazas de garaje y trasteros, construcción que será llevada a efecto de acuerdo con el Proyecto de Edificación, debidamente visado por el Colegio de Arquitectos de Galicia, redactado por los arquitectos D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx y D. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, con nº de colegiado 2.391 y 3.307, respectivamente, y con domicilio profesional en la calle Xxxxxxx, nº 5, planta Baja, en Santiago de Compostela, C.P. 15.707. Que con base a dicho Proyecto se ha obtenido la licencia urbanística de edificación, otorgada por la Agencia Junta de Medio Ambiente Gobierno Local xxx Xxxxxxxx de Santiago en sesión celebrada en fecha [--------], y Agua de Andalucíaexpediente [ ]. En caso fecha [FECHA] LA VENDEDORA-ACREEDORA PIGNORATICIA va a suscribir con LA COMPRADORA-PIGNORANTE una contrato de renunciar al permisocompraventa en virtud del cual la primera vende a la segunda, o falta que compra, la vivienda nº [VIVIENDA], así como los garajes y trasteros descritos en el Expositivo V del citado contrato. De conformidad con la Estipulación Tercera del contrato de compraventa el precio de la vivienda asciende a [---------] Euros ([--------] €), más [--------] Euros ([----------] €) en concepto de I.V.A. (según tipo vigente actualmente del [----] %), totalizando [-------------- -] Euros ([ ] €). Primera plaza de garaje: [--------] Euros ([--------] €), más [-------] Euros ([-------] €) en concepto de I.V.A. (según tipo vigente actualmente del [----] %), totalizando [ ] Euros ([ ] €). Segunda plaza de garaje: [--------] Euros ([--------] €), más [-------] Euros ([-------] €) en concepto de I.V.A. (según tipo vigente actualmente del [----] %), totalizando [ ] Euros ([ ] €). Trastero: [--------] Euros ([--------] €), más [-------] Euros ([ ] €) en concepto de I.V.A. (según tipo vigente actualmente del [----] %), totalizando [--------] Euros ([ ] €). En el referido contrato de compraventa se pacta que el pago del importe precio se realizará por LA COMPRADORA-PIGNORANTE al tiempo del mismo otorgamiento de la Escritura Pública de Compraventa y consiguiente entrega de las unidades de obra objeto de este contrato. En la Estipulación Quinta del señalado contrato se pacta que, en garantía del cumplimiento de las obligaciones de LA COMPRADORA-PIGNORANTE, especialmente de la obligación del pago del precio, ésta se obliga a constituir, con carácter previo a la suscripción de la compraventa, la pignoración de un depósito a plazo fijo en favor de LA VENDEDORA-ACREEDORA PIGNORATICIA, con vigencia hasta el [FECHA], sobre un depósito bancario a plazo fijo constituido en la fecha establecida, se anulará automáticamente la adjudicación, sin necesidad de comunicación al respecto, perdiendo la garantía provisional y las cantidades abonadas a cuentaentidad [ENTIDAD], por los daños un importe de [IMPORTE] y perjuicios ocasionados referencia de depósito [REF]. Expuesto lo que antecede LA COMPRADORA-PIGNORANTE, por medio del presente CONTRATO DE PIGNORACIÓN DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO, constituye a la Agencia favor de Medio Ambiente y Agua de Andalucía En cualquier caso los ingresos deben estar realizados antes de la ejecución de la cacería. Los ingresos deberán realizarse en LA VENDEDORA-ACREEDORA PIGNORATICIA, una garantía prendaria, con vigencia hasta el número de cuenta de La Agencia: CAJA RURAL DEL SUR[FECHA], nº c.c.c. 3187-0812-89-3209098122.sobre el depósito [DEPÓSITO], que se regirá por las siguientes

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Samples: Contrato De Compraventa

FUERO. Los adjudicatarios Las partes acuerdan someter cuantas divergencias pudieran surgir por motivo de la interpretación y cumplimiento del contrato y las condiciones generales que se someten expresamenteunen, a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales de Santiago de Compostela. Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, por duplicado y a un solo y mismo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. La entidad [ENTIDAD], con domicilio social en [DIRECCIÓN], N.I.F [NÚMERO] e inscrita en el Registro Mercantil de [CIUDAD], y en su nombre y representación D. [APODERADO], con poderes suficientes para obligarla en este acto, según escritura otorgada ante el notario [NOTARIO], bastanteada por el Servicio Jurídico del Estado en [LUGAR Y FECHA], hace constar que esta Entidad A primer requerimiento y con expresa renuncia al beneficio de excusión, división y orden a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles[COMPRADOR], a los tribunales xx Xxxxxxxhasta la cantidad máxima de [CANTIDAD], para cualquier controversia que pudiera derivarse del incumplimientoante “M5 CORNES RESIDENCIAL, interpretación y resolución S.L.”, constituida en Escritura Pública otorgada ante el Notario de los contratos. El plazo Santiago de pago de liquidación finaliza el día 12 xx xxxxxx de 2017 para todos los permisosCompostela, a excepción de los que se realicen con anterioridad a esta fecha[NOTARIO], los cuales deberán estar abonados antes de de la realización del evento cinegético y de los lotes con régimen económico especial. Los adjudicatarios que no hayan domiciliado el pago y no hayan abonado el importe correspondiente en fecha [FECHA], numero [NÚMERO] de su liquidación Protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela, al tomo [---], folio [---], inscripción [---], hoja [ ], y C.I.F. [NÚMERO], en concepto de garantía para responder del cumplimiento de las obligaciones asumidas por [COMPRADOR] en el contrato de compraventa de fecha [FECHA]. [ENTIDAD] pagará y hará efectivo el presente aval en el plazo indicado máximo de los 15 días siguientes a la fecha de recepción del primer requerimiento efectuado por el beneficiario, bastando declaración jurada de LA VENDEDORA manifestando que LA COMPRADORA ha incurrido en alguna de las causas de incumplimiento previstas en los epígrafes 1, 2, 3 y siempre antes 4 de la realización Estipulación Decimosegunda A) del referido contrato de compraventa, declarando igualmente que el mismo no ha venido precedido del previo incumplimiento por parte de LA VENDEDORA de las obligaciones previstas en la Estipulación Decimotercera Letra A) , del contrato de compraventa. Este aval permanecerá en vigor hasta el día [FECHA] o en su defecto hasta la presentación a la entidad bancaria de la caceríaEscritura pública de compraventa en la que conste el íntegro abono del precio del contrato. Se producirá la cancelación automática del aval transcurridos 20 días desde la fecha de vencimiento del mismo. El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el nº [NÚMERO]. En [CIUDAD], no podrán asistir a [FECHA] Firma y Sello MINUTA DE ESCRITURA PÚBLICA DE PIGNORACIÓN DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DON/DOÑA [--------], mayor de edad, [estado civil], vecino de [ ], provisto/a de N.I.F. [-----------] y DON/DOÑA [--------], mayor de edad, [estado civil], provisto/a de N.I.F. [-----------], ambos con domicilio profesional en [dirección]. Actúan en nombre y representación de “M5 CORNES RESIDENCIAL, S.L.", constituida en Escritura Pública otorgada ante el Notario de Santiago, [Notario], en fecha [--------], numero [ ] de su Protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil de Santiago, al permiso xx xxxx adjudicadotomo [-----], anulándose automáticamente folio [-----], inscripción [ ], hoja [-----], en su carácter de [cargos] de la adjudicación inicial y perdiendo citada sociedad, cargo para el que fueron nombrados por el Consejo de Administración de la garantía provisional depositada por daños y perjuicios sociedad a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucíaque representan en sesión celebrada en fecha [ ], reservándose ésta el derecho a excluirle de posteriores eventos cinegéticos ofertados por la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía. En caso de renunciar al permiso, o falta de pago del importe del mismo en la fecha establecida, se anulará automáticamente la adjudicación, sin necesidad de comunicación al respecto, perdiendo la garantía provisional y las cantidades abonadas a cuenta, por los daños y perjuicios ocasionados a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía En cualquier caso los ingresos deben estar realizados antes de la ejecución de la cacería. Los ingresos deberán realizarse en el número de cuenta de La Agencia: CAJA RURAL DEL SUR, nº c.c.c. 3187-0812-89-3209098122.acuerdo elevado

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Samples: Contrato De Compraventa

FUERO. Los adjudicatarios Para todas las cuestiones que pudieran derivarse del cumplimiento o interpretación del presente contrato, las partes se someten expresamente, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, expresamente a los tribunales xx XxxxxxxJuzgados correspondientes al lugar donde se encuentren ubicadas las unidades constructivas descritas en el Exponendo IV del presente contrato. Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, para cualquier controversia las partes firman el presente contrato por triplicado, en Madrid a …………..de ………………….de 2010. LA PARTE COMPRADORA LA PARTE VENDEDORA Conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de “protección de datos de carácter personal” y por exigencias ineludibles derivadas de la gestión y comprobación del presente contrato la DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN dispone de un fichero informatizado conforme a la normativa vigente. Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero SOLICITUD DE AYUDAS PARA VIVIENDA, cuya finalidad es realizar trámites en el sistema de protección de ayudas y subvenciones en materia de vivienda, así como realizar estadísticas de gestión, y podrán ser cedidos a Administraciones Públicas de competencias similares, además de otras cesiones previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, ante el mismo es la Xxxxx Xxxxxx 00, lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. La promoción objeto del presente contrato ha obtenido calificación Provisional al amparo del Decreto 74/2009 de 30 de julio, por el que pudiera derivarse se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid, que configura, desde el punto de vista jurídico, el Plan de Vivienda 2009-2012 de la Comunidad de Madrid. Del mismo modo, y en aplicación de la Disposición Adicional Primera de dicho Decreto, esta promoción es objeto de la financiación prevista en el Real Decreto 2066/2008 de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2009-2012. El comprador declara conocer los beneficios y obligaciones inherentes al régimen de protección y a la financiación obtenida. En virtud del incumplimientoartículo 14 del decreto 74/2009, interpretación se establece: Que la vivienda está sujeta a las prohibiciones y resolución limitaciones derivadas del régimen de protección pública, previsto en el Decreto 74/2009, y, en su caso, en el Real Decreto 2066/2008, regulador del Plan de Vivienda Estatal, cuando la vivienda se halle acogida a la financiación prevista en el mismo. Por consiguiente, las condiciones de utilización serán las señaladas en la calificación definitiva y los precios de venta no podrán exceder los límites establecidos. Dichas prohibiciones y limitaciones son, en concreto: - Art. 3 del Real Decreto 2066/2008: Condiciones generales de acceso de los contratos. El plazo de pago de liquidación finaliza el día 12 xx xxxxxx de 2017 para todos los permisos, a excepción de los que se realicen con anterioridad a esta fecha, los cuales deberán estar abonados antes de de la realización del evento cinegético y de los lotes con régimen económico especial. Los adjudicatarios que no hayan domiciliado el pago y no hayan abonado el importe correspondiente de su liquidación en el plazo indicado y siempre antes de la realización de la cacería, no podrán asistir al permiso xx xxxx adjudicado, anulándose automáticamente la adjudicación inicial y perdiendo la garantía provisional depositada por daños y perjuicios a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, reservándose ésta el derecho a excluirle de posteriores eventos cinegéticos ofertados por la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía. En caso de renunciar al permiso, o falta de pago del importe del mismo en la fecha establecida, se anulará automáticamente la adjudicación, sin necesidad de comunicación al respecto, perdiendo la garantía provisional y las cantidades abonadas a cuenta, por los daños y perjuicios ocasionados a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía En cualquier caso los ingresos deben estar realizados antes de la ejecución de la cacería. Los ingresos deberán realizarse en el número de cuenta de La Agencia: CAJA RURAL DEL SUR, nº c.c.c. 3187-0812-89-3209098122.demandantes

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FUERO. Los adjudicatarios se someten expresamente, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderlesLas partes acuerdan someter cuantas divergencias pudieran surgir por motivo de la interpretación y cumplimiento de este contrato, a los tribunales xx XxxxxxxTribunales de Madrid. Ambas partes, para cualquier controversia firman el presente documento que pudiera derivarse del incumplimientose extiende en Madrid a ……………………… LA PARTE COMPRADORA LA PARTE VENDEDORA El comprador declara conocer los beneficios y obligaciones inherentes a dicho régimen establecidos por las disposiciones generales sobre este tipo de viviendas y, interpretación y resolución de los contratos. El plazo de pago de liquidación finaliza el día 12 xx xxxxxx de 2017 para todos los permisosen concreto, a excepción lo estipulado en los Decretos 11/2005 y 12/2005 de 27 de enero, por los que se realicen aprueban el Reglamento de Viviendas con anterioridad a esta fecha, los cuales deberán estar abonados antes de Protección Pública de la realización Comunidad de Madrid y el Plan de Vivienda 2005-2008, respectivamente. El artículo 7 del evento cinegético y Decreto 12/2005 declara la compatibilidad de las ayudas recogidas en el Decreto con las establecidas en la normativa reguladora de los lotes con régimen económico especialPlanes Estatales de Vivienda y Suelo. Los adjudicatarios que no hayan domiciliado el pago y no hayan abonado el importe correspondiente La Orden 1148/2006, de su liquidación en el plazo indicado y siempre antes 29 xx xxxxx, de la realización de la cacería, no podrán asistir al permiso xx xxxx adjudicado, anulándose automáticamente la adjudicación inicial y perdiendo la garantía provisional depositada por daños y perjuicios a la Agencia Consejería de Medio Ambiente y Agua Ordenación del Territorio, establece las bases reguladoras y el procedimiento de Andalucíatramitación de las ayudas financieras previstas en el Real Decreto 801/2005, reservándose ésta de 1 de julio, que regula el derecho a excluirle Plan estatal de posteriores eventos cinegéticos ofertados por la Agencia de Medio Ambiente y Agua de AndalucíaVivienda 2005-08. En caso su artículo 13 establece que la obtención de renunciar al permisolas ayudas estatales y, o falta en concreto, la formalización xx xxxxxxxx convenido, supondrá la aplicación a dichas viviendas de pago las determinaciones del importe RD 801/2005 en cuanto a: duración del mismo régimen de protección prohibición de descalificación voluntaria destino y ocupación delas viviendas prohibiciones y limitaciones a la facultad de disposición. Además, siempre que se haya formalizado préstamo convenido, aunque se cancele posteriormente, el régimen del RD 801/2005 en cuanto a los apartados anteriores será aplicable a las VPPB de la Comunidad de Madrid. Así, en virtud del art. 15 del Decreto 11/2005, se establece: Que la vivienda está sujeta a las prohibiciones y limitaciones derivadas del régimen de Viviendas con Protección Pública, establecidas en el Decreto 11/2005, de 27 de enero y en el RD 801/2005 y por consiguiente, las condiciones de utilización serán las señaladas en la fecha establecida, se anulará automáticamente la adjudicación, sin necesidad calificación definitiva y los precios de comunicación al respecto, perdiendo la garantía provisional y las cantidades abonadas a cuenta, por venta no podrán exceder los daños y perjuicios ocasionados a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía En cualquier caso los ingresos deben estar realizados antes de la ejecución de la cacería. Los ingresos deberán realizarse en el número de cuenta de La Agencia: CAJA RURAL DEL SUR, nº c.c.c. 3187-0812-89-3209098122límites establecidos.

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FUERO. Los adjudicatarios Este documento se someten expresamenterige por la Ley española y en concreto por el Real Decreto ley 19/2018 de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, por la Orden ECE/1263/2019 sobre transparencia de las condiciones de información aplicables a los tribunales xx Xxxxxxxservicios de pago y por la Circular 5/2012 de Banco de España sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos. En el caso de que el Usuario no tenga la condición de Consumidor ni de Microempresa, no le será de aplicación lo dispuesto en los artículos 30, 31, 32, 33, 35.1, 43, 44, 46,48, 49, 52, 60 y 61 del Real Decreto- ley 19/2018 de 23 de noviembre de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, la Orden ECE/1263/2019 sobre transparencia de las condiciones de información aplicables a los servicios de pago, ni la Circular 5/2012 de Banco de España sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos. Serán competentes para el conocimiento de cualquier controversia que pudiera derivarse del incumplimiento, interpretación y resolución derivada de los contratosservicios de pago prestados los jueces y tribunales españoles. PCSIL se compromete a proporcionar un servicio excelente a todos los Usuarios de sus servicios de pago Para aquellos casos en que no se cumplan sus expectativas existe a su disposición un Servicio de Atención al Usuario para la gestión de sus quejas y reclamaciones. Para poder resolver cualquier reclamación o queja es necesario que se dirija una comunicación inicial al Servicio de Atención al Usuario a través del teléfono (+34). 000 000 000.Nuestro Servicio de Atención al Usuario escuchará sus necesidades y hará todo lo que esté en su mano para solucionar la cuestión lo antes y mejor posible. El horario de atención al Usuario es de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas, excluidos los días festivos nacionales españoles. Valoramos la oportunidad de revisar la forma en la que trabajamos y nos ayuda a cumplir con las expectativas de nuestros Usuarios. Si una vez recibida la respuesta de nuestro Servicio de Atención al Usuario el Usuario no queda satisfecho con el resultado, le rogamos que presente su reclamación o queja en el Servicio de Defensa del Usuario de PFS Card Services Ireland Limited, Sucursal en España. XxxxxxxxxXxxxxxx.XX@xxxxxxxxxxx.xxx O por dirección postal en Paseo de la Castellana 259C, planta 18, 00000 Xxxxxx, Xxxxxx De conformidad con la Orden ECO/734/2004, de 11 xx xxxxx, sobre los departamentos y servicios de atención al Usuario y el defensor del Usuario de las entidades financieras ya sí se publique por nosotros a través de nuestros distintos canales, PCSIL dispone de un Reglamento para la Defensa del Usuario, al que se puede acceder en la web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx-xxxxxxx/ en los enlaces específicos de atención al Usuario. El plazo máximo para la resolución de pago quejas y reclamaciones es de liquidación finaliza 15 días hábiles. Este plazo podrá ampliarse hasta un mes, por causas ajenas al PCSIL, en cuyo caso se informará al Usuario. Si después de este tiempo y una vez agotadas las distintas instancias que PCSIL facilita, no se hubiera resuelto el día 12 xx xxxxxx de 2017 para todos los permisos, a excepción de los que caso o el Usuario se realicen encontrara disconforme con anterioridad a esta fecha, los cuales deberán estar abonados antes de de la realización del evento cinegético y de los lotes con régimen económico especial. Los adjudicatarios que no hayan domiciliado el pago y no hayan abonado el importe correspondiente decisión final de su liquidación en el plazo indicado y siempre antes reclamación o queja, podrán dirigirse al Servicio de la realización Reclamaciones del Banco de la caceríaEspaña, no podrán asistir al permiso xx xxxx adjudicado, anulándose automáticamente la adjudicación inicial y perdiendo la garantía provisional depositada por daños y perjuicios a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, reservándose ésta el derecho a excluirle de posteriores eventos cinegéticos ofertados por la Agencia de Medio Ambiente y Agua de AndalucíaXxxxx Xxxxxx xxxxxx 48. En caso de renunciar al permiso, o falta de pago del importe del mismo en la fecha establecida, se anulará automáticamente la adjudicación, sin necesidad de comunicación al respecto, perdiendo la garantía provisional y las cantidades abonadas a cuenta, por los daños y perjuicios ocasionados a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía En cualquier caso los ingresos deben estar realizados antes de la ejecución de la cacería. Los ingresos deberán realizarse en el número de cuenta de La Agencia: CAJA RURAL DEL SUR, nº c.c.c. 3187-0812-89-320909812228014 Madrid.

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