Common use of GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO PARA LA ETAPA DE MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN Clause in Contracts

GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO PARA LA ETAPA DE MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN. La garantía de cumplimiento de contrato para la etapa de mantenimiento y explotación será por un monto equivalente a U$S 2.500.000 (dólares estadounidenses dos millones quinientos mil) y deberá constituirse en forma proporcional a los tramos a entregar. Por proporcionalidad se entiende la longitud del tramo respecto a la totalidad de la longitud del proyecto. La Contratante no extenderá el Acta de Comprobación de la Infraestructura del Tramo (ACIT) hasta que el Contratista no haya constituido la proporción de garantía de cumplimiento de contrato para la etapa de mantenimiento y explotación del tramo. Dicha garantía deberá ser constituida de acuerdo a lo establecido en la cláusula 24.1 y deberá permanecer válida hasta 12 meses posteriores a la finalización del contrato, y de acuerdo al artículo 30 de la LCPPP. La misma podrá ser ejecutada si el Contratista no cumple en tiempo y forma con las obligaciones inherentes al contrato. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este deberá reponer o ampliar aquella, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Las garantías de cumplimiento responderán de los siguientes conceptos:

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Samples: Pliego De Condiciones – Proyecto, Pliego De Condiciones – Proyecto, Contrato De Participacion Publico/Privado

GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO PARA LA ETAPA DE MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN. La garantía de cumplimiento de contrato para la etapa de mantenimiento y explotación será por un monto equivalente a U$S 2.500.000 (dólares estadounidenses dos millones quinientos mil) y ), deberá constituirse en forma proporcional a los tramos a entregar. Por proporcionalidad se entiende la longitud del tramo respecto a la totalidad ser constituida previo al Acta de Comprobación de la longitud Infraestructura del proyectoprimer tramo en que finalicen las obras de puesta a punto de la primera etapa. La Contratante no extenderá el Acta de Comprobación de la Infraestructura del Tramo (ACIT) hasta que el Contratista no haya constituido la proporción de garantía de cumplimiento de contrato para la etapa de mantenimiento y explotación del tramoexplotación. Dicha garantía deberá ser constituida de acuerdo a lo establecido en la cláusula 24.1 y deberá permanecer válida hasta 12 meses posteriores a la finalización del contrato, y de acuerdo al artículo 30 de la LCPPP. La misma podrá ser ejecutada si el Contratista no cumple en tiempo y forma con las obligaciones inherentes al contrato. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este deberá reponer o ampliar aquella, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Las garantías de cumplimiento responderán de los siguientes conceptos:

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Samples: Contrato De Participacion Publico/Privado