Common use of GARANTÍA DE BUENA OBRA Clause in Contracts

GARANTÍA DE BUENA OBRA. Al liquidar el contrato “LA CONTRATISTA” deberá rendir a favor de “EL CONTRATANTE” una Garantía de Buena Obra, para garantizar la buena calidad de la misma, obligándose a responder sin costo adicional para “EL CONTRATANTE”, por cualquier desperfecto o anomalía que dicha obra sufriere dentro de un plazo de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de recepción final, siempre que los desperfectos o anomalías se deban a la mala calidad de los materiales, de la mano de obra utilizada o procesos constructivos inadecuados. La garantía en mención será de un diez por ciento del valor total final contratado, rendida por medio de fianza o garantía bancaria emitida por una Institución Financiera, Sociedad Afianzadora, Aseguradora o Institución Bancaria legalmente establecida en el país y aceptada por “EL CONTRATANTE”. Después de vencido el plazo de la garantía arriba indicada, subsistirá siempre la responsabilidad profesional que le corresponda a “LA CONTRATISTA” de conformidad a la regla tercera del Artículo 1791 del Código Civil. “LA CONTRATISTA” proveerá un Seguro contra Xxxxx a terceros aprobado por “EL CONTRATANTE”. Este seguro será por las cantidades de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($3,000.00) por daños

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GARANTÍA DE BUENA OBRA. Al liquidar el contrato “LA EL CONTRATISTA” deberá rendir a favor de “EL CONTRATANTE” una Garantía de Buena Obra, para garantizar la buena calidad de la misma, obligándose a responder sin costo adicional para “EL CONTRATANTE”, por cualquier desperfecto o anomalía que dicha obra sufriere dentro de un plazo de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de recepción final, siempre que los desperfectos o anomalías se deban a la mala calidad de los materiales, de la mano de obra utilizada o procesos constructivos inadecuados. La garantía en mención será de un diez por ciento del valor total final contratadodel contrato, rendida por medio de fianza o garantía bancaria emitida por una Institución Financiera, Sociedad Afianzadora, Aseguradora o Institución Bancaria legalmente establecida en el país y aceptada por “EL CONTRATANTE”. Después de vencido el plazo de la garantía arriba indicada, subsistirá siempre la responsabilidad profesional que le corresponda a “LA EL CONTRATISTA” de conformidad a la regla tercera del Artículo 1791 del Código Civil. “LA EL CONTRATISTA” proveerá un Seguro contra Xxxxx Daños a terceros aprobado por “EL CONTRATANTE”. Este seguro será por las cantidades de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($3,000.00) por dañosdaños personales individuales; OCHO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($8,000.00) por daños personales a grupos de personas; QUINCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

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GARANTÍA DE BUENA OBRA. Al liquidar el contrato “LA CONTRATISTA” deberá rendir a favor de “EL CONTRATANTE” una Garantía de Buena Obra, para garantizar la buena calidad de la misma, obligándose a responder sin costo adicional para “EL CONTRATANTE”, por cualquier desperfecto o anomalía que dicha obra sufriere dentro de un plazo de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de recepción finaldefinitiva de la obra, siempre que los desperfectos o anomalías se deban a la mala calidad de los materiales, de la mano de obra utilizada o procesos constructivos inadecuados. La garantía en mención será de un diez por ciento del valor total final contratado, rendida por medio de fianza o garantía bancaria emitida por una Institución Financiera, Sociedad Afianzadora, Aseguradora o Institución Bancaria legalmente establecida en el país y aceptada por “EL CONTRATANTE”. Después de vencido el plazo de la garantía arriba indicada, subsistirá siempre la responsabilidad profesional que le corresponda a “LA CONTRATISTA” de conformidad a la regla tercera del Artículo 1791 mil setecientos noventa y uno del Código Civil. “LA CONTRATISTA” proveerá un Seguro contra Xxxxx Daños a terceros Terceros aprobado por “EL CONTRATANTE”. Este seguro será por las cantidades de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($3,000.00) por dañosdaños personales individuales; OCHO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($8,000.00) por daños personales a grupos de personas; QUINCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

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GARANTÍA DE BUENA OBRA. Al liquidar el contrato “LA CONTRATISTA” deberá rendir a favor de “EL CONTRATANTE” una Garantía de Buena Obra, para garantizar la buena calidad de la misma, obligándose a responder sin costo adicional para “EL CONTRATANTE”, por cualquier desperfecto o anomalía que dicha obra sufriere dentro de un plazo de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de recepción finaldefinitiva de la obra, siempre que los desperfectos o anomalías se deban a la mala calidad de los materiales, de la mano de obra utilizada o procesos constructivos inadecuados. La garantía en mención será de un diez por ciento del valor total final contratado, rendida por medio de fianza o garantía bancaria emitida por una Institución Financiera, Sociedad Afianzadora, Aseguradora o Institución Bancaria legalmente establecida en el país y aceptada por “EL CONTRATANTE”. Después de vencido el plazo de la garantía arriba indicada, subsistirá siempre la responsabilidad profesional que le corresponda a “LA CONTRATISTA” de conformidad a la regla tercera del Artículo 1791 del Código Civil. “LA CONTRATISTA” proveerá un Seguro contra Xxxxx Daños a terceros Terceros aprobado por “EL CONTRATANTE”. Este seguro será por las cantidades de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($3,000.00) por dañosdaños personales individuales; OCHO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($8,000.00) por daños personales a grupos de personas; QUINCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

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GARANTÍA DE BUENA OBRA. Al liquidar el contrato “LA CONTRATISTA” deberá rendir a favor de “EL CONTRATANTE” una Garantía de Buena Obra, para garantizar la buena calidad de la misma, obligándose a responder sin costo adicional para “EL CONTRATANTE”, por cualquier desperfecto o anomalía que dicha obra sufriere dentro de un plazo de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de recepción finaldefinitiva de la obra, siempre que los desperfectos o anomalías se deban a la mala calidad de los materiales, de la mano de obra utilizada o procesos constructivos inadecuados. La garantía en mención será de un diez por ciento del valor total final contratado, rendida por medio de fianza o garantía bancaria emitida por una Institución Financiera, Sociedad Afianzadora, Aseguradora o Institución Bancaria legalmente establecida en el país y aceptada por “EL CONTRATANTE”. Después de vencido el plazo de la garantía arriba indicada, subsistirá siempre la responsabilidad profesional que le corresponda a “LA CONTRATISTA” de conformidad a la regla tercera del Artículo 1791 mil setecientos noventa y uno del Código Civil. “LA CONTRATISTA” proveerá un Seguro contra Xxxxx Daños a terceros Terceros aprobado por “EL CONTRATANTE”. Este seguro será por las cantidades de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($3,000.00) por dañosdaños personales individuales; OCHO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($8,000.00) por daños personales a grupos de personas; QUINCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($15,000.00) por daños a

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GARANTÍA DE BUENA OBRA. Al liquidar el contrato “LA CONTRATISTA” deberá rendir a favor de “EL CONTRATANTE” una Garantía de Buena Obra, para garantizar la buena calidad de la misma, obligándose a responder sin costo adicional para “EL CONTRATANTE”, por cualquier desperfecto o anomalía que dicha obra sufriere dentro de un plazo de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de recepción finaldefinitiva de la obra, siempre que los desperfectos o anomalías se deban a la mala calidad de los materiales, de la mano de obra utilizada o procesos constructivos inadecuados. La garantía en mención será de un diez por ciento del valor total final contratadoestipulado en el contrato número ciento treinta y tres/ dos mil doce de VEINTINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS DOLARES CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS XX XXXXX DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($29,428,782.97), rendida por medio de fianza o garantía bancaria emitida por una Institución Financiera, Sociedad Afianzadora, Aseguradora o Institución Bancaria legalmente establecida en el país y aceptada por “EL CONTRATANTE”. Después de vencido el plazo de la garantía arriba indicada, subsistirá siempre la responsabilidad profesional que le corresponda a “LA CONTRATISTA” de conformidad a la regla tercera del Artículo 1791 mil setecientos noventa y uno del Código Civil. “LA CONTRATISTA” proveerá un Seguro contra Xxxxx Daños a terceros Terceros aprobado oportunamente por “EL CONTRATANTE”el Administrador del Contrato. Este seguro será por las cantidades de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($3,000.00) por dañosdaños personales individuales; OCHO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($8,000.00) por daños personales a grupos de personas; QUINCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($15,000.00) por daños a la

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GARANTÍA DE BUENA OBRA. Al liquidar el contrato “LA CONTRATISTA” deberá rendir a favor de “EL CONTRATANTE” una Garantía de Buena Obra, para garantizar la buena calidad de la misma, obligándose a responder sin costo adicional para “EL CONTRATANTE”, por cualquier desperfecto o anomalía que dicha obra sufriere dentro de un plazo de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de recepción final, siempre que los desperfectos o anomalías se deban a la mala calidad de los materiales, de la mano de obra utilizada o procesos constructivos inadecuados. La garantía en mención será de un diez por ciento del valor total final contratadodel contrato, rendida por medio de fianza o garantía bancaria emitida por una Institución Financiera, Sociedad Afianzadora, Aseguradora o Institución Bancaria legalmente establecida en el país y aceptada por “EL CONTRATANTE”. Después de vencido el plazo de la garantía arriba indicada, subsistirá siempre la responsabilidad profesional que le corresponda a “LA CONTRATISTA” de conformidad a la regla tercera del Artículo 1791 del Código Civil. “LA CONTRATISTA” proveerá un Seguro contra Xxxxx Daños a terceros aprobado por “EL CONTRATANTE”. Este seguro será por las cantidades de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($3,000.00) por dañosdaños personales individuales; OCHO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($8,000.00) por daños personales a grupos de personas; QUINCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($15,000.00) por daños a la propiedad, el Seguro deberá estar vigente durante el período de ejecución del

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GARANTÍA DE BUENA OBRA. Al liquidar el contrato “LA CONTRATISTA” deberá rendir a favor de “EL CONTRATANTE” una Garantía de Buena Obra, para garantizar la buena calidad de la misma, obligándose a responder sin costo adicional para “EL CONTRATANTE”, por cualquier desperfecto o anomalía que dicha obra sufriere dentro de un plazo de veinticuatro DOCE meses, contados a partir de la fecha de recepción finaldefinitiva de la obra, siempre que los desperfectos o anomalías se deban a la mala calidad de los materiales, de la mano de obra utilizada o procesos constructivos inadecuados. La garantía en mención será de un diez por ciento del valor total final contratado, rendida por medio de fianza o garantía bancaria emitida por una Institución Financiera, Sociedad Afianzadora, Aseguradora o Institución Bancaria legalmente establecida en el país y aceptada por “EL CONTRATANTE”. Después de vencido el plazo de la garantía arriba indicada, subsistirá siempre la responsabilidad profesional que le corresponda a “LA CONTRATISTA” de conformidad a la regla tercera del Artículo 1791 mil setecientos noventa y uno del Código Civil. “LA CONTRATISTA” proveerá un Seguro contra Xxxxx a terceros aprobado por “EL CONTRATANTE”. Este seguro será por las cantidades de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($3,000.00) por daños.

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