GARANTIAS Cláusulas de Ejemplo

GARANTIAS. El contratista. rendirá a favor del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, una garantía incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, igual o mayor al valor correspondiente al Bono No……… de conformidad con el reglamento e instructivo del SIV - Vivienda Urbana, será una garantía bancaria, póliza de seguro o carta garantía, que se mantendrá vigente hasta 30 días posteriores a la fecha de suscripción del acta entrega recepción de las obras de acuerdo al reglamento vigente y será de fiel cumplimiento del contrato y se liberarán únicamente cuando se verifique que ha quedado en condiciones de habitabilidad inmediata. Para que opere la devolución de las garantías, el contratista, deberá suscribir en forma previa la correspondiente Acta de Entrega-Recepción dentro de los quince días calendario posteriores a la notificación que debe realizar el contratista con la razón de que los trabajos están concluidos en su totalidad y de conformidad con las especificaciones técnicas constructivas correspondientes. El Acta de Entrega-Recepción, deberá otorgarse por triplicado, uno de cuyos ejemplares deberá remitirse al MIDUVI. En caso de incumplimiento al reglamento e instructivo del SIV-MIDUVI o al presente documento; el beneficiario u OVTP, realizarán la devolución del valor xxx xxxx más los intereses respectivos o se ejecutará las garantías y se procederá a una demanda para el cobro de daños y perjuicios causados. El beneficiario no podrá enajenar durante 5 años el inmueble construido con el bono, contados desde la suscripción del acta entrega recepción avalada por el MIDUVI.
GARANTIAS. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por la cuantía, equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA. El plazo para la constitución de la citada garantía será de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la recepción del requerimiento a que se refiere la cláusula 21, y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La acreditación de su constitución podrá realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplirse este requisito por causas imputables al licitador, el Ayuntamiento no efectuará la adjudicación a su favor. La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
GARANTIAS. El contratista se obliga a rendir a favor del FOVIAL las garantías establecidas en los documentos contractuales, en los plazos, por los montos y con los requisitos establecidos en dichos documentos, aceptando las consecuencias que en los mismos se establece para la falta de presentación o presentación tardías de las expresadas garantías.
GARANTIAS. PROVISIONAL: No se exige.
GARANTIAS. Artículo 9°: a) Garantía de mantenimiento de la oferta: Será del 4% sobre el valor total de la oferta, calculado sobre el importe resultante de considerar el mayor valor cotizado por el proponente. Deberá acompañarse con la propuesta.
GARANTIAS. El supervisor se obliga a rendir a favor del FOVIAL las garantías establecidas en los documentos contractuales, en los plazos, por los montos y con los requisitos establecidos en dichos documentos, aceptando las consecuencias que en los mismos se establece para la falta de presentación o presentación tardías de las expresadas garantías.
GARANTIAS. 1.13. NINGUNA CONDICIÓN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA DEBERA SER NEGOCIADA.
GARANTIAS. Garantía de cumplimiento de contrato: Para garantizar el cumplimiento del contrato, el proveedor deberá presentar una garantía del siete por ciento (7%) del valor total del contrato. Se aceptarán los siguientes tipos de garantía de acuerdo con el Articulo 20 – Tipos de garantía, del D.S. N° 181: Boleta de garantía. Garantía a primer requerimiento. Póliza de Caución a Primer Requerimiento (Renovable, Irrevocable y de Ejecución a Primer Requerimiento). Alternativamente, el proveedor podrá solicitar la retención del 7% de cada pago mensual. La garantía será devuelta, una vez emitido el informe final de conformidad de Contrato, emitido por el fiscal de servicio. (Manifestar aceptación) B. MULTAS Multas por retraso en el inicio del servicio: Será sancionado con una multa equivalente al medio por ciento (0,5%) del monto total del contrato, por cada día hábil de retraso. (Manifestar aceptación) Multas por incumplimiento del mantenimiento correctivo: Por día hábil sin servicio, se aplicará una penalización xxx xxxx por ciento (10%) del monto mensual a partir del siguiente día hábil de no solucionado el incidente. (Manifestar aceptación) Multas por reclamo por calidad de servicio: En caso de que el Fiscal de servicio emita una nota de reclamo por mala calidad de servicio, el proponente será multado con el 1% del monto total del contrato. (Manifestar aceptación) Resolución del contrato. Cuando la acumulación de multas exceda al veinte por ciento (20%) de la suma total contratada, el BCB resolverá el contrato y la ejecución de la garantía de cumplimiento de contrato a favor del BCB, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimiento. (Manifestar aceptación) C. AGENTE Y FISCAL DE SERVICIO Agente de servicio: El proponente adjudicado debe designar a un Agente de Servicio de su personal de planta, cuyo nombre y datos de contacto hará conocer al BCB antes de la firma de contrato. El proponente adjudicado debe mantener actualizados estos datos durante la vigencia del servicio. El agente de servicio representará al proveedor durante toda la prestación del servicio y mantendrá coordinación permanente y efectiva con el BCB a través del fiscal, a objeto de atender satisfactoriamente los requerimientos y dar fiel cumplimiento al contrato. Adicionalmente, elaborará y presentará la planilla de ejecución de servicios prestados y el certificado de liquidación final del servicio al fiscal. (Manifestar aceptación)
GARANTIAS a) Garantía con títulos valores. En el caso de otorgar garantías con certificados materializados, desmaterializados o electrónicos de ahorro a plazo, se obliga al deudor a liquidar, sustituir y/o endosar y ser entregados a favor de CREDECOOP para su custodia. EL CLIENTE se compromete a renovar cuantas veces fuese necesario, los certificados que constituyen el complemento de este contrato; también se compromete, en el caso de sustituir los títulos dados en garantía, a firmar un adendum a este contrato, en el que consigne tal situación o cualquier otro que de alguna forma lo indique; además faculta al acreedor a que aplique a su favor, los certificados dados en garantía, sean materializados endosados, desmaterializados o electrónicos, en caso de atraso o morosidad. Toda modificación se hará ajustándose a las condiciones vigentes a la fecha que se efectúen. El incumplimiento por parte de EL CLIENTE de cualquiera de sus obligaciones, deberá cancelar en su totalidad, y en efectivo, o en el caso de los certificados número, [certificados_garantia] otorgados como garantía. CREDECOOP podrá dar por vencidos los mismos certificados, para proceder a hacerse efectivo el pago del saldo, así como los intereses y demás gastos que se adeuden a la fecha de la liquidación. El remanente lo pondrá CREDECOOP a disposición de EL CLIENTE. Toda modificación se hará ajustándose a las condiciones vigentes a la fecha que se efectúen. EL CLIENTE podrá endosar en garantía un certificado de depósito a plazo a nombre de CREDECOOP, mediante el cual se otorgará un límite de crédito hasta un máximo del 90% sobre el valor xx xxxxxxx del certificado. A falta de pago del saldo deudor o si la deuda sobrepasa el límite de crédito otorgado (sea producto de compras, intereses, cargos administrativos, comisiones o variaciones en el tipo de cambio) que resulte a cargo de EL CLIENTE, el certificado se hará efectivo para resarcir la deuda con CREDECOOP y eventualmente cualquier saldo que quede descubierto podrá ser cobrado por la vía judicial de acuerdo con las disposiciones aquí pactadas. [detalle_fiadores]
GARANTIAS. EL CONTRATISTA entregará en el plazo, conforme al procedimiento establecido en las presentes Bases, garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato: US $…………………., carta fianza bancaria equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato Adicional por el monto diferencial: US $…………………., de ser el caso. Esta(s) garantía(s) es (son) otorgada(s) por entidades autorizadas y sujetas al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros o consideradas en la última lista de Bancos Extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva. La garantía de fiel cumplimiento y, de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta deberán encontrarse vigentes hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA. “Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto total del contrato conforme a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, modificatorias y su Reglamento”.