Common use of GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO O PEDIDO Clause in Contracts

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO O PEDIDO. La o el “PRESTADOR” deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del CONTRATO O PEDIDO por la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al CONTRATO O PEDIDO y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al CONTRATO O PEDIDO (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas, Invitación a Cuando Menos Tres Personas, Contrato Para La Prestación Del Servicio De                        , en Lo Sucesivo El “Contrato O Pedido

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO O PEDIDO. La o el PRESTADOREL PROVEEDOR O LA COMPAÑÍA” deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del CONTRATO O PEDIDO por la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al CONTRATO O PEDIDO y sea aceptada por la o el PRESTADOREL PROVEEDOR O LA COMPAÑÍA”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al CONTRATO O PEDIDO (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el PRESTADOREL PROVEEDOR O LA COMPAÑÍA”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el PRESTADOREL PROVEEDOR O LA COMPAÑÍA” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOREL PROVEEDOR O LA COMPAÑÍA”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el PRESTADOREL PROVEEDOR O LA COMPAÑÍA”. La o el PRESTADOREL PROVEEDOR O LA COMPAÑÍA” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO O PEDIDO. La o el “PRESTADORPROVEEDOR” deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del CONTRATO O o PEDIDO por la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio CONTRATO o PEDIDO o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al CONTRATO O o PEDIDO y sea aceptada por la o el “PRESTADORPROVEEDOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al CONTRATO O o PEDIDO (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADORPROVEEDOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADORPROVEEDOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADORPROVEEDOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADORPROVEEDOR”. La o el “PRESTADORPROVEEDOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo los bienes que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:

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Samples: Contrato Para La Adquisición De Bienes Consistentes